Acta de conciliación - BERNARDO GOMEZ CARDENAS 2018
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - BERNARDO GOMEZ CARDENAS 2018
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2018
____.. ......
Convocante: Convocado:
Pretensión: Radicación:
PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación
FORMATO ACTA DE AUDIEf"CIA Versión
REG-IN-CE-002 Página CONCILIACIÓN 'EXTRAJUDICIAL
PROCURADURÍA 134 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Radicación No. 2018-092
BERNARDO GOMEZ CARDENAS
SUPERINTENDENCIA DE SOCiEDADES
Siaf: 9128
NULIDAD Y RESTABLECIMIEfiTO DEL DERECHO. 2 de abril de 2018
24/08/2015 24/08/2015 4 1 de 3 En Bogotá D.C., 5 de junio de 2018, siendo las 03:00 p.m., procede el Despacho de la Procuraduría 134 Judicial II para Asuntos Administrativos¡ a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia la doctora DORIS PATRICIA ROMERO LOPEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.988.965 y con Tarjeta Profesional N2 254.649 del Consejo Superior de la Judicatura, fin calidad de apoderada de la parte convocante reconocida como tal mediante Auto No. 149 dél 12 de abril de 2018; igualmente comparece el doctor GUSTAVO ERNESTO BERNAL FORERO,! identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.256.097 y la tarjeta profesional No. 70.351 del C.S. de la J. en calidad de apoderado de la convocada !'.fe acuerdo con el poder que le confl,rió la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN en su
19.256.097 y la tarjeta profesional No. 70.351 del C.S. de la J. en calidad de apoderado de la convocada !'.fe acuerdo con el poder que le confl,rió la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN en su condición de Coordinadora del Grupo de Dfifensa Judicial de la SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES.
La Procuradora le reconoce personería al apoderado de la parte convocada, en los términos indicados en el poder que se aporta. ·'.¡ Acto seguido la Procuradora declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflid:os. Acto seguido se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte CONVOCANTE para que exponga las pretensiones: "Manifiesto al Despacno que me ratifico en lo expuesto en la solicitud de conciliación en cuanto que se pretende: PRIMERA: Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2017-01-527600, qcto administrativo de fecha del 12/10/2017, por medio de cual lo Superintendencia de Socíedqdes reconoce que debe uno sumo de dinero.
SEGUNDO: Que como consecuencia y a título de;_ restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor BERNARDO GÓMEZ CARDENAS la sumcide DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUATRO PESOS ($2.832.304j MONEDA LEGAL, por la re liquidación de los conceptos de Primo de Actividad, Bonificación pqr Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el
MIL TRESCIENTOS CUATRO PESOS ($2.832.304j MONEDA LEGAL, por la re liquidación de los conceptos de Primo de Actividad, Bonificación pqr Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial; del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solícitµ,d." A continuación se concede el uso de la palabra al apoderado de la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada: "El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Soci&dades, en reunión celebrada el día 11 de abril de 2018 (acta No. 13-2018) estudió el caso del señor BERNARDO GÓMEZ CÁRDENAS (CC 15.988.257) y decidió de manera UNÁNfME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), por valor de $2.831.658. La fórmula de conciliación es bajo los siguientes Pf1rámetros: Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: No. 134 Judicial II Admínistratíva 5 años
Disposición Final: Archivo Central
Procuraduría 134 Judicial 11 Administrativa
Dirección: Calle 16 No. 4-75i79 Pbx. 5878750 Ext: 13612--- ---- ---· ·- ···-· ····· ·--· ·-·
>fifi, PR OCESO INT ERVEN CIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUB PROCESO CONCI LIACIÓN EXTRAJUDIC IAL Fecha de Aprobación 24/08/20 15 ,.
>fifi, PR OCESO INT ERVEN CIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUB PROCESO CONCI LIACIÓN EXTRAJUDIC IAL Fecha de Aprobación 24/08/20 15 ,.
FORMA TO ACTA DE AUDIENCIA Versión PROCU UR!A GEIIERAl. DE 1A MCION Pági na RE G-I N-CE -002 2 de 3
l. Valor: Reconocer la suma de $2. 831. 658 pesos, M/cte., como valor resultante de re liquidar los factores reclama dos, para el período compr endido entre el 6 de octubre 2015 al 21 de septiembre de 201 7, incluyen do allí el factor denominad o reserva especial del ahorro, conforme a la liquidación efectuad a por fa entidad y aceptada por la conv ocan te.
