Acta de conciliación - FLOR MARINA ORTIZ ARIAS
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - FLOR MARINA ORTIZ ARIAS
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
fio. PROCfiSOINTERVEfi @ SUBPROCESO .COl\!CILIACIÓN
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA
FOfiMATO ACTA DE AU
11111/lllllllllf 1111111/lH Al contestar cite: 2016-01-298257 RfiG•IN-CE-002 • • Fecha: 27/05/2016 16:37:14 --fi-...--fi-,.--,,-,-fi-fi Remitente: 899999119PROCURADURIA GENERAL DE LA NACl6fios: 3
CONCH,.IACIÓN EXTRAJUDIC{AL PROCURADURÍA 88 JUDICIAJ1 PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación 16-111 SIAF N.º 77334 de 3 de MARZO de 2016
Convocante (s); SUPERINTENDENCIA DI; SOCIEDADES.
Convocado (s): FLOR MARINA ORTIZ ARIAS.
Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO. __, En Bogotá, hoy dieciocho (18) de mayo de 2016, siendo las 10;20 AM. Procede el despacho de la Proquradurlfi 88 Judicial I parfi Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparecefi la diligencia ¡el (la) doctor (a) DALIA INÉS OLARTE MARTINEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 63.555.795 y con tarjeta profesional nún,ero 176.207 del Conseío Superior de la Judicatura, en calidad qe apoderado (a) del {la} convocante, mediante el poder otorgado por lq Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ identificada con C.C, No 46.363.556 de Sogamoso, en
convocante, mediante el poder otorgado por lq Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ identificada con C.C, No 46.363.556 de Sogamoso, en calidad de Secretaria general de la Superintendente de Sociedades. Igualmente, comparece el (la) doctor (a) LUIS GUILL,ERMO ALFARO CORTES identific;:,ado {a) con la C.C. número 79.779.892de Bogotá y portador tje la tarjeta profesional número 228,365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado FLOR MARINA ORTIZ ARIAS ' l=I Procurador le reconoc;:,e personería a los apoderados de las partes convocante y oonvocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido e! Procurador con fundamento e11 lo establficido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artf culo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partfis sobre los objetivos, alcance y límites de !a 9onciliaci6n extrajudicial en materia contenciosc1 administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos,
1) JURAME1
NTO: El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende prficaver es:NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de io dispuesto en el literal i) del artículo 2.2.4.3.1.1,6 del Decreto 1069 de 4015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de
bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite· extrajudicial. 2) PRETENSIONES: La parte convocante, mediante solicitud presentada ante la Procuraduría General de la Nación el día 3 de MARZO de 2016, pretende que: PRIMERA Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado Nb. 2015-01-450733, acto administrativo de fecha del 17 11 2015 12:00:00. !,.u¡¡ar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N. • Judicial Administrativa 5 a/los
Disposición Final: Arch¡"yo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento {\PROC ESO iN TERVENCION
SUBPR OCES O CO NGII.IA CION ÉXTRAJ UOICIA L
FORM ATO ACTA DE AUDIENCIA Feoha tte Revisión - - Focha de AprobOClón - - - Versión - - -- PAglna .-s,..,, 24/08/20 16 - - - 24/08/20 16 4 2 de 5 fi .... SEGUNDO. Que como consecue nciá y a titulo de restablecimién to del derecho se cancele a favor del sefior (a) FLOR MARINA ORTIZ ARIAS la suma de OCH OC IENTOS CU ARE NfA Y SI ETE MIL CUA TROC IE NTOS CU ARENT A Y CUA TRO PE SOS CON SES ENTA Y CINCO CEN TAVOS (847 ,444.65) por la re liqui dación de los con ceptos de Prima de Actividad , Bonificación por Recr eación,
