ACNUR - Guía para solicitar la condición de refugiado
ACNUR - Agencia de la ONU para refugiados
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Detalles
- Título
- ACNUR - Guía para solicitar la condición de refugiado
- Autor
- ACNUR - Agencia de la ONU para refugiados
- Categoría
- Constitucional
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- —
Guía para solicitar la condición de refugiado en Colombia h t t p s : / / w w w . a c n u r . o r g / p a i s / c o l o m b i a ¿Quién es una persona refugiada? Una persona refugiada es aquella que se ha visto obligada a salir de su país por temor a ser perseguida por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social y que no pueda, o a causa de estos riesgos, no quiera acogerse a la protección de su país (Convención de Ginebra de 1951 – Estatuto de los refugiados). También se refiere a aquella persona que tenga razones para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en caso de expulsión, devolución o extradición al país de su nacionalidad o, cuando no se tiene nacionalidad, al país de residencia habitual (Declaración de Cartagena). Se considera también como refugiadas a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan alterado gravemente el orden público. Las anteriores definiciones incluyen riesgos de que la persona sea perseguida por razones de género y orientación sexual, generalmente asociados a actos de violencia sexual, violencia doméstica y familiar, planificación familiar forzada, mutilación genital femenina, castigo por desobedecer los valores y costumbres morales, trata de personas y discriminación a personas LGBTIQ+. (Declaración de Cartagena sobre Refugiados – 1984).
Si usted llegó a Colombia para buscar protección, puede solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado. ¿Quién es la autoridad competente para reconocer a los refugiados en Colombia? El Ministerio de Relaciones Exteriores es la entidad encargada para este fin, a través a través del Grupo Interno de Trabajo de Determinación de la Condición de Refugiado (GIT-Determinación de la condición de refugiado), el cual lo entrevistará, analizará su caso y lo presentará a la Comisión Nacional de Refugiados (CONARE), que recomendará al Ministerio de Relaciones Exteriores si reconoce o no como refugiado al solicitante y sus familiares. ¿Cuáles son los derechos de los solicitantes de la condición de refugiado en Colombia? Si su solicitud es admitida, la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia le emitirá un salvoconducto, con el que podrá permanecer de forma regular en el país, mientras dura el proceso. Como solicitante de la condición de refugiado, usted tiene derecho a: • No ser discriminado • Afiliarse al sistema de salud. Una vez le sea expedido el salvoconducto, usted puede solicitar la aplicación de la encuesta SISBÉN, con la finalidad de afiliarse a salud • Tener atención médica de urgencias • Acceder al sistema educativo si es menor de 18 años • Permanecer en el territorio colombiano de manera regular • Moverse libremente dentro del territorio colombiano Nota: Recuerde que el derecho más importante de las personas refugiadas y de los solicitantes de la condición de refugiado es el respeto al principio de No Devolución a su país de origen, donde su vida o libertad puedan verse amenazadas.
¿A qué otros derechos pueden acceder las personas refugiadas en Colombia?
1. Principio de la unidad de la familia: una vez otorgada la condición de refugiado, quien ha sido reconocido como tal podrá presentar una solicitud para que dicha condición se extienda a los siguientes familiares que ya se encuentren en Colombia: • Esposo (a) o compañero(a) permanente • Los hijos (as) menores de edad • Los hijos (as) mayores de edad hasta los 25 años, que dependan económicamente del refugiado (a) • Los hijos (as) en condiciones de discapacidad de acuerdo a la ley colombiana • Los hijos (as) del esposo (a) o compañero(a) permanente, que se encuentren en las situaciones anteriores
3. Tener un documento de viaje y una visa
4. Tener una cédula de extranjería
5. Acceso a trabajo formal ¿Cómo solicitar la condición de refugiado en Colombia?
Presente su solicitud únicamente a través del Cuando las autoridades verifiquen el contenido 4 1 formato del Minsiterio de Relaciones Exteriores de su solicitud, usted recibirá un salvoconducto disponible aquí: gratuito hasta por 180 días, el cual es renovable, hasta que se tome una decisión sobre su 🔗 solicitud. https://bit.ly/3XZU2ld • El salvoconducto SC2 no es un documento con el que pueda trabajar formalmente, es un permiso temporal que brinda la estadía regular en el Descargue los formatos 2 territorio colombiano. DP-FO-273 “Formulario de solicitud de Reconocimiento • Con el salvoconducto SC2 podrá solicitar que le de la Solicitud de Refugiado” hagan la encuesta del SISBÉN. Dependiendo del
y si tiene beneficiarios resultado, podrá acceder al régimen subsidiado o descargue el formato contributivo. El SISBÉN es la encuesta diseñada DP-FO-274 “Formulario para incluir por el Estado colombiano para la identificación beneficiarios en una solicitud de de potenciales beneficiarios de programas reconocimiento de la condición de refugiado”. sociales, incluyendo la afiliación en salud al régimen subsidiado. Las solicitudes deberán ser enviadas usando los • Por favor tenga en cuenta que si usted está 3 formularios mencionados en formato PDF presentando dicha solicitud después de dos (2) junto con sus anexos ÚNICAMENTE al correo meses de haber ingresado a territorio solicitudesentramite@cancilleria.gov.co colombiano, debe explicar detalladamente por qué no presentó la solicitud a su ingreso, con el ¡Los formularios que estén incompletos no fin de justificar la presentación tardía de su entrarán a estudio! solicitud. Podrán incluirse como beneficiarios de esta • Recuerde solicitar la prórroga de su SC-2 con 6 solicitud: semanas de antelación a la fecha de su • El cónyuge o compañero(a) permanente del vencimiento, pues es importante que no se solicitante principal. encuentre de manera irregular durante el procedimiento. • Los hijos menores de edad del solicitante principal y/o su cónyuge. • Los hijos mayores de edad del solicitante principal y/o su cónyuge hasta los 25 años, que F e r n a nda dependan económicamente del refugiado. G a r c i a • Los hijos del solicitante principal y/o su cónyuge en condiciones de discapacidad de
acuerdo con los preceptos de la legislación colombiana. e b r m o N o d e lli p A c o n Cs re ac s t ee t gu er nt a amd c i a tlp rii e ss s tc u ii qan udg ea e lil git ula. oi L ore m ip s u mP r d olo cr o n Cs re ac s t ee t gu er nt a amd c i a tlp rii e ss s tc u ii qan udg ea e lil git ula. oi Pr d olo r m u p s m i e or L Bogo 12 - 01 - 2012 Venezuela 02-10-201
IMPORTANTE: Toda la información incluida en la solicitud es confidencial y no se dará aviso a las autoridades de su país sobre la solicitud que usted está haciendo.