2. No se reconocerán intereses ni indexación, Q cualquier otro gasto que se pretenda por la con vocante, es decir, sólo se reconoce el capital copforme a la liquidación realizada por la entidad.
Se debe ten er en cuen ta la prescripción trienal po/el período antes indicado.
3. Se debe tener en cuent a la prescripción trienal 'de las suma s indicadas, conforme la certificación aludida.
4. Pago: Los valores antes señalados serán cancela dos dentro de los 60 días siguien tes a aquél en el que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa ' apruebe la con ciliación, no gener ando intereses tampoco en este lapso.
5. Forma de pago: El pago se realizará, mediante consignac ión en la cuen ta que el funcion ario tenga reportada en la entidad para el pago de nómina , salvo indicación en contrario del solicitan te, comuni cada a la entidad al moment o de elevada petición de pago, o en todo caso, antes de
tenga reportada en la entidad para el pago de nómina , salvo indicación en contrario del solicitan te, comuni cada a la entidad al moment o de elevada petición de pago, o en todo caso, antes de efectu arse el pago respectivo. Así mism o, el con vocan te acepta que no iniciará ac;ciones contra la Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el reconocimiento de las sumas relativas a los factores reliquidados, a que se refiere esta conciliación. La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del Artículo 2.2.4 .3. 1.2 .4. del Decreto 10 69 de 2015, y en el artículo 6 de la Constitución Política. Anexo certificación expedida el 11 de abril de 2018 por el Secretario del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Socie d1des, en 1 folio. 11 Acto seg uido se le conc ede el uso de la pala bra a la ap oder ada de la par te CONVOCANTE par a que se man ifies te fre nte a lo se ña la do por la ap oder ada de la ent idad co nvoc ada , quien man ifies ta : "estoy de acuerdo totalment e con la prop uesta decon ciliación presen tada por la Superintendencia de Sociedades y en consecuenci a se acepta, toda IÍ,ez que se ajusta a las pretensiones invocadas por el con vocante. " La Pr ocur ador a Ju dicia l consid er a que el an te rior acuer do conti ene obl iga cio nes cla ras, expr esas y
exig ibles , en cua nto al tiempo de su cu mpl imien tc:i1 y ob ser va qu e el an ter ior ac uer do co rre spo nde a hecho s cumplido s, el acuer do concilia torio reúne los sig uie ntes requ isito s: (i) la eve ntua l ac ción co nte nciosa que se ha podido ll ega r a pr ese nta r no ha ca duc ado (ar t. 61, le y 23 de 1991 , mod ifi cado por el art . 81, ley 446 de 1998); (ii) i,e l ac uerdo co nci liator io ve rsa sobr e ac cione s o der echo s económ icos dis ponibl es po r las par tes (a rt. 59 , ley 23 de 1991 , y 70, ley 446 de 1998); (i ii) las pa rtes se encuen tra n debida men te represe ntadas y sus rep rese nta ntes tien en ca pac idad par a co ncili ar ; (i v) obr an en el exp edien te las pr ueba s ne cesar ias qu e jus tifican el acuer do, a sa ber : 1. Co pia de 1 ejempl ar de la Ce rtifica ció n del Com iJé de Co nciliac ió n de la SU PERIN TE ND ENCIA DE SOCI ED ADE S de fecha 11 de abr il de 2018, süscrita por el sec reta rio técn ica del co mité de conciliación, Vícto r Alf on so Estupiñán Per domo , en la que co nsta la decisión de la entidad de
1 Ver Fal lo del CONSE JO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUB SECC ION C - C.P. Enr ique Gil Botero, Bogotá, D.C., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.º 0500 1 -23·31 -000-2 01 0·001 69-01 (39948) "[ ... ]En ese orden, la ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación cfara, expresa y exígible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medíos para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante[ ... ]".
