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Acta de conciliación - GLORIA ESPERANZA CHAVARRO

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - GLORIA ESPERANZA CHAVARRO
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

fi SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES fi BOGOTA , sua•R:fifi:fir::fi:fi:fi:fi 1111111 m 11111111111111111111111111111 Al contestar cite: 2016-01-298160

Fecha: 27/05/2016 16:i 1 :48 Folios· 3 REG-IN-GE-002 Remitente: 899999119PROCURADURIA GEN ERAL DE LA NACION

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 88 JUDICIAL I PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación 16 -118 SIAF N.º 77340 de 3 de MARZO de 2016

Convocante (s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. 1

Convocado (s): GLORIA ESPERANZA CHAVARRO.

Medio de control: N.Ul..lDAD Y RESTABLECIMIENTO.

En Bogotá, fioy dieciocho (18) de mayo de 2016, siendo las 02:40 PM. Procede el despacho de la Procuraduría 88 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) DALIA INÉS OLARTE MARTINEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 63.555.795 y con tarjeta profesional número 176.207 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad dfi apoderado (a) del (la) convocante,1 mediante el poder otorgado por la Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ identificada con C.C. No 46.363.556 de Sogamoso, en calidad de Secretaria general de la Superintendente de Sociedades.

convocante,1 mediante el poder otorgado por la Doctora LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ identificada con C.C. No 46.363.556 de Sogamoso, en calidad de Secretaria general de la Superintendente de Sociedades. Igualmente, compc::irece el (la) doctor (a) LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES identificado (a) con la e.e. número 79.779.B92de Bogotá y portador de la tarjeta profesional número 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en representaci'ón del convocado GLORIA ESPERANZA CHAV ARRO, El Procurador le reconoce personería a los apoderados de las partes convocante y convocada en los términos indicados en el poder que aporta;. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del art!s:;ulo 44 del articulo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa. administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. 1) JURAMENTO: El convocante manifiesta que el medio de control que se pretende precaver eslNULIDAD Y RESTABLECIMIENTO e igur:1lmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal i) del artículo 2.2.4.3.1.1.6 del Decreto 1069 de 2015, ratifica bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solícitudes de conciliación sobre ·10$ mismos aspfictos materia de

bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solícitudes de conciliación sobre ·10$ mismos aspfictos materia de controversia dentro de éste trámite extrajudicial. 2) PRETENSIONES: La parte convocante, mediante solicitud presentada ante la Procuraduría General de la Nación fiI día 3 dfi MARZO de 2016, pretende que: PRIME;RA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01fi507572, acto administrativo de fecha del 11/12/2015.

Lugar de Archivo: Procuradurla Tiempo de Retención:

N." Judicial Administrativa 5 anos

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión qorrecta antes de utilizar el documentoPR0CES0 INTER VENCION

SU BPROCE SO CONCIL IAC IÓN EXTRAJUDICI AL FOR MATO ACTA OE AUDI ENCIA Focha do Revi sión 24/081201 5

Focha do Aprobación 24/081201 5 Vors l6n 4 Péglna 2d e 5 SEG UND O. Que como conse cuencia y a titulo de restableci miento del der echo se canc ele a favor del seflor (a) GL ORIA ESPER ANZA CHA VARRO la suma dé UN MI LLÓN DOSC IE NTOS VEIN TI NUE VE MIL CUATROC IEN TOS CUARENT A Y SIE TE PESOS CON CINC O CE NTAVOS (1 ,229, 447.05) por la re liqui dación de los con ceptos de Pri ma de Actividad , Bon ificación por Recreac ión , Hor as Extras y ViétiGos, incl uido el porcentaje correspond ien te a la Res erva Espec;ial del Ahor ro,

