Acta de conciliación - FLOR MARIA FINO GAMBA 2018
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - FLOR MARIA FINO GAMBA 2018
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2018
><!)fi l PROC ESO IN TER VENC IÓN Fecha de Revisión 24108/20 15
SUB PROCESO CONCI LIA CIÓN EXTRA JU DICIA L Fecha de Aprobación 24/08/ 20 15 ·¡
FORMA TO ACTA DE AU DIEN CIA Vers ión 4
PROCURAOURIA GEHElW. D! LA KACION REG-1 N-C E-002 Página 1 de 3
CONCIL IAC IÓN EXTRAJ UDICI AL PROC UR ADU RÍA SÉ PTI MA JU DIC IAL II PARA AS UNTOS ADMINIS TRATIVOS Rad ica ción N. 0 9690 de 5 de abr il de 201 8 Co nvoc an te(s ): Co nvoc ad o(s): Medio de con trol: CONCIL IACION Nº 10 4 -1 8
FLO R MARIA FINO GAMB A
LA NACION - SUPERIN TENDENCI A DE SO CIED ADES NULID AD Y RESTABLE CIMI ENTO DEL DE RECHO En Bogo tá , hoy Veinticu atro (24) de ma yo de dos mil di eciocho (201 8), si endo las 11 :21 a.m., procede el des pacho de la Procur ad uría Sépt ima Jud icial ll par a Asu ntos Admin istrativos a celebrar AU DIE NCIA DE CON CILI ACIÓN EXTRAJUD JCIAL de la referen cia, se deja cons tanc ia que las part es de l trámi te prejudi ci al, sol icitaro n de com ún acu erdo al despacho, adela nta r la hora de la dil ige ncia , dado la di spon ibilid ad de las referidas para tal fin, petición a la que el despacho acce dió de mane ra favor able. Com parece a la dillg en cia la doc tora DOR IS PATR ICIA ROM ERO LO PEZ
dil ige ncia , dado la di spon ibilid ad de las referidas para tal fin, petición a la que el despacho acce dió de mane ra favor able. Com parece a la dillg en cia la doc tora DOR IS PATR ICIA ROM ERO LO PEZ ide ntificada con la cédula de cluda danía núm ero. 52 .988. 965 exped ida en Bogo tá y portadora de la tarjeta profesional núme ro 254 .649 del Conse jo Super ior de la Jud icatura, en calidad de apoderada de la par te convoca nte, reco nocida como tal medi ante aut o de 13 de abril de 20 18 . Com parece a la dil ig encia la doctora PAOLA MARC ELA CAÑON PRIE TO id entificada con la cédu la de ciuda daní a núm ero. 39 .81 8.3 02 y con tarjeta profesional núm ero 11 0. 300 del Co nsejo Su perio r de la Jud icatu ra , en represe ntación de la enti dad co nvoc ada LA NACION - SUPER IN TENDEN CIA DE SOCIE DADES , de conform idad con el poder otorgado por Consuelo Vega Me rchan en su calidad coor dina dora del gru po de defensa ju di cial. El. Procu rador le reconoce personería a la apoder ada de la parte convocada en los térm inos ind icados en el poder que apor ta. Acto seguido el Procur ador con fundam ento en lo estable cido en el articulo 23 de la Ley 640 de 2001 en conc ordancia con lo señalado en el nume ral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000 , dec lar a ab ierta la audiencia e in stru ye a !as par tes sobr e los objetivos, alc anc e y lím ites de la
conc ordancia con lo señalado en el nume ral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000 , dec lar a ab ierta la audiencia e in stru ye a !as par tes sobr e los objetivos, alc anc e y lím ites de la con cil iación extrajudic ial en ma teria contenciosa ad min istrativa como mecanismo al tern ativo para la soluc ión de confl ictos . En este estado de la di ligencia se concede el uso de la palabr a a las partes para que exp ongan su ci ntam ente ·sus pos icione s, en vi rtud de lo cual la parte co nvoca nte man ifiesta: Reiterar la manifestación bajo la gravedad del juramento de no haber presentado demand as o solicitudes de conciliación con base en los mismos hechos objeto del trámite que nos ocupa y ratificar las pretensiones contenidas en la solicitud de conciliación, referent es a: "PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en .el Oficio con radicado No. 20 1 7-01-5 8585 1, acto administrativo de fecha del 20/1 1/20 17 , por medio del cual la Superintendencia de Sociedades reconoce que debe una suma de dinero. SEG UNDO. Que como consecuenc ia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de la señora FLOR MARÍA FINO GAMBA la suma de SEISCIENTOS VEINTITRES MIL CIENTO SESENTA Y UN PESOS ($623. 161 ) MONEDA LEGAL, por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ah orro, por el periodo de tiempo señalado en la
Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ah orro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. ". Seguida mente, se le con cede el uso de la palabr a al apod erado de la parte co nvocada, co n el fin de que se sirv a indic ar la deci sión tomada por el com ité de conci liación de la fintidad en rela ción con la soli citud incoada: "En mi con dición de apoderada de la Superintendencia de Sociedades y conforme a la certificación que allego en 01 folios, expedida por la Sec retario del Comité de Conciliación y Defensa judicial de la Superintenden cia de Sociedades de fecha 25 de abril de 20 18 , informo al despacho que: El Comité de Concilíación y Defensa Judicial de la Superintendencia De Sociedades, en reunión celebrada el día 25 de abril de 20 18 (acta No. 16 -2018 ) estudió el caso del señor FLOR MARIA FINO GAMBA, identificado con la cédula de ciudadanía número 28.308.037 y decidió de manera UNÁNIME.
