Acta de conciliación - FRANCY PAOLA GUERRERO CRUZ
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - FRANCY PAOLA GUERRERO CRUZ
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
1 fif PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015 _,fi(D{
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión PROCURADURIA Gtli!P J..fi CE U. S{1;;C\' REG-IN-CE-002 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
PROCURADURÍA 144 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
RADICACIÓN No. 5536 DE FEBRERO-27-2018
Convocante (s): Convocado (s):
FRANCY PAOLA GUERRERO CRUZ
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
En Bogotá, D.C., hoy nueve (09) de abril de (2018), siendo las nueve de la mañana (9.00 a.m.) procede el despacho de la Procuraduría 144 Judicial II para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) LUZ MARINA CASTELLANOS PACHÓN, identificado(a) con cédula de ciudadanía número 39.542.153 de Bogotá y con tarjeta profesional número 234129 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante. Asiste también el (la) doctor(a) GUSTAVO ERNESTO BERNAL FORERO, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 19.256.097 de Bogotá y portador(a) de la tarjeta profesional No. 70351 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE
FORERO, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. 19.256.097 de Bogotá y portador(a) de la tarjeta profesional No. 70351 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES de conformidad con el poder otorgado por el(a) doctor(a) CONSUELO VEGA MERCHÁN en su calidad de. Coordinadora del Grupo de Defensa Judicial. La Procuradora le reconoce personería a los apoderados de la parte convocante y convocada en los términos indicados en los poderes que aportan. Acto seguido la Procuradora con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: Las pretensiones de la solicitud son: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos dentro el Oficio con radicado 2018-01-031993, acto administrativo de fecha del 02 de febrero de 2018. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de La señora FRANCY PAOLA GUERRERO CRUZ la suma de
UN MILLON NOVENTAMIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M.CTE ($
SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de La señora FRANCY PAOLA GUERRERO CRUZ la suma de UN MILLON NOVENTAMIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M.CTE ($ 1.090.691 ), por la re liquidación de los conceptos de PRIMA DE ACTIVIDAD, BONIFICACIÓN POR RECREACIÓN Y LOS REAJUSTES DE LAS ANTERIORES, con la inclusión del porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. Seguidamente, se le concede el uso de la palabra al doctor GUSTAVO ERNESTO BERNAL FORERO apoderado de la entidad CONVOCADA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES con el fin de que se sirva indicar la
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:
N.º144Judicial 11 Sañas Administrativa
Disposición Final: Archivo Central@-fi: ......
PROCESO INT ERVEN CIÓN Fecha de Revisión 24/08/2 01 5 ·w· SUBPR OCE SO CON CI LIA CIÓN EXTRAJUDICIA L Fecha de Aprobaci ón 24/08/201 5 FORMA TO ACTA DE AUDIENCIA Versión PROCURADURJA GEliE?J.l DE L!Ji!CJQfi REG-I N-C E-002 Página 2 de 3 decisión tomada por el comi té de concili ación de la entidad en relación con la sol ic itud inc oada: anexa certificación suscrita por el Se cretario del Comité de co ncil iación de 6 de ma rzo de 201 8 en 1 folio: "El Comité de Con ciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en
co ncil iación de 6 de ma rzo de 201 8 en 1 folio: "El Comité de Con ciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 06 de marzo de 20 18 (acta No. 07-20 18) estudió el caso de la señora FRANCY PAOLA GUERRERO CRUZ con (CC 1. 022. 383. 878) y decidió de mane ra UN ÁNIME CONCIL IAR /as pretensiones del con vocante (Reserva Especial del Ahorro), por valor de $1. 090. 69 1 La fórmula de con ciliación es bajo /os siguientes parámet ros:
1. Valor: Reconocer la suma de $1 .0 90. 69 1 pesos mlcte., como valor resultante de re liquidar fa Prima de Actividad; Bonifica ción por Recreación para el período comprendido entre el 23 de enero de 20 15 al 23 de enero de 20 18, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la liquidación efect uada por la entidad y aceptada por fa convocante.
2. No se reconoce rán intere ses ni indexación, o cualq uier otro gasto que se pretend a por la conv ocan te, es decir, sólo se reconoc e el capítal conforme a la liquidación realizada por la entidad.
3. Se debe tener en cuent a fa prescripción trienal de las sumas indicadas, conforme la certificación aludida.
4. Pago: Los valores antes señalados serán cancelados dentro de los 60 días siguien tes a aqué l en el que la Jurisdicción Conten ciosa Administrativa apruebe la con ci!íación, no generando intereses tampoco en este lapso.
4. Pago: Los valores antes señalados serán cancelados dentro de los 60 días siguien tes a aqué l en el que la Jurisdicción Conten ciosa Administrativa apruebe la con ci!íación, no generando intereses tampoco en este lapso.
5. Forma de pago: El pago se realizará, med iante con signación en la cuent a que el funcionario tenga reportada en la entidad para el pago de nómina, salvo indicación en con trario del solicitante, comunicada a fa entidad al mome nto de elevar la petición de pago, o en todo caso, antes de efectuarse el pago respectivo.
