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136-2002 18062002 Juan Hernandez Quintanilla

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA

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Detalles

Título
136-2002 18062002 Juan Hernandez Quintanilla
Autor
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2002

18/06/2002 - RECHAZADO PENAL

136-2002 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, dieciocho de junio de dos mil dos. Se tiene a la vista para resolver sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por el procesado JUAN HERNANDEZ QUINTANILLA, con el auxilio del abogado FREDY LOPEZ CONTRERAS, contra la sentencia dictada por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones, el catorce de mayo de dos mil dos, dentro del proceso que se siguió en su contra por el delito de Homicidio Continuado.

ANTECEDENTES: La Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones resolvió: “I) QUE NO ACOGE el Recurso de Apelación Especial por motivo de Forma, interpuesto por el procesado JUAN HERNANDEZ QUINTANILLA y/o JUAN CARLOS ESQUIVEL y/o ESQUIVEL ARMANDO y/o ARMANDO ESQUIVEL y/o ESQUIVEL JUAN CARLOS y/o JOSE

ALFREDO MORALES...II)...III)...IV)...”.

CONSIDERACION DE DERECHO: La procedencia del recurso de casación está dada por un conjunto de requisitos para que el tribunal pueda pronunciarse sobre el fondo de la impugnación. La ausencia de los mismos provoca rechazo.

Al examinar el memorial que contiene el recurso de casación interpuesto se establece que el mismo adolece de la siguiente deficiencia: El recurso no se encuentra debidamente motivado, toda vez que el recurrente tiene el deber de señalar de forma clara, concreta y precisa cada una de las infracciones denunciadas,

explicar como se dieron las mismas en cada una de las normas señaladas como conculcadas, para poder establecer mediante un análisis posterior la existencia de las infracciones acusadas. Por esta razón, el recurso examinado deviene inadmisible.

LEYES APLICADAS: Artículos: 3, 11, 11 Bis., 160, 166, 167, 398, 438, 439, 440, 443, 445 del Código Procesal Penal; 74, 79 inciso a), 141 inciso b) y 143 de la Ley del Organismo Judicial.

POR TANTO: La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, con base en lo considerado y leyes aplicadas, RECHAZA DE PLANO el recurso de casación interpuesto por el procesado JUAN HERNANDEZ QUINTANILLA. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvase los antecedentes a donde corresponde.

Napoleón Gutiérrez Vargas, Magistrado Vocal Undécimo, Presidente Cámara Penal; Héctor Aníbal De León Velasco, Magistrado Vocal Segundo; Marieliz Lucero Sibley, Magistrado Vocal Octavo; Hilario Roderico Pineda Sánchez, Magistrado Vocal Décimo Tercero. Ante Mí: Victor Manuel Rivera Wöltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.

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