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Acta de conciliación - CAMILO EDUARDO LEON CHAVES

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - CAMILO EDUARDO LEON CHAVES
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

fi PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4

GEl!WL DE LA IIACIOII REG-IN-CE-002 Página 1 de 3

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 85 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N. º 16104 de 25 de mayo de 2018

Convocante (s): Convocado (s):

Medio de control:

CAMILO EDUARDO LEON CHAVES

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

En Bogotá D.C., hoy veintinueve (29) de junio de 2018, siendo la una y treinta (01 :30 p.m.}, procede el despacho de la Procuraduría 85 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia la doctora LAURA ALEJANDRA MEDINA GONZALEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 1032373958 y con tarjeta profesional número 203427 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada del convocante CAMILO EDUARDO LEON CHAVES, reconocida como tal mediante auto de 07 de junio de 2018. Igualmente, comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el

de ciudadanía número 63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado por VICTOR ALFONSO ESTUPIÑAN PERDOMO, en su calidad de Jefe de la Oficina Asesora Juridica de la entidad, según consta en documentos que aporta en veintidós (22) folios. La Procuradora le reconoce personería a la apoderada de la parte convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido la Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativo como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilien los efectos contenidos y decididos conforme el Acuerdo 040 de 1991 en: • Oficio No.500-058770 de fecha 27 de abril de 2018 y Certificación No.510-001208 del 26 de abril de 2018, a favor de Camilo Eduardo León Chaves. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancelen a favor de mis poderdantes, las sumas de dinero que señalo a continuación: • A favor de CAMILO EDUARDO

de Camilo Eduardo León Chaves. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancelen a favor de mis poderdantes, las sumas de dinero que señalo a continuación: • A favor de CAMILO EDUARDO LEÓN CHAVES, la suma de CUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES PESOS M/CTE. ($576.963,00). Lo anterior por concepto de la reliquidación de los valores correspondientes a Prima de Actividad y Bonificación por Recreación por los periodos señalados en las liquidaciones que se adjuntan a esta solicitud. Estimación de la cuantía: $ 576.963. Seguidamente, se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocada, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 14 de junio de 2018 (acta No. 21-2018) estudió el caso del señor CAMILO EDUARDO LEON CHAVES (CCB0.725.397) y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva

Lugar de Archlvo: Procuraduría Tiempo de Retención:

N.° Judicial Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15

SUB PROCESO CONCI LIACI ÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/20 15

FO RMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4

SUB PROCESO CONCI LIACI ÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/20 15

FO RMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4

REG-IN-CE-002 Página 2d e3 Especial del Aho rro) , por va lor de $ 576. 963. La fórm ul a de conc ili ación es bajo los si gui en tes pa rámetros : 1. Valor : Reconoc er la suma de $ 576. 963. pesos m/cte., com o valor res ul tante de re li quidar la Prima de Activ idad y Boni ficación por Recrea ción, par a el pe ríodo com prendi do entr e el 22 de marz o de 201 6 al 24 de ab ril de 201 8, inc lu yen do allí el factor denom inad o rese rva especial del ahor ro, conforme a la li qu idación efectuad a por la entida d y acept ada por la convoc ante. 2. No se reco no ce rán intereses ni inde xación , o cualq uier otro ga sto qu e se prete nda por la convoca nte , es decir, sólo se reconoc e el capital conforme a la li quida ción reali zad a por la ent ida d . 3. Se deb e tener en cuent a la prescri pción trienal de las suma s in dicadas, conf orme la certificación aludi da. 4. Pag o: Los valor es an tes señalados serán ca ncel ado s de ntro de los 60 dí as sigui entes a aquél en el qu e la Jurisd icción Con tenc iosa Admin istrativa apruebe la conci li ación , no gener ando in tereses tamp oco en este lapso. 4. Forma de pago: El pago se reali zará, median te con sign ación en la cuenta que el func ionar io tenga repo rtada en la entidad para el

in tereses tamp oco en este lapso. 4. Forma de pago: El pago se reali zará, median te con sign ación en la cuenta que el func ionar io tenga repo rtada en la entidad para el pago de nómina, sa lvo ind icación en contr ario del so lic itant e, comun icada a la entid ad al mome nto de el eva r la petición de pago , o en todo caso, antes de efectuarse el pago respectivo. Así mismo, la convoc ante acepta que no in icia rá accione s contra la Super intendenc ia de Sociedades que tengan que ver con el recono cim ien to de las sum as relativas a Pr ima de Actividad y Boni ficación por Recreac ión, a que se refiere esta concil iac ión. Allego certificación de fecha 15 de juni o de 20 18 suscr ita por la Secr etaria Técn ica del Com ité de Concil iación y Defensa Jud icial en un {0 1) folio. Se le con ced e el uso de la palabr a a la apoder ada de la part e convocante para que man ifieste su posi ció n frente a lo exp uesto por la part e convocad a: Respetuosament e man ifie sto al Despac ho qu e co mo apoder ada de la part e convoca nte , acepto la formula co nc il iatoria propuesta por la en tida d por enco ntra rse conforme a Derech o. La Procur ador a Jud icial co nsider a qu e el anterior acuer do contiene obliga ciones claras, exp resas y exigib les, en cua nto al tiem po, modo y lu gar de su cum plimi ento¡ (siendo claro en relación con el conc epto con cil iado , cua ntía y fecha para el pago} y reúne los

