Acta de conciliación - GLADYS ESTRELLA LEGUIZAMON SUÁREZ
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - GLADYS ESTRELLA LEGUIZAMON SUÁREZ
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
'. -.1, ---fi .------.----.--fi-fi-,--- 12:\ PROCESO INTERVENCIÓN fi . --fiº 1 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA Al contestar cite· 2016-01-298164 REG-IN-CE-002 . Fecha: 27/05/2016 16:12:44 '------'-----fi-----fi _
Remitente: 899999119PROCURA0URIA GEN ERAL DE LA NACr6filios: 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL.
PROCIJRADURÍA 88 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS ' Radicaciór¡ 16-117 SIAF N.º 77340 de 3 de MARZO de 2016
Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
Convocado (s): GLADYS ESTRELLA LEGUIZAMON SUAREZ.
Medio de control: NULIDAD Y RESTABU;CIMIENTO.
En Bogotá, hoy dieciocho (18) de mayo de 2016, siendo las 02:20 PM. Procede el dfispacho de la Procuraduría 88 Judicial I pfira Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor {a) DALIA INÉS OLARTI; MARTINEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 63.555.795 y con tarjeta profesional número 176.207 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, mediante el poder otorgado por la Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERN-ANDfiZ identificadfi con C.C, No 46.363.556 de Sogamoso, en
convocante, mediante el poder otorgado por la Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERN-ANDfiZ identificadfi con C.C, No 46.363.556 de Sogamoso, en calidad de Secretaria general de la Superintendente de Sociedades. Igualmente, cornpfifiece el (la) doctor {a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la C.C. número 79.779.892de Bogotá y portador de la tarjeta profesional númer<;> 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado GLADYS ESTRELl,.A LEGUIZAMON SUAREZ. El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y convocada en lo$ términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado fin el m,Jmeral 4 del artículo 44 c;jel artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a lfis partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. 1) JURAMENTO: El cqnvocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del artículo 2.2.4.3.1. 1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del jurfimento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de
bajo la gravedad del jurfimento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial. 2) PRETENSIONES: La parte convocante, mediante solicitud presentada ante la Procuraduria General de la Nación el día 3 de MARZO de 2016, pretende que: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-450761, acto administrativo de fecha del 17/11/2015.
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de RetencíQn:
N.º Judicial Admínistrfitiva 5 anos ·oisposifilón Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROC1;$0 INT ERVEN CIÓN SUB PROCESO CONCIL IACION EXTRAJUDICI AL:: • - • ' • ~ -
FO RMATO ACTA DE AUDIEN CIA
Rl:G-I N•CÉ•002
Fecha de Revisión 24/08/201 6 ,:,echa de Apro bación 24/08/201 5 1 Versión 4 Péglna 2 de 5 ' , 1 SEGUND O. Que como conse cuencia y a título de restablecimi ento del der echo se: canc ele a favor del se ñor {a) GLADYS ESiRE LLA LEGU IZAMÓN SUÁ REZ lá. 1 suma de UN MI LLÓN CIEN TO DIECíS ÉIS MIL OCHOCIE NTOS VEI NTI SE1s: PESOS CON DIE Z CENT AVOS (1 ,1 1 6, 826. 10 ) por la re liqui dación de los 1
1 suma de UN MI LLÓN CIEN TO DIECíS ÉIS MIL OCHOCIE NTOS VEI NTI SE1s: PESOS CON DIE Z CENT AVOS (1 ,1 1 6, 826. 10 ) por la re liqui dación de los 1 con ceptos de Prima de Activid ad , Bon ificación por Recreaci6 nt Hor as Extras y: Viét icos, _inclblido el porce ntaje correspond iente a la Raserva Espe cial del Aho rro; ; por al per iodo de tiempo se nal ado en la liqui dación qu e se adju nta a la prese nte • aolieit ud , ' 3) En este estado de la audienci a se le concede el uso de la palabr a a la , ap ode rada de ía part e conv oca nte, con el fin de que se sirv a ind icar la decisión toma da por el comit é de con cil iación de ia en tidad que representa, en relación con la soli cit ud ln coadá 1 qui en man ifestó: i El Com ité de Conciliación y Defen sa Jud icial de la Su perint ende ncia de Sociedades ¡ 1 en reunión celeb rada el dl a 18 de marzo de 20 16 (acta No 06-20 16 ) estudió el caso 1 • del sefior (a) ; GLADYS EStRELL A LEG UIZAMON SUARE Z, Ide ntificado (a) con la céd ula de ci udad aní a núm ero 39; 640.5 27 y de cid ió de man era UN ANIME i' I CONCI LIAR las pfiete nsiones del convooant e (Reserva Esp eci al del Ahor ro), en la cuantla de $ 1.11 6. 826, 10 pesos m/cte .
