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Acta de conciliación - CELSO CAMILO CORRALES VASQUEZ 2016

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - CELSO CAMILO CORRALES VASQUEZ 2016
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2016

'I 1 'I .1 ! 1 i i 1 510

PROCESOINTERVENCI N @ SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

BOGOTA

SUBPROCESO CONCILIACI N EXTRAJUO

FORMATO ACTA OE AUDIENCIA REG-IN-CE--002 lllllllllllllllll lilm 11 HIIII Al contestar cite: 2016-01-3455 28 Fech_a: 17/06/201615:20:47 Folios: 1

CONCILIACIÓN EX' Remitente: 899999119 - PROCURAOURIA GENERAL DE LA NACION

PROCURADURÍA 82 JUDICIAL PARJl

Convocante (s): Convocado (s):

Medio de Control: LABORAL Radicación N.º 98749 de 18/03/2016

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

CELSO CAMILO CORRALES VASQUEZ NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARÁCTER En Bogotá, hoy 13 DE JUNIO DE 2016 siendo las 2:00:00 PM, procede el despacho de la Procuraduría 82 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a} GUETTY CAYCEDO CAYCEDO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 52105964 y con tarjeta profesional número 218323 del Consejo Superior de la Judicatura, quien presenta poder de sustitución otorgado por el (la) doctor (a) LIGIA STEfiLA RfiDRIGUEZ _HERNANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y con tarjeta profesional número

de sustitución otorgado por el (la) doctor (a) LIGIA STEfiLA RfiDRIGUEZ _HERNANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y con tarjeta profesional número 72002 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 08/04/2016. Igualmente, comparece el (la) doctor (a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la C.C. número 79779892 y portador de la tarjeta profesional número 228365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado (a) CELSO CAMILO CORRALES VASQUEZ, de conformidad con el poder otorgado por CELSO CAMILO CORRALES VASQUEZ. El (la) Procurador (a) le reconoce personería al apoderado de la parte convocada y de la parle convocante en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el (la) Procurador(a) con fundamento en lo establecído en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el

uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-523035, acto administrativo de fecha del 23/12/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a) CELSO CAMILO CORRALES VASQUEZ la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS CON CERO CENTAVOS (3,423,497.00) por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. Así mismo LA SUSCRITA SECRETARIA DEL COMITÉ DE CONCILIACIÓN Y DEFENSA JUDICIAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES AD HOC CERTIFICA QUE: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No. 06-2016) estudió el caso del señor(a) CELSO CAMILO CORRALES VASQUEZ, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 17970688 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de$ 3,423,497.00 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los

manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de$ 3,423,497.00 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: t Capital: Se reconoce en un 100% 2. Indexación: No habrá lugar a la indexación. 3. Pago: El pago se realizara dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que la conciliación haya sido avalada y radicada en la Entidad 4.

Intereses: No habrá lugar al pago de los intereses dentro de los 60 dlas siguientes a la solicitud de pago. 5. Lugar de pago: Grupo de Tesorería de la Superintendencia de Sociedades Sede Bogotá.

La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del artículo 18 del Decreto 1716 de 2009, y en el artículo 6 de la Constitución Política. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá a los 18 días del mes de marzo de 2016. Aporto certificación en 1 folio útil. Se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante quien manifiesta: Acepto la propuesta presentada por la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. El procurador judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplimiento (siendo claro en relación con el concepto conciliado, cuantía y fecha para el pago) y reúne los siguientes requisitos: (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art.

cuantía y fecha para el pago) y reúne los siguientes requisitos: (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económicos disponibles por las partes (art. 59, ley 23 de 1991, y 70, ley 446 de 1998); (iii) las partes se lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N.º Judicial Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta la versión correcta antes de utilizar el documento,;,::= ,..,.. PROCESO INTERVENCION Fecha de Revisión 24/081201 5 fifi

SUBPROCESO CONCILIACION EXTRAJU DICIAL Fecha de ADrobación 24/08/2015

FORMATO ACTA DE AUDIENCI A Versión 4 fiIIIIIEMJ!'J!! REG-IN-CE-002 Página 2 de 2 enc uentr an debidame nte representadas y sus representant es tienen capacidad para concil iar: (i v) obran en el exped iente las pruebas necesar ias que jus tifica n el acuer do, a sab er: por TRE S MI LLONES CU ATROCIENT OS VE IN TITRÉ S MIL CUA TROCI ENT OS NOVENT A Y SI ETE PES OS CON CERO CE NTAVOS (3 ,42 3,497 .00 ) y; (v) en crite rio de esta agenc ia del Mi nis terio Pú bl ico, el

acuer do conten ido en el acta no es viol atorio de la ley y no resu lta lesivo para el patri moni o púb lico por las sigu ient es razones. (art. 65 A, ley 23 de 1. 991 y art. 73 , ley 446 de 19 98) En conse cuencia, se disp ondr á el envío de la presente acta, junt o con los document os perti ne ntes, al Ju zgado Admi nis trativo del Cir cuito de Bog otá par a efectos de cont rol de legali dad , advir tiendo a los compar ecie ntes que el auto apr ob atorio del acuerdo har á tráns ito a cosa juzgada y prest ará mér ito ejecuti vo, razón por la cual no son proced entes nu evas petíc ione s conci li atori as por los mi smos hechos ni demandas ante la ju risd icción de lo Con tencio so Admin istr ativ o por las mism as caus as (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 200 1). Se da por concluida la dilig encia y en con sta ncia se firma el acta por qu ienes en ella intervinier on , una vez leída y apr obada siendo las 02:3 0 (p .m.) Apoder ado de la parte Con vocada Apod erad o de la pa rte Convoca nte \j\ fi r:, fi VI LM A EL IZAB ETH CANO BAEZ Procurador 82 Judi cial I para Asuntos Admin istrativos Lugar de Archiv o: Procu raduría Tiempo de Retenc ión: N. • Jud icial Adminis trativa 5 años Disposición Final: Arch ivo Centr al Verifiq ue que esta es la versión correcta an tes de util izar el documento

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