318-2000 12012001 Mario Raul Leiva De Leon
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 318-2000 12012001 Mario Raul Leiva De Leon
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2000
12/01/2001 - RECHAZADO PENAL
Expediente No. 318-2000 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL. Guatemala, doce de enero de dos mil uno. Se integra la Cámara Penal con los Magistrados que suscriben la presente resolución. Se tiene a la vista para resolver sobre su admisibilidad el recurso de casación interpuesto por el Abogado defensor Mario Raúl Leiva De León, contra la sentencia de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil emitida por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, dentro del proceso que por el delito de Homicidio se tramitó contra Milton Geovanny Tobar, Jorge Mario Gaytán Samayoa y Mynor Alberto Aguirre Carrera.
CONSIDERANDO: Conforme nuestro ordenamiento procesal penal vigente, el recurso de casación procede contra las sentencias o autos definitivos que pongan fin al proceso, a la acción, a la pena o que hagan imposible que continúe la tramitación del mismo, entendiéndose que hay definitividad cuando la sentencia o el auto dictado ha terminado el proceso, decidiendo el fondo de la cuestión controvertida o investigada. Al examinar el recurso de casación presentado, esta Cámara determina que debe rechazarse de plano, pues la sentencia contra la cual se interpone el recurso es de carácter anulativo, en consecuencia, no le pone fin al proceso, toda vez que la misma ordena su reenvío para que sea dictada de conformidad con la ley una nueva sentencia.
En tales condiciones se establece que el recurso interpuesto no se encuentra conforme a derecho, por lo que resulta imperativo su rechazo.
CITA DE LEYES: Artículos 50, 437, 441, 443 y 445 del Código Procesal Penal; 57,74,76, 141,143 y 172 de la Ley del
Organismo Judicial.
POR TANTO: LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CAMARA PENAL, con base en lo considerado y leyes citadas al resolver DECLARA: rechaza de plano el recurso de casación interpuesto por Abogado defensor Mario Raúl Leiva De León. Notifíquese y con certificado de lo resuelto, vuelvan los autos al tribunal de su procedencia.
Napoleón Gutiérrez Vargas, Magistrado Vocal Undécimo, Presidente Cámara Penal; Héctor Aníbal De León Velasco, Magistrado Vocal Segundo; Marieliz Lucero Sibley, Magistrado Vocal Octavo; Hilario Roderico Pineda Sánchez; Magistrado Vocal Décimo Tercero. Ante Mí: Abogado Víctor Manuel Rivera Wöltke, Secretario Corte Suprema de Justicia.