exigib les, en cua nto al tiem po, modo y lu gar de su cum plimi ento¡ (siendo claro en relación con el conc epto con cil iado , cua ntía y fecha para el pago} y reúne los sig ui entes requi sitos : {i) la eve ntua l acción conten ciosa que se ha podido ll egar a present ar no ha cad ucado {art. 61 , ley 23 de 19 91 , mo d ificado por el art. 81 , ley 446 de 19 98) ; (ii ) el acuer do conci lia torio versa so bre acc io nes o derecho s económic os di sponib les por las part es (art. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (iii) las part es se enc uen tran de bidame nte represe ntad as y sus represen tantes tienen capac idad pa ra conc ili ar ; (iv) obr an en el expedie nte las pr ueba s necesarias qu e ju stifica n el acuer do a saber: 1. Poder es legalmen te conferid os par a actuar . 2. Der ech o de petición susc rito por el convoca nte, de fecha 24 de abril de 201 8 rad icad o con el conse cutivo 20 1 8-01 -1 94976 . 3. Certificadón No .51 0-00 12 08 del 26 de abr il de 20 18 , donde con sta la li qu idación efectuad a por la Sup erintendenc ia de Soc ied ades a favor del convoc ante. 4. Oficio con nú mero con secutivo 50 0-05 8770 de fech a 27 de abr il de 20 18 de la Su per in tendenc ia de

la Sup erintendenc ia de Soc ied ades a favor del convoc ante. 4. Oficio con nú mero con secutivo 50 0-05 8770 de fech a 27 de abr il de 20 18 de la Su per in tendenc ia de Soci edade s, en respu esta al der echo de petición. 5. Certificación del Com ité de Conc il iación con propu esta concil iator ia ; y (v) en crite rio de esta agencia del Mini sterio Públ ico, el acu erdo con tenido en el acta no es vio latorio de la Ley y no res ulta les ivo par a el patrim oni o públ ico. En consec uenc ia, se dispondr á el env ío de la prese nte acta, ju nto con los do cume ntos perti nentes , al Ju zgado Adm inistrativo del Cir cu ito de BOGO TA (C), pa ra efectos de co ntrol de leg al idad , adv irtiendo a los compar ecie ntes qu e el auto ap robato rio del acuer do har á tránsi to a cosa ju zgada y presta rá mé rito ejecutivo, razón por la cu al no son procede ntes nue vas peticiones conci liatorias por los mi smos hechos ni demandas an te la ju risd icción de lo Co nten cioso Admini strativo (a rt. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640

Lugar de Archivo: Procur adu ría Tiempo de Retención: N. • Ju dicial Administrativa 5 años

Disp osición Fin al: Archivo Ce ntral Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar e! do cume nto♦ PROCE SO INTERVENC IÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5

N. • Ju dicial Administrativa 5 años

Disp osición Fin al: Archivo Ce ntral Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar e! do cume nto♦ PROCE SO INTERVENC IÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5

SUBPR OCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/20 15

FORMATO ACTA DE AUDIE NCIA Versión 4

PROCURADURIA GEMJ. Df lA lll.CION REG-1 N-CE-002 Página 3 de 3 de 2001 ). Se da por concluida la di ligenc ia y en co nstancia se firma el acta por qui enes en ella intervinier on, una vez leída y a robad a sie ndo la una y cuarenta y ci nco (0 1 :45 p. 7 / , ¾.. (_fi Dra. ALE JANDRAMJ=DINA GO NZALEZ Ap erada de la part e Conv ocañte Dra. CO NSU ELO VEGA MER CHAN Apoder a a de la Ent ida d Conv ocada Ju d icial I par a Asu ntos í Ver Fallo del CONSE JO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUBSECCION CC.P. Enrique Gil Botero, Bogota, D.G. , 7 de marzo de (201 1, Rad. N.º 05001 -23-31 -000-201 0-001 69-01( 39948) "[. .. ]En ese orden, fe ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga une obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse fa calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente

ejecutivo contenga une obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse fa calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios pare comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujete a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante[ ... ]".

Lugar de Arch ivo : Procu radur ía Tiempo de Retención: N.° Jud icial Admin istrativa 5 años

Disp osición Final : Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utiliza r el documen to

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