Lugar de Arch ivo: Procu radur ía N. º7 Judic íal ll Adminis trativa Tiem po de Reten ción: 5 años
Disposic ión Fina l: Archivo Central Verifique que esta es la versi ón correcta antes de util izar el docum ento♦ PROC ESO IN TER VE NCI ÓN Fecha de Revisió n 24/08/201 5
SUBP ROCE SO CONCILI ACIÓN EXTRAJ UDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/2 01 5
FORM ATO ACTA DE AUDIENCIA Vers ión PROCU P.ADURIA GEKERIJ. DEI.A IUCI0M REG-I N-C E-002 Pági na 2 de 3
CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), por valor de ($623. 16 1). 1. Valor: Reconocer la suma de ($623. 161 ). pesos mlcte., como valor resultante de re liquidar los factores reclamad os para el periodo comprendido entre el 25 - septiembre de 20 15 al 20 - octubre 201 7, incluyendo allí el factor denomi nado reserva especial de ahorro, conforme a la liquidación efectuada por la entidad y aceptada por la convocante. 2. No se reconocerán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que se pretenda por el convocante, es decir, sólo se reconoce el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad. Se debe tener en cuent a la prescripción trienal de las sumas indicadas, por el periodo antes menc ionado. 3. Pago: Los valores ant es señalados serán cancelados dentro de los 60 días siguientes a aquél en el que fa Jurisdicción Conten ciosa Administrativa apruebe la conciliación, no generando intereses tampoco en este lapso. 4. El pago se realizará mediante consignaci ón en la cuen ta que el funciona rio tenga reportada en fa entidad para el pago de nómina , salvo indicac{ón en contrario del solicitante, com unicada a la entidad al moment o de elevar la pe tición de pago, o en todo caso antes de efect uarse el pago respectivo. 5. Así mismo, la conv ocante acepta que no iniciará acciones contra
com unicada a la entidad al moment o de elevar la pe tición de pago, o en todo caso antes de efect uarse el pago respectivo. 5. Así mismo, la conv ocante acepta que no iniciará acciones contra la Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el reconocimient o de las sumas relativas a los factores re liquidados, a que se refiere esta conci!íación ': Se le concede el uso de la palabr a a la part e co nvo cante par a que man ifieste su pos ic ión frente a lo expu esto por la parte co nvocad a: "Acepto fa propuesta de conciliación en su totalidad y en la forma de pago presenta da por la Superintendencia de Socíedades ". En consecu encia el acuer do se presenta en los sig uient es tér mino s: PRIMERO: Valor: Acuerdo total por valor de SEISCIENTOS VEINTITRES MIL CIENTO SESENTA Y UN PESOS ($623. 161 ) MONEDA LEGAL , como valor resultante del recono cimiento de las sumas relativas a los factores re liquidados, a que se refíere esta concíliacíón , conforme a la /iquídación efectuada por la entidad y aceptada por la convocante , de conformidad con la liquídación: VALOR PAGAD O Y BASE FE CHA DE DIFERENCIA POR Nom bre Concep to PARA LIQUI DAR PAGO EN PAGAR EL 65% DE NOMINA RES ERVA ESP ECIA L BONIF ICACION POR RECRE ACION 54.286 15 /1 2/201 5 35. 286
PRI MA DE ACTIVI DAD 407. 14 2 15 /1 2/201 5 264. 642
BONI FlC ACION POR RECREA CION 58.504 15 /1 2/201 6 38.028
PRI MA DE ACTIVI DAD 407. 14 2 15 /1 2/201 5 264. 642
BONI FlC ACION POR RECREA CION 58.504 15 /1 2/201 6 38.028
PRIM A DE ACTIVI DAD 438. 777 15 /1 2/201 6 285 .205
TOTAL 623.1 61
SEGUNDO: No se reconocerán intereses ni indexacíón, o cualquier otro gasto que se pretenda por el convocante, es decir, sólo se reconoc e el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad. Se debe tener en cuenta la prescripción trienal de las sumas indicadas, por el período comprendido anteriorment e mencionado.
