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06101992 - RECHAZADO PENAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA

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Detalles

Título
06101992 - RECHAZADO PENAL
Autor
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año

06/10/1992 - RECHAZADO PENAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL: Guatemala, seis de octubre de mil novecientos noventa y dos. Se tiene a la vista para resolver la admisibilidad del memorial del recurso de casación presentado por el procesado GERSON GEOVANI GARCÍA ALVARADO y, CONSIDERANDO: Consta en las actuaciones que, la última notificación de la sentencia de segunda instancia de fecha veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y dos, proferida por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones, fue realizada el día trece de julio del año en curso; mientras que, el escrito contentivo del recurso de casación fue presentado a la Secretaría de este Tribunal el día cuatro de agosto del presente año. Realizado el cómputo del plazo de quince días, que la ley otorga para la interposición del recurso de casación, se advierte que el procesado GERSON GEOVANI GARCÍA ALVARADO interpuso el recurso de casación en forma extemporánea, por lo que el escrito que lo contiene deberá ser rechazado de plano.

LEYES APLICABLES: Artículos 11, 740, 742, 748, 752, del Código Procesal Penal; 45 inciso e), 46, 57, 79 inciso a), 141, 142, 143, 206 de la Ley del Organismo Judicial.

PARTE RESOLUTIVA: LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL, al resolver RECHAZA DE PLANO el memorial que contiene el recurso de casación interpuesto por GERSON GEOVANI GARCÍA ALVARADO. Notifíquese y con

certificación del lo resuelto devuélvanse los antecedentes al Tribunal de procedencia. ANA MARÍA VARGAS DUBÓN DE ORTIZ, Magistrado Presidente en Funciones del Organismo Judicial; ÁNGEL ALFREDO JOAQUÍN QUIYUCH, Magistrado Vocal Segundo; AURA LETICIA RODRÍGUEZ MOSCOSO, Magistrado Vocal Cuarto; JUSTO PÉREZ VÁSQUEZ, Magistrado Vocal Séptimo; ROBERTO ADOLFO VALLE VALDIZÁN, Magistrado Vocal Octavo; Ante mi, VÍCTOR MANUEL RIVERA WOLTKE, Secretario de la Corle Suprema de Justicia.

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