Acta de conciliación - CARLOS ALBERTO CUADRADO PAREJA 2016
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - CARLOS ALBERTO CUADRADO PAREJA 2016
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2016
Jfi
PROCESO INTERVENCIÓN
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJ
FORMATO ACTA DE AUDIENCIJ
@ cslo SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA Al contestar eite: 2016-01-385164 PRfiIA GEmJ.LOl 1.1.IU.WI 111111111111111111!1111111111111 i 11 REG-IN-CE-002 I ij Fecha: 19/07/201611:41:28 Folios· 2 l ¡ 1 ================================= Remitente: 899989119PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION • 1 CONCILIACIÓN EX' 1 ·PROCURADURÍA 62 JUDICIAL I PARt. ____ _ Radicación N.º 77310 de 03 de Marzo de 2016. 1
- Convocante (s):
Convocado (s):
Medio de Control: Cuantía:
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
CARLOS ALBERTO CUADRADO PAREJA.
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
$2.195.667.20 En Barranquilla, hoy Once (11) de Mayo de 2016, siendo las 09.00 am procede el I¡. 1 ! ! ' despacho de la Procuraduría 62 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL. Comparece el doctor ANDRES JESUS GOMEZ CADENA identificado con !a cedula de ciudadanía Nº 72.151.742 expedida en Barranquilla y T.P Nº 108.908 del Consejo Superior de la Judicatura en calidad apoderado de la Entidad convocante, quien presenta poder conferido por la Doctora LIGIA
en Barranquilla y T.P Nº 108.908 del Consejo Superior de la Judicatura en calidad apoderado de la Entidad convocante, quien presenta poder conferido por la Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificada con C.C. No 46.363.556 y con Tarjeta Profesional No 72.002 del C. S. de la Judicatura actuando de conformidad a las facultades otorgadas mediante la Resolución No 500-001181 d3el 04 de Abril de 2016, reconocido como tal mediante auto de fecha 22 de Abril de 2016; igualmente, comparece la doctora ELOINA lDEL CARMEN ECHEVERRY ESPINOSA identificada con la Cedula de ' 1 • Ciudadanía número 1.047.380.948 expedida en Cartagena y portadora de la tarjeta profesional número 200.103 del Consejo Superior de la Judicatura, quien aporta poder conferido por el señor CARLOS ALBERTO CUADRADO PAREJA, de la parte ' Convocada. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes en los .¡ términos indicados en los poderes que aportan; Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del articulo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta 1 la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la ¡ conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo , alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se le concede el 1 uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en
¡ conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo , alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se le concede el 1 uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en ,¡ virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRETENSIONES: PRIMERA: Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No 2015-01-450615, acto administrativo de fecha del 17/11/2015. SEGUNDA: Que como consecuencia y a título de Restablecimiento del Derecho se cancele a favor del señor (a) CARLOS ALBERTO CUADRADO P., la suma de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTS Y SIETE PESOS CON VEINTE CENTAVOS ($2.195.667.20) POR LA RELIQUIDACIÓN DE LOS CONCEPTOS DE Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la RESERVA ESPECIAL DE AHORRO, por el período de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. JURAMENTO "En cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) ·del artículo 6 del Decreto 1716 de 2009, manifiesta bajo la gravedad del juramento que la parte que represento no ha presentado solicitudes de conciliación ni demandas sobre el mismo asunto." INTERVENCION DEL APODERADO DE LA fi SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES "Acto seguido se le otorga el uso de la palabra al apoderado de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación (o por el representante legal) de la entidad
palabra al apoderado de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación (o por el representante legal) de la entidad en relación con la solicitud incoada quien manifiesta: "La Superintendencia de Sociedades en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedad decidió de manera unánime conciliar las pretensiones del Convocado señor CARLOS ALBERTO CUADRADO PAREJA, identificado como viene arriba (reserva especial del ahorro) en la cuantía de 1 DOS MILLONES CIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTos· SESENTA Y SIETE PESOS CON VEINTE CENTAVOS ($2.195.667,20). La fórmula de pago sobre el ' 1 Lugar de Archivo; Procuraduría Tiempo de Retención: N.º 62 Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentofi PR OCESO INTER VENCIÓ N Fecha de Revis ión 24108/20 15
SUBPR OCESO CO NCIL IACIÓN EXTRAJUDICIA L Fec ha de Aproba ción 24/08/201 5
FORM ATO ACTA DE AUDIE NCIA Versión 4
GflitFJl DI LA liJ.OOi ' REG•IN -C E-002 Página 2 de 3 prese nte as unt o es bajo los sigui entes pa ráme tros: 1. Capit al: Se reconoce el 10 0% , 2.
