Acta de conciliación - GLORIA STELLA OSPITIA ANACONA 2018
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - GLORIA STELLA OSPITIA ANACONA 2018
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2018
fi PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4
GalWLDEUN.ICll),II REG-!N-CE-002 Página 1 de 3
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAfi PROCURADURÍA PRIMERA JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS ACTA No.115 de 2018
Radicación N.º 100-2018 (SIAF 9674-2018) 04 de abril de 2018.
CONVOCANTE(S):
CONVOCADO(S):
MEDIO DE CONTROL:
GL.ORIA STELLA ÓSPITIA fiNACONA.
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
NULIDAD. Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.
En Bogotá, o.e., hoyveintíuno (21) de mayo de 2018, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.) procede el Despacho de la Procuraduría Primera Judicial II para Asuntos Administrativos a celebrar la AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia. Comparece la Doctora DORIS PATRICIA ROMERO LÓPEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.988.965 de Bogotá, y Tarjeta Profesional No. 254.649 del Consejo Superior de la Judicatura, reconocida mediante auto No. 195 de fecha 1 O de abril de 2018 como apoderada de la convocante; igualmente comparece el Doctor GUSTAVO ERNESTO BERNAL FORERO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.256.097 de Bogotá y portador de la Tarjeta Profesional No. 70.351 del Consejo Superior de la
Doctor GUSTAVO ERNESTO BERNAL FORERO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.256.097 de Bogotá y portador de la Tarjeta Profesional No. 70.351 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la entidad convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES de conformidad con el poder otorgado por CONSUELO VEGA MERCHÁN, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 63.305.358 en calidad de Coordinadora del Grupo de Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades; a quien se -le reconoce personería jurídica para actuar en la presente solicitud de conciliación, en los términos y con las facultades conferidas en el poder aportado. Acto seguido la Procuradora con fundamento en -lo establecido en el artículo 23 de ia Ley 640 de 2001 en concordancia-con-lo-señalado en el·numeral4 del·artículo 44del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo.alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta que pretende: "PRIMERA. Se concílie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2017-01-613700, acto administrativo de fecha de/.30/11/2017, por medio del cual la Superintendencia de Sociedades reconoce que debe una suma de dinero. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se
No. 2017-01-613700, acto administrativo de fecha de/.30/11/2017, por medio del cual la Superintendencia de Sociedades reconoce que debe una suma de dinero. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de la señorí3 GLORIA STELLA OSPITIA ANA CONA, - la suma deDOS MILLONES .NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS ($2.943. 789,oo) MONEDA LEGAL, por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud". En este estado de la diligencia la apoderada de la parte convocante, dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.4.3.1.1.6. del Decreto 1069 de 2015, y manífiesta bajo la gravedad del juramento que la parte que representa no ha presentado demandas ni solicitudes de conciliación sobre los mismos aspectos materia de co'ntroversia dentro de éste trámite extrajudicial y ratifica que el medio de control que ejercerá en el contencioso administratívo es NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL
DERECHO.
