08071998 - PENAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 08071998 - PENAL
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
08/07/1998 - PENAL
Expediente No. 60-98 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, ocho de julio de mil novecientos noventa y ocho. Para resolver sobre su admisibilidad, se tiene a la vista el recurso de casación interpuesto por SONIA JUDITH CORDON GUZMAN, con el auxilio del abogado Marco Antonio Tezen Delgado, en contra del auto dictado por la Sala Décima de la Corte de Apelaciones Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, en el incidente de prejudicialidad abierto dentro del proceso seguido en su contra por el delito de Usurpación.
CONSIDERANDO: En el caso de examen, el auto contra el cual se recurre no es definitivo porque el Tribunal ad quem al resolver el recurso de apelación interpuesto desestimó una cuestión prejudicial, resolución contra la cual no cabe recurso de casación pues la misma no le puso fin al proceso. Además, se advierte defecto formal en el planteamiento, porque se pide "...se esté a los hechos que se tienen como probados por el tribunal de sentencia..." aun cuando ningún órgano jurisdiccional de dicha categoría ha intervenido en el asunto. En tales condiciones su rechazo es obligado.
CITA DE LEYES: Artículos 11, 160, 437 y 445 del Código Procesal Penal; 79 inciso a) 141, 142 y 143 de la Ley del Organismo
Judicial.
POR TANTO: LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL, con fundamento en lo considerado y leyes citadas,
RECHAZA DE PLANO el recurso de casación a que se hace mérito. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes. Carlos Roberto Enríquez Cojulún, Magistrado Presidente Cámara Penal, Julio Ernesto Morales Pérez, Magistrado Vocal Segundo; Humberto Grazioso Bonetto, Magistrado Vocal Quinto; Francisco Armando López Barrios, Magistrado Vocal Undécimo. Ante Mí: Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.