con ceptos de Pri ma de Actividad , Bon ificación por Recreac ión , Hor as Extras y ViétiGos, incl uido el porcentaje correspond ien te a la Res erva Espec;ial del Ahor ro, por el periodo de tiempo sefial ado en la liquida ción que sé adju nta a la presente solic ltud . 3) En este esta do de la aúd iencia se le con cede el uso de la palabr a a la apoder ada de la parte convocant e, con el fin de que se sirv a ind icar la decis ión toma da por el com ité de conci lia ción de la ent idad que representa, en relación con la sol ici tud Incoada, qui en manif estó: El Com ité de Concil iación y Defensa Jud icial de la Super intendencia de Soc iedades, en reuni ón celebr ada el dl a 18 de mar zo de 20 16 (acta No 06ª20 16 ) estud ió el caso del sef\or (a), GLORIA ESPE RANZA CHA VARRO, lde ntifi cadó (a) con la céd ula de ciudada nla nú mero 51 ,826.6 27 y de cid ió de maner a UNANIME CONCIL IAR las pretensione s del convoca nte (Reserva Especial del Aho rro) , en la cuan tía de $ 1. 229. 447,05 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los sig uient es pár éme tros: ; . Cap Ita 1: Se reconoG e un , 00%. 2. lnde xacl6n : No habr á lugar a la inde xación . 3, Pego: El pago se realiza rá den tro de los 60 df as sigy lentes contados a partir de

; . Cap Ita 1: Se reconoG e un , 00%. 2. lnde xacl6n : No habr á lugar a la inde xación . 3, Pego: El pago se realiza rá den tro de los 60 df as sigy lentes contados a partir de la solicitud de pago . pos terior a que la con ciliaci6n ha ya sido ava lada y rádi cada en la Entldac t 4. lnteréaes: No habr á lu gar al pago de los lntereses dentro de los 80 dles sigu ientes a la sol lcltud de pago. 5 Lugar de Pago: Grupo de 'reso rerla de la Su peri ntendenc ia de Socied ades Sede Bo goté , La preae nte Gert iflcacifi m se exp ide son base en lo dl sp YestG en inciso 2 del artlc1.11 0 18 del Decreto 17 16 de 2009; y en el art iculo 8 de la Cons titu ción Pol ftrca . Par a étllista ncle se fltma en la ciudad dQ 809 oté a ÍGfi 18 dl as citil mas dEi merzt::1 de 20Hl 4) ACEP TAClóN: Acto ség ul do se le conc edo ol uso de la palabr a al apode rado da la parto co nvoc ada, con el fin de que se sirv a in dicar sobr e propu esta realizada por la apodor ada de la ont idad convoea nto: Acepto la propues ta de pago de la entidad convo cante, en la suma ofrecid a, <:itmdlc io nes de plaz o y form1.1la de pago, ya que esto Sé encue ntra ajustada a dersoho, Lugtlr d& Archi vo: Procu rad urls Tlért1po de Retencldri:

de pago, ya que esto Sé encue ntra ajustada a dersoho, Lugtlr d& Archi vo: Procu rad urls Tlért1po de Retencldri: N .• Ju(I IClfi I Mmln lslrñllvtl. !I afi (!g 1Jlspo slcl61'i Final: AtCH IV6 é!!ntflll Veflflque quo o!i"to @s ia vemlOn corrficto ant(!S do utlll?ar 01 doc: 1.H"tienio \fi PROCESO INTERVENC IÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5 ., . 1 SUBP ROC!: SO CON CILIA CIÓN EXTR AJUDl(:IAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5 FORMA TO ACTA DE AUDIEN CIA Versió n PROCU W A GEll!Rfülfi NAC!Oli REG-I N-CE -002 Página 3d e 5 CON SIDER ACI ONES DEL MIN ISTE RIO PÚ BLICO El Procu rador en atención al ánimo concilifi torio de la entida d convoca nte y la conv ocada, encuen tré;!: legalm ente viable el acuer do, pues dfi conformjda d con los hechos consi gnado s en la soli cit ud, el objeto del acue rdo es concili abl e y contie ne ob ligacio nes cla ras, exp resas y exlg ib les 1 en cuant o al tiempo, mod o y lu gar de su cumplim ient o. Asimi smo, el eve ntual medi o de control que se hubi ere pod ido llegar a prese nta r no se enc uent ra cadu cado , en razón a que el térm ino señalado en el

