25081998 - PENAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- 25081998 - PENAL
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
25/08/1998 - PENAL
Expediente No. 94-98
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: CAMARA PENAL: Guatemala, veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y ocho.
Se tiene a la vista para resolver la admisibilidad de recurso de casación interpuesto por Arnoldo Muñoz Gudiel con el auxilio del abogado Eulogio López Jiménez, en contra de la sentencia dictada por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones, el ocho de julio de mil novecientos noventa y ocho, dentro del proceso que se le siguió por el delito de Homicidio.
CONSIDERANDO: El recurso de casación que se examina no se encuentra debidamente fundado, pues de su estudio se establece que aun cuando fue interpuesto por motivo de fondo, todas las leyes que se citan como infringidas, salvo el artículo 123 del Código Penal, son de carácter procesal. Por otra parte, el interponente no expresa de manera clara y precisa las causas de infracción de cada una de ellas, limitándose a impugnar de manera general no sólo el fallo proferido por la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones sino también el pronunciado por el Tribunal Tercero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, especialmente en lo relativo al análisis y valoración de la prueba, lo cual contraviene las limitaciones del Tribunal de Casación en cuanto conocer únicamente de los errores jurídicos contenidos en la resolución recurrida y sujetarse a los hechos que se haya tenido como probados por el tribunal de sentencia. Finalmente, la petición de Sentencia
es imprecisa al omitir el efecto propio de la casación por motivo de fondo. Por las razones expuestas procede rechazar de plano el recurso de casación analizado.
LEYES APLICABLES: Artículos: 3, 11, 166, 167, 398, 437, 442, 443, 445 y 447 del Código Procesal Penal; 74, 79 inciso a), 141 inciso b) y 143 de la Ley del Organismo Judicial.
POR TANTO: LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL, con base en lo considerado y leyes citadas, RECHAZA DE PLANO el recurso de casación interpuesto por el procesado Arnoldo Muñoz Gudiel.
Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes a donde corresponde. Carlos Roberto Enríquez Cojulún, Magistrado Presidente Cámara Penal, Julio Ernesto Morales Pérez, Magistrado Vocal Segundo; Humberto Grazioso Bonetto, Magistrado Vocal Quinto; Francisco Armando López Barrios, Magistrado Vocal Undécimo. Ante Mí: Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.