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10JUN-2026

Diario de CA

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Título
10JUN-2026
Autor
Diario de CA
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
2026

Diario de Centro América FUNDADO EN 1880 6 DECANO DE LA PRENSA DEL ISTMO MIÉRCOLES 10 de JUNIO de 2026 No. 87 Tomo CCCXXIX Director General: Edín Hernández www.dca.gob.gt

EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ: ORGANISMO EJECUTIV

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ORGANISMO EJECUTIVO UE

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 131-2026

Página 1 ,

ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 131-2026

PUBLICACIONES VARIAS Guatemala, 8 de junio de 2026

MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN

ACUERDO COM-22-2026

Página 2 CONSIDERANDO MUNICIPALIDAD DE SUMPANGO, N . . EL DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ Que la Constitución Política de la República de Guatemala, faculta a los Ministros de Estado para ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias ACTA NÚMERO 13-2026, PUNTO SEGUNDO de su Ministerio; así como, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los Página 3 negocios relacionados con su ramo y velar por el estricto cumplimiento de las leyes; que la ley establece la obligación de aprobar las donaciones otorgadas ANUNCIOS VARIOS a los organismos de Estado, según sea el caso, a través de Acuerdo = Matrimonios Página 4 Ministerial o Resolución. — Nacionalidades Página 4 CONSIDERANDO — Títulos Supletorios Página 4 . R . . . R — Edictos Página 6 Que la Agencia Internacional para Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la

— Nacionalidades Página 4 CONSIDERANDO — Títulos Supletorios Página 4 . R . . . R — Edictos Página 6 Que la Agencia Internacional para Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la — Remates Página 9 Ley (INL por sus siglas en inglés) de la Embajada de los Estados Unidos de — Convocatorias Página 12 América, ha decidido suscribir el ANEXO 1 Instrumento de Formalización de Donación, relacionado a la donación de tres (3) vehículos, en el marco del Programa de Cooperación establecida en la Carta Convenio (LOA) y su RAZONES Enmienda y el fortalecimiento operativo del Ministerio de Gobernación a través de la Dirección General de la Policía Nacional Civil. PARA UTILIZAR NUESTRA POR TANTO PLATAFORMA DIGITAL En el ejercicio de las funciones que le confieren los Artículo 194 literales a) y 2. f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 literales a), f) y m), y 36 del Decreto Número 114-97 del Transparencia Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 53 et g del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley brindando confianza Orgánica del Presupuesto; 53 y 54 del Acuerdo Gubernativo Número 5402013 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto; y, 4 y 7 del Acuerdo Gubemativo Número 635-2007 4 Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Gobernación. . Contril Contribuye ACUERDA del Estado Artículo 1. Aprobar el ANEXO 1 Instrumento de Formalización de Donación,

4 Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Gobernación. . Contril Contribuye ACUERDA del Estado Artículo 1. Aprobar el ANEXO 1 Instrumento de Formalización de Donación, relacionado a la donación de tres (3) vehículos que serán utilizados para apoyar las diferentes actividades preventivas y operativas a cargo de la Ingresea servicos dea gob gl Dirección General de la Policía Nacional Civil a través de la Subdirección General de Análisis de Información Antinarcótica, por un monto de Diario» Centro América cuatrocientos sesenta y un mil ciento veinte quetzales con ochenta y cinco centavos (Q461,120.85).2 Guatemala, MIERCOLES 10 de junio de 2026 DIARIO de CENTRO AMERICA NUMERO 87 Artículo 2. El Ministerio de Gobernación a través de la Dirección General de la Policía Nacional Civil, realizará las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Finanzas Públicas, para dar cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente. Artículo 3. Por ser de interés para el Estado, la publicación del presente Acuerdo Ministerial, se realizará sin costo alguno de conformidad con lo establecido en el Artículo 12 del Acuerdo Gubernativo Número 112-2015 del Presidente de la República. Artículo 4. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.

