Acta de conciliación - GERMÁN LUIS DECHAMPS GUZMÁN
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - GERMÁN LUIS DECHAMPS GUZMÁN
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
»© PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015 fi SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
PROCURADURIA FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión
GENERAL DE U IIAtlOH
REG•IN-CE-002 Página
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 192 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N. º 10520-2018 de 11 de abril de 2018
Radicado Interno: Convocante {s):
Convocado (s):
Medio de control: 3147-2018
GERMAN LUIS DECHAMPS GUZMÁN.
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO 4 1 de4
En Bogotá D. C., hoy 29 de junio de 2018, siendo las dos de la tarde (02:30) p.m procede el Despacho de la Procuraduría 192 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia DORIS PATRICIA ROMERO LOPEZ identificada con cédula de ciudadanía número 52.988.965 de Bogotá D.C. y con tarjeta profesional número 254.649 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la parte convocante; igualmente comparece CONSUELO VEGA MERCHAN identificada con céd_ula de ciudadanía número 63.305.358 de Bucaramanga y con tarjeta profesional número 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura en representación de la entidad convocada de conformidad al poder otorgado por VICTOR ALFONSO ESTUPIÑAN PERDOMO en calidad de Jefe de la Oficina
de la Judicatura en representación de la entidad convocada de conformidad al poder otorgado por VICTOR ALFONSO ESTUPIÑAN PERDOMO en calidad de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la entidad convocada, a quien se le reconoce personería para actuar de acuerdo con el poder otorgado. Acto seguido el Procurador declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: Que sus peticiones coinciden con lo planteado en la solicitud de conciliación: ( ... )
11. PRETENSIONES PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2018-01-073818, acto administrativo de fecha del 28/02/2018, por medio del • cual la Superintendencia de Sociedades reconoce que debe una suma de dinero.
SEGUNDO.· Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor dei señor GERMÁN LUIS DECHAMPS GUZMÁN la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCO PESOS ($5.485.705) MONEDA LEGAL, por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud.
Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud.
PROCURADURIA 192 JUDICIAL I ADMINISTRATIVA PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Calle 16 No. 475 / 79. Piso 3.
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: No. 192 Judicial I Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROC ESO INT ERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUBPR OCESO CONCILI ACIÓN EXTRAJ UDI CIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORM ATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
REG-I N-C E-002 Página 2d e4 ( ... ) La cuantí a se esti mó en la suma de ($5 .4 85 .705.o o) M/CTE. En este estad o de la dil igenc ia se concede el uso de la palabra a la apod erada de la parte conv ocada, con el fin de qu e se sirv a ind icar la de cisión tomada por el com ité de conci liación de la ent idad en relación con la solic itud inc oada, según la cual el Com ité esta blec ió: ( . . . ) El Com ité de Conc iliación y Defensa Jud icial de la Su peri ntendenc ia de
Sociedade s, en reuni ón celebr ada el dí a 25 de abr il de 20 18 (acta No. 1620 18 ) estud ió el caso de la señor GE RMÁN LU IS DECHAMPS GUZ MÁN (CC 19 .427.994 ) decidió de ma ner a UN ÁN IME CONCI LIAR las pretensio nes del convoca nte (R ese rva Es pec ial del Ahorro), por valor de $ 5.4 85. 705.
1. Valor: Recon oce r la sum a de $ 5. 485. 705 pes os m/cte , como valor resu lta nte de re liqui dar los factores reclama dos , par a el per íodo com prendido entre el 02 de octu bre de 20 15 al 09 de febrero de 20 18 , inclu yendo al lí el facto r denomin ado reserva espec ial del ahorr o, conforme a la liq ui dación efectuada por la entidad y aceptada por la conv oca nte.
2. No se reconoc erán in tereses ni ind exac ión , o cua lq uier otro ga sto que se pretenda por la convocante , es dec ir, sólo se recon oce el capita l conforme a la liquidac ión reali zada por la entidad .
Se de be tener en cue nta la prescripció n trienal de las suma s ind icadas, por el periodo an terior me nte me ncio nado.
3. Pag o: Los valor es an tes señala dos ser án cancelados de ntro de los 60 dí as sigui entes a aq uél en el que la Jur isdic ción Cont enc iosa Ad minis trativ a apr uebe la conci li ación , no gen erando inte reses tamp oco en este lapso.
los 60 dí as sigui entes a aq uél en el que la Jur isdic ción Cont enc iosa Ad minis trativ a apr uebe la conci li ación , no gen erando inte reses tamp oco en este lapso.