I CONCI LIAR las pfiete nsiones del convooant e (Reserva Esp eci al del Ahor ro), en la cuantla de $ 1.11 6. 826, 10 pesos m/cte . La fórm ula de pago sobr e el prese nte asu nto es bajo los sig ui en tes parámetr os:
1. Ca pítnl : Se rooon oi:e un 10 0%. !I 2. ln doxacl 6n: No habr é lugar a lá indexaci ón . 3, Pago: El pago se reali zará de ntro de los 60 dfas sig uie ntes contado s a partir de la sol icitud de pago ¡ poste rior a que la concil iac ión haya sid o aval ada y radi cada en la Entidad .
4. Int erese& : NG habr á lugar ál pago de los intereses dentr Q de los 60 dl as sigu ien tes a Is sol icitud de pago .
'1 1 5 Lugar de Pago: Grupo de Tesot eria de la Superin te nde ncia de Socied ade s Sede ,. Sogoté . Lé present e certificacion se exp ide G0·n basé en Je, dl sp 1JeetG éri inG lso 2 del arth;nilo 18 del Dé creto 17 16 de 2óó9 t y en el articulo a de la Con stitLfiolón Polltlca . Pmr a cone tsru1Ia se firmé eli la t;i Ud9d t'la Sogoté a los 1 e dí ai del mes de má rts fim 20 16. 4) AC EPTAC ION : Acto seguido t1e le co nced e el uso de la palabr a al ap oder ado de la parte convocada , con el fin de que sé sirv a indic ar sobr e propu esta
20 16. 4) AC EPTAC ION : Acto seguido t1e le co nced e el uso de la palabr a al ap oder ado de la parte convocada , con el fin de que sé sirv a indic ar sobr e propu esta reali zada por la apoder ada de la ent idad conv oéant e: Acepto la propues ta de pago de la ent idad oonvoc:a nte i en la suma ofreci da, c0nd loiones de pla zo y fórm ula dE:i pago, ya qué está se ehcb mntr e ajustad a a der echo , Lugar de Archivo: Proou ratlurla riemps ae Ftetenoión: N: Ju dit;il:II Admlri l!itrátlve s aMs
Disposi ción Final: Atthl'iO GMtrei Verifiq uo que este es lá vMllOn eorred!A aritos de utlllzar el docui'hén to.,Á ._...../ ,---fi.-------,--------------fi-......-----,--.,-.....----fi PROCESO INT ERVEN CIÓ N Fecha de Revisió n 24/08/201 fi i:iÜBPRQCESO CONCI LIACIÓN EXTRA Jl,JDICI Afi Fecha de Aprobación 24/08/20 16
FO RMATO ACTA DE AUDI ENCIA Versión · 4
REG-IN -CE-002 Pégina 3 de 5 CO NSIDE RACIONES DEL MIN ISTERIO PÚBLI CO El Procurador en atención al án imo con ciliato rio de la entida d convocante y la conv ocada, encu entr a lega lmente viab le el acuer do, pues de qonformid ad con los hechos con sig na dos Ien la solicitu d, el objeto dfiI acuer do es concíliablfi y contiene
conv ocada, encu entr a lega lmente viab le el acuer do, pues de qonformid ad con los hechos con sig na dos Ien la solicitu d, el objeto dfiI acuer do es concíliablfi y contiene obligaciones cla ras, exp resas y exig ibles , en cuant o al tiem po, modo y lugar de su cu mplim ien to. Asim ism o, el eve ntual medio de contr ol que se hu bie re podido llegar a presen ta r no se encue ntra caducado , en razón a que el térmi no se'ñalado en el literal (i) del nu mer al 2 del arti culo 16 4 de la Ley 14 37 de 201 1. El ac!Je rdo concil iatorio versa sobr e acciones o derechos económic os disp onibles por las part.es. Las partes se encuentr an debi damen te represen tad as y sus representantes ti enen facultad e)(p resa par a con cilia r. Las oblig aciones derivadas del acue rdo $e en cfie ntran debidame nte sustentadas en pr uebas documentales legalment e válidas qu e obran en el expedie nte y que jus tifican el acuerdo, como son los sigui ent es docu mentos:
1. Concepto em ¡tido por la Agencia Nac ional de Defensa Ju ríd ica del Estéido .
2. Derecho de pet ición ele vado a la Su perinte nd encia de Sociedades.
3. Copia de la rfisp uesta del Der ech o de Petición a la part e convocac:fa susc rita por la doctora LIGI A STELLA RO DRIGU EZ HERN AN DEZ.
4. Ce rtificación I del Comité de Conciliación de la Su perin tenden cia de
por la doctora LIGI A STELLA RO DRIGU EZ HERN AN DEZ.
4. Ce rtificación I del Comité de Conciliación de la Su perin tenden cia de So cieda des fiuscrito por la doc tora ÁNGELA MAR IA CARO BOHÓR OUE Z Secretaria Técn ica del Comi té de Conc il iación y Defensa Judi cial ad-hoc de fecha 18 de ma rzo de 2016 en 01 folios.
En criterio de esta age ncia del Mi nis terio Pú blic o, el acuer do contenido en el acta no es viola torio de la ley y no resul ta les ivo para el patri monío pú blico por las siguie ntes razo nes: · Conf orme a la sent encia de un ificació n del Co nsejo de Esta do - Sala PlenaSección Tercera - C.P . Jaime Orlando Santofimio Gamboa - 19 de novie mbr e de 201 2 - Rad icació n nro. 7300 123-3 1 -000-2 000-030 75 -0 1 (24. 897) 1 qu e resolvió situaciones atínentfis al pago de hecho s cum pl ido s, como con secuencia de la prestació n de servicio s sin mediar co ntrato alg uno, es pos ibl e sostener, conforme ha dicho proveido , que en el prese nte caso nos encontr amos in mersos E?n los postula dos de la sente ncia profer ida cuand o man ifestó: «Eso s casos en donde, de man era excepcio nal y por razones de in terés públi bo o gener al, res ultaría procedent e la actlo de in rem verso a jui ci o de la Sala, ser ía n entre otros los sigu ient es :
«Eso s casos en donde, de man era excepcio nal y por razones de in terés públi bo o gener al, res ultaría procedent e la actlo de in rem verso a jui ci o de la Sala, ser ía n entre otros los sigu ient es : b) En los qu e es ur gente y ne cesar io adquir ir bienes, soli citar servic io s, sumin istros, ordenar obr as con el fin de presta r un servicio para evitar una amen aza o una lesión in minen te e· irr ever si ble fiI derecho a la sal ud, derecho este que es fundamental por co nexidad con los de rech os a la vida y a la int egr idad per sona l, ur ge ncia y nece sid ad que debe n ap arece r de man era objetiva y Lugar de Arch ivo: Prpcu rad urfa Tiempo de Retenc ión: N." Judicial Admin istrat iva · 5 años
Dis posición Final: Archivo Central Verifique que esta es fa versión correcta antes de util izar el docu mentoPROCESO INT ERVENCIÓN
SUBPR OCESO CONCI LIAC IÓN EXfRAJUD JCIAL. - -- FOR MATO ACTA DE AUDIENCIA FocHe dé Revi sión 24/08/20 15, Fecha de Aprobación 24/08/20 1 5 t Versión 4 Página 4 Cle 5 manif iesta como consec uencia de la impo sibil idad absol uta de planif icar y adelantar un proceso de sél ección de cont ratistas, así como de la cel ebr ación de los correspondi entes cont ratos, cir cu nstanc ias qu e deben esta r pl ename nte acred itadas en el proceso cont enc ioso admin istrativo, sin que el ju zgador pier da de