COMUNÍQUESE,

Marco Antonio Villeda Sandoval Ministro de Gobernación Refrendo de contenido de Documento: (E-413-2026)-10 junio

PUBLICACIONES VARI

Concejo Municipal

MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA

ACUERDO COM-22-2026

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

(E-413-2026)-10 junio

PUBLICACIONES VARI

Concejo Municipal

MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA

ACUERDO COM-22-2026

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce la autonomía de los municipios del país; y que conforme el Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales, siendo el responsable del ejercicio de la autonomía municipal.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 105 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, la Municipalidad de Guatemala se encuentra legitimada para eximir de pago de arbitrios o tasas, así como condonar o rebajar multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos.

CONSIDERANDO: Que el municipio de Guatemala, conforme a la estadística de tránsito oficial, presenta un incremento de la accidentabilidad, por lo que la Municipalidad de Guatemala, a través de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala -EMETRA-, como ente encargado de la regulación del transporte y tránsito del Municipio de Guatemala, prioriza la creación de programas para divulgar y hacer conciencia a la población en general sobre la forma de crear hábitos y actitudes positivas de convivencia y seguridad vial, promoviendo la prevención y educación vial.

CONSIDERANDO:

creación de programas para divulgar y hacer conciencia a la población en general sobre la forma de crear hábitos y actitudes positivas de convivencia y seguridad vial, promoviendo la prevención y educación vial.

CONSIDERANDO: La Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala, con la finalidad de reducir el índice de accidentabilidad en las vías públicas y ante el éxito alcanzado con la educación vial impartida virtualmente para tener derecho al descuento de las multas conforme lo establece el Acuerdo COM-15-2026 emitido por el Concejo Municipal, cuya vigencia finalizó el 30 de abril de 2026, se hace necesario extender dicho programa para todo tipo de vehículos.

POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 9, 33, 35 literales a) y aa) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas.

ACUERDA: Emitir las siguientes disposiciones: Artículo 1. La Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala -EMETRA-, para incentivar la cultura de seguridad y la educación vial a través de su programa -EVIAL-, todo conductor o usuario de la vía pública que tenga multas de tránsito y/o imposición de aparatos inmovilizadores en el municipio de Guatemala, tendrá derecho a una condonación de hasta un sesenta por ciento (60%) de las multas de tránsito y/o imposición de aparatos inmovilizadores y el cien por ciento (100%) de los

inmovilizadores en el municipio de Guatemala, tendrá derecho a una condonación de hasta un sesenta por ciento (60%) de las multas de tránsito y/o imposición de aparatos inmovilizadores y el cien por ciento (100%) de los intereses generados por mora, impuestos hasta el 30 de abril de 2027, con la condición que apruebe los cursos de educación vial presenciales o virtuales que se organicen, conforme las requisitos y condiciones que fijará la autoridad administrativa superior de EMETRA. Artículo 2. La Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala -EMETRA-, implementará cursos de educación vial para conductores, en los lugares y fechas que se darán a conocer a través de su página web oficial y/o redes sociales oficiales. Podrán inscribirse aquellos conductores que deseen ser beneficiados con la condonación detallada en el artículo anterior. Artículo 3. La condonación a que se refiere el artículo uno de este Acuerdo no aplicará cuando se trate de multas impuestas por transitar en las aceras o banquetas, pasos peatonales y ciclovías, ni multas de mayor cuantía, de conformidad con los artículos 184 numeral 11 y 185 del Reglamento de Tránsito. Artículo 4. La Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala -EMETRA-, deberá realizar las gestiones administrativas y las coordinaciones necesarias para la implementación de los cursos de educación vial a los cuales se refiere el artículo dos, para la debida aplicación de lo establecido en el presente acuerdo, así como a realizar las operaciones necesarias en el sistema informático, con el objeto de aplicar las

cursos de educación vial a los cuales se refiere el artículo dos, para la debida aplicación de lo establecido en el presente acuerdo, así como a realizar las operaciones necesarias en el sistema informático, con el objeto de aplicar las condonaciones otorgadas a los asistentes que finalicen de forma satisfactoria los cursos de educación vial y aprueben con un punteo mínimo de setenta y un puntos. Artículo 5. El presente acuerdo es de observancia e interés general, y entrará en vigor al día siguiete de su publicación en el Diario de Centro América, Organo Oficial del Estado y tendrá vigencia hasta el 30 de abril de 2027.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES “MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS” DEL PALACIO MUNICIPAL, EL UNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.