Así mismo, la convocante acep ta que nó iniciará acciones contra la Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el recono cimiento de las sumas relativas a Prima de Actividad y Bon ificación por Recreación, a que se refiere esta conciliación. La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del Artículo 2. 2. 4. 3. 1.2 .4 . del De creto 10 69 de 20 15, y en el artículo 6 de la Constitución Política. " Se le co nc ede el uso de la palabr a al ap oderado de la pa rte CON VOCANTE para que man ifieste su posición fre nte a lo expue sto por la part e convoc ada: co nforme a ce rtifi cació n aportada por la co nvocada nos acogem os en todos los té rmi nos que allí se plas man y aporta mos ce rtificación en 1 folio de no pago has ta la fecha radic ado 201 8-01 -0 81 45 1 . Acto seg uido se hace una rela ción de las pr ue bas presentadas por la parte CO NVO CANT E : Poder, der echo de petic ión, respu esta
radic ado 201 8-01 -0 81 45 1 . Acto seg uido se hace una rela ción de las pr ue bas presentadas por la parte CO NVO CANT E : Poder, der echo de petic ión, respu esta de la enti dad acto admi nis trativo a concilia r, Liqu idació n efectud ada por la enti dad con la correspondie nte cuantía, aceptación de liq uidació nr -cert ificación de no pago. Acto seg uido se hace una relación de las prueb as presentada s por la parte CONV OC ADA SUP ER IN TE NDE NCIA DE SOCIE DADES así: Poder Legal mente confer ido, certificado del comité de conci li aci ón. ESC UCH ADA S LAS PAR TES LA PR OCUR ADU RÍA CONSIDER A que el ant erior acuer do conti ene ob lig aciones cl ar as, expresas y exigib les, en cua nto al tiempo, modo y lu gar de su cump lim ient of1 J y reún e los requisito s: (i) del Decr eto 17 16 de 2009 y del artícul o 61 3 de la Ley 15 64 de 201 2 (ii) la even tua l acc ión co ntenci osa qu e se ha podido [1 l Ver Fallo del CONSE JO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUB SECC ION CC. P. En ríque Gíl Botero, Bogotá, D.G. , 7 de marzo de (201 1, Rad . N.º 05001 -23-31 -000-2 01 0-0016 9-01 (39948 } "[ ... ]En ese orden, la ley procesal exige que el acto que presta mérito
ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medíos para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ní existan actuaciones endientes or realízar or ende dirse su cum limiento en ese instante . . . '.
Lugar de Archivo : Procu radur ía Tiempo de Reten ción: N.º 14 4 Jud icial 11 5 añ os Admi nist rativa Disposi ción Final: ¡ Arch ivo Cen tral,l PROC ESO IN TER VENC IÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5 ·{1)· SU BPROCESO CONCI LIA CIÓN EXTR AJUDI CIA L Fecha de Aprobación 24/08/20 15
FORM ATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
PROCURA OURIA GtJififiJl DE l.! !\.WC;\ RE G-IN -CE -002 Págin a 3 de 3 ll eg ar a presenta r no ha cad ucado (a rt. 61 , ley 23 de 19 91 , modificado por el art. 81 , ley 446 de 19 98 ); (iii) el acuerdo con cili ato rio versa sobre accione s o derechos eco nó mi cos disponible s por las part es (a rt. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (iv) las partes se enc uentran debidam ente repres ent ada s y sus
eco nó mi cos disponible s por las part es (a rt. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (iv) las partes se enc uentran debidam ente repres ent ada s y sus representa ntes tienen capa cidad para conciliar; (v) obr an en el expe dien te las prueba s necesarias que justifican el acue rdo, (vi) en criterio de esta agencia del Mi nisterio Públ ico, el acue rdo conten ido en el acta no es viola tor io de la ley y no result a le sivo para el patr imoni o pú blico (art. 65 A, ley 23 de 1. 991 y art. 73, ley 446 de 19 98)Í2 1. En consecuencia , se dis po ndrá el envío de la presente acta, ju nto con los docume ntos pertine ntes , al Juzgados Adm ini strativos del Circuito de Bog otá (repa rto) para efectos de contro l de le gali dad , advirtiendo a los comparec ientes qu e el auto aprobat orio del acuer do hará tráns ito a cosa juzgada y prestará mérito ejecutiv o , razón por la cua l no son procedentes nuevas peticio nes conciliat orias por los mismos hechos ni dema ndas ante la ju risdic ción de lo Contencios o Admin istrativ o por las misma s caus as (a rt. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). Se da por concl ui da la diligen cia y en constancia se firma el acta por qui enes en ella inte rvi nieron , siendo las nue ve Y qu ince de la ma ñana (9: 15 am.)
GU STAVO ERNESTO BER NAL FO RERO
por qui enes en ella inte rvi nieron , siendo las nue ve Y qu ince de la ma ñana (9: 15 am.) GU STAVO ERNESTO BER NAL FO RERO Apoderado de la pa rte convocada LL)\NOS PACHÓN poderado de la pa rte con voca nte Pro curadora 14 4 Ju dici al 11 pa ra Asuntos Administrativos r21 Ver Sentencia C111 de 24 de febrero de 19 99, Magistrado Ponen te: Alfredo Beltrán Sier a: s¡. .. ] La intervención activa del Ministerio Público en los procesos contencioso administrativos, concretamente, en fas conciliaciones extrajudiciales, no es producto de un capricho del legislador, o una manera de entorpecer un posible acuerdo al que llegaren las partes, sino que es una garantía para que en asuntos que revisten interés para el Estado, pues, corresponde a litigios en donde éste es parte, no queden sólo sometidos a lo que pueda disponer el servidor públíco, que en un momento dado, sea el que esté representando al Estado. Además, se garantiza, con ta inteNención del a ente del Ministerio, ue el acuerdo al ue JI uen las artes, también sea beneficioso ara el interés eneral.
Lugar de Archivo: Procu rad uría Tiempo de Retenc ión: Dis posic ión Fi nal: N. • 14 4 Jud icial 11 5 años Arch ivo Centr al Admin ist rativa