4. El pago se rea lizará, med ia nte con sig nación en la cue nta qu e el funcionar io tenga reportada en la entidad para el pag o de nóm ina, salv o in dic ación en contra rio del solic ita nte , comunic ada a la entidad al mom ent o de el eva r la petición de pago, o en todo caso, antes de efectuarse el pag o respec tivo .
5. Así mismo, la convoc ante acept a qu e no inic iar á acciones contra la Sup erintendenc ia de Sociedades que tenga n que ver con el reconoc imien to de las sumas relativas a los factores reliqu idados, a que se refiere esta concili ación .
La prese nte certificación se expide con base en lo dispue sto en inc iso 2 del Artícu lo 2.2.4 .3. 1 .2.4.del Decreto 10 69 de 20 15 , y en el artícu lo 6 de la Cons titu ción Pol íti ca. Para cons tanc ia se firma en la ci udad de Bogotá, D.C, a los 26 dí as del me s de abril de 201 8. ( ... ) PROCU RADURIA 19 2 JUDI CI AL I ADMINI STRATIV A PARA ASUN TOS AD MINIS TRATIV OS Calle 16 No. 4 - 75 / 79. Pis o 3.
Lugar de Archivo: Procu rad uría Tiempo de Reten ción: Disposi ción Fina l: No. 19 2 Ju dic ial I Admini strativa 5 año s Archivo Central
Lugar de Archivo: Procu rad uría Tiempo de Reten ción: Disposi ción Fina l: No. 19 2 Ju dic ial I Admini strativa 5 año s Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta ant es de utilizar el docum ento♦ PROCESO INTER VENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15
SUBP ROCESO CON CI LI ACI ÓN EXTRAJUDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/201 5 .
FO RMATO ACTA DE AUDIE NC IA Versión 4
PROCURADURIA GEKW.!. DE U lfü10N REG-I N-CE -002 Página 3 de 4
Para cons tancia se anexa en 1 folio. Por su parte el convocante manifiesta que como quiera que la entidad demandada prese nta formula de conc il iación y que esta se ajusta a sus intereses, acepta la propuesta toda vez que cumpl e lo pretendido. Consid eracio nes del Mi nis terio Públic o: El procur ador jud icial considera que el ant erior acuerdo contie ne obli gaci ones cla ras, exp resas y exigibl es , en cua nto al tiem po, modo y lu gar de su cumpl im iento 1, Valor conci lia do: Reconocer la suma de $ 5.485. 705 pesos m/cte, como valor resu lta nte de re liq uidar los factores recla mados, para el período comprendido en tre el 02 de octubre de 20 15 al 09 de febrero de 2018 , inc luyendo allí el factor denom inado reserva especia l del ahor ro, conforme a la liqui dació n efectuada por la entida d y aceptada por la con vocante.
Pago: Los valores antes se ñalados será n cancela dos dentro de los 60
inc luyendo allí el factor denom inado reserva especia l del ahor ro, conforme a la liqui dació n efectuada por la entida d y aceptada por la con vocante.
Pago: Los valores antes se ñalados será n cancela dos dentro de los 60 dí as sig uientes a aquél en el que la Jur isdicción Conte nciosa Admi ni strativa apruebe la conci liación, no ge nerando int ereses tampoco en este lapso.
Forma de pago: El pago se realiz ará , mediante consig nació n en la cuenta que el funcionario tenga reportada en la enti dad para el pago de nóm ina, salvo indic ación en contrario del solicit ante, comu nicada a la enti dad al momento de elevar la petición de pag o, o en todo caso, antes de efectuarse el pago respectivo.