VALID, 1

E SecreTaR0

MUNICIPAL O, > Carey Y

Secretario Municipal [342456)-10-junioNUMERO 87 DIARIO de CENTRO AMERICA Guatemala, MIÉRCOLES 10 de junio de 2026 3

e CREACIÓN DE USUARIO

MUNICIPALIDAD DE SUMPANGO, «im EN PLATAFORMA DIGITAL

DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ

ACTA NÚMERO 13-2026, PUNTO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE

SUMPANGO, DEPARTAM SACATEPÉQUEZ.

CERTIFIC Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas de hojas movibles que documentan las Sesiones EXTRAORDINARIAS del Concejo Municipal de Sumpango, departamento de Sacatepéquez,

SUMPANGO, DEPARTAM SACATEPÉQUEZ.

CERTIFIC Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas de hojas movibles que documentan las Sesiones EXTRAORDINARIAS del Concejo Municipal de Sumpango, departamento de Sacatepéquez, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, según Cuentadancia No. 2022-300-304-22-001, en el cual aparece el Acta Número: 13-2026, de fecha 21 de mayo de 2026, el que copiado literalmente en su punto segundo se lee: “SEGUNDO: El Honorable concejo Munici Sacatepéquez: CONSIDERANDO: Que la Municipalidad está o públicos dentro del Municipio de Sumpango, Sacatepéquez y basados en la Autonomía Municipal que establece que los municipios de la República de Guatemala, son institucion: emitirá las ordenanzas y reglamentos; CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República reconoce y establece el nivel del Gobierno Municipal con Autoridades Electas directa y popularmente, lo que implica el Régimen Autónomo de su adi ración como expresión fundamental del poder local quienes deben procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios. a efecto de poder realizar las obras y a la prestación de los Servicios Públicos o que promuevan el desarrollo integral y el cumplimiento de sus fines en el Municipio: CONSIDERANDO: Que a la Municipalidad le compete el Establecimiento. Planificación, Reglamentación, Programación. Control y Evaluación de los información del Salines Públicos Municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su o teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos y una de ellas es lo confieren los artículos 253, 254, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala artículos

Públicos Municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su o teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos y una de ellas es lo confieren los artículos 253, 254, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala artículos 7. 8.9, 33. 35 Inciso e, articulo 52, 53 inciso b. d. e, artículos 67. 70. 72. 73 inciso a del Decreto Ley 12-2002 Código Municipal por unanimidad de votos. ACUERDA: Llenar los datos requeridos Llenar los campos

1. Con el propósito de ordenar y regularizar los espacios con los que se cuenta en el cementerio de Información del requeridos de Datos municipal. a partir de la presente fecha no se otorgarán más derechos de uso de espacios. hasta Solicitante. para Recibos. coneluir el proceso de ordenamiento y actualización de datos de los actuales poseedores.

A partir de la presente fecha no se autorizan construcciones que utilicen el espacio de banquetas para la construcción de nichos.

3. A partir de la presente fecha, al 31 de diciembre del año en curso. los propietarios deberán acercarse a secretaría municipal para acreditar su posesión y quienes no cuente con construcciones en el espacio que se les haya otorgado, deberán construir por lo menos 2 nichos.

Haciendo ver que a partir del uno de enero del 2027 los espacios que no cuenten conconstrucción serán tomados por la municipalidad.

