20071993 - PENAL RECHAZADO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 20071993 - PENAL RECHAZADO
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
20/07/1993 - PENAL RECHAZADO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, veinte de julio de mil novecientos noventa y tres. Se tiene a la vista para resolver la admisión del recurso de casación interpuesto por TERESA GUTIERREZ GONZALEZ, contra la sentencia dictada por la Sala Duodécima de la Corte de Apelaciones el veintiséis de abril del año en curso, dentro del proceso que por el delito de Parricidio se siguió en su contra. CONSIDERANDO El Código Procesal Penal establece en el Artículo 741, que el escrito de interposición del recurso de casación debe contener los requisitos de toda primera solicitud, además de los allí indicados. En el presente caso se establece que en el memorial analizado no se hace mención de los siguientes requisitos:
A. Lugar para recibir citaciones;
B. Designación del proceso al cual ser refiere, identificándolo con el número con el cual se tramitó en primera y segunda instancias;
C. Mención de la persona que actuó dentro del proceso como defensor;
D. Fecha de la notificación al recurrente y de la última notificación;
E. La naturaleza de la resolución recurrida.
De lo anterior se evidencia que no se da cumplimiento a los requisitos exigidos en el numeral II del Artículo 214 y I, II y III del Artículo 741, ambos del Código Procesal Penal, por lo que resulta imperativo el rechazo del escrito analizado por no estar arreglado a la ley. LEYES APLICABLES Artículos citados y: 181, 182, 183 y 752 del Código Procesal Penal; 74, 79 inciso a), 141 y 143 de la Ley del
Organismo Judicial. POR TANTO La Corte Suprema de Justicia, Cámara Penal, con base en lo considerado y leyes citadas, por no estar arreglado a la ley RECHAZA DE PLANO el memorial contentivo del recurso de casación interpuesto por TERESA GUTIERREZ GONZALEZ. Notifíquese y con certificación de lo resuelto, devuélvanse los antecedentes a donde corresponde. Juan José Rodil Peralta, Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia.- Angel Alfredo Joaquín Quiyuch, Magistrado Vocal Segundo.- Aura Leticia Rodríguez Moscoso, Magistrado Vocal Cuarto.- Justo Pérez Vásquez, Magistrado Vocal Séptimo.- Roberto Adolfo Valle Valdizán, Magistrado Vocal Octavo.- Ante mí, Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.