Acta de conciliación - GLORIA PATRICIA HENAO MESA
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - GLORIA PATRICIA HENAO MESA
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
fi
PROCURADURIA
PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4 fütlt/J. e¡ L!. li/.CiOfi REG-IN-CE-002 Página 1 de 5
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 143 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación Nro. 418760 del 8 de noviembre de 2016
Convocantes: Convocados:
GLORIA PATRICIA HENAO MESA
SUPERINTEDENCIA DE SOCIEDADES Medio de control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO En Medell ín, hoy once ( 11) de enero de dos mil diecisiete (2017), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), procede el despacho de la Procuraduría 143 Judicial II para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece a la diligencia el abogado JOHN DE JESÚS SUAZA CHALARCA, identificado con C.C. Núm. 8.272.417 y con tarjeta profesional Núm. 23.786 del C.S. de la J., en calidad de apoderado de la convocante, reconocido como tal mediante Auto de 530 del 15 de noviembre de 2016, quien asiste con la convocante GLORIA PATRICIA HENAO MESA, identificada con la C.C. 43.584.817 de Medellín. Igualmente, comparece la abogada CONSUELO VEGA MERCHÁN, identificada con la Cédula de Ciudadanía número 63.305.358 de Bucaramanga y portadora de la tarjeta
Igualmente, comparece la abogada CONSUELO VEGA MERCHÁN, identificada con la Cédula de Ciudadanía número 63.305.358 de Bucaramanga y portadora de la tarjeta profeslonal Núm. 43627 del C.S. de la J., en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, de conformidad con el poder otorgado por la Doctora MARÍA TERESA GIL GARCÍA, identificada con la Cédula de Ciudadanía número 41. 704.162 de Bogotá, en su calidad de Jefe de la oficina Asesora Jurídica de la Superíntendencia de Sociedades, delegada en el Artículo 2 numeral 2.4. de la Resolución de Delegación de Funciones y Asignación de Competencias No. 500-000267 del 26 de febrero de 2016 para otorgar poderes para representar los intereses de la entidad en las actuaciones extrajudiciales de las que haga aparte (se incorpora poder con sus anexos en 23 folios). Procurador: El Procurador le reconoce personería la apoderada de la parte convocada en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del Artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencía e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte
extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: Convocante: Reitero las pretensiones de la solicitud de conciliación que son las siguientes: Se concilien los efectos contenidos y decididos en el oficio radicado 2016-01-509426 del 13 de octubre de 2016 certificación 510-002673. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de mi poderdante la suma $3.513.112 por reliquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, horas extras y viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la reserva especial del ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. Procurador: Seguidamente, se le concede el uso de la palabra al _apoderado de la parte convocada, con el fin de que se sirva índicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada: Convocada: El comité de conciliación de la entidad que presento, en sesión del 29 de noviembre de 2016, tal como consta en el Acta número 32 estudió el caso de GLORIA PATRICIA HENAO MESA y decidió conciliar las pretensiones de la convocante en la cuantía de TRES MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL CIENTO DOCE PESOS ($ 3.513.112.oo). Dicho valor es resultante de reliquidar la Prima de Actividad, Bonificación por Recreación y Viáticos, incluyendo allí el factor denominado reserva
PESOS ($ 3.513.112.oo). Dicho valor es resultante de reliquidar la Prima de Actividad, Bonificación por Recreación y Viáticos, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro conforme a la liquidación efectuada por la entidad y aceptada por la convocante, y en el período trienal que en la certificación del 13 de octubre de 2016 se indica para la convocante. No se reconocerán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que se pretenda por la convocante, solo se reconoce el capital conforme a la liquidación realizada por la entidad, y en la medida que no hayan conceptos prescritos.