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final:
Primera Judicial 11 Administrativa Saños Archivo Central Verifique que esta es la version correcta antes de utilizar el documentofi PROCESO INT ERVEN CIÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15
SUBP ROCESO CONCILIA CIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/20 15
Verifique que esta es la version correcta antes de utilizar el documentofi PROCESO INT ERVEN CIÓN Fecha de Revisión 24/08/20 15
SUBP ROCESO CONCILIA CIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/20 15
FO RMATO ACTA DE AUDI ENCI A . Versión 4
Gm!Al.ll(!.ANACIOII REG-IN-CE-002 Página 2d e3 Seguidam ente, se le con cede el uso de la pala bra al ap oderado (a) de la parte convoca da SUPERINT ENDE NCI A DE SOCIED ADES ; con e! fin de que se sírva in dic arla de cisión toma da por el comité de conc ili ación de la entidad en relación con la sol icitud in coada: "El Comité de Conci!iacíón y Defen sa Judicial de la Superintenden cia de Sociedades, en reunión celebrada el día 25 de abrif de 2018 (acta No. 16-20 1 8) estudió el caso de fa señora GLORIA STELLA OSPITIA ANA CONA, identificada con fa cédula de ciudadania número J6.3B) :8fi9 y decidió de. manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones de •• la convocante . (Reserva Especial del Ahorro), por valor de $2.943. 789. oo. La fórmula de conciliación es bajo los siguientes paráme tros:
1. Valor: Reconoc er la suma de $2.943. 789,oo pesos mlcte., como valor resultante de re liquidar los factoresJeclamados, para el período comprendido entre el 01 de octubre de 2015 al 24 de octubre de 20 17, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la líquídacíón efectuada por la entidad y
octubre de 2015 al 24 de octubre de 20 17, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la líquídacíón efectuada por la entidad y aceptada por la convocante.
2. No se reconocerán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que se pretenda por la convocante, es decir, sólo se reconoce el capital conforme a la liquidación realizada por fa entidad.
Se debe tener en cuenta fa prescripción trienal de las sumas indicadas, por el periodo anteriormente mencionado.
3. Pago: El valor antes señalado será cancelado dentro de los 60 días siguientes a aquél en el que fa Jurisdicción.Contenciosa Administrativa apruebe fa conciliación, no generando intereses tampoco en ftSte lapso.
4. Forma de pago: El pago se realizará, mediante consignación en la cuenta que la funcionaría tenga reportada en la entidad para el pago de nómina, salvo indicación en contrario dela solicitante, comunicada a la entidad al momento de elevar la petición de pago, o en todo caso, antes de efectuarse el pago respectivo.
5. Así mismo, la convocante acepta que no iniciará acciones contra fa Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el reconocimi ento de las sumas relativas a los factores re! iquídados, a que se refiere esta conciliación.' fi Finalm ente, se le concede el uso de la palab ra al ap oderado (a) de la parte CONVOCANTE para que man ifieste su posición frente a lo expu esto por la parte convocada: "De acuerdo al ofrecimiento de pago hecho por la parte con vocada SUPERINTENDENCIA DE SO CIEDADES, manifiesto que mi poderdante acepta la propuesta de pago en los términos allí propuestos".
"De acuerdo al ofrecimiento de pago hecho por la parte con vocada SUPERINTENDENCIA DE SO CIEDADES, manifiesto que mi poderdante acepta la propuesta de pago en los términos allí propuestos". CONS ID ERACI ONE S DEL MINI STERI O PUBLICO: La Procu radora Prim era Jud icial 11 Admini stratíva , teniendo en cuenta que de conform idad con los hecho s cons igna dos en la sol icitud, el objeto del acuerdo es concil iable, preci sando que se concilia la relíqui dació n de las prestaciones reclam adas , incluyendo al lí el factor de nom inado reserva especial del ahorro en la sum a de $2.943. 789 ,oo pesos m/cte.; por lo tanto al revisar el acuerdo el. mismo contiene obl igacío nes claras, expresas y precisas en su exigibili dad, en cuan to al tiem po, modó y lugar de su cumplim iento y cump le con los sig uie ntes requ isitos: (i) la eventual acción contenc iosa que se ha pod ido ll egar a present ar no ha caducad o (ar t .. 