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Acta de conciliación - GLORIA TORRES TORRES

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - GLORIA TORRES TORRES
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

"®« PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión

PROCURADURIA GfüRA!. DE lA IUCI0N REG-IN-CE-002 Página 1 de 3

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PROCURADURÍA 125 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Radicación N.º 335727 de 09 septiembre de 2016

Convocante (s): Convocado (s):

GLORIA TORRES TORRES

SU PERINTENDENCIA DE SOCI EDADES. 201 - 2016

Medio de Control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.

En Bogotá, D.C., hoy tres (03) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.), procede el Despacho de la Procuraduría 125 Judicial 11 para Asuntos Administrativos a celebrar la audiencia de conciliación de la referencia. Comparece la doctora CONSUELO VEGA MERCHAN, identificada con la cédula de ciudadanía número 63.305.358 con Tarjeta Profesional No. 43.627 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderada de la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES de conformidad con el poder conferido por la doctora MARIA TERESA GIL GARCIA, en calidad de Jefe Oficina Jurídica de la entidad de conformidad con el numeral 2.4 del artículo segundo de la Resolución 500-000267 del 26 de febrero de 2016. De igual manera comparece el doctor LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES, identificado

numeral 2.4 del artículo segundo de la Resolución 500-000267 del 26 de febrero de 2016. De igual manera comparece el doctor LUIS GUILLERMO ALFARO CORTES, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.779.892, con Tarjeta Profesional No. 228.365 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado de la señora GLORIA TORRES TORRES reconocido mediante auto de fecha 21 de sept iembre de 2016. El Procurador le reconoce personería a la apoderada de la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES en los términos indicados en el poder que aportan. Acto seguido el Procurador con fundamento en lo estable.cido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta que se presentó solicitud ante la Procuraduría General de la Nación, el día 09 de septiembre de 2016; que el medio de control q1.:1e se pretende precaver es el 9e NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO y formula las siguientes pretensiones a la parte convocada: PRIMERA Se concilie en los efectos contenidos y decididos dentro el Oficio con radicado 201601-370054, acto administrativo de fecha del 06 de julio de 2016.

pretensiones a la parte convocada: PRIMERA Se concilie en los efectos contenidos y decididos dentro el Oficio con radicado 201601-370054, acto administrativo de fecha del 06 de julio de 2016. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor de la señora GLORÍA TORRES TORRES la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($ 3.489.994), por la re liquidación de los conceptos de PRIMA DE ACTIVIDAD, BONIFICACION POR RECREACION, HORAS EXTRAS Y LOS REAJUSTES DE LOS ANTERIORES CONCEPTOS, con la inclusión del porcentaje correspondiente a la Reserva

Lugar de Archivo: Procuraduria Tiempo de Retención:

N.º Judicial Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento·©- PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 24/08/2015

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 24/08/2015

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 4

PROCURADURIA GEKERAI. 0E U NACI0K REG-IN-CE-002 Página 2 de 3

Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la certificación emitida por la Coordinadora de Administración de Personal de la Superintendencia de Sociedades, que se adjunta a la presente solicitud. ESTIMACIÓN RAZONADA DE LA CUANTIA Para la correspondiente estimación de la cuantía de las pretensiones de la convocante, se ha tomado como referencia, los tres (3) últimos años de servicios a la Entidad contados a

adjunta a la presente solicitud. ESTIMACIÓN RAZONADA DE LA CUANTIA Para la correspondiente estimación de la cuantía de las pretensiones de la convocante, se ha tomado como referencia, los tres (3) últimos años de servicios a la Entidad contados a partir de la fecha en que interpuso el derecho de petición. Conforme a lo anterior el valor estimado de la pretensión a reconocerle a la convocante GLORIA TORRES TORRES asciende a la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($3.489.994) Llegado el día, fecha y hora señalada para la celebración de la audiencia de conciliación hoy tres (03) de noviembre de 2016, se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la Entidad SUPERINTEDENCIA DE SOCIEDADES con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el Comité de Conciliación en relación con la solicitud incoada: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 20 de septiembre de 2016 (acta No. 272016) estudió el caso de la señora GLORIA TORRES TORRES, identificado con la cédula de ciudadanía número 21.231.346 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de$ 3.489.994,00 pesos m/cte. La fórmula de conciliación es bajo los siguientes parámetros:

1. Valor: Reconocer la suma de $3.48 9.994,00. pesos m/cte., como valor resultante de re liquidar la Prima de Actividad, Bonificacion por Recreación, y Viáticos, incluyendo

1. Valor: Reconocer la suma de $3.48 9.994,00. pesos m/cte., como valor resultante de re liquidar la Prima de Actividad, Bonificacion por Recreación, y Viáticos, incluyendo allí el factor denominado reserva especial del ahorro, conforme a la liquidación efectuada por la entidad y aceptada por los convocantes. Y en el. período trienal que en la certificación se indica para cada uno de los convocantes.

2. No se reconocerán intereses ni indexación, o cualquier otro gasto que se pretenda por la convocante, es decir, sólo se reconoce el capital confórme a la liquidación realizada por la entidad.

3. Se debe tener en cuenta la prescripción trienal de las sumas indicadas, conforme la certificación aludfda.

4. Pago: Los valores antes señalados serán cancelados dentro de los 60 días siguientes a aquél en el que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa apruebe la conciliación, no generando intereses tampoco en este lapso.

5. Forma de pago: El pago se realizará, mediante consignación en la cuenta que el funcionario tenga reportada en la entidad para el pago de nómina, salvo indicación en contrario del solicitante, comunicada a la entidad al momento de elevar la petición de pago, o en todo caso, antes de efectuarse el pago respectivo.

