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19051987 - PENAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA

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Detalles

Título
19051987 - PENAL
Autor
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año

19/05/1987 - PENAL Recurso de casación interpuesto por Rosa Aura Méndez Fajardo y Juan Carkis Tejeda Tórtola. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL: Guatemala, diecinueve de mayo de mil novecientos ochenta y siete. Se resuelve la admisión del recurso de casación interpuesto por ROSA AURA MÉNDEZ FAJARDO y JUAN CARLOS TEJEDA TÓRTOLA, contra la sentencia dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones el dos de enero de mil novecientos ochenta y seis, en el proceso que por los delitos de Plagio o Secuestro y Tenencia y Portación de Armas de Fuego se siguió contra la primera y por el delito de Plagio o Secuestro contra el segundo, y ABDEL DEYRIS FLORES PINTO, XIOMARA LISBETH SALGUERO DE LEÓN VIUDA DE CASTAÑEDA y CÉSAR ADOLFO SALGUERO DE LEÓN, en el Juzgado Séptimo de Primera Instancia del Ramo Penal del departamento de Guatemala.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 741 del Código Procesal Penal, el escrito de interposición del recurso de casación debe contener los requisitos que en el mismo se señalan, además de los de toda primera solicitud, que se especifican en el artículo 214 del mismo cuerpo de leyes y que en el presente caso el memorial de interposición del recurso no cumple con los siguientes requisitos: a) señalar el lugar, en que los presentados, reciben citaciones b) exponer la razón de su gestión; c) designar, dentro de los

sujetos procesales, al coprocesado CÉSAR ADOLFO SALGUERO DE LEÓN y a su defensor. La falta de tales requisitos constituye deficiencias que este tribunal no puede suplir, y que obligan a su rechazo de plano, por no estar arreglado a la ley.

LEYES APLICABLES: Artículos citados y 214 incisos II y III, 182, 183, 244, 741 inciso I, 752 del Código Procesal Penal; 32, 38 inciso 2o., 157 y 159 de la Ley del Organismo Judicial.

POR TANTO: La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, con base en lo considerado y leyes citadas, RECHAZA DE PLANO el recurso de casación interpuesto por los procesados ROSA AURA MÉNDEZ FAJARDO y JUAN CARLOS TEJEDA TÓRTOLA. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes a donde corresponde.

EDMUNDO VÁSQUEZ MARTÍNEZ, MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

MARCO TULIO MOLINA ABRIL, MAGISTRADO VOCAL PRIMERO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

MARIO PELLECER MOLINA, MAGISTRADO VOCAL SEGUNDO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

HUGO GONZÁLEZ CARAVANTES, MAGISTRADO VOCAL CUARTO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. MARTHA LUPE MENESES JÁUREGUI. MAGISTRADO VOCAL SÉPTIMO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ANTE MI: VÍCTOR MANUEL RIVERA WOLTKE, SECRETARIO DE LA CORTE

SUPREMA DE JUSTICIA

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