como de la cel ebr ación de los correspondi entes cont ratos, cir cu nstanc ias qu e deben esta r pl ename nte acred itadas en el proceso cont enc ioso admin istrativo, sin que el ju zgador pier da de vista el de rrotero gener al que se ha señalado en el num eral 12 .1 de la present e providencia, es deci r, verificando en todo caso qu e la dec isión de la admin istr ación frente a estas cir cu nstan cias haya sido realment e urgent e, útil, nece saria y la más razonableme nte ajustada a las cir cu nstan cia s que la lle va ron a tomar tal determin ación .>> Por su part e, la aquí convocada presto sus servicios a la entidad convoca nte, en los tiem pos y térm ino s certificad os, tal como lo prueban las certificacio nes aport adas al prese nte tramite concil iatorio. Se prueba entonces que lo pretendido por la convocante al quer er pag ar al , convocado la reliq uidaci6n de la reserva espe cial del aho rro en la liqui dación de la Prima de Activ ida d, Boni ficación pór recreación , Horas Éxtras y Viá tic os, de los últimos tres alios, sin in currir tales valores ni intereses ni inde xació n, es no incu rri r : en un enr iq uec imie nto sin causal supu esto fáctico que corres ponde a la excepción cont emplada por el Cons ejo de Estado en la sent enc ia citad a. Ahor a bien, el Cons ejo de Estado - Sección Tercera ..... Rad icado nro. 250QQ .. 23-26· '.
cont emplada por el Cons ejo de Estado en la sent enc ia citad a. Ahor a bien, el Cons ejo de Estado - Sección Tercera ..... Rad icado nro. 250QQ .. 23-26· '. 000-2 01 1 ª00805-0 1 - 24 éle abri l de 201 3 - C.P. Enr iq ue Gil Botero, med iante la cual aprobé el acuer do concil iatorio entre la Fun dación par a el Mun do Nue vo par a la protección de lós Nifios, las Nlf1as 1 los Jóven es , la Mujer y la Famili a y el In stituto Colombia no de Bienes tar Familiar , sostuvo : [. ; .] No deb e perderse de vista que se está en presencia de un conf lic to. que ha sido su perado de forma bi lateral, a través del acuer do al legado en audienc ia prejud icial, y cuy os términ os no se han cu estionado por quiene s in tervienen en el proceso. A su vez, las partes ma ni fiestan con ocer en su integ ridad lo allí cont én ido, por lo tanto1 en aras de fortalece r este medio de resol ución de confli ctos , del cual se han vali do para sup erar las con trove rsias de tipo eco nóm ico contractual , al Des pac ho concl uye qu e el acuer do cel ebrado esta conf orme a derecho, ya qu e las prueb as aport ada s ala proceso son suflGi entes para arribar a las conclus ione s requ eridas para apr oba r el arreglo al qu e han llegado las partes. Ahor a bien , la Sala no paslir á por alto que los hecho s que dan fugar a esta con cil iación tamb ién se enmar can en los sup uestos que la
requ eridas para apr oba r el arreglo al qu e han llegado las partes. Ahor a bien , la Sala no paslir á por alto que los hecho s que dan fugar a esta con cil iación tamb ién se enmar can en los sup uestos que la Jur ispr uden cia de la Secc ión iercer a del Conse jo de Estado tia formu lado para evéntos simi lares, es décl r, aquel los en los cuale s la ejecución de trabajos, la prestación de servic ios, o la en trega de bl oneG al Estado se realiza sin el soport e con tractu al debido. Señaló an sentencia de un ificación de la Sección -providencia dol 19 de noviem bre de 20 12 . i:xp. 24, 997 .. que: í,,ygnr da Archivo: Proouradur i!'.I lsmpo do RetenclOn: 01s posi61ón Final: N: J1:i dii::lt1i ÁGN'llí'í ittrat lVii !i aM!I Archiv o Q!inlr!ll érifiquti fiuti é&tA es Ía ver§ión cmreoia arités de fi1ii1zat el doi;Úment6 _, 1.. fi ' PROCESO INT ERVENCIÓf',I Fechij dfi ReJlislón 24/0B/201 5 $UBPR OCE SO CONCI LIACIÓ N EXTR AJUDI CIA L Fecha de Aproba,qión 24/08/201 5 OC A GOOlll DE 1A IIAtloll