4. A partir de la presente fecha no se autorizarán reposiciones de derechos de uso de espacios que cuenten con dos poseedores en el cementerio municipal de la localidad, hasta que se finalice el proceso de ordenamiento y actualización de datos.

El presente acuerdo entrará en vigencia al momento de su publicación en el Diario oficial.

cuenten con dos poseedores en el cementerio municipal de la localidad, hasta que se finalice el proceso de ordenamiento y actualización de datos. El presente acuerdo entrará en vigencia al momento de su publicación en el Diario oficial. impango del Departamento de ada a atender todos los servicios Datos para Recibos io de Sumpango, la cual Y, para los usos legales que correspondan, extiendo la presente en el mui departamento de Sacatepéquez, a veinticinco días del mes de mayo del año dos mi queda contenida en una-hoja de papel membretado de la Municipalidad. Vo.Bo. (342457)-10 junio Adquiera la suscripción impresa anual o semestral del Diario de Centro América Llámenos al 5017-0852 0 2305-8800 /Exts. 152, 180, 6134 Guatemala, MIÉRCOLES 10 de junio de 2026 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 87 ANUNCIOS VARIOS MATRIMONIOS Fernando Leon Rivas Ramirez, guatemalteco y Nora Alejandra Pavón Pogoogo, hondureña, solicitan que autorice su matrimonio civil, se emplaza a denunciar a quienes sepan de algún impedimento legol, en Avenida Hincapié 22-4 zono trece del Municipio y Departamento de Guatemolo, 20 de mayo 2026. Lcdo. Olga Leticia García Pantaleón, colegiado: 22,957. (342359)-10-junio

MARÍA DEL TRÁNSITO CRÚZ ARIAS

(guatemalteco) y JUSTO ALFONSO AYALA (salvadoreño), solicitan autorice MATRIMONIO CIVIL, emplazado a quien sepa de impedimento en mi

MARÍA DEL TRÁNSITO CRÚZ ARIAS

(guatemalteco) y JUSTO ALFONSO AYALA (salvadoreño), solicitan autorice MATRIMONIO CIVIL, emplazado a quien sepa de impedimento en mi oficina profesional, situoda en avenido reforma 9-55 zona 10, 4to. Nivel oficina 401 edificio Reforma 10, Ciudad Guatemalo, 05 de junio de 2026. Notario, Claudia Surama Ramos Leal, colegiada 11989. (342354)-10-junio LISSANIA ELIZABETH HERNÁNDEZ PÉREZ (guatemalteca) y JOSÉ ALONSO SOLANO BALLESTERO (costarricense) solicitan que autorice su mafrimonio civil, cito a los que tengan interés a la 12 callel-25, Zona 10, Edificio Géminis 10, Torre Norte, oficino 35, Ciudad de Guatemala. Lic. Karla Alejandra Figueroa Sandoval. Colegiado 10245. Cel.47676333. Guatemala, 05/06/2026. (VSN-29167)-10-junio KATERIN MARIA JOSE ESTRADA LOPEZ, guatemalteca, y JHAN CARLOS SANES ROJANO, de nacionalidad colombiana, solicitaron mis servicios para que autorice su matrimonio civil. Para efectos legales hago la presente publicación. Quien conozca impedimento comunicarlo a 10 ave. 6-09 zona 1, Zacapa, Zacapa. Zacapa, 03 de junio de 2,026. Julio José Hom Corzantes Abogado y Notario Col. 21,483 (342372)-10-junio

