Acta de conciliación - ELSA MARIA LOPEZ ROCA 02
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - ELSA MARIA LOPEZ ROCA 02
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
♦ PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión PROCURADURIA GEHERAL D! LA MACIOM REG-IN-CE-002 Página 1 de2
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 138 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación Nº 9191/ 94 de 2/04/2018
Convocantes:
1. ELSA MARIA LOPEZ ROCA
Convocados: SUPERINTENDECIA DE SOCIEDADES
Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DELDERECHO
En Bogotá D.C., hoy miércoles 9 de mayo de 2018 de 2018, siendo las 11:00 a.m. el Procurador 138 Judicial II para asuntos Administrativo, procede a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia la doctora DORIS PATRICIA ROMERO LÓPEZ identificado con cédula de ciudadanía número 52.988.965 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional número 254.649 del Consejo Superior de la Judicatura, a quien el Despacho le reconoce personería jurídica. En representación de SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES asiste la Dra. CONSUELO VEGA MERCHAN identificado con !a cedula de ciudadanía número 63.305.358 y portador de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, de conformidad con el poder debidamente otorgado por el Dra. María Teresa Gil García en su calidad de Jefe de la Oficina Asesora Juridica de dicha entidad, con facultad expresa para
de la tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, de conformidad con el poder debidamente otorgado por el Dra. María Teresa Gil García en su calidad de Jefe de la Oficina Asesora Juridica de dicha entidad, con facultad expresa para conciliar, por lo cual se le reconoce personería para actuar en esta dilígencia. Acto seguido el Procurador, con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto ley 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución-de c-0nflict9s; . -· En este estado de la diligencia, en aplicación de lo previsto en el artículo 29 de la Constitución Política y en cumplimiento del artículo 2.2.4.3.1.1.9 del Decreto Único Reglamentario (DUR) 1069 de 2015 se concede el uso de la palabra a las partes para que exponga sucintamente sus posiciones, en virtud de lo anterior, el Procurador pregunta a la parte convocante si se ratifica en las pretensiones contenidas en la petición conciliatoria y al respecto expresó "Me ratifico en la solicitud de conciliación inicialmente formulada, sin perjuicio de las fórmulas de arreglo que la entidad convocada pueda plantear y hacer reconsiderar lo inicialmente solicitado". Seguidamente, el apoderado de la SUPERINTENDECIA DE SOCIEDADES informa: El Comité de Conciliación y Defensa Judicíal de la Superintendencia de Sociedades, en
reconsiderar lo inicialmente solicitado". Seguidamente, el apoderado de la SUPERINTENDECIA DE SOCIEDADES informa: El Comité de Conciliación y Defensa Judicíal de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 25 de abril de 2018 (acta No. 16-2018) estudió el caso de la señora ELSA MARIA LOPEZ ROCA (CC52.112,577) decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), por valor de $3,821,469.
Lugar de Archivo: Procuraduría N.º138 Judicial Administrativa Tiempo de Retención: 5 años Disposición Final: Archivo Central»© PR OCESO IN TERVENCI ÓN Fecha de Revisión 24/08/ 20 15
SUBP ROCESO CONCILI ACIÓN EXTRAJUDIC IAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMA TO ACTA DE AUDIE NCIA Versión 4
PROCURADURIA GEJIW!.D EUIOOO N RE G-1 N-CE-002 Página 2 de 2
1. Valor : Rec onocer la suma de $3,82i ,4 69 pesos m/cte, como valor resu ltante de re liq uidar los factores reclamados, para el per íodo compr endido entre el 18 de octub re de 201 4 al 18 de octu bre de 201 7, incl uyendo al lí el factor den omin ado reserv a especia l del aho rro, conf orme a la llqu idac ión efectu ada por la entidad y aceptada por la conv ocante.
2. No se reco nocer án intereses ni indexación, o cualq uier otro gasto que se pretenda por la
conf orme a la llqu idac ión efectu ada por la entidad y aceptada por la conv ocante.
2. No se reco nocer án intereses ni indexación, o cualq uier otro gasto que se pretenda por la convocan te, es decir , sólo se reconoc e el cap ital conforme a la liquida ción real izada por la entida d .
Se debe tener en cue nta la prescr ipción trie nal de las suma s indi cadas, por e! per iodo ante riormen te mencionado.
3. Pago: Los valo res antes señalado s ser án canc ela dos dentro de los 60 días siguien tes a aquél en el que la Jur isdic ción Contenc iosa Admini strativa apr uebe la concil iación, no gener ando inte reses tam poco en este lapso .
4. El pago se reali zará, mediante cons lgnación en la cue nta que el funci onario tenga report ada en la entidad para el pago de nóm in a, salvo indic ación en contr ario del solic itante, comu nicada a la entid ad al mome nto de ele var la petición de pago, o en todo caso, antes de efectuar se el pag o respectivo.
Así mlsmo, la conv ocant e acepta que no in iciará accione s contr a la Su per inten denci a de Socie dades que tengan que ver con el reco noc imie nto de las suma s rel ativas a los facto res reliquid ados, a qu e se refl ere esta conc ilf aci ón En este estado el Procurador Judicial, man ifiesta que consider a que el ante rior acuer do cont iene obl igacione s clar as, expresas y exigibles, en cuan to al tiempo, modo y lugar de su cu mplimien to y reúne los siguien tes requis itos iega les necesarios para celebr ar acu erdo
cont iene obl igacione s clar as, expresas y exigibles, en cuan to al tiempo, modo y lugar de su cu mplimien to y reúne los siguien tes requis itos iega les necesarios para celebr ar acu erdo concil iatorio, se aport aron las prue bas pert inen tes, y en criterio de esta age ncia del Min isterio Públic o el acuerdo cont enido en el acta no es viola torio de la ley y no resu lta les ivo para el patrimoni o públic o razón por la cual las dil igencias jun to con el acta se enviar an con des tino al Juz gad os Admin istrativo de Bogo tá (R ep arto) para que decida si en der echo corresponde , la refrenda ció n de la ju risd icción. En cons tancia de lo anterior , se firma el acta por qui ene s in tervi nier on en la dil igencia, una vez leí da y aprobada, siendo las once y trei nta y dos de la mañana (1 1 :20 am .). EFREN GONZ ALEZ RODRÍ GUE Z Procur ador 13 8 Judic ial 11 par a Asuntos Adminis trativos fit fififiMffi Apoderada parte convoca nte .. __________
CONS UE LO VEGA MER CHAN .,
Apoder ado SUPE RIN TENDE CIA DE SOCI EDADE S Lugar de Arch ivo : Pro curadur ía N. º1 38 Jud icial Admin istrativa Tiempo de Retenci ón: 5 años
Disposición Final: Archivo Centra l