04031991 - PENAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 04031991 - PENAL
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
04/03/1991 - PENAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL: Guatemala, cuatro de marzo de mil novecientos noventa y uno. Se resuelve la admisión del recurso de casación interpuesto por ALLAN SERGIO DOMÍNGUEZ DÍAZ, en su calidad de Mandatario Especial Judicial con Representación de la entidad Estilos en Moda, Sociedad Anónima, en contra de la sentencia dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, el diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa, en el proceso que por el delito de Violación a Derechos de Propiedad Industrial se instruyó en contra de Edgar Augusto De León Sotomayor.
CONSIDERANDO: Que el escrito de interposición del recurso de casación debe cumplir con los requisitos de toda primera solicitud, establecidos en el artículo 214 del Código Procesal Penal, y además los del artículo 741 del Código citado, y el que se analiza no cumple con los siguientes:
1. Indicar expresamente su profesión, oficio u ocupación habitual.
2. Señalar con precisión el caso de procedencia e indicar en qué consiste el error alegado, pues se refiere a motivo de fondo y error de derecho y de hecho en la apreciación de las pruebas en forma indistinta, como que si todos fuesen un solo motivo en la ley.
Las deficiencias señaladas hacen que el recurso no se encuentre arreglado a la ley y obligan a su rechazo de plano por lo que así debe resolverse.
LEYES APLICABLES: Artículos citados y 182, 183, 244 y 752 del Código Procesal Penal; 74, 79 inciso a), 141 y 143 de la Ley del
Organismo Judicial.
PARTE RESOLUTIVA: SE RECHAZA DE PLANO el recurso de casación de que se ha hecho mérito. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes a donde corresponde .
Edmundo Vásquez Martínez, Magistrado Presidente; Marco Tulio Molina Abril, Magistrado Vocal Primero; Mario Pellecer Molina, Magistrado Vocal Segundo; Martha Lupe Meneses de Jáuregui, Magistrado Vocal Sexto; Hugo Pellecer Robles, Magistrado; Ante Mí: Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario.