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Acta de conciliación - FERNANDO JOSÉ ORTEGA GALINDO

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - FERNANDO JOSÉ ORTEGA GALINDO
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

PROCESO INTERVEI @ SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA •. SUBPR:fi::: fifi:fifi:::º:fi 11111111111m1111 m111111111111111 Al contestar cite: 2016-01-297057 REG-IN-CE-002 Fecha: 27/05/2016 10:59:06 Folios 2

fi---fi----------- Remitente: 899999119PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 195 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 1619-2016 SIAF 77247 de 03 de marzo de 2016

Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Convocado (s): : FERNANDO JOSE ORTEGA GALINDO Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO En Bogotá, hoy dos (02) de mayo de 2016, siendo las 03.00 p.m., procede el despacho de la Procuraduría 195 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN .EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) CLAUDIA LILIANA QUIJANO, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 65.810.009 y con tarjeta profesional número 210.761 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 01 de abril de 2016; igualmente, comparece el (la) doctor (a) comparece el (la) doctor (a) LUZ MARY ROA VARGAS identificado (a) con la C.C. número 41.795.5i79 y portador de la tarjeta profesional número 25.354 del Consejo

comparece el (la) doctor (a) LUZ MARY ROA VARGAS identificado (a) con la C.C. número 41.795.5i79 y portador de la tarjeta profesional número 25.354 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado FERNANDO JOSE ORTEGA GALINDO. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes 1 convocante y convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia bon lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcancé y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del artículo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial.

PRETENSIONES: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenídos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450646, acto administrativo de fecha 17/11/2015.

SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho de

Oficio con radicado No. 2015-01-450646, acto administrativo de fecha 17/11/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho de cancele a favor del señor (a} FERNANDO JOSE ORTEGA GALINDO la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL VEINTISIETE PESOS CON NOVENTA CENTAVOS (4.947.027,90) por la reliquidación de los conceptos de Prima de Actividad por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que .sfi adjunta a la presente solicitud. ' En este estado de la audiencia se le concede el uso de 1fi palabra a la apoderada de la parte convocante, con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad que representa, en relación con la solicitud incoada, quien manifestó: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No 06-2016) estudió el caso del señor(a) FERNANDO JOSE ORTEGA GALINDO, identificado(a) con · la cédula de ciudadanía número 19408836 y decidió de manera UNANIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de $4 .. 947.027,90 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce un 100%. 2. Indexación: No

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce un 100%. 2. Indexación: No

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

N.º Judicial Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCES O IN TERV ENCIÓN Fec ha de Revi sión 24/08/201 5

SU BPROC ESO CONCILIA CIÓN EXTRA JUDICIA L Fec ha de Aprobación 24/08/ 201 5

FORMA TO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4

RE G-I N-CE-002 Página 2 de 4 ha brá lugar a la index ac ión. 3. Pago: El pago se realiza rá de ntro de los 60 dí as sigu ient es contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que .la concil iación hay a sido aval ada y radi ca da en la Ent idad . 4. In tereses : No ha brá lu gar al pago de los intereses den tro de los 60 dí as sig uie ntes a la soli citud de pago. 5 Lugar de Pago: Grupo de Tesorería de la Sup er in tend encia de Sociedades Sede Bog otá . La present e certifi cación se expide con base en lo disp ue sto en inc iso 2 del art ículo 18 del Decr eto 17 16 de 2009, y en el artí cul o 6 de la Const itución Pol ítica . Pa ra Const ancia se firma en la ciudad de Bogotá a los 18 dí as del mes de mar zo de 20 16 . Acto seg uido se le concede el uso de la pal abra al apod erado de la pa rte convocada , con el fi n de que se sirva indica r sobre propuesta reali zada por la

dí as del mes de mar zo de 20 16 . Acto seg uido se le concede el uso de la pal abra al apod erado de la pa rte convocada , con el fi n de que se sirva indica r sobre propuesta reali zada por la ap oderada de la en tidad convocan te : Ace pto la propu esta de pago de la entidad convoc ante , en la suma ofrecida, cond iciones de pl azo y fórm ula de pago, ya que esta se encue ntra ajust ada a de recho. El Procur ador en atenc ión al ánim o conciliat orio de la entidad convocant e y la convoc ada , encuentr a lega lme nte viab le el acuer do, pues de co nfor midad con los hech os consig nado s en la solicitud, el obje to del acuer do es concil iable y cont ie ne obligac iones clar as, expresas y exig ibles, en cua nto al tiempo, modo y lu gar de su cu mplimie nto. Asim ismo, el eventual medio de control que se hubi ere pod ido llegar a presentar no se en cuent ra cad ucado, en razón a que el térm ino señalado en el li teral (i) del nu mer al 2 del art iculo 16 4 de la Ley 14 37 de 201 1. El acuer do conciliat orio versa sobr e acc iones o derechos económico s di spon ibl es por las partes. Las pa rtes se encuent ran debidame nte repr ese ntadas y sus represen tant es tienen facu lta d expresa par a conci lia r. Las obligaciones deriv adas del acuer do se en cuentr an debidame nte sus tenta das en prueba s doc um enta les legalment e válidas que obr an en el exped iente y que ju stif ic an el ac uerdo,

obligaciones deriv adas del acuer do se en cuentr an debidame nte sus tenta das en prueba s doc um enta les legalment e válidas que obr an en el exped iente y que ju stif ic an el ac uerdo, como son los sig uie ntes docum ent os :

1. Concepto em itido por la Agen cia Na ciona l de Defensa Ju rid ica del Estado con fecha 01 de ju nio de 201 5 en 07 folios.

2. Derecho de petición ele vado a la Su perint endencia de Sociedades de fecha 30 de sept iembr e de 20 15 en 01 folio.

3. Copia de la respues ta del Derecho de Petición a la pa rte co nvoc ada susc rita por la do cto ra LIGIA STELL A RODR IGUE Z HE RNAN DEZ de fecha 17 de noviembr e de 20 1 5 en 01 folio.

4. Certi fica ción del Comit é de Conci lia ción de la Super int ende ncia de Socied ades susc rito por la doctor a Ángela Mar ia Ca ro Bohór qu ez Se cretaria Técn ica del Comit é de Conci lia ción y Defensa Ju dic ial ad -ho c de fecha 18 de mar zo de 201 6en 01 foli os.

En crite rio de es ta agen cia del Min ist erio Públ ico, el ac uer do conte ni do en el ac ta no es vio latorio de la ley y no res ulta lesiv o pa ra el patri monio públ ico por las sigu ientes razones: Conf orme a la sente ncia de unificación del Conse jo de Est ado - Sal a Plena - Sec ción Te rce ra - C.P . Jaime Orlando Sa ntof imi o Ga mboa - 19 de novie mbr e de 20 12razones: Conf orme a la sente ncia de unificación del Conse jo de Est ado - Sal a Plena - Sec ción Te rce ra - C.P . Jaime Orlando Sa ntof imi o Ga mboa - 19 de novie mbr e de 20 12Radic ac ión nro. 7300 1 -23 -31 -0002000-030 75-0 1 {24. 897), que resolvió situac io nes atinent es al pago de hechos cum plidos , como consecuenc ia de la prest ac ión de servicios sin mediar con trato alguno, es posible soste ner, conf orme ha dic ho prove ído, qu e en el prese nte caso nos enc ontr amos inm ersos en los pos tulados de la sente ncia proferida cua nd o manif estó : Lugar de Archivo: Procuraduria Tiempo de Retenci ón: N.º Judicial Admi nis trativ a 5 años

Disposic ión Fin al: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de util izar el documento>fi1fi

PROCESO IN TERV ENCIÓN Fecha de Revi sión 24108/2 015

SUB PROCESO CONCILIA CIÓ N EXTRA JUDICIA L Fecha de Aproba ción 24/08/2015

PROCU CURIA FORM ATO AC TA DE AUDIENCIA Ver sión 4

GEHWL DE U ijc.ioll REG• IN•C E002 Pá gin a 3 de 4 «Esos caso s en donde , de maner a excepcio nal y por razones de interés públ ico o gener al, resulta ría procedente la act io de in rem verso a juic io de la Sala, serían entre otros los sigui entes: b) En los que es ur gente y necesar io adquirir bienes, soli citar servic ios,

públ ico o gener al, resulta ría procedente la act io de in rem verso a juic io de la Sala, serían entre otros los sigui entes: b) En los que es ur gente y necesar io adquirir bienes, soli citar servic ios, suminis tros, ordenar obras con el fi n de prestar un ser vicio par a evita r un a am enaza o una lesión inmine nte e irrevers ib le al derecho a la salud, derecho este que es fun damental por conexidad con los de rechos a la vida y a la integridad pe rsonal, urgencia y neces idad que de ben aparecer de manera objetiva y man ifiesta como conse cuenci a de la imposibili dad abs olut a de planificar y adela ntar un proceso de selección de contrati stas, así como de la celebra ción de los cor respondi entes contr atos, ci rcu nstancias que deben estar plen ame nte acred itadas en el proc eso contencioso adm inistrativo , sin que el juz gador pierda de vista el der rotero general que se ha señal ado en el num eral 12. 1 de la presente prov ide ncia, es decir, verifi cando en tod o caso que la decisión de la administr ación frente a estas circ unstancias haya sido realm ente ur ge nte, útil, necesar ia y la más razonab lemente ajustada a las cir cuns tanc ia s que la llevaron a tomar tal determ inac ión .» Por su parte, la aqu í conv ocada prest o sus servicio s a la en tidad convoca nte , en los tie mp os y térm inos ce rtifi cados, ta l como lo prue ban las certif icaciones ap ortadas al present e tram ite con cil iat or io.

Por su parte, la aqu í conv ocada prest o sus servicio s a la en tidad convoca nte , en los tie mp os y térm inos ce rtifi cados, ta l como lo prue ban las certif icaciones ap ortadas al present e tram ite con cil iat or io. Se prueb a en to nces qu e lo pretendido por la conv oca nte al qu erer pagar al co nvocado la rel iquidación de la reser va espe cial del aho rro en la liqui dación de la Pri ma de Activi dad , Bonif icación por recreaci ón, Hor as Extr as y Viátic os, de los úl ti mos tres años, sin in cu rri r ta les va lor es ni int ereses ni in dexación , es no incur ri r en un enr iquecimie nto sin ca usa, sup ue sto fáctico qu e corr esponde a la exce pció n contem plada por el Conse jo de Estado en la sent encia cit ada . Ah ora bien, el Cons ejo de Est ado - Secci ón Ter cer a - Rad ic ado nro. 25000-23-26-00020 1 1 -00805 -01 - 24 de ab ri l de 20 13 - C.P . Enr ique Gil Botero, median te la cual ap robó el acuer do con cil iatorio entr e la Fundación par a el Mun do Nu _evo par a la protecci ón de los Ni ños , las Niñ as, los Jóv enes , la Mujer y la Fa mi li a y el In stituto Colombiano de Bien esta r Fa mi liar, sostuv o: • [ ... ] No debe perder se de vist a que se está en presencia de un conflicto, que ha sido sup era do de forma bilate ral, a través del acuer do allegado en audi encia prejudi cial, y cu yos térm inos no se han cuestionado por

[ ... ] No debe perder se de vist a que se está en presencia de un conflicto, que ha sido sup era do de forma bilate ral, a través del acuer do allegado en audi encia prejudi cial, y cu yos térm inos no se han cuestionado por qui enes int,ervien en en el proceso. A su vez, las partes mani fiestan conocer en su in tegr idad lo allí contenido, por lo tanto, en aras de forta le cer este medio de res ol uci ón de confl ictos , del cual se ha n valido para su perar las controve rsias de ti po econ ómic o contrac tual, al Despacho concluy e que el acue rdo celebrado esta conforme a der echo, ya que las pruebas aportad as ala proceso son sufic ie ntes pa ra arri bar a las conclusion es req uer idas para aprobar el arregl o al que han llegado las part es. Ahor a bien, la Sala no pasa rá por alto que los hechos que dan lug ar a esta conciliació n tamb ién se enma rcan en los ,s up uestos qu e la jur ispr udenc ia de la Sección Tercera del Consejo de Estado ha form ulado par a eventos simil ares, es decir, aquel los en los cua les la ejecució n de trabajos, la prestación de servic ios, o la entrega de bienes Lugar de Archivo: Procu radu ría Tiempo de Retención : N.º Judic ial Admini strativa 5 años Di sposic ión Final: Arch ivo Ce ntra l Veri fiq ue que esta es la versi ón correcta ant es de utilizar el docume nto{!} PROC ESO IN TER VENCIÓN Fec ha de Revisión 24/08/2 015

