🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

08091992 - RECHAZADO PENAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
08091992 - RECHAZADO PENAL
Autor
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año

08/09/1992 - RECHAZADO PENAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL: Guatemala, ocho de septiembre de mil novecientos noventa y dos. Se tiene a la vista para resolver la admisión del recurso de casación interpuesto por PEDRO TITO NAVICHOC COX, contra la sentencia de fecha veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y dos, dictada por la Sala Novena de la Corte de Apelaciones, dentro del proceso que por el delito de Asesinato se siguió en contra de Domingo Mendoza Hernández, José María Mendoza González y Domingo Mendoza González.

CONSIDERANDO: Que el artículo 741 del Código Procesal Penal preceptúa que el escrito de interposición del recurso de casación deberá contener los requisitos de toda primera solicitud y, además los siguientes: I. Designación del proceso y de los otros sujetos procesales que en él intervienen. En el presente caso, del estudio del escrito de interposición del recurso se establece que el presentado no designó al Abogado Defensor como sujeto procesal, incumpliendo de esta forma con lo establecido en la ley citada, lo que hace imperativo el rechazo del mismo por no encontrarse arreglado a la ley.

LEYES APLICABLES: Artículo citado y. 181, 182, 183, 184, 187, 214, 244 y 752 del Código Procesal Penal; 141 y 143 de la Ley del

Organismo Judicial.

POR TANTO: Esta Cámara, con base en lo considerado y leyes citadas, RECHAZA DE PLANO el recurso de casación

interpuesto por Pedro Tito Navichoc Cox, por no estar arreglado a la ley. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes a donde corresponde. JUAN JOSÉ RODIL PERALTA, Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia; ÁNGEL ALFREDO JOAQUÍN QUIYUCH, Magistrado Vocal Segundo; AURA LETICIA RODRÍGUEZ MOSCOSO, Magistrado Vocal Cuarto; JUSTO PÉREZ VÁSQUEZ, Magistrado Vocal Séptimo; ROBERTO ADOLFO VALLE VALDIZÁN, Magistrado Vocal Octavo; Ante mi, VÍCTOR MANUEL RIVERA WOLTKE, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.

Consultar sobre este documento ...