61 , ley 23 de 19 91 , mo dificad o por el art. 81 , ley 446 de 19 98); (ii) el acu erdo conc ilia torio versa sobre acciones o derechos económ icos disponible s por las partes (art. 59, ley 23 de 19 91 , y 70, ley 446 de 19 98); (iii} las partes se encuent ran de bidam ente represent adas y sus represe ntantes tienen capacidad para concil iar; (iv) obran en el exped iente las prue bas Luga r de Archivo: Procu radur ía Tiempo de Retención: Disposición Final: Primer a Judic ial 11 Admi nistrativa Sa ños Archivo Central
Luga r de Archivo: Procu radur ía Tiempo de Retención: Disposición Final: Primer a Judic ial 11
Admi nistrativa Sa ños Archivo Central .. .. Venfrque que esta es la version correcta antes de ut1l 1zar el documentofi PROCE SO IN TERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/201 5
SUB PROCE SO CONCI LIACIÓN EXTRAJUDIC IAL Fecha de Aprobación 24/08/2015
FOR MATO ACTA DE AUDI EN CIA Versión 4
REG-I N•CE-002 &?JI. DE LA ILICIOII Pági na 3d e3 neces arias que justifican el acu erdo , esto es: copia de la reclam ación efectuada por la convocant e ante la entidad de fecha 24 de octu bre de 201 7, copia del acto adm ini strativo contenido en el oficio No. 201 7-0 1 -624923 Cons ecutivo 500281 267 del 04 de di ciem bre de 20 17 , copia del certificado No. 20 1 7-0 1 -61 3700 Con secutivo 51 0-002790 del 30 de noviem bre de 201 7, copia del escrito de aceptación de la propu esta pres entado por la convocante ante la entidad, y el certificado exped ido por el comité de concil iación de la entidad en el que prese nta la formula concilia toria de fecha 26 de abril de 201 8, (v) en criterio de esta agencia del Min isterio Públ ico, el acuerdo contenido en el acta no vu lnera derechos fu ndamen tales, no es violatorio de la ley y ne:> resulta lesivo para el patrimonio
abril de 201 8, (v) en criterio de esta agencia del Min isterio Públ ico, el acuerdo contenido en el acta no vu lnera derechos fu ndamen tales, no es violatorio de la ley y ne:> resulta lesivo para el patrimonio públ ico por las anteriores razone s. (art. 65 A, ley"23 de 1. 99f yart. 73, ley 446 de 19 98 y 24 Ley 640 de 2001 ), y elimina la posi bilidad de un enriqu ecim iento sin causa, por lo que se procede a refrendar el mi smo advirtiendo a los comp arecientes que una vez la entidad convocada, cancele el valor adeudad o, las partes se declar an a paz y salv o por este concepto materia de concil iación; así mi smo están dispu estas a real izar cual qui er aclaracifin o alle gar la documentación perti nente sobre el presente acu erdo, si el JU ZGADO ADM INIS TRATIVO, así lo decide y que el auto aproba torio por parte de la JU RISDICCIÓN CONTEN CI OSA ADMINI STRATIVA, hará tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo , razón por la cual no son procedentes nu evas peticione s concil iatorias sobr e las pretensione s aquí conciliadas, ni posibl es accio nes a intenta r ante esa jurisd icción por las mi sma s causas. La actuación se enviar á a los JUZGAD OS ADMINI STRATIVOS DE BOG OTÁ - SECC IÓN SEG UND A {RE PARTO), para que decida sobre la aprobación o im probación del acuerd o conci liatorio extrajudi cial, al que han lle gado las partes .
SEG UND A {RE PARTO), para que decida sobre la aprobación o im probación del acuerd o conci liatorio extrajudi cial, al que han lle gado las partes . En constancia de lo anterior se da por concluida la di lig encia y se firma el acta por quien es en ella intervin ieron, una vez leída y aproba da siendo las tres y vei nte de la tarde (03:20 p.m.). GUSTAVO ERN ESTO BER NAL FORERO Apodfir ada de la Parte Convo cada SÚ PERINTEN DENéÜ( DE SOCIE OADES. Qm ecdnci0fi10 /fi DOR IS PATRICIA ROM ERO LÓPEZ Apoder ado de la parte Conv ocante DIAN ACHE CO Proc7ador a Prime cial II para Asuntos Admi nistrativos
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Primera Judicial U Admin istrativa 5 años
Disposición Final: Archivo Central .. Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documen to