mento comunicarlo a 10 ave. 6-09 zona 1, Zacapa, Zacapa. Zacapa, 03 de junio de 2,026. Julio José Hom Corzantes Abogado y Notario Col. 21,483 (342372)-10-junio A mi Oficina Profesional comparecieron Adam Elias Miller (estadounidense) y Jaqueline Esmeroldo Sierra Morataya (guatemalteca) con el objeto de que autorice su matrimonio civil. Emplozo a quien conozca impedimento legal. Notaria Silvia Karina Escobar Salazar. Colegiada 5,790. 8 calle, 6-69, zona 4, Ciudad de Guatemolo. Edificio Centroamericano, Oficina 506. (VSN-29186)-10-17-junio A mi oficina profesional ubicado en la segunda avenida cuatro guion treinta y siete, zona uno del municipio de Zaragoza del Departamento de Chimaltenango, TRISTAN JEANCHRISTOPHE REGER de nacionalidod froncesa y MARIA FERNANDA RIO HERNANDEZ de nacionalidad mexicana, solicitan mis servicios para que autorice su MATRIMONIO CIVIL, pora los efectos de ley se realiza la presente publicación, emplozando a quienes sepan de algún impedimento legal para la autorización del mismo. Lic. Kevin Roul Ramirez Cardenas ABOGADO Y NOTARIO, Colegiado 40967, Zaragoza Chimaltenango, 22 de mayo de 2026. (VSN-28610)-27-moy-3-10-jun Exp.NC-050-09-2025 Ofc. Femando Borrazo EDICTO DE NACIONALIDAD A Gobernación Departamentol de Guatemala, se presentó por escrito la señora ASTRID ANAIRAM BARONA CONTRERAS, de treinta y ochos años de edad, de nacionalidad venezolana, domiciliada en el

departamento de Guatemala de la República de Guatemala, Visitadora Médico, se identifica con Documento Personal de Identificación -DPIcon Código Único de Identificación -CUItres mil setecientos ochenta espacio sesenta y un mil cuatrocientos noventa y seis espacio cero ciento uno, (3780 61496 0101) expedido por el Registro Nacional de Personas de la República de Guatemala, indico que su residencia es en la veinticuatro calle, ocho guion noventa y cinco, Colonia Mariscal, Edificio Mariscal Uno Uno, Ciudad de Guatemala. SOLICITANDO que PREVIO cumplimiento de los requisitos legales obligatorios, se conceda la nacionalidad guatemalteca por naturalización. Y para los efectos legales, se hace la presente publicación, en la ciudad de Guatemala a trece días del mes de mayo del año dos mil veintiséis. LIC. EDGAR RAÚL CIFUENTES SALGUEROS, Jefe Administrativo Financiero de Gobemación Departamental de Guatemala (341468)-27-may-10-25-jun Exp.NC-015-05-2025 Ofc. Femanda Barraza EDICTO DE NACIONALIDAD A Gobernación Departamental de Guatemala, se presentó por escrito el señor JUAN MANUEL SOTO GUTIÉRREZ, sesenta y cuatro años de edad, soltero, Gerente de Ventas, de nacionalidad colombiana, domiciliado en el departamento de Guctemala de la República de Guatemala, se identifica con Documento Personal de Identificación -DPIcon Código Único de Identificación -CUIdos mil ochocientos cuarenta y cuatro espocio cincuenta y cinco mil ochocientos veintidós espacio cero ciento uno,

de Identificación -DPIcon Código Único de Identificación -CUIdos mil ochocientos cuarenta y cuatro espocio cincuenta y cinco mil ochocientos veintidós espacio cero ciento uno, (2844 55822 0101) expedido por el Registro Nacional de Personas de la República de Guatemala, indica que su residencia es séptima calle, diez guion cuarenta y siete, zona dos, apartamento trescientos uno, nivel tres, Torre Norte, Ciudad Nueva, de la Ciudad de Guatemala. SOLICITANDO que PREVIO cumplimiento de los requisitos legales obligatorios, se conceda la nacionalidad guatemalteca por naturalización. Y para los efectos legales, se hace la presente publicación, en la ciudad de Guatemala a dieciocho días del mes de mayo del año dos mil veintiséis. LIC. EDGAR RAÚL CIFUENTES SALGUEROS, Jefe Administrativo Financiero de Gobernación Departamental de Guatemala (341464)-27-may-10-25-jun

