ACNUR - Pacto mundial sobre los refugiados
ACNUR - Agencia de la ONU para refugiados
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Detalles
- Título
- ACNUR - Pacto mundial sobre los refugiados
- Autor
- ACNUR - Agencia de la ONU para refugiados
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- —
Pacto mundial sobre los refugiados | Naciones Unidas
PACTO MUNDIAL
SOBRE LOS
REFUGIADOS
Naciones Unidas • Nueva York, 2018 Naciones Unidas • Nueva York, 2018 I Pacto mundial sobre los refugiados II Naciones Unidas • Nueva York, 2018 Pacto mundial sobre los refugiados Nota introductoria de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) La Asamblea General adoptó el 17 de diciembre de 2018 la resolución (A RES/73/151) sobre la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, que afirma el pacto mundial sobre los refugiados (tal y como figura en A/73/12 (Parte II)). La resolución subraya la importancia del pacto mundial sobre los refugiados como una representación de la voluntad política y la ambición de poner en práctica el principio de responsabilidad compartida, así como de movilizar a la comunidad internacional en su conjunto e impulsar la acción para mejorar la respuesta en situaciones de refugiados. La resolución hace un llamado a la comunidad internacional en su conjunto, incluidos los Estados y otras partes interesadas pertinentes, para que apliquen el pacto mundial sobre los refugiados, mediante acciones, compromisos y contribuciones concretos, incluyendo en el primer Foro Mundial sobre los Refugiados. Además, exhorta a los Estados y otras partes interesadas, que aún no han contribuido, a compartir la carga y la responsabilidad, con miras a ampliar la plataforma de apoyo en un espíritu de solidaridad y cooperación internacional. El marco de respuesta integral para los refugiados que figura en el
Anexo I de la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, adoptada por la Asamblea General el 19 de septiembre de 2016 (A/RES/71/1), forma parte integral del pacto mundial sobre los refugiados. Para facilitar la lectura, se ha reproducido al final del texto adjunto. La afirmación del pacto mundial sobre los refugiados por la Asamblea General representa la culminación de un período de compromiso y consulta de dos años con los Estados y todas las partes interesadas pertinentes, tras la adopción de la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes en 2016, y basado en la experiencia de la aplicación del marco de respuesta integral para los refugiados en una gama de situaciones específicas, con el objetivo de aliviar las presiones sobre los países de acogida involucrados, mejorar la autosuficiencia de los refugiados, ampliar el acceso a soluciones en terceros países y apoyar las condiciones en el país de origen para un retorno con seguridad y dignidad. Ginebra, diciembre de 2018 Naciones Unidas • Nueva York, 2018 III Pacto mundial sobre los refugiados Índice Capítulo Párrafos Página
I. Introducción .............................................................................1–9 1
A. Antecedentes .........................................................................1–4 1
B. Principios rectores ................................................................5–6 2
C. Objetivos ......................................................................................7 4
D. Prevención y lucha contra las causas profundas ........8–9 4
II. Marco de respuesta integral para los refugiados ................10 6
III. Programa de acción ..........................................................11–100 6
A. Mecanismos de distribución de la carga y la responsabilidad .........................................................14–48 7
1. Mecanismo mundial para la
cooperación internacional: Foro Mundial sobre los Refugiados ..................17–19 8
2. Mecanismos para apoyar una respuesta integral a una situación específica de refugiados ...................................20–30 9 2.1 Mecanismos nacionales ...........................20–21 9 2.2 Plataforma de apoyo .................................22–27 10 2.3 Enfoques regionales y subregionales .............................................28–30 12
3. Principales herramientas para lograr la distribución de la carga y la responsabilidad ......................................................31–48 13 3.1 Financiación y uso efectivo y eficiente de los recursos .................................32 13 3.2 Enfoque de asociación con múltiples interesados ...............................33–44 15 3.3 Información y datos empíricos ...............45–48 19
IV Naciones Unidas • Nueva York, 2018 Pacto mundial sobre los refugiados
B. Ámbitos que requieren apoyo ...................................49–100 20