Inde xaci ón : No habr á lugar a la ind exa ción , 3. Pago: El pago se real izará dent ro de los 60 dí as siguient es conta dos a partir de la sol icitud de pago , posterior a que la conci li ación hay a sido avalada y radic ada por la Ent id ad . 4. In tereses: No ·habr á lugar a pago de los int ereses de ntro de los 60 dí as sig ui ent es a la solic itud de pago. 5. Luga r de pago: Gr up o de Tesor ería de la Su perint endencia de Soci edades Sed e Bogo tá. An exo certifi ca ción sus cri ta por la Sec reta ria del Com ité de Conci liación y Defens a Jud icial Dra . ANG ELA MAR IA CARO BO HOR QUE Z, en un (1) folio. Acto seguido ·se le concede el uso de la palabr a a la apo derada de la part e convoc ada: "En mi' condición de ap oder ada de la part e co nvocada y en nom bre ta mb ién del mi smo acept o la fórm ul a co nc ili atoria propues ta por el Com ité de la ent idad convoc ante" CONSIDER ACIONE S DEL MINIS TER IO PU BLICO: Hac e uso de la pa la bra el señor Procurafior 62 Jud icial Adm inis trativ o quien man ifi esta que: como quier a que la part e co nvocada está de acuer do con la FORMUL A DE CON CILI AC IÓN PR OPU ESTA POR LA CO NVOCA NTE . El De spac ho co nsider a que el ant erior acuer do contiene obl igac iones claras, expresa s y precisas en su exi gibili dad, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su
CO NVOCA NTE . El De spac ho co nsider a que el ant erior acuer do contiene obl igac iones claras, expresa s y precisas en su exi gibili dad, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cump lim ient o1 . El objet o de la present e .conc ili ac ión extraj ud icial qu e soli cita la part e convocant e a través de ap od erado Judic jal , no atent a contr a el In terés Jur íd ico ni el Derecho y la Jus tic ia , y no se está n des conociendo der echos fundame nta les a las part es, no exis te de tri men to pa trim onial par a el Estado an tes por el contrario se le reporta provech o a la entidad con voca nte , habida cuent a que la convoca da renun cia a cualqui er otro recla mo judic ial o extrajudicial que pud iese haber se ge nefi ado entre las part es sobr e el present e as un to; y la mi sm a se encuent ra av al ada por· el comi té de concilia ción de la Entid ad convoc ante , di cho valor se cancelar á dent ro de los térm inos conc iliados, por lo ant erio r el de spacho con si dera por lo expresa do qu e la concili ación (s iendo clar o en relación con el conce pto conci liado, cuan tía y fecha pa ra el pago) y que cumple con los siguient es requi sit os: (i). la eventu al ac ción contencios a que se ha pod ido llega r a prese ntar no ha cadu cado (art. 61 , le y 23 de 19 91 , modi_ficado por el art.
81 , ley 446 de 19 98); (ii) el acu erdo conci lia torio versa sobr e ac ciones o der echos económ icos di spo nibles po r las partes (art. 59, le y 23 de 19 91 , y 70, ley .446 de 19 98); (iii) las part es se encu entran debidame nte repres ent adas y sus represe ntantes ti enen capac idad par a con ciliar; (iv) obr an en el exped ie nte las pruebas necesarias que jus tifica n el acuer do a saber; (v) En criter io de esta agencia del Minis teri o Públ ico, el acuer do contenido en el acta no es violat orio de la le y y no result a lesiv o pa ra el patr imonio pú bli co por las anteriores razones. (Art. 65 A, ley 23 de 1. 991 y art. 73, ley 446 de 19 98) 2 . Por lo ant erior proced e a de clar ar esta concil iació n no sin antes dejar expr esa con sta ncia que tal como lo esta bl ece el pa rágrafo 2 del Art. 2 del De creto 17 16 de 2009 regl am entario de la Ley 12 85 de 2009 en el prese nte acuer do se ·respeta ron los der echos labo rales del convoc ado por ser estos ciert os e ind iscut ibles. Adem ás la acción a inc oar an te la Jur isdic ción Cont en ciosa Ad mi nis trativa no ha cad ucado y lo ac ordado se encuent ra soport ado en prueb as docum entale s obr an tes en la solic itud , y copia aut ent ica del acta Nº 11 de 21 de julio de 20 15 sus crita por los mi em bros del
