Acta de conciliación - CESAR JULIO GALLO MARQUEZ
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - CESAR JULIO GALLO MARQUEZ
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
REG-IN-CE-002 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 85 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 16104 de 25 de mayo de 2018
Convocante {s): Convocado {s):
Medio de control:
CESAR JULIO GALLO MARQUEZ
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO En Bogotá D.G., hoy veintinueve {29) de junio de 2018, siendo la una y cincuenta (01 :50 p.m.), procede el despacho de la Procuraduría 85 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia, se deja constancia de que se adelanta la diligencia en horario diferente al inicialmente señalado por petición conjunta de las partes. Comparece a la diligencia la doctora LAURA ALEJANDRA MEDINA GONZALEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 1.032.373.958 y con tarjeta profesional número 203.427 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada del convocante CESAR JULIO GALLO MARQUEZ, reconocida como tal mediante auto de 07 de junio de 2018. Igualmente, comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE
VEGA MERCHAN identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado por VICTOR ALFONSO ESTUPIÑAN PERDOMO, en su calidad de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, según consta en documentos que aporta en veintidós (22) folios. La Procuradora le reconoce personería a la apoderada de la parte convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido la Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativo como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilien los efectos contenidos y decididos conforme el Acuerdo 040 de 1991 en:• Oficio No.500-055762 de fecha 20 de abril de 2018 y Certificación No.510-001151 del 19 de abril de 2018, a favor de Cesar julio Gallo Márquez. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancelen a favor de mis poderdantes, las sumas de dinero que señalo
Certificación No.510-001151 del 19 de abril de 2018, a favor de Cesar julio Gallo Márquez. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancelen a favor de mis poderdantes, las sumas de dinero que señalo a continuación: • A favor de CESAR JULIO GALLO MÁRQUEZ, la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS M/CTE. ($1.399.714,00). Lo anterior por concepto de la reliquidación de los valores correspondientes a Prima de Actividad y Bonificación por Recreación por los periodos señalados en las liquidaciones que se adjuntan a esta solicitud.
Estimación de la cuantía: $ 1.399.714. Seguidamente, se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocada, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 14 de junio de 2018
(acta No. 21-2018) estudió el caso del señor CESAR JULIO GALLO MARQUEZ Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N. • Judicial Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentofi· PROCESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisió n 24/08/20 15
SUBPR OCESO CONCILIA CIÓN EXTRAJUDICI AL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCI A Versión 4
GcmA!. Df LA IIACION
SUBPR OCESO CONCILIA CIÓN EXTRAJUDICI AL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCI A Versión 4
GcmA!. Df LA IIACION REG-IN-CE-002 Página 2d e3 (CC80.4 19 .2 99} y de cid íó de maner a UN ÁN IME CONC IL IAR las pretensione s del convoc ante (Rese rva Especia l del Ahor ro) , por valor de $ 1. 399 .714. La fórm ula de concil iación es bajo los siguien tes par áme tros: 1 . Valor : Reconoc er la suma de $ 1. 399 .7 14 . pesos m/cte ., como valor resu lta nte de re liq uidar la Prima de Activid ad y Boni ficació n por Recreac ión, pa ra el período comprend ido entre el 01 de octu bre de 20 1 0 al 10 de abr il de 20 18 , inc luy endo allí el facto r denom inado reserva especi al del ahorro, conforme a la li qui da ción efectuad a por la entid ad y aceptada por la convocante. 2. No se reconoc erán intereses ni inde xaci ón , o cua lqui er otro gasto que se pretenda por la con vocant e, es decir, sólo se reconoc e el capital conforme a la li qui dación reali zada por la ent ida d . 3. Se deb e tener en cue nta la prescri pción trienal de las sum as ind icad as, conf orme la certifica ción alu di da. 4.