1. Recepción y admisión .........................................52–63 21 1.1 Alerta temprana, preparación y planificación de contingencia ................52–53 21 1.2 Dispositivos para la recepción inmediata ......................................................54–55 22 1.3 Seguridad y protección ............................56–57 23 1.4 Registro y documentación ..............................58 24 1.5 Atención de las necesidades específicas ..................................................59–60 25 1.6 Identificación de las necesidades de protección internacional .....................61–63 26
2. Atención de las necesidades y apoyo a las comunidades ................................................64–84 27 2.1 Educación....................................................68–69 29
2.2 Empleo y medios de subsistencia .........70–71 30 2.3 Salud ...............................................................72–73 32 2.4 Mujeres y niñas ............................................74–75 33 2.5 Niños, adolescentes y jóvenes ...............76–77 34 2.6 Alojamiento, energía y gestión de los recursos naturales ..............................78–79 35 2.7 Seguridad alimentaria y nutrición .........80–81 36 2.8 Registros civiles .................................................82 37 2.9 Apatridia ...............................................................83 37 2.10 Fomento de las buenas relaciones y de la coexistencia pacífica ...........................84 38
3. Soluciones ............................................................85–100 38 3.1 Apoyo a los países de origen y repatriación voluntaria ..........................87–89 39 3.2 Reasentamiento ........................................90–93 41 3.3 Vías complementarias para la admisión en terceros países .............94–96 43 3.4 Integración local .........................................97–99 44 3.5 Otras soluciones locales ...............................100 46
Naciones Unidas • Nueva York, 2018 V Pacto mundial sobre los refugiados
IV. Seguimiento y examen ...................................................101–107 47
Extracto de la Declaración de Nueva York, Anexo I: Marco de respuesta integral para los refugiados .........1-16 49 Recepción y admisión ........................................................................ 5 50 Apoyo a las necesidades inmediatas y persistentes .............6-7 52 Apoyo a los países y comunidades de acogida ..........................8 54 Soluciones duraderas ...................................................................9-16 54 VI Naciones Unidas • Nueva York, 2018 Pacto mundial sobre los refugiados
PACTO MUNDIAL
SOBRE LOS
REFUGIADOS Naciones Unidas • Nueva York, 2018 VII Pacto mundial sobre los refugiados VIII Naciones Unidas • Nueva York, 2018 Pacto mundial sobre los refugiados | Introducción
I. Introducción
A. Antecedentes
1. La difícil situación de los refugiados es una preocupación común de la humanidad. El alcance, la escala y la complejidad de las situaciones de refugiados han aumentado y los refugiados necesitan protección, asistencia y soluciones. Millones de refugiados viven en situaciones prolongadas, a menudo en países de renta baja y media que afrontan sus propios problemas económicos y de desarrollo, y la duración media de la estancia es cada vez mayor. A pesar de la enorme generosidad demostrada por los países de acogida y los donantes y de la cuantía sin precedentes de los fondos destinados a la asistencia humanitaria, la brecha entre las necesidades y esos fondos también se ha ampliado. Es urgente repartir más equitativamente la carga y la responsabilidad de acoger y dar apoyo a los refugiados del mundo, teniendo en cuenta las contribuciones hechas y las diferentes capacidades y recursos de los distintos Estados. No se debe dejar atrás a los refugiados ni a las comunidades de acogida.
2. La realización de la cooperación internacional en la solución de los problemas internacionales de carácter humanitario es uno de los propósitos fundamentales de las Naciones Unidas, enunciado en su Carta, y está en consonancia con el principio de la igualdad soberana de los Estados1. Del mismo modo, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 (Convención de 1951) reconoce que no se puede lograr una solución satisfactoria de las situaciones de refugiados sin solidaridad internacional, ya que la concesión del asilo puede resultar excesivamente onerosa para ciertos países2. Es fundamental traducir este principio de larga data en medidas concretas y prácticas, en particular ampliando la base de apoyo más allá de los países que han contribuido históricamente a la causa de los refugiados acogiendo a refugiados o por otros medios.
1. Carta de las Naciones Unidas, Art. 1, párr. 3; A/RES/25/2625.
2. Preámbulo, cuarto párrafo (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 189, núm. 2545). Véase también A/RES/22/2312, art. 2, párr. 2.
