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Acta de conciliación - ANA LORENA CAMPO TORREGROZA

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - ANA LORENA CAMPO TORREGROZA
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

11 • 1 i 1 11 ; 1 11 '1 11 I; / 11 11 11 11 11 11 ¡' 1 ¡ 1 11 ¡ 1 ; 1 11

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PROCESOINTERVENC 1-------------' SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES SUB PROCESO CONCILIJ

ACTA DE ACUERDO CONCIL

SUPERINTENDENCIA DE SO vs

ANA LORENA CAMPO TORI BOGOTA Ul\1111111111111111fi 1111 fi 111 Al co111:,s,1ar cita: 2016-01 -309677 Fecha· 7/061201616:26:21 Folios: 2

Remiténte: 899999119 - PROGUFADURIA GENERAL DE LA NAGION

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 118 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 144885-2016 de 03 de Marzo de 2016

Convocante (s): SUPERINTENDE NCIA DE SOCIE DADES

Convocado (s): AN ALORENACAMPOTORREGROZA Medio de Control: NULIDAD_ Y RESTABLECIMIE NTO DEL DERECHO En En Barranquilla, hoy (1) de Junio de Dos Mil Dieciséis (2016), siendo las 10:30 a.m., procede el Despacho a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL de la referencia, que viene aplazada del 19 de Mayo de 2016. Comparece igualmente el

procede el Despacho a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL de la referencia, que viene aplazada del 19 de Mayo de 2016. Comparece igualmente el Doctor ANDRES JESUS GOMEZ CADENA, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.151.742 de Barranquilla y Tarjeta Profesional No. 108908 del Consejo Superior de la Judicatura, a quien le otorga poder la Doctora LIGIA ESTELA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 46.363.556 y Tarjeta Profesional No. 72.002 del Consejo Superior de la Judicatura, quien actúa como apoderado principal de la parte convbcante, reconocida como tal mediante auto de fecha 15 de Abril de 2016. Comparece igualmente la Doctora ELOINA DEL CARMEN ECHEVERRY ESPINOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.047_380.948 de Cartagena (Bolívar) y Tarjeta Profesional No. 1 200103 del Consejo Superior de la Judicatura, de acuerdo con el poder otorgado por la Convocada ANA LORENA CAMPO TORREGROZA, identificada con cédula de ciudadanía No. 57.303.372 de Pivijay (Magdalena.). El Procurador le reconoce personería al apoderado de la parte convocada en los términos indicados en el poder que aporta Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes

la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos ..

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: 5 años Disposición Final: Archivo Central 118 Judicial II Administrativa Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento

Procuraduría 118 Judicial 11 Administrativa Dirección Calle 40 No:44-39,Piso 1 Pbx. 018000973032 Ext: 51127-51131PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 26-02-20 15 ! SUB PROCESO CONC ILIACIÓN Fecha de Aproba ción

ACTA DE ACUERDO CONCI LIATORIO Versión

27-02-20 15 3 1 ·¡ SUPERI NTEND ENCI A DE SOCI EDADES vs Página 2 de 3 "' ANA LORENA CAM PO TORREG ROZA En este estado de la dilige ncia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posicio nes, en virtud de lo cual la parte convocante manifies ta: "1. Que se concilie los efectos contenidos y decididos en el oficio con radicado No. 201 5-01 -450900, acto administrativo de fecha del 17/1 1/2015 .

2. Que como consecuen cia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a) ANA LORENA CAMPO TORREGROZA. la suma de $2.009. 16 2. 70, por la

2. Que como consecuen cia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a) ANA LORENA CAMPO TORREGROZA. la suma de $2.009. 16 2. 70, por la relíquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreac ión, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial de Ahorro, por et periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud." En cuantía de $2. 009. 16 2. 70. Se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte convocada , SU PERIN TEN DEN CI A DE SOCI EDADES con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el com ité de conciliación de la entidad en relación con la sol icit ud in coada: "En certificación expedida por la Secretaría Técnica del Comité de la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES mediante Acta No. 06-2016, del 18 de Marzo de 2016, estudió el caso de la Señora ANA LO RENA CAMPO TORREGROZA, identificada con cédula de ciudadanía No. 57.303. 372 de Pivijay (Magdalena.).y decidió de manera UNAN/ME CONCILIAR, las pretensiones del Convocante

(Reserva especial de Ahorro), en la cuantía $2.009. 16 2. 70. pesos mlcte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros:

1. Capital: Se reconoce el 100%

2. Indexación: No habrá lugar a indexación.

3. Pago: El pago se realizará dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la

de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros:

1. Capital: Se reconoce el 100%

2. Indexación: No habrá lugar a indexación.

3. Pago: El pago se realizará dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que la conciliación haya sido avalada y radicada en la entidad.