CUA TRO PE SOS CON SES ENTA Y CINCO CEN TAVOS (847 ,444.65) por la re liqui dación de los con ceptos de Prima de Actividad , Bonificación por Recr eación, Hor as Extras y Viáticos, incluido el por centaje corr espond iente a la Reserva l:spee lal dal Aho rro; por el per iod g de tiempo ser,ala do en la llqui da clón qu e se adju nta a la presen te sol icitud . 3) En este estado de la aud iencia se le con cede el usó de la palabr a a la apo der ada de la part e con voca nte, con el fin de que se si rva ind icar la decisión tomada por el comité de conci li ación de la entid ad qu e representa, en relación con la solici tud in coada , quien manif estó: El Com ité de Conc il iación y Defe nsa Jud iéial de la Super in tendencia de Soci edades, en reun ión celebr ada el dfa 18 de mar zo de 20 16 (ac ta No 06·20 16 ) estud ió el caso del se ñor (a) , FLOR MARINA ORTIZ ARI AS ide ntific ad o(a) con la céd ula de clu dadenl a núm ero 35.3 13 .641 y dec idió dé ma ner a UN ANIME CO NCI LIAR las pretension es del conv oca nte (Reserva Espec ial del Áho rro) , en la cuan tla de $ 847.444t6G pesos m/ete . La fórm ula de pago sobr e el prese nte asu nto es bajo los sig uien tes par áme tros: 11 Ca pita 1: Se reconoce un 10 0º/o,
2. In dexación : No habr á lugar a ia lnde xacl6n .
11 Ca pita 1: Se reconoce un 10 0º/o,
2. In dexación : No habr á lugar a ia lnde xacl6n . 3, Pa go: l:I pego se reali zaré de ntro de 1'1s 60 días sigu ient es oonta dos a partir de la aGIIGltud de pago. pos terior a qYe lá conGil iación haya Gidg ava lada y radi cada en ia 9n tidt1t1 . 4, Inter eses¡ No habr é h:igar al pagó dé los intereses de ntro de lgs 60 dr es
sifiul@ ntes a la soll cltud de pegó.
G Lugar ele Pago : Grupo de Tesorerla de le SYper intendencia de Sosled ades SeCI G
Bogotá .
La firese nte gertlf ic: sclón se exp id e con base en 10 dispues té en in eisQ 2 del artic ulo 18 <JfiI Oecrek, 17 16 de 2009, y en el art iculo 6 de le Cons tit uci6n Polltloa.
Para Csnstancta se firma en la Clbl dad de Bog oté a 10s 1 s dias del mes de marzo d@ 201 6, 4) AC EPTACION : Acto segui do se le concede el uso de la palabr a al apoder ado de ia pa rte co nvocada , con el fin de que se sirva indicar sob re prop uesta roa ll zada por la apoder ada de In ent idad convocant e; AGepto la propue sta de f-1ª9 º de la entid ad Gonvosa nte , en la SlHl18 ofrecida; ggnfi IGiónes de filei Q y t«:irmY1a
de pra;o j ya qué eata se enGYe nua éju sU1da a der eslí ei·. l.u1111t aé . ilrlfi Tl6rnpo de Olí!MIM; il!l)OS ICIM líl!ll: N:· d!lfilei!!I Afifi!nlfitratl\11'1 5 !ll\fü; ArehiV o éMtrsl VérlfltM1 fi¡¡a l:l!lfa efl 11!. VerólOn t!btréCUi añl!!S St! 1.ill lt.Br cll tlOttíl'MnlÓ ·- .,fi
PROCESO IN TERVENC IÓN
SU BPROC!!;SO CONCILIA CIÓN EXTRAJUDICIA L FORMA TO t,.CTA QE AUD IENCIA GIKW.l DE l,A fi
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REG-I N-CE-002
CONSI DERACIONES OEL MIN IST ERIO PÚBLICO Fecha de fifivlslq n - - Fecha de Aprobación -· Versión Péglo a 24/0¡1/201 6 24/081201 5 • 4· . 3d e 5 E:I Procur ad,or en atención al áni mo conciliato rio de la entida d convocante y la convo cada, éncu entra leg alme nte v!abl e el ficuer do, pues de conformid ad con los hechos consig nados en la soli citud , el objeto del acuer do es concil iabl e y contiene obli gacio nes clar as, expresas y exigibl es , en c1,.1anto fiI tiempo, modo y lugar de su cu mp limien to. Asim ismo , el event ufiI med io qe contr ol qu e se hubier e podido lleg ar