Pago: Los valores antes señalados serán cancelados dentro de los sesenta (60) días siguientes a aquél en el que la jurisdicción Contenciosa-Administrativa aprueba la Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: N.º 143 Judicial 11 Administrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento,©fi PROCES O IN TER VENCIÓN Fecha de Rev isión 24/08/20 15
SUBPR OCE SO CO NCI LIAC IÓN EXTRAJUD ICIAL Fecha de Aprobación 24/08/201 5 ... fi."'•
FORMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4
PROCURADURJA &EtiEPJHWru\C!Ofi REG-INCE-002 Página 2 de 5 concil iac ión, no gener ando in tereses tamp oco en este lap so. For ma de pago: El pago se rea li zará, med ia nte consign ación en la cue nta que la funci onar ia tenga reportada en la ent idad para el pag o de nómina, salv o ind icación en contra rio de la solic ita nte,
rea li zará, med ia nte consign ación en la cue nta que la funci onar ia tenga reportada en la ent idad para el pag o de nómina, salv o ind icación en contra rio de la solic ita nte, comun icada a la en tidad al mome nto de ele var la petición de pago , o en todo caso , an tes de efectuar se el pago respec tivo . Así mi smo, no se in iciar án accion es contr a la Sup erint end encia de So cied ades que tengan qu e ver con el reconoc imien to de las su mas relativ as a Prima de Activ idad , Viáti cos y Bon ificació n por Recrea ción, a que se refiere esta concil iació n. Anexo certific ado en un folio suscr ito por el Se creta rio del Com ité de Co ncilia ción y Defensa jud icial de la Su per in tendenc ia de Socied ades del dí a 12 de di cie mbre de 20 16 , el acta 32 del mi smo com ité del dí a 29 de novi embr e de 20 16 en cin co folios, certificación de la Coor di nador a del Grupo de Adminis tra ción de Per sonal de la Sup er in tende ncia de Sociedades del 13 de octu bre de 201 6 en la qu e co nsta la vi nc ulación lab oral de la señor a GL OR IA PATRICIA HEN AO ME SA a dic ha ent idad , ju nto con las sumas devengad as, y cálculo di scr imin ado de la di ferenc ia a pagar por conc epto de Rese rva Espe cial por el per iodo compr endi do en tre el 4 de ag osto de 20 13 al 4 de octu bre de 20 16 en un folio (se inc orpo ran los me ncio na dos docume ntos ). Procurador:
de Rese rva Espe cial por el per iodo compr endi do en tre el 4 de ag osto de 20 13 al 4 de octu bre de 20 16 en un folio (se inc orpo ran los me ncio na dos docume ntos ). Procurador: Se le co ncede el uso de la pala bra al apoder ado de la par te convoca nte par a qu e man ifieste su posición frente a lo expues to por la parte convoc ada: Convocante: Como apoder ado de la part e conv ocante , ace pto la propue sta ccncil iatoria formul ada por la part e co nvo cada y reco nozco que los valor es enun ciados en esa propue sta coinciden con los propu estos por mi poder da nte ; así mi smo es imp ortante seña lar qu e se está conc il iando la ind exac ión e in ter eses y cua lq uier otro gas to , tamb ién se ac epta la forma de pag o. An exo a la prese nte co pia de los úl ti mos seis fallos que apr ueba conc ili ació n preju dic ial en casos simil ares al prese nte a saber, de JU LIANA OCHO A GO NZÁLEZ del juz gado 30 ad minis trativo Oral de Medellín del 10 de octubr e de 20 16 , Rad icad o 20 16 00 745 00, de MARTHA MARCEL A VARGAS VÉLE Z, del 10 de octu bre de 201 6 del Ju zgado 17 Ad minis trativo de Me dellí n Radic ado 20 16 0007 72 00, de la señor a ÁNGEL A MARÍ A
LÓ PERA VÉL EZ, Ju zgado 10 Ad min istrativo de Mede llí n de l 4 de noviembr e de 20 16 Radic ado 201 6 000809 00, AM ID DEL CARMEN DÍ AZ PLAZA, Ju zgado 19 Admini strativo de Medellí n del 11 de nov iem bre de 20 16 , Radic ado 201 6 000 51 2 00, el señor MARWAN HASSAN MUST AFÁ FERN ÁN DEZ, del Juz gado 36 Ad minis trativo , Radic ado 20 16 00 00969 del 16 de nov iembr e del 201 6, LU IS FE RNAN DO JIMÉNE Z ÁLVARE Z, Ju zgado 21 Ad mini strativo de Medell ín del 9 de dic iembr e de 20 16 , Radicado 201 6 0007 72 00 (Se an exan co pi as de di chas provid en cias en cincuent a foli os). Procurador: Visto el an terior acuer do concilia torio, el procu rador Jud icial deja constancia de qu e se han conci li ado todas las preten siones formula das en la solic itud de au dienc ia de concili ac ión . Consider a ad emás qu e el anter ior acuer do contiene obli gaci ones clar as, exp resas y exigi bles, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cu mplimi ento1 como también hay clar id ad en relació n co n el concepto conc ili ado, cua ntía y fecha par a el pago, y reúne los siguien tes req uisi tos; (i) el eventual medio de cont rol qu e se ha podido ll egar a presentar no ha
