12071979 - CIVIL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 12071979 - CIVIL
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
12/07/1979 - CIVIL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA CIVIL: Guatemala, doce de julio de mil novecientos setenta y nueve. Vistos para resolver el Recurso de Aclaración de la sentencia emitida por esta Corte, Cámara Civil, con fecha treinta y uno de mayo del año en curso, interpuesto por el licenciado César Fernando Álvarez Guadamuz, apoderado general, con representación del Instituto Naciónal de Electrificación, INDE; y CONSIDERANDO: Conforme nuestro ordenamiento jurídico la aclaración procede cuando los términos de un auto o de una sentencia sean obscuros, ambiguos o contradictorios. Del análisis practicado en esta sentencia, no aparece que los términos de la misma sean ambiguos o contradictorios, por lo que el recurso debe declararse improcedente.
LEYES APLICABLES: Artículos 66, 86, 87, 88, 596, 597 del Código Procesal Civil y Mercantil; 38, inciso 2, 157 y 159 de la Ley del
Organismo Judicial, POR TANTO, La Corte Suprema de Justicia, Cámara Civil, RESUELVE: Sin lugar el Recurso de Aclaración interpuesto. Notifíquese y con certificación de lo resuelto vuelvan los antecedentes al Tribunal de su origen. Ovando B.-Ordóñez Fetzer.-Dardón G. - Robles A.-Rodríguez R.-Ante mí: M. Álvarez Lobos.