Y, reúne los sig uientes requisit os: (í) la eventua l acciór l' contenciosa que se ha podido ll egar a prese ntar no ha caducado (art. 61 , ley 23 de 19 91 , modifi cado por el art. 81 , ley 446 de 19 98); (íi) el acu erdo concilia torio versa sobre acciones o derechos económicos di sponibl es por las partes (art. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (íU) las partes se en cuentr an · debidam ente representadas y sus representantes tienen capacidad pa ra conciliar; (ív) obr an en el expedi ente las pruebas necesarias que justifican el acuerdo, y; (v) en criterio de esta agencia del Mi nisterio Púb lico, el acuerdo conte nido en el acta no es violatorio de la ley y no
en el expedi ente las pruebas necesarias que justifican el acuerdo, y; (v) en criterio de esta agencia del Mi nisterio Púb lico, el acuerdo conte nido en el acta no es violatorio de la ley y no resulta lesivo par a el patri moni o públic o por las sig uientes razones. (art . 65 A, ley 23 de 1. 991 y art. 73, ley 446 de 19 98) 2 En conse cuencia, se dis pondrá el en vío de la present e acta, junto con los doc umen tos perti nentes, al Juz gado Admin istrativo del Ci rcuito de Bogotá para efectos de control de legal idad , advirtie ndo a los comp arecientes que el auto apr obatorio del acuerdo hará tránsi to 1 Ver Fallo del CONSEJO DE ESTADO - SECCI ON TERCE RA SU BSECCION CC.P. Enr ique Gil Botero, Bogotá, D.G. , 7 de marzo de (201 1 , Rad . N. º 05001 -23-3 1000-2 01 0-00169-0 1 (39948) T . . ]En ese orden, la ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejecutivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil-. En este sentido, ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que "Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligacíón sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes
consta una obligacíón sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes fºr realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante [. . .]". - Ver Senten cia C111 de 24 de feb rero de 19 99, Magistrado Ponente: Alfredo Beltrán Siera: '7 . . . ] La. intervención activa del Ministerio Público en los procesos contencioso adminis trativos, concretamente, en las conciliaciones extrajudiciales, no es producto de un capricho del legislador, o una manera de entorpecer un posible acuerdo al que llegaren las partes, sino que es una garantía para que en asuntos que revisten interés para el Estado, pues, corresponde a litigios en donde éste es parte, no queden sólo sometidos a lo que pueda disponer el servidor público, que en un momento dado, sea el que esté representando al Estado. Además, se garantiza, con la intervención del agente del Ministerio, que el acuerdo al que lleguen fas partes, también sea beneficioso para el interés general.
PROC UR ADU RIA 19 2 JUDICI AL I AD MI NI STRATIV A PARA AS U NTOS ADMINI STRATIVOS
Calle 16 No. 4 - 75 / 79, Piso 3.
Lugar de Arch ivo : Procur adur ía Tiempo de Retenc ión: No. 19 2 Jud icial I Admin istrativa 5 años
Disp osición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta an tes de util izar el docum entoJ!?-ml
PR OCESO INTER VE NCIÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15
Disp osición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta an tes de util izar el docum entoJ!?-ml
PR OCESO INTER VE NCIÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15
SUBPR OCE SO CONCI LIACIÓN EXTRAJ UDIC IAL Fecha de Aprobación 24/08/2015 ,·
PROCIJ DURIA FORMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión GBIERAI.DEUNAa ON REG-I N-C E-002 Página 4 de 4 a cosa juz gada y prestará mé rito ejec utivo , razó n por la cual no son proced entes nu evas peti ciones concilia tor ias por los mi smos hechos ni dema nda s ante la jur isdic ción de lo Cont encioso Admini strativ o por las mi smas causas (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 200 1 ). Se da por concl uid a la di ligencia y en constancia se firma el acta por quien es en ell a intervinier on, una vez leída y apr obada siendo las (0 3: 15 ) p.m. de 29 de mayo de 201 8. Copia de la misma se en trega a los comp arecie ntes . fios fic'a., ufi ) 042{__,, Apoder ada part e convocante
DORIS PATRICI A ROMER O LOPEZ
e.e. No. 52.:j.8JL9ñ5_de..!3og otá D. C.
T. P. N ;·-254.6 49 del C. S: de la J.
Apoderada de la En tidad Conv ocada CONSU ELO VEGA ME RCHAN e.e. No . 63.305.35 8 de Buc araman T.P. No. 43. 627 del S. d
NE STO R AY ALA
Apoderada de la En tidad Conv ocada CONSU ELO VEGA ME RCHAN e.e. No . 63.305.35 8 de Buc araman T.P. No. 43. 627 del S. d NE STO R AY ALA Proc urad ara Asun tos Admin istrativos / / PRO CURADURIA 19 2 JUDICI AL I ADM INI STRATIVA PARA AS UN TOS AD MIN ISTRATIVOS Calle 16 No . 4 - 75 / 79. Piso 3.
Lugar de Archivo: Procu radu ría Tiemp o de Retención: Disposi ción Final: No. 19 2 Ju dicial I Admin istrativa 5 años Archivo Centra l Verifiq ue que esta es la versión correcta antes de utiliz ar el docum ento