134-2004 22062004 Manuel de Jesus Santos Estrada
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 134-2004 22062004 Manuel de Jesus Santos Estrada
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2004
22/06/2004 –RECHAZO
134-2004 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, veintidós de junio de dos mil cuatro. Se tiene a la vista para resolver la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por el procesado MANUEL DE JESÚS SANTOS ESTRADA , en contra de la sentencia dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, el diecinueve de mayo del año en curso, dentro del proceso que se sigue en su contra por el delito de Abusos Deshonestos Violentos; actúa bajo la dirección y procuración del abogado Marco Antonio López Santizo.
CONSIDERANDO: Esta Corte estima que para ser admisible el recurso de casación debe reunir los requisitos de tiempo, forma y modo que establece la ley. Al examinar el memorial que contiene el recurso de casación interpuesto, se establece que el mismo no cumple con los requisitos que establece la ley para ser declarado admisible, por las razones siguientes: a) El recurrente interpone recurso de casación por motivo de Forma y por motivo de Fondo, omitiendo citar el caso de procedencia para cada uno de los motivos. b) Tampoco señala las normas que considera violadas para los dos motivos invocados. c) En el memorial de interposición del recurso planteado tiene un apartado denominado Medios de Prueba los cual es inadmisible dada la naturaleza del recurso. Las anteriores deficiencias impiden realizar el estudio de rigor, siendo procedente rechazar de plano
el recurso de casación interpuesto.
LEYES APLICADAS: Artículos: 12, 28, 29 203, 204, 205 de la Constitución Política de la República; 3, 11, 11 Bis., 160, 166, 443, 445, 447, 448 del Código Procesal Penal; 74 79 inciso a, 141 inciso b y 143 de la Ley del Organismo Judicial.
POR TANTO: La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, con base en lo considerado y leyes aplicadas, declara: RECHAZAR DE PLANO el Recurso de Casación interpuesto por Manuel de Jesús Santos Estrada.
NOTIFIQUESE.
Napoleón Gutiérrez Vargas, Magistrado Vocal Undécimo de la Corte Suprema de Justicia Presidente Cámara Penal; Héctor Aníbal de León Velasco, Magistrado Vocal Segundo; Marieliz Lucero Sibley, Magistrado Vocal Octavo; Hilario Roderico Pineda Sánchez, Magistrado Vocal Décimo Tercero; Doctor Víctor Manuel Rivera Wöltke, Secretario Corte Suprema de Justicia.