18071997 - PENAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 18071997 - PENAL
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
18/07/1997 - PENAL
Recurso de Casación No. 64-97 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, dieciocho de julio de mil novecientos noventa y siete. Por ausencia temporal del Magistrado Vocal Segundo, Abogado Ernesto Morales Pérez, se integra la Cámara Penal con el Magistrado Vocal Cuarto, Abogado Oscar Najarro Ponce. Se tiene a la vista para resolver la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por José Francisco García Salazar, en su calidad de Abogado Defensor de Walter Ferney Cardona Benjumea, en contra de la sentencia dictada por la Sala Décima de la Corte de Apelaciones Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Guatemala, el veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y siete, dentro del proceso que por el delito de Tránsito Internacional se siguió en contra de su defendido.
CONSIDERANDO: Que examinado el memorial contentivo del recurso, se advierte que el mismo no puede tenerse por debidamente fundado, toda vez que el recurrente no expresó de manera clara y precisa cuáles son los artículos e incisos de la ley que autorizan el recurso y los motivos en que se funda, ya que los mencionados bajo el acápite de "IV. MOTIVOS DE FONDO" no se encuentran regulados en el artículo 441 del Código Procesal Penal, que se refiere a los casos de procedencia del recurso de casación por dicho motivo. A lo anterior se agrega que la petición no está formulada con claridad y precisión debidas.
Con base en lo expuesto, se concluye que el recurso de casación analizado fue interpuesto sin cumplir los requisitos establecidos por la ley para su admisibilidad y, como consecuencia, debe rechazarse de plano.
LEYES APLICABLES: Artículos: el citado y 3, 11, 160, 166, 167, 437, 439, 440, 441 y 445 del Código Procesal Penal; 74, 77, 79 inciso a), 141 y 143 de la Ley del Organismo Judicial.
POR TANTO: La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, con base en lo considerado y leyes citadas, RECHAZA DE PLANO el recurso de casación interpuesto por José Francisco García Salazar. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes a donde corresponde.
Ricardo Alfonso Umaña Aragón, Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia; Oscar Najarro Ponce, Magistrado Vocal Cuarto; Carlos Roberto Enríquez Cojulún, Magistrado Vocal Séptimo; Manuel Alfonso Ramírez Villeda, Magistrado Vocal Décimo; Francisco Armando López Barrios, Magistrado Vocal Undécimo. Ante mí: Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.