22-2001 20032001 Sara Leticia Villasenor Yuman
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 22-2001 20032001 Sara Leticia Villasenor Yuman
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2001
20/03/2001 - RECHAZADO PENAL
Expediente No. 22-2001 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, veinte de marzo de dos mil uno. Se tiene a la vista para resolver, sobre su admisibilidad, el recurso de casación interpuesto por la procesada SARA LETICIA VILLASEÑOR YUMAN, contra la sentencia de fecha treinta de enero del año dos mil uno, proferida por la Sala Duodécima de la Corte de Apelaciones, dentro del proceso que por el delito de PARRICIDIO se sigue contra la recurrente, y CONSIDERANDO Para que el recurso de casación pueda ser admitido para su trámite, debe reunir las condiciones de lugar, modo y tiempo que determina la ley. En el presente caso, del escrito de interposición del recurso de casación por motivo de forma se establece que el mismo no puede ser admitido para su trámite por adolecer de las siguientes deficiencias: a) La presentada no consigna sus datos de identificación personal; b) Omitió indicar quienes son los otros sujetos procesales que intervienen en el presente proceso; c) No expresa la fecha de la última notificación de la resolución recurrida, a efecto de poder computar el plazo para la interposición del recurso; d) Tampoco indica cuál es el interés procesal conque comparece para interponer el recurso; debe indicar qué perjuicio o desventaja le causa la resolución que impugna. Ante tal situación, la interposición del recurso de casación resulta notoriamente improcedente, y obliga a esta Cámara a rechazarlo de plano.
LEYES APLICABLES
Artículos: 3, 4, 7, 11, 20, 37, 39, 43, 50, 70, 92, 107, 160, 162, 163, 166, 167, 398, 437, 438, 439, 443 y 445 del Código Procesal Penal; 1, 10, 16, 23, 57, 74, 76, 79, inciso a), 141, 143 y 172 de la Ley del Organismo
Judicial. POR TANTO LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL, con apoyo en lo antes considerado y leyes invocadas, al resolver, RECHAZA DE PLANO el recurso de casación interpuesto por la procesada SARA LETICIA VILLASEÑOR YUMAN. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes al lugar de su procedencia. Napoleón Gutiérrez Vargas, Magistrado Vocal Undécimo, Presidente Cámara Penal; Héctor Aníbal de León Velasco, Magistrado Vocal Segundo; Marieliz Lucero Sibley, Magistrado Vocal Octavo; Hilario Roderico Pineda Sánchez, Magistrado Vocal Décimo Tercero. Ante Mí: Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.