13071993 - PENAL RECHAZADO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 13071993 - PENAL RECHAZADO
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
13/07/1993 - PENAL RECHAZADO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, trece de julio de mil novecientos noventa y tres. Para resolver sobre su admisión, se tiene a la vista el recurso de casación que interpone el Abogado José Gilberto Castro Linares, contra la sentencia dictada por la Sala Décima de la Corte de Apelaciones el veintinueve de abril del año en curso en el proceso penal que se tramita contra Jorge Rubén López, Manuel María Castro Linares y José Antonio Alvarez Dávila, por los delitos de Estafa Propia y Apropiación y Retención Indebidas.
I. CONSIDERANDO Siendo que por naturaleza la casación tiende a establecer la correcta aplicación de la ley, es lógico que el memorial que contenga la interposición de este recurso necesariamente debe reunir los requisitos que establece la ley, pues faltar a ello implica vulneración a las disposiciones normativas que rigen el recurso con franca desnaturalización del mismo. En el presente caso, se ha examinado el escrito que contiene el recurso de casación que interpone el abogado defensor José Gilberto Castro Linares en contra de la sentencia dictada por la Sala Décima de la Corte de Apelaciones, en el proceso seguido contra Jorge Rubén López, Manuel María Castro Linares y José Antonio Alvarez Dávila y de su examen la Cámara advierte que el mismo debe rechazarse de plano, por adolecer de las siguientes deficiencias: a) No se hace ninguna relación de los hechos respectivos, pues si bien en el escrito aparece un apartado de hechos, en el mismo únicamente se
identifica los números de procesos acumulados y los sujetos procesales que intervienen en los mismos, lo cual constituye un requisito diferente; b) En cuanto a los sujetos procesales que intervienen en el proceso, se omitió especificar quién es el defensor de los coacusados Jorge Rubén López y José Antonio Alvarez Dávila, con lo cual se vulnera el derecho de defensa de dichos procesados; c) La petición de fondo adolece de imprecisión e incongruencia, por cuanto se pide que se case y anule la sentencia recurrida por falta de plena prueba para condenar al procesado Manuel María Castro Linares, y sin embargo, se recurre por motivo de fondo a través del cual no puede lograrse la nulidad de una sentencia sino un pronunciamiento conforme a derecho. Como consecuencia de lo anterior, el recurso debe rechazarse de plano.
II. CITA DE LEYES Artículos: 214 numeral III, 244, 741, 752, 754 del Código Procesal Penal, 79 inciso a) 141, 142, 143 de la Ley
del Organismo Judicial.
III. PARTE RESOLUTIVA La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, con fundamento en lo considerado y leyes citadas al resolver DECLARA: I) Rechaza de plano el escrito de interposición del recurso de casación que plantea el Abogado José Gilberto Castro Linares, contra la sentencia dictada por la Sala Décima de la Corte de Apelaciones, en el proceso seguido en contra de Jorge Rubén López, Manuel María Castro Linares y José Antonio Alvarez
Dávila. Y II) Notifíquese y con certificación de lo resuelto, devuélvanse los antecedentes. Juan José Rodil Peralta, Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia.-Angel Alfredo Joaquín Quiyuch, Magistrado Vocal Segundo.-Aura Leticia Rodríguez Moscoso, Magistrado Vocal Cuarto.- Benjamín Rivas Baratto, Magistrado Vocal Quinto.- Roberto Adolfo Valle Valdizán, Magistrado Vocal Octavo.- Ante mí, Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.