Naciones Unidas • Nueva York, 2018 1 Pacto mundial sobre los refugiados | Introducción
3. En este contexto, el pacto mundial sobre los refugiados tiene por objeto sentar las bases para una distribución previsible y equitativa de la carga y la responsabilidad entre todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, junto con otras partes interesadas pertinentes, según proceda, entre ellas, las organizaciones internacionales del sistema de las Naciones Unidas y ajenas a este, incluidas las que forman parte del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja; otros actores humanitarios y entidades dedicadas al desarrollo; las instituciones financieras internacionales y regionales; las organizaciones regionales; las autoridades locales; la sociedad
civil, incluidas las organizaciones confesionales; los miembros del ámbito académico y otros expertos; el sector privado; los medios de comunicación; los miembros de las comunidades de acogida y los propios refugiados (en adelante, las “partes interesadas pertinentes”).
4. El pacto mundial no es jurídicamente vinculante. Sin embargo, representa la voluntad política y la ambición de la comunidad internacional en su conjunto de fortalecer la cooperación y la solidaridad con los refugiados y los países de acogida afectados. El pacto se llevará a la práctica mediante contribuciones voluntarias para lograr resultados colectivos y avanzar hacia la consecución de los objetivos previstos en el párrafo 7. Estas contribuciones serán determinadas por cada Estado y cada parte interesada pertinente, teniendo en cuenta las realidades, capacidades y niveles de desarrollo de cada país y respetando sus políticas y prioridades nacionales.
B. Principios rectores
5. El pacto mundial dimana de los principios fundamentales de humanidad y solidaridad internacional y tiene por objeto poner en práctica los principios de distribución de la carga y la responsabilidad para proteger y asistir mejor a los refugiados y apoyar a los países y las comunidades de acogida. El pacto es de carácter totalmente apolítico, también por lo que respecta a su aplicación, y está en consonancia con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. Se sustenta en el 2 Naciones Unidas • Nueva York, 2018
Pacto mundial sobre los refugiados | Introducción régimen internacional de protección de los refugiados, centrado
en el principio fundamental de no devolución, y constituido esencialmente por la Convención de 1951 y su Protocolo de 19673. Algunas regiones también han adoptado instrumentos específicos que se aplican a sus respectivos contextos4. El pacto mundial se rige por los instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes5, el derecho internacional humanitario y otros instrumentos internacionales en la materia6. Se complementa, en su caso, con los instrumentos para la protección de los apátridas7. Los principios humanitarios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia (A/RES/46/182 y todas las resoluciones posteriores de la Asamblea General sobre el tema, incluida la resolución A/RES/71/127), y la importancia fundamental de la protección también orientan la aplicación general del pacto mundial. La titularidad y el liderazgo nacionales son decisivos para su aplicación eficaz, teniendo en cuenta la legislación, las políticas y las prioridades de cada país.
3. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 606, núm. 8791.
4. Véanse la Convención de la Organización de la Unidad Africana por la que se Regulan los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África de 1969 (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1001, núm. 14691); la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984; y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, art. 78, y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 18. Véase también los Principios de Bangkok sobre el Estatuto y Trato de los Refugiados, de 31 de diciembre de 1966 (texto final aprobado el 24 de junio de
2001).
5. Entre otros, la Declaración Universal de Derechos Humanos (que, entre otras cosas, consagra el derecho a buscar asilo en su artículo 14) (A/RES/3/217 A); la Declaración y Programa de Acción de Viena; la Convención sobre los Derechos del Niño (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531); la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1465, núm. 24841); la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 999, núm. 14668); el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 993, núm. 14531); la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378); y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2515, núm. 44910).
6. Por ejemplo, el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra
la Delincuencia Organizada Transnacional (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2237, núm. 39574); el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2241, núm. 39574).
7. Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 360, núm. 5158); Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961 (Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 909, núm. 14458).
Naciones Unidas • Nueva York, 2018 3 Pacto mundial sobre los refugiados | Introducción
6. Se reconoce que varios Estados que no son partes en los instrumentos internacionales relativos a los refugiados han dado pruebas de generosidad acogiendo a estos. Alentamos a los Estados que no son partes a que consideren la posibilidad de adherirse a esos instrumentos y a los Estados que son partes con reservas a que consideren la posibilidad de retirarlas.