TÍTULOS SUPLETORIOS

SUPLETORIO. No. 09049-2025-00590. Of. 3°. PEDRO WOSBELÍ GARCÍA ROSALES, titula bien inmueble de naturaleza rústica ubicado en Barrio El Calvario, 7. 2, San Juan Ostuncalco, Quetgo, con área de 453.44mis2. Mide y linda: O: EO al po.l, 167°16/41.65”, 37.1 mts; colinda con Oscar Antonio Orozco García; $: El al p.o.2, 240° 37°57.49", 11.72mts; colinda con Eloisa Romero Rosales, Joel Nehemías Méndez Pérez y Gonzalo Díaz Chávez, camino público de por mecon Eloisa Romero Rosales, Joel Nehemías Méndez Pérez y Gonzalo Díaz Chávez, camino público de por medio; P: E2 al p.o.3, 346% 2718. 41”, 4.73 mts, colinda con Julio Guadalupe García Rosales; $: E3 al p.o.4 257% 57/21.48-, 0.15mts.; colinda con Julio Guadalupe García Rosales; P: Ed al p.o. 5 346% 2776.37”, 35.61mts, colinda con Julio Guadalupe García Rosales; N: ES al p.o.0 76% 429.64”, 12.00mis. colinda con Oscar Antonio Orozco García, no soporta servidumbres activas y pasivas, en su interior tiene construida casa de habitación con paredes de block, techo de terraza y cuenta con los senvicios de agua potable y drenaje, así mismo con un local para comercio, y no es apto para cultivos. Jdo. 2°. De 1° Inst. Civil Quetgo 03/06/2026. Abogada Verónica Marisol Coyoy López. Secretaria. (341852)-10-24-jun-9-jul J/20005-2025-00689 Of. 1. Not. 1 MILVIA MARISELA DIAZ DIAZ, Titula Supletoriamente inmueble — rústico ubicado en Aldea Saspán, San José La Arado, Chiquimula, carece de inscripción registral y matricula fiscal, Área 2,453.80 mis2, medidas y colindancias: NORTE: De la estación cero (0) al punto observado uno (1) Azimut: setenta y siete grados, treinta y tres minutos, treinta punto veintiún

Área 2,453.80 mis2, medidas y colindancias: NORTE: De la estación cero (0) al punto observado uno (1) Azimut: setenta y siete grados, treinta y tres minutos, treinta punto veintiún segundos, con una distancia de diez punto ochenta y nueve metros; De la estación uno (1) al punto observado dos (2) Azimut: ochenta y nueve grados, ocho minutos, cincuenta y cinco punto treinta y ocho segundos, con uno distancio de diez punto ochenta y un metros; De la estación dos (2) al punto observado tres (3) Azimut: setenta y dos grados, cuarenta y seis minutos, cincuenta y tres punto cero cuatro segundos, con una distancia de nueve punto cincuenta y dos metros; De la estación tres (3) al punto observado cuatro (4) Azimut: sesenta y dos grados, treinta y un minutos, cuarenta y tres punto sesenta y nueve segundos, con una distancia de diecisiete punto noventa y tres metros, colinda con calle principal; SUR: De la estación ocho (8) al punto observado nueve (9) Azimut: doscientos setenta y un grados, treinta y cinco minutos, cinco punto dieciocho segundos, con uno distancia de veintisiete punto cincuenta y cuatro metros; De la estación nueve (9) al punto observado diez (10) Azimut: doscientos setenta y tres grados, veintitrés minutos, cincuenta y siete punto veintinueve segundos, con una distancia de dieciséis punto veintidós metros; De la estación diez (10)

