8 Formulario_260_2025.pdf

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2025

982. Código Contador o Revisor Fiscal Firma Contador o Revisor Fiscal Espacio reservado para la DIAN 4. Número de formulario

1. Año Firma del declarante o de quien lo representa

5. No. Identificación Tributaria (NIT) 6. DV 7. Primer apellido 8. Segundo apellido 9. Primer nombre 10. Otros nombres 12.Cód. dirección seccional

981. Cód. Representación

994. Con salvedades

983. No. Tarjeta profesional

11. Razón social Datos generales Grupos de actividades empresariales desarrolladas Ingresos brutos anuales en todo el país

(Sin incluir ganancias ocasionales) Ingresos brutos anuales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales) Grupo 1 33 34 Grupo 2 35 36 Grupo 3 Grupo 3 (sic) Grupo 6 41

997. Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora

108. Bim. 1 110. Bim. 3 112. Bim. 5 114. Bim. 1 116. Bim. 3 118. Bim. 5

109. Bim. 2 111. Bim. 4 113. Bim. 6 115. Bim. 2 117. Bim. 4 119. Bim. 6

96. Bim.1

97. Bim. 2

98. Bim. 3

99. Bim. 4

100. Bim. 5

101. Bim. 6

102. Bim. 1

103. Bim. 2

104. Bim. 3

105. Bim. 4

106. Bim. 5

107. Bim. 6

24. Actividad económica 25. Cód. 26. No. Formulario anterior 27. Tarifa SIMPLE consolidada Total ingresos brutos sin incluir ganancias ocasionales

105. Bim. 4

106. Bim. 5

107. Bim. 6

24. Actividad económica 25. Cód. 26. No. Formulario anterior 27. Tarifa SIMPLE consolidada Total ingresos brutos sin incluir ganancias ocasionales Ingresos no constitutivos de renta Total ingresos gravables Impuesto SIMPLE Componente ICA territorial anual Valor componente SIMPLE nacional Aportes al Sistema General de Pensiones a cargo del empleador 0.5% ingresos por ventas y servicios con medios de pagos electrónicos Gravamen a los movimientos financieros Anticipo de renta liquidado en el año gravable anterior Anticipos impuesto SIMPLE efectivamente pagados Saldo a favor por impuesto SIMPLE declaración año anterior Por extemporaneidad por impuesto SIMPLE Por corrección por impuesto SIMPLE Otras sanciones por impuesto SIMPLE Total saldo a favor por impuesto SIMPLE Por extemporaneidad por ICA territorial anual Otras sanciones ICA territorial anual

44 46 49 50 51 54 55 56 57 59 60 61 65 66 67 Descuentos Impuesto neto SIMPLE Sanciones por impuesto SIMPLE Sanciones por ICA territorial anual Impuesto nacional al consumo de comidas y bebidas efectivamente pagado Saldo a favor por impuesto nacional al consumo de comidas y bebidas declaración año anterior Saldo a pagar por impuesto nacional al consumo Por extemporaneidad por impuesto al consumo Otras sanciones por impuesto al consumo Total saldo a favor por impuesto nacional al consumo de comidas y bebidas Costos por ganancias ocasionales Ganancias ocasionales no gravadas y exentas Ganancias ocasionales gravables Descuento por impuestos pagados en el exterior por ganancias ocasionales Impuesto neto de ganancias ocasionales

consumo de comidas y bebidas Costos por ganancias ocasionales Ganancias ocasionales no gravadas y exentas Ganancias ocasionales gravables Descuento por impuestos pagados en el exterior por ganancias ocasionales Impuesto neto de ganancias ocasionales Saldo a favor por ganancias ocasionales declaración año anterior Por extemporaneidad por impuesto de GO Otras sanciones por impuesto GO Total saldo a favor por impuesto de ganancias ocasionales 71 72 74 75 76 81 82 85 88 90 91 92 Sanciones por imp.al consumo de comidas y bebidas Total saldo a pagar por impuesto nacional al consumo de comidas y bebidasSanciones por impuesto de ganancias ocasionales

996. Espacio para el número interno de la DIAN / Adhesivo Liquidación impuesto SIMPLE Patrimonio 29. Pasivos en el país y en el exterior Ajustes mayores anticipos SIMPLE Ajustes mayores valores impuesto nacional al consumo de comidas y bebidas

