29041999 - RECHAZO PENAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 29041999 - RECHAZO PENAL
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
29/04/1999 - RECHAZO PENAL
Expediente No. 076-99 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL: Guatemala, veintinueve de abril de mil novecientos noventa y nueve. Se tiene a la vista para resolver la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por Manolo Carias Barrera, con el auxilio del abogado Julio Roberto García Montenegro, en contra del auto dictado por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, el cinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve, dentro del proceso que por el delito de Cohecho Pasivo se siguió al recurrente.
CONSIDERANDO: Del estudio de las actuaciones se establece que en el presente caso el recurso de casación se interpuso contra el auto dictado por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones con fecha cinco de marzo del año en curso, mediante el cual se declaró inadmisible el recurso de apelación especial interpuesto por el recurrente contra la sentencia emitida por el Tribunal Décimo de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala. En tal virtud, es evidente que el auto que se examina no resolvió el recurso de apelación especial interpuesto contra el fallo emitido por el tribunal de sentencia y, por consiguiente, no constituye una de las resoluciones susceptibles de ser impugnadas en esta vía, de lo cual se concluye que el recurso de casación planteado resulta inadmisible y debe rechazarse de plano.
LEYES APLICABLES: Artículos: 3, 11, 11 BIS., 160, 166, 167, 437 inciso 1), 443 y 445 del Código Procesal Penal; 74, 79 inciso a),
141 inciso b) y 143 de la Ley del Organismo Judicial.
POR TANTO: LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL, con base en lo considerado y leyes citadas, RECHAZA DE PLANO el recurso de casación interpuesto por Manolo Carias Barrera. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes a donde corresponde.
Carlos Roberto Enríquez Cojulún, Magistrado Presidente Cámara Penal; Julio Ernesto Morales Pérez, Magistrado Vocal Segundo; Juan Carlos Ocaña Mijangos, Magistrado Vocal Quinto; Francisco Armando López Barrios, Magistrado Vocal Undécimo. Ante Mí: María de la Luz Gómez Mejía, Secretaria en funciones de la Corte Suprema de Justicia.