obli gacio nes clar as, expresas y exigibl es , en c1,.1anto fiI tiempo, modo y lugar de su cu mp limien to. Asim ismo , el event ufiI med io qe contr ol qu e se hubier e podido lleg ar a presen ta r no se enc ue ntra caduc ado , en raión a que el térm ino señ alado enel liter al (i) del nu mer al 2 de l artic t1lo 16 4 de la Ley 14 37 de 201 1. El acuer do conci liato rio I ver sa sobr e acc iones o derficho s ecQnómic os disp onib les por las part es. L,as partes se en cuentr an debida ment e represe ntad as y sus represe ntant es tie nen facultad fixp resa par a co nciliar . Las obliga ciones der iva das del acuer do se encue ntr an debidam ente susten tad as en pr ufiba s docu me ntales legal men te válidas que obr an en el expe diente y ql,le jus tifican el acufir do, como son lo$ sig uientes docum entos:
1. Conc epto em itido por la Agencia Na ciona l de Defensc1 Ju rídic a del Estado.
2. Derec ho de petición eleva do a la Supe rintendenc ia de Soci edades.
3. Co pia !d e la respuesta del Derecho de Peti ción a la parte convo cada sus crita por la doctora LI GIA STE LLA RODRIG UE Z HE RN AN DEZ.
4. Ce rtifi cacíón del Co mité de Concil iación de la Superin tendenc ia de Soci edades suscrito por la doctora ÁNGELA MAR IA CARO BOHÓR QUE Z
4. Ce rtifi cacíón del Co mité de Concil iación de la Superin tendenc ia de Soci edades suscrito por la doctora ÁNGELA MAR IA CARO BOHÓR QUE Z Secreta ria Técnica del Com ité de Con ciliación y Defensa Judicial ad-hoc de fecha 18 de mar zo de 20 16 en 01 folios.
En criterio de esta agencia del Mi niste rio Pú blico, el acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la ley y no resulta lesivo par a el patrim onio pú blic o por las sig uien tes razones: i Conforme fi la sentencia de unificación del Cons ejo de Esta do - Sal a Plena ...,. Secci ón Tercera - C.P. Jaime Orlan do Santofimio Ga mboa - 19 de noviem bre de 20 12 - Radi cación nro. 7300 1 -23-3 1-00 0-2 00 0-0307501 (24 .8 97) , que resolvió situ acione s atin entes al pago de hec hos cumplidos, como consecuen cia de la prestación de servicio s si n mediar contrato alg uno , es posi ble sostener, conforme ha dicho proveido , que en el presen te caso nos en contra mos inmer sos en los postu lados de la sentenc ia profer ida cuand o ma nifestó : «Esos casos en donde, de maner a excepc ional y por razo nes de in terés pú bl ico o gener al, refiult aria proced entfi la actio de in rem verso a ju icio de la Sala, serían entre otros lo s si gui entes: b) En los que es urge nte y nece sario adq uir ir bie nes, solici tar serv ic ios, sumini §?tro s, orde nar obr as con el fin de prestar un
b) En los que es urge nte y nece sario adq uir ir bie nes, solici tar serv ic ios, sumini §?tro s, orde nar obr as con el fin de prestar un serv ici o par a - evitar un a amena za -- o una . lesión inmi nent e e ir reve rsibl e al derecho a la salud, der ec ho este que es funda ment al por conexidad con los de rech os a la vid a y a la int egr id ad person al , urgencia y nece sidad que deben apar ecer de man era objetiva y 1 • L\Jgar de Arch ivo ; Procu radur ía Tiempo de Retenc ión, N-" Judi cial Admin istrativa 5 a/l os
Disposición Final: Arch ivo Central Verifique que esta es la versión correcta ant es de util izar el docum en to...----------fi--fi----------fi----------fi-.. ,
PROCESO IN TERVENC IÓN
SU BPROCE SO CONCIL IACION EXTR AJUDI CIA L FORM ATO ACTA DE AUDIENCIA Feche de Revlelóñ 24/08/ 201 5