42 Liquidación impuesto nacional al consumo de comidas y bebidas

171. Fracción año gravable siguiente Liquidación impuesto ganancia ocasionalAnticipos impuesto SIMPLE

120. No. Identificación signatario 121. DV NO DILIGENCIABLEEspacio reservado para la DIAN 4. Número de formulario

1. Año

5. No. Identificación Tributaria (NIT) 6. DV 7. Primer apellido 8. Segundo apellido 9. Primer nombre 10. Otros nombres 12.Cód. Dirección seccional11. Razón social dePágina Ingresos brutos anuales en este municipio o distrito Por devoluciones, rebajas y descuentos Por exportaciones Por venta de activos fijos Por actividades excluidas o no sujetas y otros ingresos no gravados Por otras actividades exentas en este municipio o distrito

Ingresos brutos anuales en este municipio o distrito Por devoluciones, rebajas y descuentos Por exportaciones Por venta de activos fijos Por actividades excluidas o no sujetas y otros ingresos no gravados Por otras actividades exentas en este municipio o distrito Total ingresos gravables anuales en este municipio o distrito Actividades gravadas Actividad 1 (Principal) Actividad 2 Actividad 3 Actividad 4 Actividad 5 Actividad 6 Actividad 7 Actividad 8 Actividad 9 Actividad 10 Actividad 11 Actividad 12 Actividad 13 Actividad 14 Actividad 15 Actividad 16

131. Código CIIU 132. Ingresos gravados 133. Tarifa (por mil) 134. Impuesto

150. Bim. 1 152. Bim. 3 154. Bim. 5 156. Bim. 1 158.Bim. 3 160. Bim. 5

151. Bim. 2 153. Bim. 4 155. Bim. 6 157. Bim. 2 159. Bim. 4 161. Bim. 6

Datos generales Total impuesto de industria y comercio consolidado anual Exención o exoneración sobre el impuesto Otros beneficios e incentivos Total componente ICA territorial anual Retenciones o autorretenciones a título de ICA practicadas antes de pertenecer al Régimen SIMPLE Anticipos ICA efectivamente pagados Saldo a favor solicitado en el municipio o distrito Saldo a pagar componente ICA territorial Sanción por extemporaneidad por componente ICA territorial anual Sanción por corrección por componente ICA territorial anual Otras sanciones por componente ICA territorial anual Total sanciones por componente ICA territorial anual 142 143 145 Sanciones por componente ICA territorial Total saldo a pagar en el municipio o distrito

Sanción por corrección por componente ICA territorial anual Otras sanciones por componente ICA territorial anual Total sanciones por componente ICA territorial anual 142 143 145 Sanciones por componente ICA territorial Total saldo a pagar en el municipio o distrito Total saldo a favor a solicitar en el municipio o distrito

171. Fracción año gravable siguiente

Base gravable ICA

122. Departamento Cód. 123. Municipio Cód.

Discriminación de actividades gravadas ICAValores a pagar ICA Anticipos ICA Ajustes mayores anticipos ICAEspacio reservado para la DIAN 4. Número de formulario dePágina Patrimonio bruto en el país Efectivo y equivalentes al efectivo Inversiones e instrumentos financieros derivados Cuentas, documentos y arrendamientos financieros por cobrar Inventarios Activos intangibles Activos biológicos Propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión y ANCMV Otros activos Patrimonio bruto en el exterior 162 163 164 165 166 167 168 169 170 Relación patrimonio bruto en el país Valor patrimonial $1 Estas instrucciones son una orientación general para el diligenciamiento del formulario y no eximen de la obligación de aplicar, en cada caso particular, las normas legales y reglamentarias que regulan el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación (SIMPLE), el impuesto de ganancias ocasionales y el impuesto nacional al consumo de comidas y bebidas. Si se trata de la corrección de algún dato de su declaración, deberá diligenciar todas las casillas de un nuevo formulario, el cual reemplaza totalmente al anterior. Recuerde que antes de diligenciar el formulario de la declaración, en caso de ser necesario, debe actualizar el Registro Único Tributario (en adelante RUT). Se advierte que para el diligenciamiento de la declaración anual consolidada es

anterior. Recuerde que antes de diligenciar el formulario de la declaración, en caso de ser necesario, debe actualizar el Registro Único Tributario (en adelante RUT). Se advierte que para el diligenciamiento de la declaración anual consolidada es necesario haber presentado los anticipos bimestrales mediante los Recibos electrónicos del SIMPLE, aunque no haya saldo a pagar, en atención al inciso 1 del artículo 910 del Estatuto Tributario (en adelante del E.T.), en concordancia con el parágrafo 2 del artículo 1.5.8.3.11. del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 (en adelante DUR 1625/2016). Sin embargo, estarán exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE por el año gravable 2024 y siguientes los contribuyentes personas naturales pertenecientes al Régimen Simple de Tributación – SIMPLE que no superen las tres mil quinientas (3.500) UVT de ingresos, quienes deberán presentar únicamente una declaración anual consolidada y pago anual sin necesidad de realizar pagos anticipados a través del Recibo electrónico del SIMPLE, para ello, utilizarán la sección “Ajustes a Bimestres Recibo Electrónico SIMPLE” que habilita el Servicio Informático de Diligenciamiento (en adelante SI de Diligenciamiento), a efectos de diligenciar, entre otras, las casillas que más adelante se indican.

