Acta de conciliación - DIANA YOLANDA BARBOSA CASTRO
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - DIANA YOLANDA BARBOSA CASTRO
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
REG-lN-CE-002 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 85 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 16104 de 25 de mayo de 2018
Convocante (s): Convocado (s):
Medio de control:
DIANA YOLANDA BARBOSA CASTRO
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES NULIDADY RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO En Bogotá D.G., hoy veintinueve (29) de junio de 2018, siendo la una y cincuenta y cinco (01 :55 p.m.), procede el despacho de la Procuraduría 85 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia, se deja constancia de que se adelanta la diligencia en horario diferente al inicialmente señalado por petición conjunta de las partes. Comparece a la diligencia la doctora LAURA ALEJANDRA MEDINA GONZALEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 1.032.373.958 y con tarjeta profesional número 203.427 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la convocante DIANA YOLANDA BARBOSA CASTRO1 reconocida como tal mediante auto de 07 de junio de 2018. Igualmente, comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número
reconocida como tal mediante auto de 07 de junio de 2018. Igualmente, comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 y portadora de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES1 de conformidad con el poder otorgado por VICTOR ALFONSO ESTUPIÑAN PERDOMO, en su calidad de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, según consta en documentos que aporta en veintidós (22} folios. La Procuradora le reconoce personería a la apoderada de la parte convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido la Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativo como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este. estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilien los efectos contenidos y decididos conforme el Acuerdo 040 de 1991 en: • Oficio No.500-057926 de fecha 25 de abril de 2018 y Certificación No.510-001186 del 25 de abril de 2018, a favor de Diana Yolanda Barbosa Castro. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título
25 de abril de 2018 y Certificación No.510-001186 del 25 de abril de 2018, a favor de Diana Yolanda Barbosa Castro. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancelen a favor de mis poderdantes, las sumas de dinero que señalo a continuación: • A favor de DIANA YOLANDA BARBOSA CASTRO, la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS M/CTE. ($1.570.998,00). Lo anterior por concepto de la reliquidación de los valores correspondientes a Prima de Actividad y Bonificación por Recreación por los periodos señalados en las liquidaciones que se adjuntan a esta solicitud. Estimación de la cuantía: $ 1.570.998. Seguidamente, se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocada, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 14 de junio de 2018 (acta No. 21-2018) estudió el caso de
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final: N.• Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verífique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15 ♦« SUBP ROCESO CONCILI ACIÓN EXTRAJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5 .
Verífique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15 ♦« SUBP ROCESO CONCILI ACIÓN EXTRAJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5 . FORMA TO ACTA DE AUDIENC IA Vers ión PROCURADURIA GE!iEIW. DE 1A IIAClOH REG-IN-CE-0 02 Página 2d e3 la señora DIANA YO LANDA (CC5 1 .522.086) y decidió de manera UNÁN IM E CON CILIAR las pretensiones del convocante (Reserv a Especial del Ahorro}, por valor de $ 1. 570.998. La fórmula de conciliación es bajo los sig ui entes parámetros:
1. Valor: Reconocer la sum a de $ 1. 570 .998. pesos m/cte. , como valor resultante de re liqu idar la Prima de Actividad y Bonific ación por Recreación, para el perí odo com prendido entre el 03 de octubre de 201 5 al 18 de abril de 20 1 8, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del aho rro, conforme a la liqu idación efectuada por la entidad y aceptada por la convocante. 2. No se reconocerán int ereses ni indexación, o cualq uier otro gasto que se pretenda por la convocante, es decir , sólo se reconoce el capital conforme a la liqu idación realizada por la entidad. 3. Se debe tener en cuenta la prescripción trienal de las sumas ind icad as, conforme la certificación aludida. 4. Pago: Los valo res antes señala dos serán cancelados dentro de los 60 días siguie ntes a aqué l en el que la Jurisdicción
