Acta de conciliación - AMPARO ISABEL LUJAN CARRILLO
Superintendencia de Sociedades
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Acta de conciliación - AMPARO ISABEL LUJAN CARRILLO
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
1 ' i 1 ' 1 ji' 1 11 1 1 11 I'.' i 1 1 fi 1 ! 1 ', 1 1 l. \ 1 1 : 1 ! 1: I" 1 1 1 : 1 j I 1 ' 1 ' 1 1 i 1 1 ' 1 ; f 1 • 1 1 1 I• j ! 11
PROCESO INTERVENCIÓN
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJl
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA fitu SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA (i) 11111111111111111111111111111111111 Al contestar cite;
2016--01-385181 REG-IN-CE-002 Fecha: 19/07/2016 11:47:11 ----fi------------- Remlt!!nte: 899999119PROCURA0URIA GENERAL DE LA NAClfios: 2 CONCILIACION EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 195 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 115-2016 SIAF 226608 de 22 de junio de 2016 Convocante (s): Convocado (s):
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
AMPARO ISABEL LUJAN CARRILLO Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO En Bogotá, hoy doce (12) de julio de 2016, siendo las 02.00 p.m., procede el despacho de la Procuraduría 195 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la)
de la Procuraduría 195 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) CLAUDIA LILIANA QUIJANO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 65.810.009 y con tarjeta profesional número 210.761 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 28 de junio de 2016; igualmente, comparece el (la) doctor (a) comparece el (la) doctor (a) CLAUDIA LOZANO BRIÑA identificado (a) con la e.e. número 52.094.130 y portador de la tarjeta profesional número 181,830 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la convocada AMPARO ISABEL LUJAN CARRILLO quien se hace presente en la audiencia. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del
contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del artículo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial.
PRETENSIONES: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos dentro el Oficio con radicado 2015-01-450813, acto administrativo de fecha del 17 de noviembre de
2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de la señora AMPARO ISABEL LUJAN CARRILLO la suma de UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUELTA MIL CON UN CENTAVO {$1.697.250.1) por la re liquidación de los conceptos de PRIMA DE ACTIVIDAD Y BONIFICACION POR RECREACION, HORAS EXTRAS Y VIÁTICOS {El reconocimiento de los dos últimos conceptos están sujetos a la situación individual del convocado(a)). Incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud.
En este estado de la audiencia se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad que representa, en relación con la solicitud
En este estado de la audiencia se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad que representa, en relación con la solicitud incoada, quien manifestó: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 26 de mayo de 2016 (acta No.015-2016) estudió el caso del señor(a) AMPARO ISABEL LUJAN CARRILLO, identiflcado(a) con la cédula de ciudadanía número 49.778.635 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $ 1.697 .250, 1 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto
Lugar de Archivo: Procuradurla Tiempo de Retención:
N.º Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
_.,;ifi G!WJ. DE Ll XACIO!I
PROCES O INT ERVENCIÓN
SU BPROCESO CONCILIA CIÓN EXTRA JUDICIA L
FORMA TO ACTA DE AUDI ENCIA
REGIN-CE-0 02
Fecha de Revisión 24/08/20 15 Fe cha de Aprobac ión 24/08/2015 Versión 4 Pá gina 2 de 4 es bajo los siguient es parám etr os: 1. Cap ital: Se reco noce en un 10 0% . 2. Inde xac ión:
No habr á lugar a la ind exació n. 3. Pag o: El pago se realiz ar a de ntro de los 60 dí as sig uient es contad os a partir de la solic itud de pago, pos terior a que la conc ili ación hay a sido ava lada y radic ada en la Entidad. 4. In te reses: No habr á lugar al pago de los in ter eses den tro de los 60 dí as sig uientes a la solic itud de pago. 5. Lugar de pago: Grupo de Tesorería de la Sup erinten denc ia de Socie dades Sed e Bogotá . La prese nte certi fica ción se expide con base en lo di spuest o en inc iso 2 del art ícu lo 18 del Decr eto 17 16 de 2009, y en el artículo 6 de la Const itución Pol ítica . Para const anc ia se firma en la ciu dad de Bogotá a los 27 dí as del mes de may o de 20 16 . Acto seg uido se le concede el uso de la pa labr a al apod erado de la part e co nvocada, con el fin de que se sir va ind icar so bre propues ta real izada por la apoder ada de la en tida d con voca nte : Acepto la propuest a de pago de la en tid ad conv oca nte, en la suma ofre cid a, cond ic ione s de plaz o y fórm ula de pago, ya que esta se en cuentr a ajustada a der echo. El Procurado r en atención al ánim o conci lia torio de la en tidad convoca nte y la conv ocada, enc uent ra legalm ente via ble el acuer do, pues de conform id ad con los hechos consignados en la soli cit ud , el objet o del acuer do es conciliable y contiene obligacio nes
enc uent ra legalm ente via ble el acuer do, pues de conform id ad con los hechos consignados en la soli cit ud , el objet o del acuer do es conciliable y contiene obligacio nes claras, expresas y exig ibl es, en cua nto al tie mp o, modo y lugar de su cumpli miento. Asi mismo, el eve ntual me dio de contr ol qu e se hu bier e pod ido ll eg ar a presenta r no se encuen tra cadu cado, en ra zón a que el término seña lado en el lit era l (i) del numer al 2 del art ículo 16 4 de la Ley 14 37 de 20 1 1. El acu erdo concilia torio versa sobr e acciones o der ech os económic os di sponible s por las part es. La s partes se en cue ntr an deb idame nte represen tadas y sus represe ntan tes tienen facultad expr esa par a conci liar. Las obligaciones de rivadas del acuer do se en cue ntran debi da ment e sus tent adas en pruebas doc ume ntales legalmen te váli das qu e obran en el exped ient e y que jus tifi ca n el acuer do, como son los sigui entes doc ument os:
1. Conce pto emi tido por la Agen cia Na cional de Defe nsa Ju ríd ica del ·Est ado con fecha 01 de junio de 20 15 en 07 folios.
2. Derecho de petición el eva do a la Superi ntendencia de Sociedades de fecha 30 de se ptiem bre de 20 15 en 01 folio.
3. Copia de la respues ta del Derecho de Petición a la pa rte convoca da su scrita por la do ctora UGIA STELL A ROD RIGUE Z HE RNAN DEZ de fecha 17 de noviembr e de
3. Copia de la respues ta del Derecho de Petición a la pa rte convoca da su scrita por la do ctora UGIA STELL A ROD RIGUE Z HE RNAN DEZ de fecha 17 de noviembr e de 20 15 en 01 folio.
4. Certificac ión del Comi té de Conc ili aci ón de la Super intend encia de Socied ades suscr ito por la doc tor a Ánge la Ma ria Ca ro Bohór qu ez Secretaria Técnic a del Com ité de Conc iliación y Defensa Judicial ad -hoc de fecha 27 de mayo de 20 16 en 01 folio .
En criterio de esta agen cia del Min isterio Públ ico, el ac uer do cont enido en el ac ta no es violat or io de la ley y no resul ta lesiv o pa ra el patri moni o públic o por las sigui en tes razones: . . Conf orme a la senten cia de un ificación de l Conse jo de Estado - Sala Pl ena - Sección Tercer a - C.P . Jaime Orlando San tofimi o Gamboa - 19 de nov iem bre de 20 12Radic ac ión nro. 7300 1 -23 -31 -000-2000 ·03075 -0 1 (24 .8 97), que resolvi ó situ aciones atine ntes al pago de hechos cum plidos, como consecue ncia de la prestación de seNicios sin mediar con trato algun o, es posi ble sostener, conf orme ha di cho prove ído, que en el presente caso nos en contra mos inmer sos en los postulados de la sentencia proferida cua ndo man ifest ó: Lugar de Archiv o: Procurad uria Tiempo de Retenc ión: N.• Jud icial Adminis trativa 5 añ os
Di sposición Final: Archivo Cen tral
cua ndo man ifest ó: Lugar de Archiv o: Procurad uria Tiempo de Retenc ión: N.• Jud icial Adminis trativa 5 añ os