relació n co n el concepto conc ili ado, cua ntía y fecha par a el pago, y reúne los siguien tes req uisi tos; (i) el eventual medio de cont rol qu e se ha podido ll egar a presentar no ha cad ucado (Art . 61 , Ley 23 de 19 91 , mod ificado por el Art. 81 , Ley 446 de 19 98); (ii) el acuer do conc ilia torio versa sobr e sobr e conf lictos de ca rácter particular y cont enido patrimonial di spon ibles por las part es (Art. 59, Ley 23 de 19 91 , y Art. 70, Ley 446 de 19 98); (iií) las part es se enc ue ntra n debi damen te represent adas y sus represen tantes tienen capacidad par a co nciliar ; tal como con sta en los poder es aport ados por las pa rtes con expresas facult ades para concil iar, y el certifi cado del com ité de conciliac ión de la entidad convoca da: 1 Ver Fal lo del CONSEJO DE ES TADO - SECC ION TERCER A SUB SE CC ION C-C .P. Enr ique Gil Botero, Bogo tá , D.C., 7 de mar zo de {201 1, Rad . N. º 05001 -23-31 -000-20 10 -00 16 9-01 {39948 ) "[ ... ]En ese orden , la Ley pr ocesal exi ge que el acto que presta mé rito ejecu tivo conten ga una obl igación clar a, exp res a y exigible, para que de ella pueda pred icarse la calid ad de títu lo ejecutivo -Art. 488 del Cód igo de Proced imien to Civil-. En este sentido , ha dich o la Sala, en reiteradas
obl igación clar a, exp res a y exigible, para que de ella pueda pred icarse la calid ad de títu lo ejecutivo -Art. 488 del Cód igo de Proced imien to Civil-. En este sentido , ha dich o la Sala, en reiteradas oportunida des, que "S i es clar a debe ser evid ente que en el títu lo con sta un a obligación sin ne ces idad de acudir a otros medi os para com probar lo. Que sea expresa se refiere a su ma terial ización en un document o en el que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a térm ino o cond ición ni existan actuaci one s pen dientes por rea lizar y por ende ped irse su cum plim iento en ese instante [ ... ]".
Lugar de Archivo : Procu raduría Tiem po de Retención: N. º 14 3 Jud icial 11 Admin istrativa 5 años
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PROC ESO INTER VENCIÓN
SUBPR OCE SO CONCI LIACIÓN EXTRAJ UDI CIAL
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Fecha de Revisión 24/08/201 5 Fecha de Aprobación 24/08/20 15 Versión 4 PROCURA DURIA GEJiER.lJ. DE UJilC!O!í REGIN-C E-002 Págin a 3 de 5 a) Poder conferido por la convocante al abogado JO HN DE JESÚS SUA ZA CHALARCA con el fin de con cil iar en su nomb re la liq uidación efectuada a su favor por la convocada.-
a) Poder conferido por la convocante al abogado JO HN DE JESÚS SUA ZA CHALARCA con el fin de con cil iar en su nomb re la liq uidación efectuada a su favor por la convocada.- b) Acta 14 del 2 de ju nio de 20 15 del Com ité de Conci liación y Defensa Judicial de la Su perintende ncia de Sociedades .- e) Acta 016 del 23 de Junio de 20 16 del Comité de Conci lia ción y Defensa Ju dicial de la Superi ntendencia de Socie dades.fi d) Acta 032 del com ité de concilia ción y defensa jud icial del 29 de noviembre de 20 16 de la Su peri ntendencia de Sociedadese) Poder otorgado a la Doctora CONSUE LO VEGA MERC HÁN , por la Doctora MARÍA TERESA GIL GARC ÍA, en su calidad de Jefe de la oficina Asesora Jurídica de la Super intendencia de Soci edades con facul tad de conci liar de acuerdo con la decisión tomada por el Com ité de Conciliac ión y defensa judi cial de la Supe rintendencia. - f) Certificació n labor al , acto de nom bram iento y acta de posesión de la Doctora MARÍA TERESA GIL GARCÍ A, en su calidad de Jefe de la oficina Asesora Ju rídica de la Superintendencia de Soc ied ades.- g) Resoluc ión de Delegació n de Funci ones y Asi gnación de Com petencias No. 500-000267 de 2016, en cuy o Artículo 2 nu mera l 2.4. se encue ntra la delegación en la Jefe de la oficina Asesora Ju rídic a de la Su perintendencia de Sociedades de
500-000267 de 2016, en cuy o Artículo 2 nu mera l 2.4. se encue ntra la delegación en la Jefe de la oficina Asesora Ju rídic a de la Su perintendencia de Sociedades de la función de otorgar poderes para representar los intereses de la en tidad en las actuaci ones extrajudiciale s de las que sea parte .- h) Certific ado del Secretario del Comité de Conci li ación de la entidad con vocada del 13 de octu bre de 20 16 donde consta la oferta y los parámetros para con cil iar en el caso de la referencia .- (iv ) ob ran en el expedie nte las pruebas ne cesa rias que jus tifican el acu erdo , entre otras las sigu ientes : - i) Acta de poses ión jel 9 de marz o de 2016 de la señora GL ORIA PATRI CIA HE NAO MESA como Profesional Especia lizada de la Su perintend encia de Sociedades.