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19041996 - PENAL RECHAZADO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA

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Detalles

Título
19041996 - PENAL RECHAZADO
Autor
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año

19/04/1996 - PENAL RECHAZADO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, diecinueve de abril de mil novecientos noventa y seis. Se resuelve sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por Marco Antonio Pacheco Hernández, en contra de la sentencia dictada por la Sala Décima de la Corte de Apelaciones, el dieciséis de marzo de mil novecientos noventa y cinco, en el proceso que por el delito de Asesinato se siguió en contra del presentado y Miguel Angel López García.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 748 del Código Procesal Penal, el plazo para interponer el recurso de casación es de quince días, contados desde la última notificación de la resolución respectiva. En el presente caso, tal hecho ocurrió el veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y cinco y el recurso que se examina fué presentado el doce de octubre del mismo año. Es decir, mucho tiempo después de que había transcurrido el plazo que la ley determina para su interposición.

Cabe advertir, que al no haberse resuelto sobre el fondo de la inconstitucionalidad en caso concreto planteada oportunamente no impidió que se consumara el plazo para interponer otros recursos. Por las razones consideradas, el recurso debe rechazarse por extemporáneo.

LEYES APLICABLES: Artículo citado y 182, 183, 244 y 752 del Código Procesal Penal -Decreto 52-73 del Congreso de la República-; 116 y 126 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; 45, 74, 79 inciso a),

141 y 143 de la Ley del Organismo Judicial.

PARTE RESOLUTIVA: La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, resuelve: por EXTEMPORANEO, rechaza de plano el recurso de casación a que se ha hecho mérito. Notifíquese y con certificación de lo resuelto, devuélvanse los antecedentes a donde corresponde.

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