29101996 - PENAL RECHAZADO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 29101996 - PENAL RECHAZADO
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
29/10/1996 - PENAL RECHAZADO
Expediente No. 101-96 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL, Guatemala, veitinueve de octubre de mil novecientos noventa y seis. Se tiene a la vista para resolver la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por JUAN CANTO CAMAJA, con el patrocinio del abogado VÍCTOR RAÚL ROCA CHAVARRÍA, dentro del proceso que por el delito de homicidio se siguió en su contra.
CONSIDERANDO: Que examinado el memorial contentivo del recurso, se advierte que el mismo no puede tenerse por debidamente fundado, toda vez que el recurrente no expresó de manera clara y precisa cuál es el agravio que le causa el fallo impugnado, omitiendo formular tesis respecto a los artículos de las leyes que cita como violados. Además no distinguió a cuál de los tres submotivos contemplados en el caso de procediencia invocado se refiere, o se, violación de un precepto constitucional o legal por "errónea interpretación, indebida aplicación o falta de aplicación". Finalmente, el artículo 2 de la Constitución Política de la República de guatemala que cita como infringido, no tiene aplicación alguna en el caso concreto.
Con base en lo expuesto se concluye que el recurso de casación analizado fue interpuesto sin cumplir con los requisitos establecidos por la ley para su admisibilidad y, como consecuencia, debe rechazarse de plano.
LEYES APLICABLES: Artículos 3, 11, 160, 166, 167, 443, 437, 439, 441 y 445 del Código Procesal Penal; 74, 79 inciso a), 141 y
143 de la Ley del Organismo Judicial.
POR TANTO: LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENA, con base en lo considerando y leyes citadas, por no estar arreglado a la ley RECHAZA DE PLANO el recurso de casación interpuesto por JUAN CANTO CAMAJA. Notifíquese y con certificación de lo resuelto devuélvanse los antecedentes a donde corresponde.
Ricardo Alfonso Umaña Aragón, Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia; Julio Ernesto Morales Pérez, Magistrado Vocal Segundo; Carlos Roberto Enríquez Cojulún, Magistrado Vocal Séptimo; Manuel Alfonso Ramírez Villeda, Magistrado Vocal Décimo; Francisco Armando López Barrios, Magistrado Vocal Undécimo. Ante mí: Víctor Manuel Rivera Woltke, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.