TERCERO: Pago: Los valores antes señalados serán cancela dos dentro de los 60 días siguientes a aquél en el que la Jurisdicción Contenciosa Administra tiva apruebe la conciliación, no generando intereses tampoc o en este lapso.
CUART O: El pago se realízará mediante consignación en la cuenta que el funcíonario tenga reportada en la entidad para el pago de nómina , salvo indicación en contrario del solicitan te, comunicada a la entidad al mome nto de ele var la petíción de pago, o en todo caso antes de efectuarse el pago respectivo.
QUINTO: Así mismo, la convoca nte acepta que no iniciará acc iones contra la Superintendencía de Sociedades que tengan que ver con el reconoc imient o de las sumas relativas a los factores re liquidados, a que se refiere esta conciliación SEXTO: Las Partes están dispuestas a realizar cualquier aclaración o allegar la documentación pertinente sobre el presente acuerdo, si el Juzgado Administrativo de Bogotá (Reparto), así lo
liquidados, a que se refiere esta conciliación SEXTO: Las Partes están dispuestas a realizar cualquier aclaración o allegar la documentación pertinente sobre el presente acuerdo, si el Juzgado Administrativo de Bogotá (Reparto), así lo decíde. La actuación se enviará al Juzgado Administrativo de Bogotá (Reparto), para que decida sobre la aprobación o improbación del acuerdo conciliatorio extrajudicial, al que han llegado los interesad os.
Lugar de Archivo: Procu radu ría N. º7 Judic ial I!
Admin istrativa Tiem po de Retención: 5 años Di sposición Fina l: Arch ivo Centra l Verifi que que esta es la versión correcta ant es de utiliz ar el do cume ntoPROCURAD U RIA GEKERAL D.E U KltCION
PROCESO IN TE RVE NCIÓN
SUBPR OCESO CONCI LIACIÓN EXTRAJ UDICIA L
FORMA TO ACTA DE AU DIENCI A
RE G-I N-CE -002
Fecha de Revisión 24/08/201 5 Fecha de Aprobación 24/08/201 5 Versión 4 Página 3 de 3 Consider aci one s del Mi ni sterio Pú bl ico : El procu rador jud icial consi der a que el an terior acu erdo contl ene obli fiaci one s clar as, exp resas y exigi bles, en cua nto al tiem po, modo y luga r de su cu mp lim ient o y reú ne los sigui entes req uisitos : (i) el eventual me dio de control que se ha podido
lle gar a presentar no ha cadu cad o (ar t. 61 , Ley 23 de 19 91 , modi ficado por el art. 81 , Ley 446 de 1 998 ); (ii) el acuerdo concilia tori o ver sa sobr e sobr e confl ictos de carácter par ticu lar y cont enido pa trimonial di spon ible s por las part es (a rt. 59, Ley 23 de 19 91 , y 70, Ley 446 de 19 98); (íii) las pa rtes se encue ntra n debi dame nte represe ntadas y sus represe nta ntes tienen capaci dad para conc il iar; (iv) obr an en el exped iente las pruebas necesarias que ju stifica n el acuerd o, a sa ber:
1. Oficio de radi cado 20 1 7-01 -541 094 de fecha 20 de octu bre de 20 17 , contentivo de dere cho de pe tición elev ado a la en tid ad con vocad a.
2. Oficio 20 1 7-0 1 -586847 de fec ha 21 de noviem bre de 201 7, como respue sta al derecho de petición previa me nte referido.
3. Certifi cación 20 1 7-01 -58585 1 de fecha 20 de noviem bre de 20 17 , sus crita por la Coord in ad ora Grupo Admi ni stración de Pers onal .
4. Copia de cedula de ciuda daní a de la co nvocante.
5. Res pu esta acept ación rel iq uidación facto res res erva es pecial del ah orro medi ante cor reo el ectrón ico de fecha 16 de noviem bre de 201 7, en respuesta a liquid ación conten ida en correo el ectró ni co de fecha 09 de noviem bre de 20 17 .
el ectrón ico de fecha 16 de noviem bre de 201 7, en respuesta a liquid ación conten ida en correo el ectró ni co de fecha 09 de noviem bre de 20 17 .