Pag o: Los valor es antes señalado s serán cancela dos de ntro de los 60 dí as sigu ient es a aq uél en el que la Jur isd icción Co ntenciosa Admin istrativa apr uebe la
Pag o: Los valor es antes señalado s serán cancela dos de ntro de los 60 dí as sigu ient es a aq uél en el que la Jur isd icción Co ntenciosa Admin istrativa apr uebe la conc il iaci ón, no gen erando intereses tampo co en este lapso. 4 . For ma de pago: El pago se real izará, media nte consi gnac ión en la cu enta qu e el func iona rio tenga reportada en la entidad para el pago de nómina, sa lvo ind icación en contrario del solic ita nte, comu ni cada a la entida d al mome nto de ele var la petici ón de pago, o en tod o caso , an tes de efectuarse el pago respec tivo . Así mi smo, la conv ocante acepta que no inic iará acci on es contra la Super in tendenc ia de Soc ied ades qu e tengan que ver con el recono cimien to de las suma s relativas a Prima de Activi dad y Bon ificación por Recreació n, a que se refiere esta - conci liación. Al leg o certificació n de fecha 15 de juni o de 20 18 sus crita por la Secretaria Técn ica del Com ité de Conciliación y Defensa Jud icia l en un (0 1) folio. Se le conced e el uso de la palabr a a la ap oderada de la parte conv ocante par a qu e man ifieste su posición frente a lo exp uesto por la part e convoc ada: Respetuosame nte man ifiesto al Despacho que como apod erad a de la part e convoca nte, acepto la formul a conc ilia toria propuesta por la entid ad por enc ontra rse conforme a Der ech o. La Procu rad ora Ju dic ia l consider a qu e el anterior acuer do cont iene obl igac io nes
conc ilia toria propuesta por la entid ad por enc ontra rse conforme a Der ech o. La Procu rad ora Ju dic ia l consider a qu e el anterior acuer do cont iene obl igac io nes clar as , exp resas y exigibles, en cua nto al tie mpo, modo y lugar de su cu mplimie nto¡ (si endo cla ro en relación con el concepto conciliado, cua ntía y fecha par a el pag o) y reún e lo s sigu ientes req ui sitos : (i) la eventu al acción contenc iosa que se ha pod ido ll egar a present ar no ha caduc ado (art. 61 , ley 23 de 19 91 , mod ificad o por el art. 81 , ley 446 de 19 98); (ii ) el acuer do concil iatorio versa sobr e accione s o derech os eco nóm icos disponib les por las par tes (art. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); {iii ) las pa rtes se en cue ntran deb idam ent e represen tadas y sus represe ntantes tienen capacidad par a conc ili ar; (iv) obr an en el exped ie nte las pruebas nece sa rias que jus tifican el acuer do a saber: 1. Poder es lega lmen te conferidos par a actuar . 2. Der echo de petició n sus crito el con vocante, de fecha 10 de abr il de 20 18 rad icad o con el consecuti vo 20 18 -011 40958. 3. Ce rtificación No .51 0-0 01 151 del 19 de abril de 20 18 , donde cons ta la liqui dación efectuada por la Super int enden cia de Soc iedade s a favor del convocante . 4. Oficio
Ce rtificación No .51 0-0 01 151 del 19 de abril de 20 18 , donde cons ta la liqui dación efectuada por la Super int enden cia de Soc iedade s a favor del convocante . 4. Oficio con núm ero consecutivo 500055 762 de fech a 20 de abr il de 20 18 de la Sup erintende ncia de Sociedade s, en respu esta al de recho de petic ió n. 5. Co rreo el ectrónic o de ace ptaci ón de fecha 18 de abr il de 20 18 . 6. Certi ficación del Comi té de Co nc il iación con propues ta co.ncilia toria; y (v) en criterio de esta agen cia del Min isterio Públ ico, el acu erdo cont enido en el acta no es viola torio de la Ley y no res ulta les ivo para el patr imonio públi co. En consecue nc ia, se di spon drá el envío de la prese nte acta, ju nto con los do cumen tos pertine ntes, al Ju zgado Ad min istrativ o del Cir cu ito de BOG OTA (C) , par a efectos de control de lega lidad , adv irtiendo a los com par ecient es qu e el au to ap robatorio del acuer do har á tráns ito a cosa ju zgada y prestará mérito ejecutivo , razó n por la cual no son procede ntes Lugar de Archivo: Procu radurí a Tiempo de Retención: N. • Judicial Admin istrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifiq ue que esta es la versión correcta ant es de utilizar el do cumento♦ PROCES O INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
N. • Judicial Admin istrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifiq ue que esta es la versión correcta ant es de utilizar el do cumento♦ PROCES O INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUB PROCESO CONCILI ACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/081201 5
FORMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4
PROCURADURIA GEliERUEU IIACION REG-I N-CE-002 Página 3 de 3 nu evas peticio nes conci lia torias por los mi smos hec hos ni demanda s ante la jur isd icc ión de lo Con tencioso Admini strativo {art . 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001) . Se da por conc luida la diligenc ia y en co nsta ncia se firma el acta po r qu iene s en ella in tervi ni eron, un a vez leí da y apr obada siendo la una y cinc uenta y ci nc o {0 1 :55 p.m .. ra. LAURA ALE JANDRA MEDINA GO NZALEZ Apo cte-ta-parte-C_!?nvoc ante ·-..... 'l Dra. CON SU Apod erada d la Entida d Con vocada ud icial I par a Asun os Adminis trativos ; Ver Fallo del CONSEJO DE ESTADO - SE CCION TERCERA SUBSECC ION C - C.P. Enr ique Gil Botero, Bogotá, D.C. , 7 de marzo
de (201 1 , Rad. N.° 05001 -23-31 -000-20 10 -001 69-01 {39948) "[. .. }En ese orden, la ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse fa calidad de título ejecutivo -aTt. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante [ ... f.
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Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versi ón correcta ant es de utilizar el docum ento