02021999 - RECHAZO PENAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 02021999 - RECHAZO PENAL
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
02/02/1999 - RECHAZO PENAL
Expediente No.006-99 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, dos de febrero de mil novecientos noventa y nueve. Se tiene a la vista para resolver sobre su admisibilidad el recurso de casación planteado por los procesados LAZARO PIRIL RAMOS y EDWIN CABRERA RAMOS, en contra de la sentencia dictada por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones, en proceso seguido en su contra por el delito de Comercio, Tráfico y Almacenamiento Ilícito.
CONSIDERANDO: Al examinar el recurso de casación anteriormente descrito, la Corte considera que debe rechazarse por
adolecer de las siguientes deficiencias formales:
A. Al exponer los motivos de la infracción, los recurrentes se refieren indistintamente a errores cometidos tanto en el fallo de primera instancia como en el de la Corte de Apelaciones, lo cual resulta inadmisible en casación.
B. La petición de fondo no es precisa al indicar que se falle conforme a la ley y la doctrina, pues debió concretarse la misma.
CITA DE LEYES: Artículos 11, 11 Bis., 160, 442 y 445 del Código Procesal Penal; 79 inciso a), 141, 142 y 143 de la Ley del
Organismo Judicial.
POR TANTO: LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL, con fundamento en lo considerado y leyes citadas, RECHAZA DE PLANO el recurso de casación planteado por LAZARO PIRIL RAMOS y EDWIN CABRERA
RAMOS. Notifíquese y con certificación devuélvanse los antecedentes. Carlos Roberto Enríquez Cojulún., Magistrado Presidente Cámara Penal; Julio Ernesto Morales Pérez., Magistrado Vocal Segundo; Juan Carlos Ocaña Mijangos, Magistrado Vocal Quinto; Francisco Armando López Barrios, Magistrado Vocal Undécimo. Ante Mí: Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.