Lugar de Archivo : Procuraduría Tiem po de Retenci ón: No. 13 4 Judic ial 11 Adminis trativa 5 año s Disp osición Final: Arch ivo Centra l Procuradur ía 13 4 Ju dicial II Adminis trativa
Di rección: Calle 16 No. 4-75/7,9 Pbx. 5878750 Ext: 13 612♦ PROCURADURIA PROCESO INTER VEN Cl 9N Fecha de Revisíó n 24/08/201 5
SUBP ROC ESO CONCIL IACIÓN EXTR AJU DICIA L Fecha de Aprobaci ón 24/08/20 15
FORM ATO ACTA DE AUDIE NCIA Versión 4
SUBP ROC ESO CONCIL IACIÓN EXTR AJU DICIA L Fecha de Aprobaci ón 24/08/20 15
FORM ATO ACTA DE AUDIE NCIA Versión 4
GEfilRAL DELD. lCI.CION REG-I N-C E-002 Página 3 de 3 concílíar la so licitud de conci li ación prese nta da por el co nvoca nte , en un (1) folio a folio 38. 2. Los poder es co nfer íd os a la parte co nvoca nte y a _la part e conv oca da , co n la facultad expresa de con ciliar ; 3. Soli citud presenta da por el sfiñor BE RNARDO GOM EZ CAR DE NAS, an te la Su per inte nden cia de Socl edades , de fech a 21, de septiem bre de 201 7, en 1 folio (fol. 7), 4. Res pues ta a Der echo de Petlción - Rese rva Espécia l del Aho rro, co n radi cado 201 7-01490761 , del 13 de octubr e de 2017 , en 1 folio (fol. 8), 5. Ce rtífica ció n su scrita por la Coordinador a del Gru po de Ad mini stra ció n de Perso nal de ia Su perin tender1 _cia de Soci ed ades , :en 1 folio (fol. 9), 6. Res pu esta radi ca do 2017 -01529981 del 13 de octubr e de 2017 , suscr ito por el se ñor BERN ARDO GO ME Z
CAR DE NAS, en el cua l ace pta la li q ui da ción 'prese nta da por la Coor din ador a del Gr upo de Ad mi nis trac ió n de Per sona l de la Super in tend encia de Socled ades , en 1 fol io (fol. 10). (v) En cr ite rio de esta agen cia del Mini ste rio Públi co, el acuer do con tenido en el ac ta no es viol ato rio de la le y y no res ul ta lesi vo pa ra el patr imoni o púb lico , pues reco noce los der echos q ue tiene el co nvoca nte par a q ue se le re li q uiden los facto res sa lar ia les a q ue tiene der echo. En co nsecuencia , se di spond rá el envío de la pr esen te acta, jun to con los docu men tos pertin en tes, a los Ju zga dos Ad mini strativos del Bogotá D.C - reparto, par a efe ctos de co ntr ol de legalidad , ad vir tie ndo a los co mp ar ecie ntes q ue el au to aprobato rio ha rá tránsi to a cosa juzgada y presta rá mé rito ejecuti vo, razó n por la cua l no son proceden tes nue vas peticio nes conciliator ias por lo s mi smos hechos ni dema ndas an te la jur isdicción de lo Contenci oso Ad mi nis trativo por las mismas ca usa s (art. 73 ley 446 de 1998 y 24 le y 640 de 2001 ). En cons ta ncia se firma el acta por quie nes en ella in te rvi nier on , siendo las 3:30 p.m. fi nfi fiQf¼I[), fi40 ] 6PLJ-. fiIS PATRI CIA ROM ERO LOPEZ Apoder ada de la part e Co nvo ca nte
ella in te rvi nier on , siendo las 3:30 p.m. fi nfi fiQf¼I[), fi40 ] 6PLJ-. fiIS PATRI CIA ROM ERO LOPEZ Apoder ada de la part e Co nvo ca nte e-;-fi,fi\ GU STAVO ERN ESTO BERNAL FORERO Apoder ado de la SUPER INT ENDEN CIA DE SOCI ED ADE S __J ext¡ .!o ,e,ig lt:.,, .J: il9 {_ JE RLY LO ENA ARDI LA CAMA CHO Procur ador a 134 Ju di cia l II par a Asu ntos Ad min istrati vos.
Lugar de Arch ivo: Procur adu ría Tiem po de Reten cíón: Disposi ción Final: No. 13 4 Judic ial 11 Admín istratlva 5 año s Archivo Cen tral Procuradur ía 13 4 Judicial 11 Adm in istrativa
Dire ccíón: Calle 16 No. 4-75/79 Pbx. 5878750 Ext: 1361 2