532-2008 06032009 Efren Dario Leche Hernandez
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
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Detalles
- Título
- 532-2008 06032009 Efren Dario Leche Hernandez
- Autor
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUATEMALA
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2008
06/03/2009 – RECHAZADO PENAL
532-2008
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, CÁMARA PENAL. Guatemala, seis de marzo de dos mil nueve. Se resuelve la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por EFREN DARIO LECHE HERNANDEZ, contra la sentencia de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, de fecha dos de octubre de dos mil ocho. CONSIDERANDO Se concedió al recurrente el plazo de tres días a efecto enmendara los errores que fueron advertidos, en resolución de fecha once de diciembre de dos mil ocho. Para ser admisible el recurso de casación, es indispensable corregir los defectos advertidos oportunamente, y del examen realizado a los antecedentes, se determina que a pesar de haberle concedido el plazo respectivo al interponente, no presentó alegación alguna para corregirlos, por lo que en ese sentido resulta imperativo el rechazo de plano del recurso de casación interpuesto.- LEYES APLICADAS Artículos 50, 11 Bis, 50, 282, 399, 437, 442, 443 y 445 del Código Procesal Penal; 74, 76, 141 y 143 de la Ley del Organismo Judicial.- POR TANTO Se rechaza el recurso de casación presentado por EFREN DARIO LECHE HERNANDEZ, contra la sentencia de fecha dos de octubre de dos mil ocho. Notifíquese.
José Francisco de Mata Vela, Magistrado Presidente Cámara Penal; Beatriz Ofelia de León Reyes, Magistrado Vocal Cuarto; Oscar Humberto Vasquez Oliva, Magistrado Vocal Noveno; Leticia Stella Secaira Pinto, Magistrado Vocal Décimo. Jorge Guillermo Arauz Aguilar, Secretario de la Corte Suprema de Justicia.