Fecha de Aprobación 24/08/201 6 Versión 4 Péglna 4 de 5 manifie sta como consecuencia de la Imp osi bilid ad absol uta de plan ificar y adela ntar un proceso de selec ción de contratistas, asi como de la celebr ación de los correspondien tes con tratos, cir cu nstanc ias qu e de ben esta r plename nte acredita das en el proceso cont enc ioso admin istrativo, sin qu e el juzgador pier da de vista el de rrotero gener al que se ha seña lado en el nu meral 12 .1 de la presente providen cia, es decir , verif ican do en todo caso qu e la
proceso cont enc ioso admin istrativo, sin qu e el juzgador pier da de vista el de rrotero gener al que se ha seña lado en el nu meral 12 .1 de la presente providen cia, es decir , verif ican do en todo caso qu e la dec isión de la admin istr ación frente a estas cir cu nstancia s haya si do realmen te urgent e, útil, necesaria y la más razonabl ement e aju stada a las ci rcuns tancias que la lle varon a tomar tal deter minación.» Por su part e. la aqui convoc ada presto sus servicios a la entidad convoc an te, en los tiemp os y términ os certific ados, tal como lo prueban las certifica ciones aport adas al prese nte tram ite concilia torio . Se prueba entonces que lo pretendido por la convoc ante al quer er pagar al convocado la reliqu idac i6n de la rese rva espeé ial del ahor ro en la liquid ación de la Prima de Activida d, Boni ficaci ón por récreació n, Hor as Extras y Viátic os, de los últimos tres años, sin inc urrir tales valor es ni intereses ni indexaci ón, es no incur rir en un enr iq ueci miento sin causa , sup uesto fáctico que corresponde a la excepción contemplada por el Conse jo de Éstado en la sentencia citad a. Ahor a bien, el Con sejo de Estad o ..... Sección Teréera - Rad icad o nro. 2500023-26000 -2011 -00805-0 1 - 24 de abril de 20 13 - C.P. Enr ique Gil Botero, med ia nte la cual apr obó el acuer do concil iatorio entre la Fund ación par a el Mu ndo Nu evo par a
000 -2011 -00805-0 1 - 24 de abril de 20 13 - C.P. Enr ique Gil Botero, med ia nte la cual apr obó el acuer do concil iatorio entre la Fund ación par a el Mu ndo Nu evo par a la protección de los Ni ños, las Niri as, los Jóvenes, la Mujer y la Famili a y el In stitut o Colombi ano de Bienesta r Fam iliar, sostuvo : [ ... ] No deb e perderse de vist a qu e se está en presencia de un conflic to, qu e ha sido sup erado de forma bi lateral, a través del acuer do al legado en audi encia preju dicial. y cu yos términ os no se han cuestionado por quie nes in tervie nen en el proce so. A su vez, las partes man ifiest an conocer en su in tegrid ad lo allí cont enido, por lo tanto, en aras de fortalecer este med io de resolució n de co nflictos; del c1.1al se han vali do para super ar las con trove rsias de tipo económ ico cont ractu al , al Des pacho concluy e que el acuer do celebr ado esta conf orm e a derecho, ya qu e las prueba s aporta das ala proceso son suficient es par a arribar a las Goncl uafone a requ erida s para ap robar el arreglo al qu e han ll egado las partes. Ahor a bien, la Sala no pasa rá por álto que los hec hos que dan lugar a esta con cil iación tam bién se enmar can en _los supu estos· que .l a Jur isprudencia de la Sección Tercera del Conse jo de Estado ha formu lado para eve ntos simi lares, es dec ir, aq uel los en los cuale s la ejecución de trabajos, la prestación de servic ios, o la entrega de