C. Objetivos
7. Los objetivos del pacto mundial en su conjunto son los siguientes: i) aliviar las presiones sobre los países de acogida; ii) promover la autosuficiencia de los refugiados; iii) ampliar el acceso a las soluciones que impliquen a terceros países; y iv) favorecer en los países de origen condiciones que propicien un retorno en condiciones de seguridad y dignidad. El pacto mundial tratará de lograr esos cuatro objetivos interrelacionados
e interdependientes mediante la movilización de la voluntad política, la ampliación de la base de apoyo y acuerdos entre los Estados y otras partes interesadas pertinentes con miras a facilitar contribuciones más equitativas, sostenidas y previsibles.
D. Prevención y lucha contra las causas profundas
8. En todo el mundo persisten los desplazamientos de refugiados en gran escala y las situaciones de refugiados prolongadas. La protección y la atención de los refugiados son de vital importancia para las personas afectadas y una inversión de futuro, pero es importante que vayan acompañadas de medidas específicas para abordar las causas profundas. El clima, la degradación ambiental y los desastres naturales no provocan, en sí mismos, los desplazamientos de refugiados, pero interactúan cada vez más con las causas de estos movimientos. En primer lugar, los países de origen de los desplazamientos de refugiados tienen la responsabilidad de combatir las causas que los originan. Sin embargo, la prevención y la resolución de las situaciones de refugiados en gran escala también son motivo de profunda preocupación para la comunidad internacional en su 4 Naciones Unidas • Nueva York, 2018
Pacto mundial sobre los refugiados | Introducción conjunto y requieren la adopción de medidas tempranas para abordar sus causas y los factores desencadenantes, así como una intensificación de la cooperación entre los actores de los ámbitos político, humanitario, del desarrollo y de la paz.
9. En este contexto, el pacto mundial complementa las actividades que están llevando a cabo las Naciones Unidas en las esferas de la prevención, la paz, la seguridad, el desarrollo
sostenible, la migración y la consolidación de la paz. Se exhorta a todos los Estados y a las partes interesadas pertinentes a que aborden las causas profundas de las situaciones de refugiados en gran escala, en particular reforzando las iniciativas internacionales para prevenir y resolver los conflictos; respeten la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, y el estado de derecho en los planos nacional e internacional; promuevan, respeten, protejan y hagan efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos; y pongan fin a la explotación y los abusos, así como a todo tipo de discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento, discapacidad, edad o cualquier otra condición. También se pide a la comunidad internacional en su conjunto que apoye las medidas para aliviar la pobreza, reducir el riesgo de desastres y prestar asistencia para el desarrollo a los países de origen, de conformidad con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y otros marcos pertinentes8.
8. Por ejemplo, el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 y la
Agenda 2063. Naciones Unidas • Nueva York, 2018 5 Pacto mundial sobre los refugiados | Marco de respuesta integral para los refugiados
II. Marco de respuesta integral para los refugiados
10. La segunda parte del pacto mundial es el marco de respuesta integral para los refugiados, aprobado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas (A/RES/71/1, anexo I). El marco constituye una parte integrante del pacto mundial. III.Programa de acción
11. De conformidad con la resolución A/RES/71/1, el objetivo del programa de acción es facilitar la aplicación de una respuesta integral en favor de los refugiados y los países especialmente afectados por un movimiento de refugiados en gran escala, o una situación de refugiados prolongada, a través de mecanismos eficaces de distribución de la carga y la responsabilidad
(parte III.A); y esferas en las que se puedan hacer contribuciones oportunas en apoyo de los países de acogida y, cuando proceda, de los países de origen (parte III.B). Estas partes deben leerse de forma interrelacionada.
12. Si bien el marco de respuesta integral para los refugiados se refiere específicamente a las situaciones de refugiados en gran escala, los movimientos de población no son necesariamente homogéneos y pueden ser de carácter mixto. Algunos pueden ser grandes desplazamientos que engloban tanto a refugiados como a otras personas en movimiento; otras situaciones pueden involucrar a refugiados y desplazados internos; y, en determinadas situaciones, el desplazamiento forzoso externo puede ser causado por desastres naturales repentinos y por la degradación ambiental. Estas situaciones plantean retos complejos para los Estados afectados, que pueden recabar el apoyo de la comunidad internacional para afrontarlos. El apoyo a las respuestas adecuadas podría cimentarse en las asociaciones operacionales entre los actores pertinentes, en particu6 Naciones Unidas • Nueva York, 2018
Pacto mundial sobre los refugiados | Programa de acción lar la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), que, en el marco de sus respectivos mandatos y funciones, aportarían conocimientos especializados, según proceda, para garantizar un enfoque coordinado.