Di sposición Final: Archivo Cen tral Veri fique que esta es la vers ión correcta ant es de utilizar el docum enlo11 ' 1:
1 1· :' 1 1 ' 1· PROCESO INT ERVEN CIÓN Fecha de Revisión 24/081201 5
SUBPR OCESO CONCI LIA CIÓN EXTRA JUDI CIA L Fecha de Aprobación 24/081201 5
FORM ATO ACTA DE AUDI ENCIA Versión 4
REG-INCE002 Página 3 de 4 «E sos ca sos en donde, de maner a excep cional y por razones de interés públic o o gener al, resu lta ría proce dent e la ac tio de in rem verso a jui cio de la Sala, se rían en tre otros lo s sig uie ntes : b) En los que es u rg ente y ne cesa rio adquirir bienes, sol ici ta r ser vicio s, sumi nis tros, orde nar obr as con el fin de presta r un servi cio para evita r un a ame naz a o una le sión inminen te e irrever sible al de recho a la salud, der echo este que es fu ndamen ta l por cone xidad con los der echos a la vida y a la in teg ridad perso nal, urgenci a y ne ces idad que deben aparece r de maner a objetiva y man ifi esta como consec uencia de la imp osibil idad absolu ta de plani fi ca r y ad elan tar un proceso de selecc ión de co ntrat is tas, así como de la celebr ación de los corr espo ndie nte s
imp osibil idad absolu ta de plani fi ca r y ad elan tar un proceso de selecc ión de co ntrat is tas, así como de la celebr ación de los corr espo ndie nte s co ntrat os , cir cuns tancias que deben esta r plena me nte acred ita das en el proceso conte nci oso admin istr ativo, sin que el ju zga dor pi erda de vi sta el de rrotero gen eral que se ha señ al ado en el nu mera l 12 .1 de la prese nte pro vi dencia , es dec ir , ve rificando en todo caso que la de cisión de la adminis traci ón frente a esta s cir cuns tancias hay a si do realme nte ur ge nte, úti l, ne cesaria y la más raz onable men te aj us tada a las circu nsta ncia s que la ll eva ron a tomar ta l determin ació n.» Por su pa rte, la aq uí conv ocada presto sus servicios a la entidad conv ocante , en los . tiempos y térm inos certi ficados, ta l como lo prueban las certifi caciones ap ortadas al present e tra mite conc iliat orio. Se prueba entonc es que lo pret endido por la convoc ante al qu erer pagar al conv ocado la reli qu id ación de la reserva esp ecial del ah orro en la liq uidación de la Prima de Activ idad , Bon ificaci ón por recreación y Viáticos , de los últimos tres años, sin incur ri r tales valor es ni int ereses ni index ación , es no inc urri r en un enr iqu ecimien to sin causa, sup uesto fáctico qu e corr esponde a la excepci ón contem plada por el Con sejo de Estado en la sent encia cit ada .
int ereses ni index ación , es no inc urri r en un enr iqu ecimien to sin causa, sup uesto fáctico qu e corr esponde a la excepci ón contem plada por el Con sejo de Estado en la sent encia cit ada . Ahor a bien, el Conse jo de Esta do - Secci ón Tercera - Radic ado nro. 25000 -23-26-00020 1 1 -0080501 - 24 de abril de 20 13 - C.P . Enr iq ue Gil Botero , median te la cual apr obó el acuer do concil iatorio en tre la Fund ación pa ra el Mun do Nue vo pa ra la prote cció n de los Niñ os, las Niñas, los Jóv enes, la Mujer y la Fa mili a y el In sti tuto Colombiano de Bienes tar Fa mi lia r, sostuvo : [ ... ] No de be pe rder se de vi sta que se está en prese ncia de un co nfl icto, que ha sido sup erado de forma bi later al, a través del acu erdo al legado en aud iencia prejudi cial, y cu yos térm in os no se han cue stio nado por qu ienes in ter vienen en el proces o. A su vez, las part es man ifiesta n co noc er en su in tegridad lo allí cont en ido, por lo tanto, en aras de forta lecer este med io de resol ució n de confl ictos. del cual se han va li do para su perar las controve rsias de ti po ec onómico contr actu al, al Despa cho concl uye que el acuer do ce lebr ado esta conf orme a der echo , ya que las prue bas apo rtadas ala proceso son su fi cien tes pa ra ar ribar a las concl usi ones req ueridas par a ap roba r el ar reg lo al que han ll egado la s partes .