(10) Azimut: doscientos setenta y tres grados, veintitrés minutos, cincuenta y siete punto veintinueve segundos, con una distancia de dieciséis punto veintidós metros; De la estación diez (10) al punto observado once (11) Azimut: doscientos setenta y cinco grados, cuarenta y siete minutos, cuarenta y uno punto cero cero segundos, con una distancia de dos punto veintinueve metros; De la estación once [11) al punto observado doce (12) Azimut: doscientos setenta y nueve grados, cincuenta y seis minutos, veintinueve punto cuarenta y dos segundos, con una distancia de siete punto catorce metros, colinda con Collejón; ORIENTE: De la estación cuatro (4) al punto observado cinco (5) Azimut: ciento sesenta y cuatro grados, tres minutos, dos punto sesenta y cinco segundos, con una distancia de veintidós punto cero uno metros; De la estación cinco (5) al punto observado seis (6) Azimut: ciento setenta y seis grados, veintidós minutos, veintiuno punto cuarenta y seis segundos, con una distancia de veintiuno punto once metros; De la estación seis (6) al punto observado siete (7) Azimut: ciento ochenta y siete grados, veintiséis minutos, nueve punto noventa y cinco segundos, con una distancia de cuatro punto cincuenta y cinco metros; De la estación siete (7) al punto observado ocho (8) Azimut: doscientos once grados, cincuenta y nueve minutos, veinticinco punto treinta y

cuatro punto cincuenta y cinco metros; De la estación siete (7) al punto observado ocho (8) Azimut: doscientos once grados, cincuenta y nueve minutos, veinticinco punto treinta y ocho segundos, con una distancia de ocho punto ochenta y nueve metros, colinda con propiedad de Iglesia Católica; PONIENTE: De la estación doce (12) al punto observado trece (13) Azimut: uno grados, veintiocho minutos, treinta y ocho punto cuarento y siete segundos, con una distancia de siete punto ochenta y siete metros; De la estación trece (13) al punto observado catorce (14) Azimut: cinco grados, veintisiete minutos, cincuenta punto cincuenta y nueve segundos, con una distancia de seis punto setenta y cinco metros; De la estación catorce (14) ol punto observado quince (15) Azimut: seis grados, treinto y dos minutos, quince punto cuarenta y nueve segundos, con una distancia de seis punto ochenta y nueve metros; De lo estación quince (15) al punto observado cero (0) Azimut: diez grados, siete minutos, treinta y cinco punto veintiséis segundos, con una distancia de dieciséis punto treinta y tres metros, colinda con propiedad del señor Maynor Morales Díaz. No tiene servidumbres activas ni pasivas. No ha existido ni existe litigio, limitapunto veintiséis segundos, con una distancia de dieciséis punto treinta y tres metros, colinda con propiedad del señor Maynor Morales Díaz. No tiene servidumbres activas ni pasivas. No ha existido ni existe litigio, limitaciones o cuestiones pendientes. Efectos Legales, publíquese. Sria. Jdo. De 1°. Instancia Civil y Económico Coactivo Chiquimulo. 11/05/2026. ELSA NINETH MARTINEZ RODRIGUEZ SECRETARIO (A) (VSN-29164)-10-24-jun-9-jul

TS. 20005-2025-00785. Of. y Not. 11. SANTOS ACABAL AJANEL.

Títula Inmueble Urbano, ubicado en Sexta Calle “A” 6-40 zona 1 Barrio San Joaquín, Esquipulos, Chiquimula; mide y colinda: De la EO al PO] Azimut 154°16'40.92", distancia 5.66 m; De la El al PO? Azimut — 147°3'26.38” distancia 1.69 m, De lo E2 al PO3 Azimut 146°57'55.49" distancia 4.33 m; De la E3 al PO4 Azimut 147°4'28.62", distancia 2.05 m; De la E4 al PO 5 Azimut 1477153851”, _ distancia 2.79 m; De la ES al PO6 Azimut 147°21'56.39", distancia 2.05 m, colindan con GREGORIA GUTIERREZ VIUDA DE LUCERO. De la E6 ol PO7 Azimut 243:36'51.82”, distancia 1.54 m; De la EZ al POS Azimut — 2436'47.39”, distancia