13. El programa de acción se basa en una sólida asociación y en un enfoque participativo, que incluye a los refugiados y a las comunidades de acogida, y en consideraciones relativas a la edad, el género y la diversidad9, como: la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas; la erradicación de todas las formas de violencia sexual y de género, la trata de personas, la explotación y los abusos sexuales y las prácticas nocivas; el fomento de una verdadera participación de los jóvenes, las personas con discapacidad y las personas de edad; el respeto del interés superior del niño; y la lucha contra la discriminación.
A. Mecanismos de distribución de la carga y la responsabilidad
14. Los países que reciben y acogen a refugiados, a menudo durante períodos prolongados, realizan una inmensa contribución al bien colectivo y, de hecho, a la causa de la humanidad, aportando sus propios y limitados recursos. Es imperativo que estos países obtengan el apoyo tangible de la comunidad internacional en su conjunto para dirigir la respuesta.
15. Las siguientes disposiciones tienen por objeto lograr una distribución más equitativa y previsible de la carga y la responsabilidad, compartidas con los países y las comunidades de acogida, y respaldar la búsqueda de soluciones, en particular, cuando proceda, prestando asistencia a los países de origen.
Conllevan la adopción de medidas complementarias a nivel mundial, regional o nacional.
9. Véase la conclusión del Comité Ejecutivo del ACNUR núm. 108 (LIX) (2008), f) a k).
Naciones Unidas • Nueva York, 2018 7 Pacto mundial sobre los refugiados | Programa de acción
16. A fin de asegurar la plena aplicación de los principios de solidaridad y cooperación internacionales, dichas disposiciones han de ser eficientes, efectivas y viables. Se tomarán medidas para evitar las duplicaciones y racionalizar tales disposiciones en el marco de los procesos existentes cuando proceda, entre otras cosas con miras a establecer vínculos apropiados con el Comité Ejecutivo del Programa del Alto Comisionado (Comité Ejecutivo). Al mismo tiempo, estas disposiciones trascenderán necesariamente los procesos existentes y cambiarán la forma en que la comunidad internacional en su conjunto responde a las situaciones de refugiados en gran escala, con objeto de lograr una mejor distribución de la carga y la responsabilidad derivadas de la presencia de un gran número de refugiados.
1. Mecanismo mundial para la cooperación internacional: Foro Mundial sobre los Refugiados
17. Se convocará periódicamente el Foro Mundial sobre los Refugiados, a nivel ministerial, para que todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, junto con las partes interesadas pertinentes, anuncien promesas de contribución y contribuciones concretas para el logro de los objetivos del pacto
mundial, previstos en el párrafo 7, y examinar las oportunidades, los retos y las formas de mejorar la distribución de la carga y la responsabilidad. El primer Foro se celebrará en 2019. Los foros posteriores se organizarán cada cuatro años, a menos que la Asamblea General acuerde otra cosa, a fin de asegurar un impulso y una voluntad política sostenidos. Los foros serán organizados y patrocinados conjuntamente por uno o más Estados y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, y se invitará al Secretario General de las Naciones Unidas a participar en ellos. Los foros tendrían lugar, en principio, en Ginebra para facilitar la participación de todos los Estados. En los años en que tenga lugar el Foro, no se celebrará el Diálogo del Alto Comisionado sobre Problemas de Protección.
18. Las promesas de contribución y las contribuciones hechas en los foros mundiales sobre los refugiados podrían adoptar diferentes formas y consistir, por ejemplo, en asistencia finan8 Naciones Unidas • Nueva York, 2018
Pacto mundial sobre los refugiados | Programa de acción ciera, material y técnica10; lugares de reasentamiento y vías complementarias para la admisión en terceros países; y otras medidas que los Estados hayan decidido tomar a nivel nacional para lograr los objetivos del pacto mundial. En la parte III.B, se enumeran, a título indicativo, algunas de las esferas respecto de las cuales podrían hacerse promesas de contribución y contribuciones.
