1118-2012 30072012 Aura del Carmen Canil Grave
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- 1118-2012 30072012 Aura del Carmen Canil Grave
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2012
30/07/2012 – APELACIÓN ADMINISTRATIVA
1118-2012
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL. Guatemala, treinta de julio de dos mil doce. Se tiene a la vista para resolver el recurso de apelación interpuesto por Aura Del Carmen Canil Grave, secretaria de paz II del Juzgado de Paz de Faltas de Turno del municipio de Guatemala del departamento de Guatemala. CONSIDERANDO I El artículo 76 de la Ley del Servicio Civil del Organismo Judicial, establece que de lo resuelto en la revocatoria por suspensión, conocerá en apelación la cámara respectiva de la Corte Suprema de Justicia, que resolverá sin más trámite, confirmando, revocando, modificando o anulando. CONSIDERANDO II En el presente caso, al analizar las actuaciones se advierte que no obstante que el hecho señalado a la denunciada, Aura Del Carmen Canil Grave, fue por la remisión de telegramas de distintas diligencias como aprehensión de personas, localización de personas y exhibiciones personales; al resolver la Unidad de Régimen Disciplinario del Sistema de Recursos Humanos del Organismo Judicial se basó para sancionarla en los telegramas remitidos por la exhibición personal, que obra a folios veintisiete y veintiocho del expediente, así también al resolver la revocatoria la Presidencia del Organismo Judicial mencionó el oficio referente a la misma exhibición personal. De lo anterior, Cámara Penal considera que los hechos por los que se sigue el procedimiento disciplinario a la denunciada, como es la remisión de un oficio a través de telegramas a jueces de paz de la República
sobre una exhibición personal, cuyo trámite fue realizado como tribunal constitucional, procede inhibirse de conocer y remitir el expediente, que contiene la queja número seiscientos cincuenta y cuatro guión dos mil once a cargo del oficial cuarto, de la Unidad de Régimen Disciplinario del Sistema de Recursos Humanos del Organismo Judicial a Cámara de Amparos y Antejuicios de la Corte Suprema de Justicia para que conozca del recurso de apelación, interpuesto por Aura Del Carmen Canil Grave. DISPOSICIONES LEGALES Artículos citados y 28, 203, 204, 210 de la Constitución Política de la República de la Guatemala; 82, 83, 84, 91, 95, 98 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; 1, 2, 9, 10, 76 de la Ley de Servicio Civil del Organismo Judicial, Decreto 48-99; 15, 56, 79, 111, l4l, 142 y 143 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89. POR TANTOCORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL, con fundamento en lo considerado y leyes citadas DECLARA: I. Se inhibe de conocer el recurso de apelación planteado por Aura Del Carmen Canil Grave, por lo ya considerado. II. Remítase el expediente, que contiene la queja número seiscientos cincuenta y cuatro guión dos mil once a cargo del oficial cuarto, de la Unidad de Régimen Disciplinario del Sistema de Recursos Humanos del Organismo Judicial a Cámara de Amparos y Antejuicios de la Corte Suprema de Justicia para que conozca del recurso de apelación, interpuesto por Aura Del Carmen Canil Grave.
César Ricardo Crisóstomo Barrientos Pellecer, Magistrado Vocal Segundo,
de Amparos y Antejuicios de la Corte Suprema de Justicia para que conozca del recurso de apelación, interpuesto por Aura Del Carmen Canil Grave.
César Ricardo Crisóstomo Barrientos Pellecer, Magistrado Vocal Segundo, Presidente de la Cámara Penal; Gustavo Adolfo Mendizábal Mazariegos, Magistrado Vocal Cuarto; Héctor Manfredo Maldonado Méndez, Magistrado Vocal Quinto; Gustavo Bonilla, Magistrado Vocal Décimo Tercero. María Cecilia De León Terrón. Secretaria en Funciones de la Corte Suprema de Justicia.