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13011992 - PENAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA

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Detalles

Título
13011992 - PENAL
Autor
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año

13/01/1992 - PENAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, trece de enero de mil novecientos noventa y dos. Se tiene a la vista para resolver la admisión del recurso de casación interpuesto por EMILIO PINZON VILLATORO, contra la sentencia de fecha tres de octubre de mil novecientos noventa y uno, dictada por la Sala Novena de la Corte de Apelaciones en el proceso que se le instruye por delito Contra el Patrimonio Cultural de la Nación.

CONSIDERANDO: Que el escrito de interposición del recurso de casación deberá contener los requisitos que determina el artículo 741 del Código Procesal Penal, además de los de toda primera solicitud que se especifican en el artículo 214 del mismo Código.

Que en el caso de examen, en el memorial que contiene el recurso que se califica, el interponente no cumple con los requisitos siguientes: a) Señalar lugar para recibir citaciones. b) Manifestar la razón de su gestión. c) Citar al defensor como sujeto procesal. Las anteriores deficiencias que no puede suplir este tribunal, obligan a su rechazo de plano por no estar arreglado a la ley.

LEYES APLICABLES: Artículos citados y 182, 183, 244 y 752 del Código Procesal Penal; 74, 79 inciso a), 141 y 143 de la Ley del

Organismo Judicial.

PARTE RESOLUTIVA: Se RECHAZA DE PLANO el presente recurso de casación. Notifíquese y devuélvanse los antecedentes a

donde corresponde. EDMUNDO VASQUEZ MARTINEZ, Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia; MARCO TULIO MOLINA ABRIL, Magistrado Vocal Primero de la Corte Suprema de Justicia; MARIO PELLECER MOLINA, Magistrado Vocal Segundo de la Corte Suprema de Justicia; MARTHA LUPE MENESES DE JAUREGUI, Magistrado Vocal Sexto de la Corte Suprema de Justicia; HUGO PELLECER ROBLES, Magistrado; Ante mí: VICTOR MANUEL RIVERA WOLTKE, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.

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