Acta de conciliación - ANI KATHERINE ALDANA BRICENO 2022
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - ANI KATHERINE ALDANA BRICENO 2022
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2022
PROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 1 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 192 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N. ª 079288-2022 de 04 DE FEBRERO DE 2022
Radicado Interno: 4220-2022
Convocante (s): ANI KATHERINE ALDANA BRICEÑO - ASTRID
LILIANA PINZON FAJARDO - DIANA PAOLA
AGUASACO MUNEVAR - EVELYN ESTEFANIA
ESCOBAR LOPEZ - GUILLERMO LEON RAMIREZ
TORRES - JOSE LUIS ARROYO DIAZ - LUIS ANGEL
PEREZ COSSIO - LUZ AMPARO MACÍAS QUINTANA
- NEILA PATRICIA CACERES VARGAS - OLGA LUCIA
MARIÑO PINTO - VERONICA ORTEGA ALVAREZ
Convocada: SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
En Bogotá D.C., siendo las 02:00 p.m. del día ocho (08) de junio de dos mil veintidós (2022), el suscrito Procurador 192 Judicia l I para Asuntos Administrativos procede
En Bogotá D.C., siendo las 02:00 p.m. del día ocho (08) de junio de dos mil veintidós (2022), el suscrito Procurador 192 Judicia l I para Asuntos Administrativos procede a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia en la modalidad NO PRESENCIAL a través de la herramienta colaborativa de OFFICE denominada MICROSOFT TEAMS , de conformid ad con los procedimientos autorizados. En este estado se vincula a la reunión virtual la abogada LAURA ALEJANDRA MEDINA GONZÁLEZ identificada con la C .C. No. 1.032.373.958 de Bogotá y T. P. No. 203.427 del C. S. de la J. como apoderada de la parte convocante, igualmente hace conexión virtual l a abogada CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la C. C. No. 63.305.358 y con T. P. No. 43.627 del C. S. de la J. como apoderad a judicial de la convocada según poder otorgado por ANDRES MAURICIO CERVANTES DIAZ como su jefe de la Oficina Asesora Jurídica, a quien se le reconoce personería para que a ctúe en los términos y para los fines del poder conferido. Cumplido lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la Resolución No. 127 dePROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 2 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 2 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
16 de marzo de 2020 expedida por el señor Procurador General de la Nación, el suscrito Procurador Judicial declara abierta la audiencia de conciliación en la modalidad NO PRESENCIAL e informa a las partes q ue la audiencia está siendo grabada al tiempo que las instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia conten ciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos, que no son otros que el garantizar el acceso a la Justicia, promover la participación de los individuos en la solución de sus controversias, estimular la convivencia pacífica, facilitar la solución de los conflictos sin dilaciones injustificadas descongestionando así la administración de justicia y obteniendo acuerdos que brindan seguridad a los intervinientes pues además del control aquí ejercido serán sujetos de control judicial. Acto seguido se solicita a la apoderada de la parte convocante ratificar bajo la gravedad del juramento que no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación adicionales sobre los mismos aspectos materia de controversia en cada una de las presentes audiencia y reitere que el medio de control que se pretende precaver con un acuerdo conciliatorio es el de NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO
DEL DERECHO.
conciliación adicionales sobre los mismos aspectos materia de controversia en cada una de las presentes audiencia y reitere que el medio de control que se pretende precaver con un acuerdo conciliatorio es el de NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO
DEL DERECHO.
Así mismo manifiesta que se ratifica en las pretensiones y aspectos a conciliar señalados en cada una de las solicitudes de conciliación, los cuales se resumen así:
EN RELACIÓN CON ANI KATHERINE ALDANA BRICEÑO
PRIMERA. Oficio No.510-191237 del 6 de diciembre de 2021 y Certificación No.510-004158 del 3 de diciembre de 2021. SEGUNDA. la suma de Un Millón Ochocientos Noventa y Siete Mil Doscientos Cuarenta y Un Pesos M/cte. ($1.897.241,00).
EN RELACIÓN CON ASTRID LILIANA PINZON FAJARDO
PRIMERA. Oficio No. 510-191729 del 9 de diciembre de 2021 y Certificación No.510-004194 del 7 de diciembre de 2021.PROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 3 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
SEGUNDA. la suma de Un Millón Trescientos Ochenta y Cuatro Mil Pesos M/cte.
Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
SEGUNDA. la suma de Un Millón Trescientos Ochenta y Cuatro Mil Pesos M/cte. ($1.384.000,00).