- j) Dos certificados de vi ncula ción de la señora GL ORIA PATRICIA HE NAO MAZO a la Superint end encia de Socie dades del 4 de noviembr e de 2016.- k) Peti ción 20 1 602 0219 32 del 4 de octubr e de 2016, medi ante el cual la convocante solic ita el reconocim iento y pag o de las sumas de dinero correspondi entes a las diferencias generadas al haber omitido la contabili zación de la reserva es pecial del ah orro en la liq uidaci ón de la Prima de Actividad, Prima de Servicios, Bon ificació n po r Recreación y/o los viáti cos, indexados y con los intereses causados hasta la fecha, obligación que se dic e a cargo de
Servicios, Bon ificació n po r Recreación y/o los viáti cos, indexados y con los intereses causados hasta la fecha, obligación que se dic e a cargo de CO RPOAN ONIMA, pero que pasó a ser competencia de dicha superint endencia luego de la su pres ión de esa corporación.- !) Oficio 20 1 6-0 1 -509782 del 13 de octubr e de 201 6 med iante el cual la Secretaria General de la Superintendencia de Sociedades da respuesta al derecho de petic ión 201 6-02021 932, en la qu e se calcula el valor de la diferencia generada al haber omit ido la contab il izaci ón de la Reserva Especi al del Ahorro de la liquid ación de alg uno de los factores salariale s cancelados. Se anexa li qui dació n. - m) Concepto con radicado 201 5500005258 1 DDJ del 2 de juni o de 2015 de la Agencia Nacio nal de Defensa Ju ríd ica del Estado en el que se indica que dicha agen cia considera qu e resulta viable que la Sup erintendencia de Sociedades propong a fórmulas de arreglo en este típo de asuntos.- n) Comunic ación mediante la cual la solicitant e acepta la liqui dación comun icad a.- (v) en criterio de esta agencia del Minis terio Públ ico, el acuerdo contenido en el acta no es viola torio de la Ley y no resulta les ivo para el patri monio púb lico (Art. 65 A, Ley 23 de Luga r de Archivo: Procur adu ría Tiem po de Retenc ión: N.º 14 3 Jud icial IJ Adm inis trativa 5 año s Di sposición Fina l: Arch ivo Cent ral
Luga r de Archivo: Procur adu ría Tiem po de Retenc ión: N.º 14 3 Jud icial IJ Adm inis trativa 5 año s Di sposición Fina l: Arch ivo Cent ral Verifique que esta es la versión correcta ant es de utilizar el documen to{¼)«
PROCESO IN TERVE NCIÓN Fecha de Revísión 24/08/201 5
SUBPR OCESO CONCILIA CIÓN EXTRAJUDICIA L Fecha de Aprobación 24/08/201 5
FORMA TO ACTA DE AUDI ENCI A Versión 4
PROCURADURIA GE!iE!'JJ.m.A.fi OK Página REG-I N-C E-002 4d e5 1. 991 y art. 73 , Ley 446 de 19 98) 2 por las siguie ntes razor¡es:- • La co ncili ación versa sobr e asu ntos patrimonial di spo nib le, cuya conc ilia ción no está proscr ita por la ley, como qui era que no se trata de un asunt o tri butario, de un asu nto cad uco, ni de un proceso ejecut ivo , y los in tereses e inde xación a los qu e la convo cant e renu ncia en virtud del acuerdo log rado, no son der echos la bor al es irr enunc iables.- • De conformida d con el Artí culo 12 del De creto Ley 16 95 de 19 97, la reserv a Especial del Aho rro co nsagr ado en el Acuerdo 040 de 19 91 de la Jun ta Dir ecti va de Corp oanón imas estará a cargo de la Su per intenden cia de Soc iedad es, de tal
ma ner a qu e dic ha reserv a pasó a ser un concept o sal arial de consag ración leg al .- • La prima espec ial del aho rro es factor salar ial pa ra el cálculo de prestaciones soc iales. La Se cción Segunda del Con sejo de Estado ha señal ado "que se trata de sa lar io y no de una prestació n social títu lo de com plemen to par a satis facer las neces idade s del em ple ado o su famili a" por lo qu e debe tener se en cuen ta par a la li q uidac ión de prestacione s3.- • Deben consid erarse tamb ién los ant eced ent es apor tados , en los qu e apar ecen actas de conci liación y au tos apr ob ato rio de conciliacio nes por casos similar es de reserv a especial del ahorr o.- En consecuen cia de lo anterior, se ordena el enví o de la prese nte acta , jun to con los doc umen tos perti nen tes, a los Juz gados Ad min istrativos del Ci rcu ito de Mede llí n (Repart o) , par a efectos de co ntrol de lega lidad, advi rtie ndo a los comp arecie ntes qu e el Auto apr obatorio ju nto con la prese nte acta del acuer d0, presta rán mér ito ejecutivo , y tend rán efecto de cosa juzgada 4 razón po r la cual no son procede ntes nu evas peticio nes concil iato rias por los mi smos hechos ni dema ndas ante la jur isdic ción de lo contencioso adminis trativo por las mi smas causas (Art. 73 Ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 200 1 ).