cumplim ient o. Asimi smo, el eve ntual medi o de control que se hubi ere pod ido llegar a prese nta r no se enc uent ra cadu cado , en razón a que el térm ino señalado en el literal (i) del num eral 2 del art ículo 16 4 de la Ley 14 37 de 201 1. El acuer do concilia torio ! versa sob re acci ones o derecho s económ icos di spon ibl es por las part es. Las part es se enc uentr an debi da mente representad?JS y sus represe nta ntes tienen facu ltad expresa par a concil iar. Las obl igacion efi de rivadas del acuer do se encuentr an debidamen te sustent adas en pruebas doc ume nta les legal mente válidas que obr an en el exped ien te y que jus tifi can el acuer do, como son los sig uientes docum entos :

1. Conc 1epto emi tido por la Agenc ia Naciona l de Defens í:I Ju ríd ica del Estado ,

2. Derecho de petic ión elev ado a la Super in tendencia de Socied ades.

3. Copia de la resp ues ta del Der echo de Petición a la part e conv ocada sus crita por la doc tora LIGI A STELLA RODRIGUE Z HERN AN DEZ.

4. Certi ficación del Com ité de Concil iación de la Supe rinten dencia de Socie dades suscr ito por la doctora ÁNGELA MARIA CARO BOH ÓRQ UEZ Secreta ria Técnica del Comi té de Conci li ación y Defensa Ju dicial ad-hoc de fechfi 18 de mar zo de 20 16 en 01 fol ios.

Secreta ria Técnica del Comi té de Conci li ación y Defensa Ju dicial ad-hoc de fechfi 18 de mar zo de 20 16 en 01 fol ios. En criterio de esta agencia del Minis terio Púb lico, el acue rdo conteni do en el acta no es viola torio de la ley y no resulta lesi vo para el patri monio púb lico por las sig uientes razones: Co nforme a la sentencia de un ificación del Cons ejo de Estado - Sala PlenaSección Tercer a - C.P. Jai me Orlando S;antofimio Gam boa - 19 de noviembr e de 20 12 - Rad icación nro. 73001 -23-3 1 -Q00-20 00-0 3075-0 1 (24 .8 97) , que reso lvió sit uacion es I atine ntes al pago de hecho s cum pl idos, como con secuencia de la prestacíón de servicio s sin med iar contr ato algu no, es pos ib le sostener, conforme ha di cho prove ído, que en el prese nte caso nos encontr amos inm ersos en los pc;>stu lados de la sentencia proffirida cuando man ifestó : «Esos casos en donde, de man era fixcepc ion al y por razo nes de int erés públ ico o gener al, resul taría procedent e la actio de in rem verso a jui cio de la Sala, seria n entre otros los sigu ient es : 1 b) En los que es urgente y nece sar io adgu ir ir - bienes 1 sol icit ar servici os, sumin istros, ordenar obr as con el fin de prestar un servicio para evit ar una amen aza o un a lesión inmi nent e e

b) En los que es urgente y nece sar io adgu ir ir - bienes 1 sol icit ar servici os, sumin istros, ordenar obr as con el fin de prestar un servicio para evit ar una amen aza o un a lesión inmi nent e e ir reversib le al de recho a la sal ud, der echo este qu e es fu nda menta l por conexidad con los der echos a la vida y a la in tegr idad persona l, urge ncia y nece sida d qu e deben ap arecer de ma ner a objetiva y man ifi esta como cons ecu encia de la imp osibil idad abso lut a de Lugar ele Archivo: Procu rad uría Tiempo de Retenció n, Disposi ción Final: N.° Jud icial Admin istrativa !l al\os Archivo Central Verif ique que esta es la vers ión correcta antes de utilizar el docume ntoPROCESO INTERVENCION Fecha de Revisión 24/08/201 5