4. Intereses: No habrá lugar al pago de intereses dentro de los 60 días siguientes a la solicitud de pago.

5. Lugar de Pago: Grupo de Tesorería de la Superintenden cia de Sociedades sede

Bogotá .

Anexo: Certifi cacíón de la Secretaría Comité de Conciliación y Defensa Judicia l ad-hoc., ANGELA MARIA CARO BOHOR QU EZ, en Un (1) folio, Acta No. 06-2016, del 18 de Marzo de 2016, en Dos (2) folios y relación de funcionarios y exfuncionarios con los montos reconocidos en Seis (6) folios. En este estado de la dilig encia se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte Convocante quien manifestó: "Acepto la propuesta presentada, por lo que se llega a un AC UERDO TOTAL, para lo cual renuncio a presentar cualquier reclamación judicial sobre los hechos materia de la presente conciliación extrajudicial." Este despacho considera que el anterior acuerdo contiene oblig aci ones claras, expresas y exi gi ble s, en cuanto al tiem po, modo y lugar de su cumplim iento y reú ne los sigu ientes requisi tos: (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 199 1, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998) ; {ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos

se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 199 1, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998) ; {ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económ icos disponi bles por las partes (art. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (iii) las partes se en cuentr an debidam ente representadas y sus representantes tienen capacidad para conciliar; (i v) obran en el expediente las pruebas necesarias que justifican el acuerdo a saber: poderes para actuar (F ol ios 1, 43 y 48) , los actos ad minist rativos relacionados por el apoderado de la parte Convocante y el apoderado de la parte Convoc ada y; (v) en criterio de esta agenc ia del Min isterio Púb lico, el acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la ley y no resulta lesivo para el patrimonio públi co por las anteriores razones. (art. 65 A, ley 23 de 1.991 y art. 73, ley 446 de 19 98) En consecuencia, se dispondrá el envío de la presente acta, junto con los documentos pertine ntes, al Ju zgado Administrativo del Circuito de Barranquilla para su aprobación, advirti endo a los comparecientes que el auto aprobatorio hará tránsito a cosa juzgada y prestará jun to al acta que contiene el acuerdo, mérito ejecutivo, razón por la cual no son procedentes nuevas peticio nes concili atorias por los mismos hechos ni demandas ante la jurisdic ción de lo Contenci oso Admin istrativo por las mismas causas (art. 73 ley 446 de

procedentes nuevas peticio nes concili atorias por los mismos hechos ni demandas ante la jurisdic ción de lo Contenci oso Admin istrativo por las mismas causas (art. 73 ley 446 de 1998 y 24 ley 640 de 2001). En constancia de lo anterior se da por concluida la diligencia Lugar de Arch ivo: Procu raduría Tiempo de Reten ción: 5 años 11 8 Judicial II Admin istrativa Di sposición Final: Archivo Centr al Verifi que que esta es la versión correcta an tes de utilizar el do cumento Procurad ur ía 118 Judi cial II Adm ini strativa Dir ección Call e 40 No:4 4-39, Piso 1 Pbx. 01 80009 73032 Ext: 51 12 7-51 13 1PROCESO INTERV ENCIÓN

SUB PROCESO CONCILIACIÓN

ACTA DE ACUERDO CONCILIATORIO SUP ERINT END ENCJA DE SOCIED ADES vs Fecha de Revisión 26-02-201 5

Fecha de Aprobac ión 27-02-20 15 Versión 3 Págin a 3 de 3 y se firm a el acta por quien 11 :0 0 a.m. , Copia , de la mí ervinier on, una vez leída y apr obada siendo las rá a los com par ecie ntes El Ap oderad o del C nv e nte NA CION -SUPE RINTE NDENCIA DE SOCIE DADES e.e. No. 72. 151. 742 e rranquil la T.P . No. 10890 8 fiel C. S. de la J. Convoca da. . . No 1. 0 Cartage na (B oli var)

T. P. No. 20 el C. S. de la J . • i

T.P . No. 10890 8 fiel C. S. de la J. Convoca da. . . No 1. 0 Cartage na (B oli var)

T. P. No. 20 el C. S. de la J . • i . .372 de Pivijay (Magdale na. ). ntos Admin istrativos Lugar de Arch ivo: Procu radu ría Tiempo de Retención: 5 años Di sposi ción Final : Archivo Central 11 8 Judicial 11 Admini strativa Verifique que esta es la versión correcta antes de utiliza r el docume nto Procurad ur ía 118 Jud icial II Administrativa Dirección Call e 40 No:44-39, Piso 1 Pbx . 018000973032 Ext: 51 12 7-51 13 1

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