concil iato rias por los mi smos hechos ni dema ndas ante la jur isdic ción de lo contencioso adminis trativo por las mi smas causas (Art. 73 Ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 200 1 ). Co pia de esta acta se entregar á a cada uno de los comp areci entes. Se da por co nclui da la di lig encia y en con sta nc ia se firm a el acta por qui enes en ella int ervi ni eron, una vez leída y apr ob da siend o las onc e horas de la mañana (1 1 :00 a.m. ).- a part e Convoca nte 2 Ver Sent encia C111 de 24 de febrero de 19 99, Mag istrado Pon ente: Alfredo Beltrán Si erra: ª[. . .] La intervención activa del Ministerio Público en los de un capricho del legislador, o una manera de en torpec er un posible acuerdo al que llegaren las partes, sino que es una garantía para que en asuntos que revisten interés para el Estado, pues, procesos contenc ioso administrativos, concretame nte, en las conciliaciones extrajudiciales, no es producto corresponde a litigios en donde éste es parte, no queden sólo sometidos a lo que pued a disponer el servidor público, que en un moment o dado, sea el que esté representando al Estado. Además, se garantiza, con la intervención del agente del Ministerio, que el acu erdo al que lleguen las partes, también sea beneficioso para el interés general. 3 CONSEJO DE EE STAD O, Sala de lo Contencioso Admi nistrativo. Sección Segunda . Su bsección A, Se ntencia del 26 de mar zo de 19 98. Rad icación interna 13 91 O, Conse jero Pon ente Dr. Nic olás
3 CONSEJO DE EE STAD O, Sala de lo Contencioso Admi nistrativo. Sección Segunda . Su bsección A, Se ntencia del 26 de mar zo de 19 98. Rad icación interna 13 91 O, Conse jero Pon ente Dr. Nic olás Páj aro Peñar anda . En se ntido igual: Se ntencia del 25 de abril de 20 00 , Rad icado 11 00103-1 5-00200 -0075201 (S) C.P. Dra. María Elena Gir alda , entre otras. 4 Artículo 2. 2.4. 3.1 . 1. 13 del Decreto 106 9 de 20 15. Antiguo artículo 13 del Decreto 17 16 de 20 09.
Lugar de Arch ivo : Procuradur ía Tíempo de Reten cíón: N.° 14 3 Jud icial 11 Admin istrativa 5 años
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PROCURAD URIA FO RMATO ACTA DE AUDIENCIA Vers ión
fiElitPJJ. O: U H.;CJOfi REG-IN -CE-002 Página 1ón acta de co 6i/iación del 11 /01/201 7 Radicación 41 8760-20 16 CON SUEL O VEGA ME RCHÁN Apoder ada de la Ent idad Convocada r urador 14 3 Ju dicial 11 para Asuntos Admi nistrativos Lugar de Arch ivo: Procur adur ía Tiem po de Retención:
CON SUEL O VEGA ME RCHÁN Apoder ada de la Ent idad Convocada r urador 14 3 Ju dicial 11 para Asuntos Admi nistrativos Lugar de Arch ivo: Procur adur ía Tiem po de Retención: N.º 14 3 Judíc íal II Admi nistrativa 5 años
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