conforme la certificación aludida. 4. Pago: Los valo res antes señala dos serán cancelados dentro de los 60 días siguie ntes a aqué l en el que la Jurisdicción Contenciosa Adm inistrativa ap ruebe la concilia ción, no generando intereses tampoco en este lapso . 4. Forma de pago: El pago se realizará , mediante consignación en la cuenta que el funcionario tenga reportada en la entidad para el pago de nómina, salvo indicación en contrario del solic itante, comun icada a la entidad al momento de elevar la petición de pago, o en todo caso, antes de efectuarse el pago respectivo. Así mismo, la convocante acepta que no inicia rá acciones contra la Su peri ntendencia de Sociedades que te ngan que ver con el reconocimiento de las sumas relativas a Prima de Actividad y Bon ificación por Recreación , a que se refiere esta concili ación. Allego certificación de fecha 15 de ju nio de 201 8 suscr ita por la Secretaria Técnica del Comité de Conci liación y Defensa Judicial en un (0 1} folio. Se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la pa rte convocante para que man ifieste su posición frente a lo expues to por la parte conv ocada: Respetuosamente manifiesto al Despacho que como apoderada de la parte convocante, acepto la formul a concilia toria propuesta por la entidad por encontrarse conforme a Derecho. La Procuradora Judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaci ones clar as, expresas y exigibl es, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplim iento¡ (siendo claro en relación con el concepto concilia do, cuantía y fecha par a el pago) y reúne los
considera que el anterior acuerdo contiene obligaci ones clar as, expresas y exigibl es, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplim iento¡ (siendo claro en relación con el concepto concilia do, cuantía y fecha par a el pago) y reúne los siguientes requisit os : (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991 , modificado por el art. 81 , ley 446 de 19 98) ; (ii} el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económicos disponibles por las partes (art. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98) ; (iii } las partes se encuentran debidame nte rep resentadas y sus representantes tienen capacidad para conciliar; (i v) obran en el expedient e las pruebas necesarias que jus tifican el acuerdo a saber: 1. Poderes legalmente conferidos para actuar. 2. Derecho de petic ión suscrito por la convocante, de fecha 18 de abril de 201 8 radicado con el consecutiv o 2018-0 11 74046. 3. Certific ación No.51 0-0 011 86 del 25 de abril de 2018 , donde consta la liquida ción efectuada por la Superintendencia de Sociedades a favor de la convocante. 4. Oficio con número consecutivo 50 0-05792 6 de fecha 25 de abril de 2018 de la Superintendencia de Soc iedades, en respuesta al derecho de petición. 5. Correo ele ctrónico de aceptación de abr il de 2018. 6. Certificación del Comité de Concil iació n con
Soc iedades, en respuesta al derecho de petición. 5. Correo ele ctrónico de aceptación de abr il de 2018. 6. Certificación del Comité de Concil iació n con propuesta conciliatoria; y (v ) en criteri o de esta agencia del Min isterio Pú blic o, el acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la Ley y no resulta lesivo para el patrimonio públ ico. En consecuencia, se dispondrá el enví o de la presente acta, ju nto con los docum entos pertinentes, al Juzgado Admi nistrativo del Circu ito de BO GOTA (C), para efectos de control de legalid ad, advirtiendo a los comp arecientes que el auto aprobatorio del acuerdo hará tránsito a cosa juzgada y Lug ar de Archivo: Procu raduría Tiempo de Retención: Disposi ción Fi nal: N. • Jud icial Adm in istrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el do cume ntofi PROCESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUBPR OCESO CON CILIACIÓN EXTRAJUDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMATO ACTA DE AUDI ENCIA Versión 4
6EDL DELA JIACIOH REG-I N-CE-0 02 Pág ina 3d e3 prestará mérito ejecuti vo, razón por la cual no so n procedentes nuevas peticiones concil iatorias por los mismo s hechos ni demand as ante la jur isdicción de lo Contencioso Admini strativo (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). Se da por concluida la di ligencia y en constancia se firma el acta por quienes en ella
Contencioso Admini strativo (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). Se da por concluida la di ligencia y en constancia se firma el acta por quienes en ella intervin ieron, una vez leída y aprobada siendo las dos y diez (02:00 p.m.) . Dra. C NSUEL O VEGA MER CHAN Apoder da de la Entidad Convocada Dra. CA Procu radora 85 udicial I para Asuntos /!\. ; Ver Fallo del CONSEJ O DE ESTADO - SECCI ON TERCERA SU BSECCION CC.P. Enrique Gil Botero, Bogotá, D.G., 7 de marzo de (201 1, Rad. N.° 05001 -23-31000-2010 -00169-01 (39948) "[ ... ]En ese orden, fa ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante [ ... ]'.
Lugar de Archivo: Procurad uría Tiempo de Retención: Disposición Final: N. • Jud icial Admin istrativa 5 años Arch ivo Centr al Verifique que esta es la versión correcta antes de util izar el document o