112-2004 17062004 Whirlpool de Guatemala Sociedad Anonima
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 112-2004 17062004 Whirlpool de Guatemala Sociedad Anonima
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2004
17/06/2004 RECHAZO PENAL
112-2004 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, diecisiete de junio de dos mil cuatro. Se tiene a la vista para resolver la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por WHIRLPOOL DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, a través de su Gerente General Luis Fernando Capetillo Sánchez, en contra del auto dictado por la Sala Décima de la Corte de Apelaciones, el veinticinco de febrero del año en curso, dentro del proceso que se sigue en contra de Juan Carlos Barillas López, en su calidad de Representante Legal de la entidad Musicolor, Sociedad Anónima, por el delito de Estafa Mediante Cheque CONSIDERANDO: El Principio de taxatividad establece que solo pueden ser impugnadas las resoluciones en los casos y por los sujetos previstos expresamente por la ley. Dicho principio se encuentra contenido en los artículo 437 y 438 del Código Procesal Penal. En el artículo 437 prescribe los requisitos de la denominada impugnabilidad objetiva en materia de casación penal, la cual se refiere a cuales son los autos y sentencias susceptibles de ser recurridas en esta vía, haciéndose evidente que el auto que el recurrente pretende atacar no es de los contenidos en la norma indicada y debió haber sido atacado por otra vía, por lo cual esta Corte establece que el recurso interpuesto debe de rechazarse de plazo por lo antes considerado.
LEYES APLICADAS: Artículos: 12, 28, 29 203, 204, 205 de la Constitución Política de la República; 3, 11, 11 Bis., 160, 166, 443,
445, 447, 448 del Código Procesal Penal; 74 79 inciso a, 141 inciso b y 143 de la Ley del Organismo Judicial.
POR TANTO: La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, con base en lo considerado y leyes aplicadas, declara: RECHAZAR DE PLANO el Recurso de Casación interpuesto por WHIRLPOOL DE GUATEMALA, S.A.
NOTIFIQUESE.
Napoleón Gutiérrez Vargas, Magistrado Vocal Undécimo de la Corte Suprema de Justicia Presidente Cámara Penal; Héctor Aníbal de León Velasco, Magistrado Vocal Segundo; Marieliz Lucero Sibley, Magistrado Vocal Octavo; Hilario Roderico Pineda Sánchez, Magistrado Vocal Décimo Tercero; Doctor Víctor Manuel Rivera Wöltke, Secretario Corte Suprema de Justicia.