EN RELACIÓN CON DIANA PAOLA AGUASACO MUNEVAR
PRIMERA. Oficio No. 510-144072 del 1 de octubre de 2021 y Certificación No.510-003410 del 28 de septiembre de 2021. SEGUNDA. a suma de Dos Millones Trescientos Sesenta y Un Mil Cuarenta y Seis Pesos M/Cte. ($2.361.046,00).
EN RELACIÓN CON EVELYN ESTEFANIA ESCOBAR LOPEZ
PRIMERA. Oficio No.510-158663 del 26 de octubre de 2021 y Certificación 510003761 del 25 de octubre de 2021. SEGUNDA. a suma de Dos Millones Novecientos Ochenta y Cinco Mil Treinta y Seis Pesos M/Cte. ($2.985.036,00).
EN RELACIÓN CON GUILLERMO LEON RAMIREZ TORRES
PRIMERA. Oficio No.510 -191242 de 6 de diciembre de 2021 y Certificación No.510-004163 de 3 de diciembre de 2021. SEGUNDA. la suma de Seis Millones Setenta y Un Mil Trescientos Se senta y Siete Pesos M/Cte. ($6.071.367,00)
EN RELACIÓN CON JOSE LUIS ARROYO DIAZPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
EN RELACIÓN CON JOSE LUIS ARROYO DIAZPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 4 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
PRIMERA. Oficio No.510 -191727 del 9 de diciembre de 2021 y Certificación No.510-004186 del 7 de diciembre de 2021. SEGUNDA. la suma de Dos Millones Doscientos Cuarenta y Seis Mil Cuatrocientos Diecisiete Pesos M/Cte. ($2.246.417,00).
EN RELACIÓN CON LUIS ANGEL PEREZ COSSIO
PRIMERA. Oficio No.510 -144077 del 1 de octubre de 2021 y Certificación No.510-003446 del 1 de octubre de 2021. SEGUNDA. la suma de Tres Millones Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Doscientos Pesos M/Cte. ($3.646.200,00).
EN RELACIÓN CON LUZ AMPARO MACÍAS QUINTANA
PRIMERA. Oficio No.510-059331 del 20 de mayo de 2021 y Certificación 510001899 del 19 de mayo de 2021. SEGUNDA. la suma de Un Millón Sesenta y Siete Mil Setecientos Sesenta y Seis Pesos M/Cte. ($1.067.766,00).
001899 del 19 de mayo de 2021. SEGUNDA. la suma de Un Millón Sesenta y Siete Mil Setecientos Sesenta y Seis Pesos M/Cte. ($1.067.766,00).
EN RELACIÓN CON NEILA PATRICIA CACERES VARGAS PRIMERA. Oficio No.510-191239 del 6 de diciembre de 2021 y Certificación 510004160 del 3 de diciembre de 2021. SEGUNDA. la suma de Cuatro Millones Trescientos Treinta y Dos Mil Seiscientos Sesenta Pesos M/Cte. ($4.332.660,00).
EN RELACIÓN CON OLGA LUCIA MARIÑO PINTOPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 5 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
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PRIMERA. Oficio No.510-144074 del 1 de octubre de 2021 y Certificación 510003443 del 1 de octubre de 2021. SEGUNDA. la suma de Tres Millones Trescientos Ochenta y Cuatro Mil Seiscientos Setenta y Dos Pesos M/Cte. ($3.384.672,00).
EN RELACIÓN CON VERONICA ORTEGA ALVAREZ
PRIMERA. Oficio No.510 -191732 del 9 de diciembre de 2021 y Certificación
Seiscientos Setenta y Dos Pesos M/Cte. ($3.384.672,00).
EN RELACIÓN CON VERONICA ORTEGA ALVAREZ
PRIMERA. Oficio No.510 -191732 del 9 de diciembre de 2021 y Certificación No.510-004190 del 7 de diciembre de 2021. SEGUNDA. la suma de Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Ochenta y Ocho Pesos M/Cte. ($4.748.288,00).
Se concede el uso de la palabra a la apoderada de la entidad convocada para que indique la posición asumida por el comité de conciliación, y para ello indico
Para ANI KATHERINE ALDANA BRICEÑOPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
Revisión 14/11/2018
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Para ASTRID LILIANA PINZON FAJARDO
Para DIANA PAOLA AGUASACO MUNEVARPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
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Aprobación 14/11/2018
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CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 7 de 12
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 7 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
Para EVELYN ESTEFANIA ESCOBAR LOPEZ
Para GUILLERMO LEON RAMIREZ TORRESPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 8 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
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Para JOSE LUIS ARROYO DIAZ
Para LUIS ANGEL PEREZ COSSIOPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
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SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
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FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 9 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final:
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 9 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
Para LUZ AMPARO MACÍAS QUINTANA
Para NEILA PATRICIA CACERES VARGASPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
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CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 10 de 12
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Para OLGA LUCIA MARIÑO PINTO
Para VERONICA ORTEGA ALVAREZPROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de
Revisión 14/11/2018
SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 11 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
Se concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante para que se
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
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Se concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante para que se pronuncie sobre la propuesta conciliatoria formulada por su contraparte, y en uso de la palabra indicó que se acepta n las propuestas de conciliación en totalidad.