Di sposic ión Final: Arch ivo Ce ntra l Veri fiq ue que esta es la versi ón correcta ant es de utilizar el docume nto{!} PROC ESO IN TER VENCIÓN Fec ha de Revisión 24/08/2 015

SUBPR OC ESO CONCI LIACIÓN EXTRA JUDI CIAL Fecha de Apro bación 24/08/ 2015

FORMA TO ACTA DE AU DIENCIA Vers ión PROCURADU RIA Ga'Wl. DE Ll lQtlOII REG-IN-CE-002 Página 4 de 4 al -E stad o se realiza sin el soporte con tractual debido. Señaló en senten cia de un ifica ción de la Secci ón -p rovi dencia del 19 de noviembr e de 2012. Exp. 24. 897que: 12 . 2. Con otras palabras, la Sala admite hi pótesis en las que resultaría proced ente la actio de in rem verso sin que med ie contrato alguno pero, se insi ste, estas posibilid ades son de cará cter excepcio nal y por cons ig uie nte de in terpretación y apl icación restri ctiva, y de ningu na manera con la pretensió n de encuadrar dent ro de estos casos exce pcio na les, o al amp aro de ello s, eventos que necesari amente quedan com prendid os dentro de la reg la ge neral que antes se mencionó .» De la providen cia trascr ita , clar ame nte se infier e qu e co nforme a la pos 1c1on jur ispr udenc ia! del Cons ejo de Est ado es perf ect ame nte viable, que ca sos como el aq uí se

De la providen cia trascr ita , clar ame nte se infier e qu e co nforme a la pos 1c1on jur ispr udenc ia! del Cons ejo de Est ado es perf ect ame nte viable, que ca sos como el aq uí se ha co nciliado se soluc ionen de maner a bi late ral, me diant e meca nism os aut o comp osit ivos como la con cil iación , que gar ant izan la protecc ión al patri monio públ ico, los der echos de los particular es y permiten resolver co nfl ictos de man era pronta , evita ndo des gas tes inne cesa rios al apar ato judic ial. En cons ecu encia , se di spondr á el enví o del acta de acuerd o total , junt o con los docu me ntos pertine ntes , al Ju ez comp ete nte par a su apr oba ció n, advirtiendo a los comp areci ent es que el aut o ap robatorio har á tránsi to a cosa ju zgada y prestará, jun to con el acta qu e cont iene el acuer do, mér ito ejecu tivo , razó n por la cu al no son procede ntes nue vas peticio nes conci li atorias por los mi smo s hechos ni dema ndas an te esa jur isdi cci ón por las mi smas ca usas. En cons ta ncia de lo an ter ior se da por conclui da la diligen cia y se firma el acta por qui ene s en ella int ervi niero n, una vez le ída y apr obada sien do las 03.20 p. m. Apod erado de la Parte Convoc ada -4fi \-.U,..e'::\ 2oA U•

LUZ MARY ROA VARGAS

C. C. No. 41 .795.579

p. m. Apod erado de la Parte Convoc ada -4fi \-.U,..e'::\ 2oA U•

LUZ MARY ROA VARGAS

C. C. No. 41 .795.579

T.P. No. 25. 354 del C.S . de la J. Apoderado de la parte Conv ocan te c. T. P. No. 21 0.761 del C.S. de la J. FERN ANDO ANT ONIO TORR ES GOME Z Procurado r 195 Judicial I para Asuntos Admi nis trativos Lugar de Arch ivo : Procur adu ría Tiem po de Retenc ión: N.° Judic ial Admi nistrativa 5 añ os Di spos ición Final: Arch ivo Ce ntra l Verif ique que esta es la versión correcta an tes de util iza r el docum ento cO

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