1. Año: el SI de Diligenciamiento registrará en esta casilla el año que se esté declarando. Cuando se trate de la fracción de año 2024, el SI de Diligenciamiento registrará automáticamente en esta casilla el año que se está declarando. Cuando se trate de la fracción de año 2025 y siguientes, el SI de Diligenciamiento registrará el año anterior de la fracción.

registrará automáticamente en esta casilla el año que se está declarando. Cuando se trate de la fracción de año 2025 y siguientes, el SI de Diligenciamiento registrará el año anterior de la fracción.

171. Fracción año gravable siguiente: si esta liquidación privada se presenta en atención al artículo 595 del E.T. durante el mismo periodo gravable objeto de declaración, en el SI de Diligenciamiento se debe seleccionar la opción “Nueva fracción año”.

Para la fracción de año 2024 esta casilla quedará inactiva.

4. Número de formulario: espacio determinado para el número único asignado por Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (en adelante DIAN) a cada uno de los formularios.

DATOS GENERALES Las siguientes casillas se diligenciarán automáticamente a partir de los datos registrados en el RUT, una vez el contribuyente selecciona el formulario de la declaración:

5. Número de Identificación Tributaria (NIT): corresponde al Número de Identificación Tributaria asignado al contribuyente por la DIAN, sin el dígito de verificación, tal como aparece en la casilla 5 de la hoja principal del RUT actualizado.

6. DV .: corresponde al número que en su NIT se encuentra separado, llamado “Dígito de verificación” (DV), tal como aparece en la casilla 6 de la hoja principal del RUT actualizado.

7. Primer apellido: si es persona natural se diligencia automáticamente el primer apellido que figura en la casilla 31 de la hoja principal del RUT actualizado.

8. Segundo apellido: si es persona natural se diligencia automáticamente el segundo apellido que figura en la casilla 32 de la hoja principal del RUT actualizado.

9. Primer nombre: si es persona natural se diligencia automáticamente el primer nombre que figura en la casilla 33 de la hoja principal del RUT actualizado.

apellido que figura en la casilla 32 de la hoja principal del RUT actualizado.

9. Primer nombre: si es persona natural se diligencia automáticamente el primer nombre que figura en la casilla 33 de la hoja principal del RUT actualizado.

10. Otros nombres: si es persona natural se diligencian automáticamente los otros nombres que figuran en la casilla 34 de la hoja principal del RUT actualizado.

11. Razón social: si es persona jurídica esta casilla se diligencia automáticamente con la información registrada en la casilla 35 de la hoja principal del RUT actualizado.

12. Cód. Dirección seccional: se registra automáticamente el código de la dirección seccional que corresponda al domicilio principal de su actividad o negocio, según lo informado en la casilla 12 del RUT actualizado.

24. Actividad económica: el SI de Diligenciamiento le permitirá seleccionar el código que corresponde a la actividad económica que le generó el mayor valor de ingresos en el período gravable a declarar, la cual debe corresponder a alguna de las informadas en el RUT, para el período declarado, casilla 46, casilla 48 o casilla 50, de la hoja principal.

Nota: si los datos que se traen del RUT presentan inconsistencias, este debe ser actualizado antes de diligenciar este formulario.

25. Cód.: si la declaración es una corrección, el SI de Diligenciamiento registrará: “1” si es una corrección a la declaración privada; “2” si es una corrección a la corrección generada por la DIAN, con fundamento en el artículo 43 de la Ley 962 de 2005 o “3” si es una corrección provocada con ocasión de un acto administrativo.

26. No. Formulario anterior: si va a corregir una declaración ya presentada, el SI de Diligenciamiento registrará los trece (13) dígitos que figuran en la casilla 4 del

si es una corrección provocada con ocasión de un acto administrativo.

26. No. Formulario anterior: si va a corregir una declaración ya presentada, el SI de Diligenciamiento registrará los trece (13) dígitos que figuran en la casilla 4 del formulario de la declaración objeto de corrección.