Consideraciones del Ministerio Públi co: El procurador judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplimiento 1, siendo claro en relación con:
El concepto conciliado: Reliquidación de factores salaria les solicitados incluyendo el facto r denominado reserva especial del ahorro, por los valores señalados de $1.897.241 para ANI KATHERINE ALDANA BRICEÑO , $1.384.000 para ASTRID
LILIANA PINZÓN FAJARDO, $2.361.046 para DIANA PAOLA AGUASACO
MUNEVAR, $2.985.036 para EVELYN ESTEFANIA ESCOBAR LOPEZ, $6.071.367
para GUILLERMO LEON RAMIREZ TORRES, $2.246.417 para JOSE LUIS
ARROYO DIAZ, $3.646.200 para LUIS ANGEL PEREZ COSSIO, $1.067.766 para LUZ AMPARO MACIAS QUINTANA, $4.332.660 para NEILA PATRICIA CACERES VARGAS, $3.384.672 para OLGA LUCIA MARIÑO PINTO y $4.748.288 para VERONICA ORTEGA ALVAREZ sin que se reconozcan intereses, ni indexación o cualquier otro gasto, y la cancelación será dentro de los 60 días siguientes a aquel
VERONICA ORTEGA ALVAREZ sin que se reconozcan intereses, ni indexación o cualquier otro gasto, y la cancelación será dentro de los 60 días siguientes a aquel en que la Jurisdicción Contencioso Administrativa apruebe la conciliación, mediante consignación en la cuenta que el funcionario tenga reportada en la entidad para el pago de nómina salvo indicación en contrario por el solicitante.
Acorde con lo anterior y teniendo además reunidos los siguientes requisitos : (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado
1 Ver Fallo del CONSEJO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUBSECCION C – C.P. Enrique Gil Botero, Bogotá, D.C., 7 de marzo de (2011, Rad. N.° 05001 -23-31-000-2010-00169-01(39948) “[…]En ese orden, la ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que “Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante […]”.PROCESO: INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 14/11/2018
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SUBPROCESO: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de
Aprobación 14/11/2018
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1
CÓDIGO: REG-IN-CE-002 Página 12 de 12
Lugar de Archivo: Procuraduría
N.° Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento
(art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económicos disponibles por las partes (art. 59, ley 23 de 1991, y 70, ley 446 de 1998); (iii) las partes se encuentran debidamente representadas y sus representantes tiene capacidad para conciliar; (iv) obran en el expediente las pruebas nec esarias que justifican el acuerdo, y; (v) en criterio de esta agencia del Ministerio Público, el acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la ley y no resulta lesivo para el patrimonio público, por lo que se imparte aprobación al acuerdo conciliator io celebrado entre los aquí presentes.
En consecuencia, se dispondrá el envío de una copia de esta acta junto con los documentos pertinentes, al Juzgado Administrativo del Circuito de Bogotá, para efectos de control de legalidad, advirtiendo a los compare cientes que el auto aprobatorio del acuerdo hará tránsito a cosa juzgada y prestará mérito ejecutivo, razón por la cual no son procedentes nuevas peticiones conciliatorias por los mismos hechos ni demandas ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrat ivo
aprobatorio del acuerdo hará tránsito a cosa juzgada y prestará mérito ejecutivo, razón por la cual no son procedentes nuevas peticiones conciliatorias por los mismos hechos ni demandas ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrat ivo por las mismas causas (art. 73 ley 446 de 1998 y 24 ley 640 de 2001).
Finalmente, el suscrito Procurador Judicial procede a hacer lectura del acta e indaga a las partes si aprueban su contenido y autorizan la suscripción, ante lo cual los señores apoderados manifiestan estar de acuerdo. Así damos por concluida la audiencia y se remitirá copia del documento al correo electrónico de las partes. Cumplido el objeto de la presente audiencia se dispone su terminación, siendo las 2:25 p.m. y se procede a detener la grabación y a agregar al expediente el video correspondiente para que se surta el control de legalidad.
NESTOR GERARDO CLAVIJO AYALA
Procurador 192 Judicial I para Assuntos Administrativos