ya que las prue bas apo rtadas ala proceso son su fi cien tes pa ra ar ribar a las concl usi ones req ueridas par a ap roba r el ar reg lo al que han ll egado la s partes . Ahora bien, la Sala no pasará por alto qufi los heC:h !)fi_ ... que,dan lugar a esta conci li aci ón también se enmar ca n en· lo s supu estos que la jur ispr ude ncia de la Sec ción Tercera del Conse jo de Esta do ha form ulado par a eve ntos simil ares, es deci r, aq uel los en los cuales la Lugar de Archivo: Procur aduría Tiempo de Retención: N." Judicial Admin istrativa 5 años
Disp osición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión· correcta ant es de utilizar el docu mentoPROCES O INTERVE NCIÓ N Fecha de Revi sión 24/08/201 5
SUBPROC ESO CONCIL IACIÓN EX TRAJUD ICIA L Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORM ATO ACTA DE AU DIENCIA Versión 4
RE G•I N•CE-002 Página 4 de 4 ejecución de trabajo s, la prest ac ión de ser vi cios, o la en trega de bi en es al Est ado se rea li za sin el sop orte con trac tual debido. Seña ló en sen tencia de unif icación de la Sec ción -prov ide ncia del 19 de noviembr e de 20 12 . Exp. 24. 897que: 12 . 2. Con otras palabr as, la Sa la admi te hi pótesis en las que res ult ar ía proced en te la actio de in rem verso sin que med ie co nt rato al guno per o,
12 . 2. Con otras palabr as, la Sa la admi te hi pótesis en las que res ult ar ía proced en te la actio de in rem verso sin que med ie co nt rato al guno per o, se ins iste, estas posibilida des son de ca rácte r excepcional y por con sigu ie nte de in te rpret ación y apl ic ación restric ti va , y de ninguna ma nera con la pretensión de encuadr ar de ntro de estos casos exc epciona les, o al am pa ro de ello s, eve ntos que ne cesa riamen te quedan com prendi dos de ntr o de la regla gener al que an tes se menc ionó.» De la provid encia trascr ita , claramen te se • in fier e que conforme a la pos1c1on jur isprude ncia ! del Con sejo de Estado es perf ect ame nte viable, qu e casos como el aquí se ha conci liado se solucionen de maner a bilat eral, med ian te meca nism os au to compositi vos co mo la conci liac ión, que gar an tizan la protección al patri monio públ ico , los der echos de los part icular es y per mi ten resolv er confl ictos de maner a pronta , evit ando desgas tes inn ecesa rios al ap arato judic ial. En consec uenc ia , se di spondr á el envío del acta de acuerdo tota l, jun to con los do cume ntos per tinentes, al Ju ez compe tente par a su apr obac ión , advirtiendo a tos comp arecient es qu e el au to apr obatorio har á tráns ito a cosa ju zga da y prest ará, ju nto con
do cume ntos per tinentes, al Ju ez compe tente par a su apr obac ión , advirtiendo a tos comp arecient es qu e el au to apr obatorio har á tráns ito a cosa ju zga da y prest ará, ju nto con el acta que contiene el acuer do, mé rito ejecut ivo , razón por la cual no son proced entes nue vas peti ciones con ciliat orias por los mis mos hechos ni de ma ndas an te esa jur is dic ción por las mismas causas. En const anc ia de lo an terior se da por concl uida la dili genc ia y se firma el acta por qu iene s en ell a int ervin ier on, una vez leí da y ap rob ada si endo las 02.20 p.m. . . . .830 del C. S. de la J. Apode rado de la part e Co nvoca nte eL AU IA LIL IANA QUIJA O e.e. N . ss.a 10 .009
T. P. No. 21 0.761 del e.S. de la J.
FERN AN DO ANT ONIO TORRES GOM EZ Procurador 19 5 Jud icia l I par a Asu ntos Admini strat ivos Lugar de Arch ivo: Procuradur ía Tiempo de Retención: Disp osición Final: N.º Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta an tes de uti lizar el document o r ' ' ..;