Es importante que la persona solicitante esté pendiente y que actualice sus datos de contacto con el Ministerio de Relaciones Exteriores (GIT-Determinación de la condición de refugiado) regularmente, ya que es a través de estos que el Ministerio se estará comunicando para solicitar o brindar información sobre el proceso y pasos por seguir. 3cm ¿Qué tipo de información debo incluir en la solicitud? 4cm Recuerde que en el siguiente enlace podrá encontrar una guía informativa sobre el diligenciamiento del formato, la cual puede servir de ayuda a usted u otras personas que estén interesadas en solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado: 🔗 https://bit.ly/3OifuPc
De igual manera, en caso de que requiera apoyo con el diligenciamiento del formato, ACNUR puede brindarle asesoramiento a través de sus Puntos de Atención y Orientación a nivel nacional: 🔗 https://bit.ly/44xVOg7 La entrevista El Ministerio de Relaciones Exteriores lo citará para una entrevista, buscando conocer más sobre su situación. Si usted no se presenta a la entrevista, se entenderá que ya no se encuentra interesado en continuar con el proceso, por lo tanto el mismo será archivado y su salvoconducto cancelado. No obstante, por favor tenga en cuenta que usted podrá solicitar la reactivación del estudio de su solicitud dentro del mes siguiente, mientras justifique que su inasistencia se debió a motivos de fuerza mayor. Sobre la respuesta a la solicitud: Si usted es reconocido como refugiado: Recibirá un documento de viaje y una visa de permanencia con la cual podrá solicitar a Migración Colombia la expedición de una cédula de extranjería. En este sentido, como refugiado tendrá derecho a permanecer en el país, a trabajar y a acceder a servicios como educación y salud.
Si su solicitud es rechazada: Una vez sea notificado, usted podrá solicitar la revisión de la decisión en un plazo máximo de 10 días hábiles, a través de un recurso de reposición ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El recurso de reposición es una herramienta jurídica para que las instituciones reevalúen su respuesta o las posibles inconsistencias en esta. El recurso de reposición se presenta ante la misma autoridad que tomó la decisión. Es un trámite que no requiere intermediarios ni
abogados. ¿Qué apoyo le puede dar ACNUR? La Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) es un organismo humanitario y apolítico. Está encargado de apoyar a los Estados para proteger a las personas refugiadas y buscar soluciones duraderas para salvaguardar sus derechos y su bienestar. ACNUR puede brindarle orientación sobre cómo solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado y sobre sus derechos en Colombia. No obstante, la decisión sobre esta solicitud dependerá exclusivamente del Ministerio de Relaciones Exteriores. Para obtener información sobre la protección de sus derechos y el acceso a servicios en Colombia, puede contactar a ACNUR a través de: • Puntos de Atención y Orientación (PAO) territoriales. En cualquiera de los siguientes enlaces podrá encontrar el directorio actualizado de los PAO a nivel nacional:
Help ACNUR: 🔗
https://bit.ly/44xVOg7
Somos Panas Colombia: 🔗
https://somospanascolombia.com/pao/ Recuerde que ACNUR no realiza ningún cobro por sus servicios a las personas o comunidades beneficiarias de sus proyectos. ¿Dónde encontrar a ACNUR en Colombia? En el siguiente link podrá encontrar información de contacto de ACNUR: https://help.unhcr.org/colombia/donde-encontrar-ayuda/oficinas-del-acnur/ Preguntas frecuentes Los niños, niñas o adolescentes (hasta los 18 años) que estén solos y/o estén acompañados por otros parientes diferentes a sus padres, madres o representantes legales, ¿pueden solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado? Sí. El niño, niña o adolescente que se encuentre en esta situación
deberá informarle al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para que lo apoye en la solicitud del reconocimiento de la condición de refugiado. Soy mujer y mi familia está compuesta por hombres, ¿puedo presentar una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado sola? Sí. Cualquier persona, incluida una solicitante mujer, podrá presentar una solicitud separada de su grupo familiar y durante el proceso tiene derecho a ser entrevistada por una mujer, si así lo prefiere. También puede presentarse como jefe de familia. He presentado una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado, ¿dónde puedo enviar y recibir actualizaciones sobre mi solicitud? Es importante informarle al Ministerio de Relaciones Exteriores (GIT-Determinación de la condición de refugiado) cómo pueden contactarlo, ya sea por celular o correo electrónico. Es a través de estos medios que se comunicarán con usted durante el tiempo que dure el trámite. Igualmente, si hay cambio en la solicitud, deberá informarse al Ministerio.
Direcciones útiles: Ministerio de Relaciones Exteriores GIT-Determinación de la condición de refugiado Dirección: Avenida 19 # 98 – 03
refugiados@cancilleria.gov.co
Más información: https://help.unhcr.org/colombia/