Jur isprudencia de la Sección Tercera del Conse jo de Estado ha formu lado para eve ntos simi lares, es dec ir, aq uel los en los cuale s la ejecución de trabajos, la prestación de servic ios, o la entrega de biene s al Estado se reali za si n el so porte cont ractu al deb ido. Señaló en sént enci a de un ificación de la Secc ión -providencia dél 19 de noviembr e de 2012 . Exp. 24. 897que: l.ug 11r de Arch ivo: Ptocurad ur lá TitmpCI de Retenci ón: Olapoa li;lon Final: N.• Jud lClllll Admi nl ttfatlva 6 Mos Attlh iVfi Ct'!fllñll . - - . Ve que (!Ha lilat11 H 111 11erA1óil coi'l'eet!í ant(IS de 1.di 12:ar 11 Cilocumo ntoPROC fiSO INT E;f,lVENGIÓN Fecha de Flevi!Si6 n 24/08/2015
SUBP ROCESO CON CIL IAC IÓ N EXTRAJUDICIA L
.. Fecha de Aprofiaclfin 24/08/201 6 FOR MATO ACTA PE AUDIE IIJCIA Versión REG-INCE-002 Página 5d e 5 12 . 2, : Con otras palabr as, la Sala adm ite hi pótesis en las q1,,1 e resul tarifi proced ente la actio de in rem ve rso sin qfie medie contrato alguno pe ro, se insi ste, estas posibil idade s son de carácter excep cio nal y por con sigu ient e de interpr etación y aplic fición restri ctiva , y de ninguna maner a con la pretensión de encuadr ar
alguno pe ro, se insi ste, estas posibil idade s son de carácter excep cio nal y por con sigu ient e de interpr etación y aplic fición restri ctiva , y de ninguna maner a con la pretensión de encuadr ar den tro de estos caso s excep ciona les, o al ampar o de ello s, fiventos que nece sar ia ment e quedan co mpr end idos den tro de la regla ge neral q ... e ant es se mencionó.» De la provid encia trascrita , claramente se infierfi qu e conforme a la posición jur is pruden cia! del Con sejo de Estado es perfectament e viable, qu e casos como el é;lquf se ha conc iliado se sol ucionen de maner a bilate ral, mediante mecani smos au to compositivos 1 como la con cilia ción, que ga rantizan la protecc ión al patrimo nio pú blico, los derechos de los pa rticulares y permiten resolve r conflictos de maner a pronta , evitar,do desga stes in necesar ios al apar ato ju dicial. Se deja consta ncia del sigui ente as pecto: en el der echo de petición se solic itó reajuste de la prima de activ id ad , la bon ifica ción por recrea ción , los viáti cos y no se peticiono por hor as extra s concep to que se inc luye en el pronunc iami ento de la convocante, no obs tant e, la parte convocante seña la que no le fueron reconocidas hor as extras, !m otivo por el cual, no forman parte del acuerdo. En consecµe ncia , se di spondr á el enví o de la presente acta , ju nto con los do cum entos pe rtinentes , al Ju zga do Admi nis trativo de Bogotá {Rep arto) para su
En consecµe ncia , se di spondr á el enví o de la presente acta , ju nto con los do cum entos pe rtinentes , al Ju zga do Admi nis trativo de Bogotá {Rep arto) para su apr obaci ón, advirt iend o a los comparecientes que el aut o ap robator io hará tráns ito a cosa ju zgaq a y presta rá ju nto al acta que contiene el acuer do, mérito ejecutivo , razón por la cual no son proced entes nuevas petici onefi conc ilia torias por los mis mos hec hos ni deman das fi:mte la ju risdic ción de lo Contenc ioso Admi nistrativo por las mi smas causas (Art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). ili encia y en cons tancia se firma el acta por qu ienes en ella í a y apr obada siendo las 10 :3 9 A. M. Cop ia de la misma se Apoder • o de la Part e Co nvoc ada
LUIS GUI LLERMO ALFARO COR TES
A RTI NE Z SOC IED ADES Lugar de Archivo: Procu rad uría Tiempo de Retención: Dis posición Final: N. • Jud icial Admi nis trativa 5 años Arch ivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utili zar el do cumento