27. T arifa SIMPLE consolidada: si usted realiza actividades empresariales pertenecientes a un solo grupo, el SI de Diligenciamiento aplicará automáticamente la tarifa del SIMPLE que corresponda a este grupo, de acuerdo con los ingresos brutos anuales. Si desarrolla varias actividades de diferentes grupos, el SI de Diligenciamiento aplicará de manera automática la tarifa SIMPLE consolidada más alta, de acuerdo con el parágrafo 5 del artículo 908 del E.T.

1. Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquería:

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE LA DECLARACIÓN ANUAL CONSOLIDADA

AÑO GRAVABLE 2024 Y SIGUIENTES

0 6.000 15.000 30.000 6.000 15.000 30.000 100.000 1,2% 2,8% 4,4% 5,6% Ingresos brutos bimestrales Igual o superior (UVT) Inferior (UVT) Tarifa SIMPLE consolidada

2. Actividades comerciales al por mayor y detal; servicios técnicos y mecánicos en los que predomina el factor material sobre el intelectual, los electricistas, los albañiles, los servicios de construcción y los talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos; actividades industriales, incluidas las de agroindustria, minindustria y microindustria; actividades de telecomunicaciones y las demás actividades no incluidas en los siguientes numerales:

0 6.000 15.000 30.000 6.000 15.000

minindustria y microindustria; actividades de telecomunicaciones y las demás actividades no incluidas en los siguientes numerales: 0 6.000 15.000 30.000 6.000 15.000 30.000 100.000 1,6% 2,0% 3,5% 4,5% Ingresos brutos bimestrales Igual o superior (UVT) Inferior (UVT) Tarifa SIMPLE consolidada 0 6.000 15.000 30.000 6.000 15.000 30.000 100.000 3,1% 3,4% 4,0% 4,5% Ingresos brutos bimestrales Igual o superior (UVT) Inferior (UVT) Tarifa SIMPLE consolidada

3. Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte: 3 (sic). Servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales.

0 6.000 15.000 30.000 6.000 15.000 30.000 100.000 5,9% 7,3% 12% 14,5% Ingresos brutos bimestrales Igual o superior (UVT) Inferior (UVT) Tarifa SIMPLE consolidada2 Grupo 6 Numeral 6 del artículo 908 del E.T. Actividades económicas CIIU 4665, 3830 y 3811.

33. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 1: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos

33. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 1: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 1, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 1 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en todo el país” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

34. Ingresos brutos anuales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 1: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 1, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 1 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en el exterior” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

35. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 2: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta

exterior” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

35. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 2: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 2, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 2 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en todo el país” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

36. Ingresos brutos anuales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 2: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 2, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 2 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en el exterior” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

37. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 3: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta

exterior” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

37. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 3: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 3, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 3 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en todo el país” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

38. Ingresos brutos anuales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 3: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 3, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 3 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en el exterior” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

39. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 3 (sic): para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE,

exterior” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

39. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 3 (sic): para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “(Ingresos brutos bimestrales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 3

(sic), registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

6. Actividades económicas CIIU 4665, 3830 y 3811: La tarifa del impuesto uni fi cado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLEpara las personas naturales o Jurídicas que desarrollen las actividades económicas CIIU 4665, 3830 y 3811, corresponderá al uno coma sesenta y dos por ciento (1,62%).

346. Género: esta casilla (no visible en el documento PDF) solo debe ser diligenciada por las personas naturales que sean contribuyentes del SIMPLE conforme con la identidad de género construida o reconocida y de acuerdo con las categorías relacionadas en la lista desplegable generada por el SI de Diligenciamiento, dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 90 de la Ley 2277 de 2022.

PATRIMONIO

28. Total patrimonio bruto: esta casilla corresponde a la sumatoria de los valores registrados en las casillas 162 (Efectivo y equivalentes al efectivo), 163

(Inversiones e instrumentos fi nancieros derivados), 164 (Cuentas, documentos y arrendamientos fi nancieros por cobrar), 165 (Inventarios), 166 (Activos intangibles), 167 (Activos biológicos), 168 (Propiedades, planta y equipo, propiedades de

arrendamientos fi nancieros por cobrar), 165 (Inventarios), 166 (Activos intangibles), 167 (Activos biológicos), 168 (Propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión y ANCMV), 169 (Otros activos) y 170 (Patrimonio bruto en el exterior), de la información Patrimonio bruto poseído en el país y en el exterior de la hoja 3 de este formulario a la fecha de culminación del período fi scal conforme lo señala el artículo 595 del E.T. o, al 31 de diciembre del año gravable, según corresponda.