FO RMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
REGa lN-C E-002 Página 5d e 5 , . 12 , 2. Con otras pal abr as, la Sala admit e hi pótesis en las que
FO RMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
REGa lN-C E-002 Página 5d e 5 , . 12 , 2. Con otras pal abr as, la Sala admit e hi pótesis en las que resul ta ría proced ente la actio de in rem versc:, sin qu e 111efie fion trato alguno pero, se ins iste, estas posibil id ade s son de carjcter excep cional y por cons igu ie nte de in terp retación y apli cación restricti va, y fie ninguna ma nera con la prete nsión de enc uadr ar dent ro de estos casos exce pc ionale s, o al am paro de ello s, eventos qll e nec esaria mente qu edan compr endido s den tro de la reg la gen eral que antes se mencion ó. » De la providencia trascr ita, claramente se infiere qfie conforme a la posIc1on jur isprudenq ial del Conse jo de Estado es perfectame ntfl viable, que casos com o el aquí se ha concil iado1 se soluc ionen de mane ra bi lateral , med ian te mecan ism os au to composi tivos co mo la conciliación , que gar ant izan la protección al patrimoni o pú blic o, los der echo$ de los part iculfir es y permiten resolve r confl ictos de ma nera pronta , evita ndo desg astes in necesa rios al apa rato ju dícia l. Se deja constanci a !del sigu iente aspec to: en el derecho de petic ión se sol icitó reajuste de la pr ima de activida d, la bon ificación por recreac ión, los viátic os y no se petic iono por horas extras con cepto que se incl uye en el pronu ncia miento de la
reajuste de la pr ima de activida d, la bon ificación por recreac ión, los viátic os y no se petic iono por horas extras con cepto que se incl uye en el pronu ncia miento de la convocante , nq obs tante, la parte convocante señ alfi qu e no le fueron recono cidas hor as extras, mo tivo por el cual, no forman part e del acuer do. En consecue ncia, fie di spo nd rá el envío de la presente acta, jun to con los do cumen tos perti nentes , al Ju zgado Admin istr ativo de Bog otá (Repart o) para su aprobación , aqvirt iendo a los compa recientes que el auto ap robat9rio har á tráns ito a cosa juzg ada y prestará junto al acta que contiene el acuer qo, méríto ejecutivo , razón ppr la cual qo son procede ntes nu evas peticiones con cilia toria s por los mi smos hec;:hos ni dfimanda s ante la ju risdicción qe lo Co ntencioso Admini strativo por las mis mas causas (Art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). Se da por conclu ida la di lige ncia y en constancia se firma el acta por quie nes en ella int mIer on , un a v e - a y apr oba da sie ndo las 02:39 P.M. Ce.pía de la misma se e r gar á a I cie ntes Apode é:lo de la Part e Con voca da LUIS GUIL L,.ERMO ALFARO CORTES ante in istrativo Lugar de Arch ivo: Procur adur fa Tíempo de Rete nció n: N. • Jud icial Administr ativa S año s
Disposición Final: Arch ivo Central
ante in istrativo Lugar de Arch ivo: Procur adur fa Tíempo de Rete nció n: N. • Jud icial Administr ativa S año s
Disposición Final: Arch ivo Central Verifique que esta e:s la versión correcta antes dfi utilizar el docume nto