SUBPR OCESO CONC ILIACIÓN EXTRA JUDICIAL Fecha de Áprobaclón 24/08/201 5

FOR MATO ACTA DE AUDI ENCIA Versión 4

REG •INCE-002 Página 4d e 6 plani ficar y adela ntar un proceso de selección de contratistas, así como de la celebr aci ón de los corres pond ient es con tratos, cir cun stanci as que deben esta r plena ment e acr ed itada s en el proceso con tencio so adminis trativo, sin que el juzgador pier da de vista el derrote ro gener al qu e se ha señalado en el nu meral 12 .1 de la presente provi dencia, es decir , verif icando en todo caso que la decis ión de la admin istración frente a estas cir cu nstanc ias haya

vista el derrote ro gener al qu e se ha señalado en el nu meral 12 .1 de la presente provi dencia, es decir , verif icando en todo caso que la decis ión de la admin istración frente a estas cir cu nstanc ias haya sido rea lment e urgente, útil, necesaria y la más razonabl eme nte ajustada a las cir cuns tanc ias que la lle varon a tomar tal determtn ación .» Por su part e, la aquí convocada presto sus servicio s a la en tidad convoca nte, en los tiemp os y términos certificad os, tal como lo prueban las certificacio nes aport adas al presente tram ite concilia torio. Se prueba ento nces que lo pretend ido por la convoca nte al qu erer pagar al conv ocado la reliqui daci6n de la rese rva espec ial del ah orro en la liqui dación de la Prima de Activid ad , Bon ificación por recreación , Horas Extras y Viátic os, de los ólti mos tres años, sin incu rrir tales valores ni intereses ni inde xación, es no inc urri r en un enr iqyec imie nto sin causa, su pue sto fáctico que Gorr esponde a la exce pción contem pl ada por el Con sejo de Estado en la sentencia citada. Ahor a bien t el Con sejo de Estado - Secci ón Tercera - Rad icado nro. 250002326· 000-2 01 1 -0080 5-0 1 - 24 da abr il de 201 3 - C.P . Enr ique Gil Botero, med ian te la

cual apr ob6 el acuer do conci liatorio entr e la Fu ndació n par a el Mu ndo Nu evo par a la protección de los Ni nos 1 las Ni tias i los Jóvenes, la Mujer y la Fam ili a y el In stituto Colo mbiano de Bien estar Fam ili ar, sostuvo: [ ... ] No debe perderse de vi sta qu e se está en prese ncia de un conf lict o, qu e ha sido su perado de forma bil ateral t a través del acu erdo al legado en aud ien cia preju dicial, y cuy os térm ino s no se han cue sti onado por qu iene s intervienen en el proce so. A su vez, las pa rtes man ifiesta n cono cer en su int egr idad 1.o allí con tenid o, por lo tanto, en aras de fortale cer este medio de resolución de conf lic tos, del cu al se han valido par a sup erar las co ntro versias de tipo económ ico con tractual, al Despacho concl uye que el acuer do celebr ado esta co nforme a derech o, ya qu e las prue bas aport ada s ala proceso son suficie ntes par a arribar a las con clu sione s requ erida s par a apr obar el arreglo al que han ll egad o las partes. Ahor a bien, la Sala no pasar á por alt o que los hecho s que dan lugar a esta concil iación tamb ién se enmar can en los supue stos que la Jur ísprudenc:ia de la Sec ció n Tercer a del Conse jo de estado ha formu lado para eventos sim ilar es, es decir , aquello s en los cua les la ejecución de trabajos, la prestación de servlc lo8, o la entrega de bie nes al Estado se reali ia &in el soport e contractu al deb ido. Señaló

formu lado para eventos sim ilar es, es decir , aquello s en los cua les la ejecución de trabajos, la prestación de servlc lo8, o la entrega de bie nes al Estado se reali ia &in el soport e contractu al deb ido. Señaló en sent encia de un ificaci ón de la Sec ció n -pro videncia del 19 de novie mbre de 2012 . Exp . 24. 897qu e: Lugar de Arnh ivo: Procuradu ría Tiempo de Rotenoión; N.· ,füd lcíai Ailmln lsltaliVll 6 afi OI