ac ordado se encuent ra soport ado en prueb as docum entale s obr an tes en la solic itud , y copia aut ent ica del acta Nº 11 de 21 de julio de 20 15 sus crita por los mi em bros del com ité de conci li ación y defensa jur íd ica de la Supe rintende ncia de So cieda de s y la '· 1 Ver Fallo del CONSEJO DE ESTADO • SECCION TERCER A SUBSEC CION C • Conse jero ponente: ENRIQUE GIL BOTE RO, Bogotá, D.C., siete (7) de marz o de dos mil once {201 1) , Radicación núm ero: 0500123-31 -000-201 0-00 1 6901 (39948) "[ ... ]En ese orden. la ley procesal exige que el acto que presta mérit o ejecutiv o contenga una oblig ación clara, expresa y exigi ble, par a que de ella pue da predi carse la calidad de titulo ejecutivo -art. 488 del Código de Procedim ient o Civil•. En este sent ido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportu nidades, que ·si es ciara debe ser eviden te que en el títul o consta una obligación sin neces idad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su 2 Ver Sen tencia C111 de 24 de febrero de 19 99, Magist rado Ponent e: Alfredo Beltr án Síer a: •¡ ... ] La in tervención activa del Mini sterio Pú blico en los procesos contencioso adminis trativos . concreta mente. en las concilia ciones extrajudiciales, no es
producto de un capricho de l legislador, o una maner a de entorpecer un posible acuer do al que llegaren las partes , sino que es una garanti a par a que en as untos que revisten inte rés para el Estado , pues , corresponde a li tigios, en donde éste es part e, no queden sólo som etidos a lo que pueda disponer et servidor público, que en un moment o dado , sea el que esté representando al Estado. Adem ás. se gara ntiza , con la int firvención del agente det Min isterio, que el acuerdo al que lleguen las partes, también sea bene ficioso para el int erés gener al.
Lugar de Archi vo: Procu radu ría Tiemp o de Retención: N.º 62 Judicial Admin istrativa 5 años Disposic ión Final: Arch ivo Centr al Verifique que esta es la versión correcta an tes de utili zar el docum ento!-, .. fi
PROCESO INTERVE NCI ÓN Fecha de Revis ión 24/08/201 5
SUBP ROC ESO CONCILIA CIÓN EXTRAJ UDICIA L Fecha de Aprobac ión 24/08/20 15
FORM ATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
(iOOPJl DE 1A llCIO!I i RE G-I N•CE-002 Página 3d e3 liqui da ción aport ada por la entidad convocante dond e se esp ecifica el mo nto a cancelar las deduc ciones, la apl icac ión de la prescr ipc ió n cuatrienal de las mes adas del aq uí convoca#o y el tiem po en el cua l se cancela ría lo aquí acordado con lo cua l se da cump lim iento a la norm atividad vige nte esto es la Ley 640 de 2001 donde se seña la los
convoca#o y el tiem po en el cua l se cancela ría lo aquí acordado con lo cua l se da cump lim iento a la norm atividad vige nte esto es la Ley 640 de 2001 donde se seña la los req uis itos qu e de ben quedar consig nádos en la resp ectiv a Acta de conci li ación . Igual mente con el acuer do log rado no se vulner a el patr imo nio pú blic o y se respeta el orde nam ient o ju ríd ico, por lo que este Des pacho se DE CL ARA LA CONCI LIAC IÓ N en los térm inos ya referidos an terior mente . En consecuenc ia , se dis pondr á el envi o de la present efacta , ju nto con los docu men tos pert inent es, a los Juzgados Admi ni strativos de la ciudad de Ba rranq uilla en tu rno, a través de la oficina de asig naciones para su apr oba cjón , advirt iendo a los com par ecientes que el au to apr obatorio hará trán sito a cosa ju zgada y prestará, ju nto con la presente acta, mé rito ejecutiv o, razón por la cua l no son proc ede ntes nu evas Peticio nes conci liat oria s por los mi smos hechos ni dema ndas an te esa jur isd icción por las mis mas caus as. De la mi sma man era. Se deja con stancia que una copia de esta acta reposar á en los arch ivos del despac ho. En constancia de lo an terior, s· las 10 :00 a.m ., se da por concluida la diligen cia y se firm a porqui enes en ella • tervin ron, previa lectura y conform idad con el contenido del acta , copia de la cual s entrega los comp arecient es.
firm a porqui enes en ella • tervin ron, previa lectura y conform idad con el contenido del acta , copia de la cual s entrega los comp arecient es. Apode rá,do de la En ti •I •I ,. I' J ·1 ·1
Lugar de Archivo: Procu radurla Tiempo de Retención: N.º 62 Ju dicial Adm in istrativa 5 años
Disposición Fin al: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta an tes de utilizar el documento