29. Pasivos en el país y en el exterior: registre en esta casilla el valor de las obligaciones pendientes de pago tanto en el país como en el exterior a la fecha de culminación del período fi scal conforme lo señala el artículo 595 del E.T. o, al 31 de diciembre del año gravable, según corresponda, tales como: obligaciones fi nancieras y cuentas por pagar, arrendamientos por pagar, otros pasivos fi nancieros, impuestos, gravámenes y tasas por pagar, pasivos por bene fi cios a los empleados, pasivos por ingresos diferidos y otros pasivos u obligaciones con terceros.

Para efectos fi scales tenga en cuenta que los pasivos en moneda extranjera se estiman en moneda nacional al momento de su reconocimiento inicial a la tasa representativa del mercado, menos los abonos o pagos medidos a la misma tasa representativa del mercado del reconocimiento inicial, de conformidad con lo previsto en los artículos 285, 288 y 291 del E.T.; así mismo tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 287 del E.T. en la determinación del valor patrimonial de las deudas. No incluya provisiones contables que no se acepten fi scalmente.

previsto en los artículos 285, 288 y 291 del E.T.; así mismo tenga en cuenta lo dispuesto en el artículo 287 del E.T. en la determinación del valor patrimonial de las deudas. No incluya provisiones contables que no se acepten fi scalmente.

30. Total patrimonio líquido (28 - 29): es el resultado de restar del valor de la casilla 28 (Total patrimonio bruto) el valor de la casilla 29 (Pasivos en el país y en el exterior).

LIQUIDACIÓN IMPUESTO SIMPLE Sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones y requisitos no subsanables para pertenecer al SIMPLE, las actividades empresariales establecidas en el artículo 908 del

E.T., corresponden a la Clasifi cación Industrial Internacional Uniforme – CIIU adoptada por la DIAN mediante Resoluciones 000114 de 2020, 001232 de 2022 y 000086 de 2023. Los grupos de las actividades empresariales son: Grupo 1 Numeral 1 del artículo 908 del E.T. Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquería. Grupo 2 Numeral 2 del artículo 908 del E.T. Actividades comerciales al por mayor y detal; servicios técnicos y mecánicos en los que predomina el factor material sobre el intelectual, los electricistas, los albañiles, los servicios de construcción y los talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos; actividades industriales, incluidas las de agroindustria, minindustria y microindustria; actividades de telecomunicaciones y las demás actividades no incluidas en los

siguientes grupos. Grupo 3 Numeral 3 del artículo 908 del E.T. Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte. Grupo 3 (sic) Numeral 3 del artículo 908 del E.T. Servicios profesionales, de consultoría y cientí fi cos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales.3 Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 3 (sic) que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en todo el país” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

40. Ingresos brutos anuales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 3 (sic): para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 6, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 6 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en todo el país” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

41. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 6: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos

41. Ingresos brutos anuales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 6: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en todo el país (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 6, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 6 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en todo el país” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

42. Ingresos brutos anuales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales) – Grupo 6: para quienes liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria de las casillas “Ingresos brutos bimestrales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales)” Grupo 6, registrados en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE presentados en el periodo gravable objeto de declaración.

Para las personas exceptuadas de liquidar y pagar los recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla consolida los valores que informen en uno o varios bimestres en las casillas del grupo 6 que relaciona la lista “Ingresos brutos bimestrales en el exterior” de la sección “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional”.

Nota: las personas que liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, en caso de ser necesario, podrán ajustar los ingresos brutos anuales en todo el país o en el exterior respecto de cada bimestre en la sección de “Ajuste Bimestral

Nota: las personas que liquiden y paguen los recibos electrónicos del SIMPLE, en caso de ser necesario, podrán ajustar los ingresos brutos anuales en todo el país o en el exterior respecto de cada bimestre en la sección de “Ajuste Bimestral Componente SIMPLE nacional” que habilita el SI de Diligenciamiento.

43. Total ingresos brutos sin incluir ganancias ocasionales (33 + 34 + 35 + 36 + 37 + 38 + 39 + 40 + 41 + 42): esta casilla corresponde a la sumatoria de los valores de las casillas 33 + 35 + 37 + 39 + 41 (Ingresos brutos anuales en todo el país

(Sin incluir ganancias ocasionales)) y las casillas 34 + 36 + 38 + 40 + 42 (Ingresos brutos anuales en el exterior (Sin incluir ganancias ocasionales)) obtenidos en cada uno de los grupos de las actividades empresariales desarrolladas.

44. Ingresos no constitutivos de renta: para quienes liquiden y paguen los Recibos electrónicos del SIMPLE, esta casilla se diligencia automáticamente con la sumatoria

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