19. El primer Foro Mundial sobre los Refugiados, que se celebrará en 2019, estará dedicado a la recepción de promesas
de contribución y contribuciones oficiales. Los foros posteriores brindarán la oportunidad no solo de hacer nuevas promesas, sino también de que los Estados y las partes interesadas pertinentes realicen un balance del cumplimiento de sus promesas anteriores y de los avances en la consecución de los objetivos del pacto mundial. Esta labor se complementará con reuniones de funcionarios de alto nivel, que se celebrarán cada dos años entre foros, y serán una oportunidad para efectuar un “examen de mitad de período”. El balance que se lleve a cabo en los foros mundiales sobre los refugiados y en las reuniones de funcionarios de alto nivel será un componente clave del seguimiento del pacto mundial (como se indica en la parte IV).
2. Mecanismos para apoyar una respuesta integral a una situación específica de refugiados 2.1 Mecanismos nacionales
20. Sobre la base de las buenas prácticas y reconociendo la importancia del liderazgo nacional, los países de acogida afectados podrán establecer mecanismos nacionales para coordinar y facilitar la labor de todas las partes interesadas pertinentes que colaboran para dar una respuesta integral. Los Estados de acogida determinarán la composición y los métodos de trabajo de estos mecanismos, así como la necesidad de fomentar la capacidad de las autoridades nacionales competentes para que realicen esta labor.
10. Por ejemplo, capacidad de reserva o contribuciones a las plataformas de apoyo (secc. 2.2).
Naciones Unidas • Nueva York, 2018 9 Pacto mundial sobre los refugiados | Programa de acción
21. Tales medidas podrían contribuir a la elaboración de un plan integral bajo el liderazgo nacional, de acuerdo con las
políticas y prioridades nacionales, con la asistencia del ACNUR y otras partes interesadas pertinentes, según proceda, en el que se establezcan las prioridades de política; los mecanismos institucionales y operacionales; el apoyo de la comunidad internacional, por ejemplo inversiones, financiación y asistencia material y técnica; y la búsqueda de soluciones, incluidos el reasentamiento y las vías complementarias para la admisión en terceros países, así como la repatriación voluntaria. 2.2 Plataforma de apoyo
22. Para respaldar los mecanismos nacionales, los países de acogida podrán solicitar la activación de una plataforma de apoyo11.
23. La plataforma de apoyo permitiría prestar asistencia adaptada al contexto específico de los refugiados y los países y las comunidades de acogida afectados. Las funciones de la plataforma, que se basará en un espíritu de asociación y estará en consonancia con la titularidad y el liderazgo del país de acogida de que se trate, podrían consistir en: • Impulsar el compromiso político y la promoción de la prevención, la protección, la respuesta y la búsqueda de soluciones. • Movilizar la asistencia financiera, material y técnica, así como el reasentamiento y las vías complementarias para la admisión en terceros países, para apoyar el plan integral
(párr. 21), cuando proceda, teniendo en cuenta las promesas de contribución formuladas en el marco del Foro Mundial sobre los Refugiados. • Facilitar respuestas humanitarias y en materia de desarrollo coherentes, en particular mediante la participación temprana y sostenida de las entidades dedicadas al desarrollo, en
apoyo de las comunidades de acogida y los refugiados.
11. De conformidad con el párrafo 5. 10 Naciones Unidas • Nueva York, 2018
Pacto mundial sobre los refugiados | Programa de acción • Respaldar iniciativas políticas integrales para aliviar la presión sobre los países de acogida, fomentar la resiliencia y la autosuficiencia y encontrar soluciones.
24. A petición de los países de acogida o de origen interesados, según corresponda, el ACNUR podría activar o desactivar una plataforma de apoyo y prestarle asistencia, en estrecha consulta con los Estados pertinentes que se hayan comprometido a contribuir en principio, teniendo en cuenta la labor de respuesta y las iniciativas políticas, de mantenimiento de la paz y de consolidación de la paz existentes. Los criterios para la activación serían: • La existencia de una situación de refugiados en gran escala y/o compleja que supere o, según las previsiones, vaya a superar la capacidad de respuesta de
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