18071988 -
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 18071988 -
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
18/07/1988 - PENAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL: Guatemala, dieciocho de julio de mil novecientos ochenta y ocho. Vista para resolver la admisión del recurso de casación interpuesto por FRANCISCO REYES REYES Y DOMINGO REYES REYES contra la sentencia dictada por la Sala Octava de la Corte de Apelaciones con sede en Quetzaltenango, el doce de abril de mil novecientos ochenta y ocho, en el proceso que por el delito de Contrabando a la Hacienda Pública en el Ramo de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Fermentadas, se les siguió en el Juzgado Primero de Primera Instancia del departamento de El Quiché.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 748 del Código Procesal Penal, el término para interponer el recurso de casación es de quince días contados desde la última notificación de la resolución respectiva. Que consta en autos que la sentencia contra la cual se recurre fue notificada el veintiuno de abril de mil novecientos ochenta y ocho, a todos los sujetos procesales; y que el presente recurso fue recibido en la Secretaría de esta Corte el trece de mayo del año en curso, a las catorce horas con once minutos, cuando ya había transcurrido en exceso el término legal para interponerlo, por lo que resulta extemporáneo y debe rechazarse.
LEYES APLICABLES: Artículo citado y 181, 182, 183, 244, 259, 742 y 752 del Código Procesal Penal; 32, 38 inciso 2o., 142, 146,
148, 157 y 159 de la Ley del Organismo Judicial.
PARTE RESOLUTIVA: La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, con base en lo considerado y leyes citadas, RECHAZA DE PLANO por extemporáneo, el recurso de casación interpuesto. Notifíquese y con certificación de lo resuelto, devuélvanse los antecedentes a donde corresponde. Edmundo Vásquez Martínez, Marco Tulio Molina Abril, Mario Pellecer Molina, Martha Lupe Meneses de Jáuregui, Ángel Valle Girón. Ante mí: Víctor Manuel Rivera
Woltke, Secretario. En la ciudad de Guatemala, siendo las diez horas con cuarenta minutos del día veintiocho de julio de mil novecientos ochenta y ocho en la quince calle diez guión veinticinco zona uno, notifiqué a FRANCISCO REYES REYES, la resolución de fecha dieciocho de julio del año en curso, por medio de cédula que entregué a Mayra López. Doy Fe. Jorge Luis Rodríguez Menéndez.