colindan con GREGORIA GUTIERREZ VIUDA DE LUCERO. De la E6 ol PO7 Azimut 243:36'51.82”, distancia 1.54 m; De la EZ al POS Azimut — 2436'47.39”, distancia 2.92 m; De la E8 al PO9 Azimut 244:5'31.98”, distancia 1.29 m; colindan con MILAGRO DE JESÚS ACEVEDO DUARTE. De lo E9 al PO10 Azimut 32773734.02”, distancia 2.84 m; De la E10 al POT] Azimut 327725820”, distancia 16.78 m; colindan con MERCEDES RODRIGUEZ DE ESPINOZA. De la El] al POO Azimut 72°35'15.97”, distancia 6.54 m; colindan con CALLEJÓN. Con un área de 110.451 m2; No cuenta con cultivo, sus linderos consisten en la misma construcción de block, terrazo y puerta de metal apta para vivienda, con senicio de agua potable, drenaje y energía eléctrica; carece de sevidumbres activas y pasivas, no existe litigio, limitaciones, ni cuestiones judiciales pendientes. Efectos legales publíquese. Sria. Jdo. 1°. Inst. Civ. Y Ecno. Coac. Chiquimula. 06-05-26. Abogada Elsa Nineth Martínez Rodríguez. (VSN-29175)-10-24-jun-9-jul SUPLETORIO 22004-2025-00126, OF. 1°, NOT. 1%. GERARDO AVILA MARTÍNEZ. Solicita titulación supleSUPLETORIO 22004-2025-00126, OF. 1°, NOT. 1%. GERARDO AVILA MARTÍNEZ. Solicita titulación supletoria de un bien inmueble rústico, sin nombre, ubicado en la Aldea Piñuelas, municipio de Agua Blanca, departamento de Jutiapa, el inmueble en referencia no cuenta con edificaciones, no posee cultivos, carece de servidumbres activas y pasivas, tiene linderos propios por todos sus rumbos constituidos de postes de madera y alambre espigado. EXTENSION

SUPERFICIAL: 420,627.603 MTS2.

Se encuentra localizado dentro de los medias y colindancias siguientes: De la estación 1 al punto observado 2, azimut 178°27'32.26", distancia de 54.780 mts, colinda con Nemecio Antonio Arroyo Duarte; de la estación 2 al punto observado 3, azimut 170%12'32.09”, distancia de 32.980 mts, con Nemecio Antonio Arroyo Duarte; de la estación 3 al punto observado 4 azimut 87°52°58.15", distancia de 49.390 mts con Nemecio Antonio Arroyo Duarte; de la estación 4 al punto observado 5 azimut 91°40'9.84", distancia de 95.800 mis, con Nemecio Antonio Arroyo Duarte; de la estación 5 al punto observado 6 azimut 8659'24.02”, distancia de 50.550 mts con Nemecio Antonio Arroyo Duarte; de

mis, con Nemecio Antonio Arroyo Duarte; de la estación 5 al punto observado 6 azimut 8659'24.02”, distancia de 50.550 mts con Nemecio Antonio Arroyo Duarte; de la estación 6 al punto observado 7 azimut 90%47'4.52”, distancia de 67.512 mis colinda con Nemecio Antonio Arroyo Duarte y Hermelinda Payes; de la estación 7 al punto observado 8 azimut 16655'34.54”, distoncia de 108.571 mts, con Hermelinda Payes; de la estación 8 al punto observado 9, azimut 186°50'58.68", distancia de 58.250 mts con Hermelinda Payes; de la estación 9 al punto observado 10 azimut 19010'28.75, distancia de 128.080 mts con Hermelinda Payes; de la estación 10 al punto observado 11, azimut 19019'19.54”, distancia de 104.960 mts, con Anselmo Arroyo; de la estación 11 al punto observado 12, azimut 20

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