Cisposi olón Finar: Archivo Centr sl Veriflt¡ue que esta os la vers ion correctB a·ntes dé ulll lzar eí ctocumen t6 -- -,PROCE SO IN Tl,:.RVENCJÓN Fecha de Roviaión 24/08/201 5 susPR OfiE$0 cm,1c 1L1A c1óN exTRAJ uo 1c1AL Fecha de Apr obación 24108/201 5

FORMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión REG-INCE-OQi Póg ln¡¡ 5 de 5 12 . 2. Con otras palijbr as , la Sala adm ite hi pótesis en las que res ult ar ifi procfiden te la afitio de in rem verso &in que medie contr ato alguno pero , se ins ist e, estas posibil idade s so n de carácter excep cional y por con sigu ient e de In ter pretación y apl icación restrictiv a, y de ninguna maner a con la pretensió n de encu adrar dent ro de estos caso s exce pcionales, o al ampar o de el los, even tos que nec esar iame nte qu edan com prend idos dent ro de la reg la

restrictiv a, y de ninguna maner a con la pretensió n de encu adrar dent ro de estos caso s exce pcionales, o al ampar o de el los, even tos que nec esar iame nte qu edan com prend idos dent ro de la reg la gener al que ant es se mencionó.» De la providencia tras crita , clar amente se ínfifire qt,.J e conforme a la posI cIon jurispr udencia! del Conse jo de Estado es perfectamente via blfi . que casos como el aq uí se ha con ciliado se solu cio nen de maner a bil atera l, med iant e mecanismos auto compos itivos como la conci liac i6n , que ga rantizan la protección al patrimon io pú blico , los der echos de los pa rticular es y per mite n resolve r conflictos de manera pronta , evitan do des ga stes in nece sar ios al aparato ju di cial. Sfi deja consta ncia del sigu iente aspec to: en el derecho de petición se solicitó reajuste de la pr ima de activid ad , la boni fic ación por recreación, los viáticos y no se peticiono por hor as extras conc epto que se in clu ye en el pronunc iamien to de li:i convoca nte, 1 no obsta nte , la pa rte convoc antei señala que no le fueron reconocic;fas ho ras extra s, motivo por el cual, r,o forman part e del acuer do. En con secuenc ia, se dispondr á el envío de la presente acta, ju nto con los do cumentos pertine ntes , al Ju zgad o Ad min istrativo de Bog otá (Rep arto) par a su · apr obfic ió n, advi rtiendo a los com par ecient es que el auto aprobatorio har á tránsi to

do cumentos pertine ntes , al Ju zgad o Ad min istrativo de Bog otá (Rep arto) par a su · apr obfic ió n, advi rtiendo a los com par ecient es que el auto aprobatorio har á tránsi to a cosa ju zgada y presta rá ju nto al acta que contiene el acuer do, mérit o ejecutivo , ré,izó n por la cual no son procedent es 11uevas peticione s concili atorias por los mismo s hec hos ni dfiman das ante la ju risd icción de lo Gontencioso Administrativo por las mis mas causas (Art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 200 1 ). Se da por concluida la di ligencia y en constc;1 ncia se firma el acta por qu ienes en ell a interv ini eron, una vez leída y apr obada siendo las 02 :59 P.M . Co pia de la mi sma se ent e ará a los com • ntes Apode éJo de la Pé:lrte Co nvocada l..UI S GUIL LERMO A)..FARO COR TES Co nvocan te MARTI NE Z A DE SOCIED ADES dmi nistrativo Lug ar de Archivo: Procu rad uría Tiempo de Retención; N." Judicial Admin istrativa 5 anos Dispos ición Final: Arch ivo Centr al Verifique que esta es lo vers ión coirecta ·a ntes de uti lizai el docume nto 3

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