6. Acta de Conci lia ción y Defensa Judicial núm ero 01 4 del 02 de junlo de 201 5.
7. Certifica ción del Com ité de Conci li ación de fecha 12 de abri l de 20 18 . y (v) en crit erio de esta agen cia del Mi nis terio Públ ico, el acu erdo cont eni do en el acta no es vio latorio de la Ley y no result a lesi vo par a el patri mo nio públ ico (ar t. 65 A, Ley 23 de 1. 991 y art. 73, Ley 446 de 19 98) 2 . En consec uencia; se di spondr á el enví o de la prese nte acta , ju nto con los document os perti nen tes , a los JU ZGADOS AD MIN ISTR ATIVOS DE BOG OTA (reparto) para efectos de control de leg alidad, advir tiendo a los comp arecient es que el Auto aprob atorio jun to con la pres ente acta del acuer do, presta rán mé rito ejecutivo, y ten drán efecto de cosa juzgada 3 razón por la cua l no son pr ocedentes nue vas peticiones concil iato rias por los mismo s he chos ni dema ndas an te la ju risdicción de lo conten cioso adm inis trativo por las mi smas causas (art. 73 Ley
446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 2001 ). Se da por concl uida la di lige ncia y en const ancia se firm a el acta por qu ienes en ella int ervi nier on, una vez leída y apr obada siendo la s 11 :30 a. m. Las pa rtes quedan notificadas en estrado s. Jlht1S f fi fi ) J"f/8] fiRIS PATRI CIA RO MER O LOPE Z erada de la parte convoc ant e ', ', d convocada :Judicial II para Asunt os Afimínis trativos ADQ SECCION TERCERA SUSSECCION C - C.P. Ennque Gal Bolero, Bo¡Olá. O.C. 7 de marzo do (21111. Rad. N." 05001-23.:J!-Oco-l!Dl0-00169-01 (398481 1---/ En ese oo,n. la l.ey procesal.,;,,,, quo <I ga una: obligición cfara,. e-xpreg y exigible, patiil que o'e ella puedi predicarse la cafrdad di fítufc ejecutifi --art. 488 dBI Cdfi de ProcedirrdenlO e;,.,;¡._ én 6\SB ,enNda. ha dfcho ta Sala-, err rcilteradas: Opcutunidadfs, que ''Si ii'S c'/.ara sfi, -evidente que, en el tirulo consre um, 001¡gacrc:i11 sin rre.ce.sidad d6 acudir a olros meáos Piftil comprobali,o. Qt/S' ssa exp,resa se .refiere a su matsria.úaciórr a11 111 documantcr en el .que se detJa,a SCT
lil:.-istarn::ia. Y f!xfgible cuando no e M sujela ¡¡ termine o GDtlfJJC'iónni exfslat1 ac.fuaGu:ines pt!ndiemesJX}f realizar y por ende peditse SJ cumpiimiramoen ese inslantii{ ... Jfi 've, Seniencia C111 de 24 de I ro de 1999, Magisirado ?llr>mie, Alfredo e.11om Sie:a: r..J La inlen<ención acwa r!eJ Minislelió Ptlbl""" en ta, ¡>oee<o< con1er:<ioso fflillis""'""'- """""'"""""· en las cor:oliaci"""-' Oldrajuáaares. no es pAlducro de un cap,mi del • a00t, o w,a manera de .,,,o,pece, un posible acuerdo ai '1"" Hega¡en las pa,!es.'""' que es una !J1!1"nlla para QOe en asunlos '1"" _, inlelés para el ESlado. pues, .,,..,pome a ,ligios eo rloode fisr,a, t$ {)IJl'ffi. 1'1(1 Mcfen $di',ci som • :; a l'3 QW .w,,cta disfirel .servidor p¡.il:Jjcc, fi tn cm ,mcmell(O dacto:. Sl1rt fJ/ M esliá repreStmrJJndr) ,, Estado. Attemá$, $9 9i1fW2&:ra, C(WJ ,a inrervenddrt dsl agen¡e del Mimletio. que et aruerria al
gue H,guen las panes, lambién so• ,nooso para el inlerós ¡¡,naral 1 ..a.ni:c.ura2.2A.3.1. 1. t3del Decreto 1 de 20t5. A.'lhg.Uoarrir:ulo 13 d9i Decreto 17 r6 de 2009.
Lugar de Arch ivo: Procuradu ría N. º7 Jud ícíal 11
Admi nist rativa Tiem po de Reten ció n: 5 añ os
Di sposición Final: Arch ivo Central Verifique que esta es la vers íón correcta ant es de util izar el docum ento