Así mismo, que no iniciarán acciones contra la Superintendencia de Sociedades que tengan que ver con el reconocimiento de las sumas relativas a Prima de Actividad, Viáticos y Bonificación por Recreación, a que se refiere esta conciliación. La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del artículo 18 del Decreto 1716 de 2009, y en el artículo 6 de la Constitución Política.

Viáticos y Bonificación por Recreación, a que se refiere esta conciliación. La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del artículo 18 del Decreto 1716 de 2009, y en el artículo 6 de la Constitución Política. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá a los 20 días del mes de septiembre de 2016.

Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención:

N.º Judicial Administrativa 5 años

Disposición Final: Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documento -·(!} PR OC ESO IN TER VENC IÓN Fecha de Revi sión 24/08/2 01 5

SUBPR OCES O CONCI LIACI ÓN EXTRA JUDI CIAL Fe cha de Aprob ación 24/08/2 01 5

FORMA TO ACTA DE AUDI ENCIA Versión PROCU RADURIA GEKEF.Al. DE lA IUCI0N REG-I N-CE -002 Página 3 de 3

Acto seg uido se co nc ede el uso de la palabr a al ap oder ado de la señor a GLO RIA TORRES TORRES qu ien mani fiesta : ac ep to la propu esta en su tot alidad y en sus térm ino s pr ese ntada por la SUPE RINTEDEN CIA DE SOCIED ADES. El Pr ocu rad or Ju dicial co nsider a que el an te rior acuer do cont iene obliga ciones clar as, expresas y ex igible s, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cu mplim ie nto y re úne los sig uie ntes req uisi to s: (i) la eventual acci ón cont encio sa qu e se ha pod ido llegar a

expresas y ex igible s, en cua nto al tiempo, modo y lugar de su cu mplim ie nto y re úne los sig uie ntes req uisi to s: (i) la eventual acci ón cont encio sa qu e se ha pod ido llegar a prese ntar no ha cad uc ado (art. 61 , ley 23 de 19 91 , mo d ifi cado por el ar t. 81 , ley 446 de 19 98); (ii) el acuer do co ncilia torio ve rsa sobr e acciones o der ec hos económic os disponi bles por las par tes (ar t. 59, ley 23 de 19 91 , y 70 , ley 446 de 19 98); (iii) las pa rtes se enc ue ntran debi damen te repr ese ntadas y sus representant es tie nen ca pacidad par a con ci li ar; (iv) obr an en el exped ie nt e las pr uebas nec esarias qu e jus tifica n el acuer do, a saber : Pod eres debidamen te diligenc iados, der echo de pet ició n del 31 may o de 20 16 , respu es ta de der echo de peti ción por part e de la Su perint endenc ia de Soci edades, ce rtifi ca ción la bor al exped ida por la coo rd inador a del gr upo de adm in istr ación de per sonal de la Su per i ntenden cia de Sociedades , res pu esta por par te de la convoc ant e so br e la ace pta ción de la liqui dación rea li zada por la Super in te ndenc ia de Socied ades, oficio con

radic ado 20 1 55 0000 5258 1 DDJ del 02 de juni o de 201 5 dir ig ida al Su per int ende nte de Socie dade s por part e de la Ag encia Naci onal de Defensa Ju ríd ica del Est ado, cer tifica ción del Secr eta rio del Com ité donde se est abl ece el ánimo co ncilia torio y el mo nto co nciliado ac ta 27 del 20 de septiem bre de 20 16 donde se estud ió el caso de la conv oca nt e y se de cid ió de ma ner a unánime po r el com ité la de cisión de concili ar . (v) en criterio de esta Ag encia del Minis teri o Públic o, el acuer do cont enido en el ac ta no es viola torio de la le y y no resu lta les ivo par a el patr imonio públic o por q ue corr esponde al pago de lo qu e deb e la ad min istr ación al admin istr ado en su co nd ición de co nv ocant e a co nci liar y no hay pago de in ter eses o indemn izacione s alguna a car go del erar io pú bl ico . (Art. 65 A, ley 23 de 19 91 y art. 73, Ley 446 de 19 98). En consec uencia, se di sp ondr á el enví o de la prese nt e acta , ju nto co n los doc ume ntos per tinen tes, a los JU ZGAD OS AD MINIS TRA TIV OS DE BOG OTA (R EP ARTO ) par a efectos de control de le gali dad , advir tiendo a los co mp ar ecie ntes que el au to apr obat orio del acuer do har á tránsi to a cosa juz gada y

BOG OTA (R EP ARTO ) par a efectos de control de le gali dad , advir tiendo a los co mp ar ecie ntes que el au to apr obat orio del acuer do har á tránsi to a cosa juz gada y presta rá mé rito ejecutivo , razón por la cual no son procede ntes nu evas pet iciones co ncil iatorias por los mismos h . . i demandas ant e la jur isdi cc ión de lo Co nte nci oso Ad mi nis trativ o por las mi as ca usas art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 64 0 de 2001 ). Se da por co nc • a la • • fi firma el ac ta por qu ienes en ella in ter vini robada siendo las . qui nc e de la mañana (1 1: 15

A. M an teri or fifima el acta por qu ien aq uí int ervi nier on.

HAN TEN DENCI A DE SOC IE DADES Apod erado de la Part e Co nvoca nte Lugar de Arch ivo : Procuradu ría Tiem po de Retenci ón : N.º Jud icial Admi nist rativa 5 añ os Di spos ición Final: Arch ivo Cen tral Verifique que esta es la versión corr ecta antes de util izar el documento---

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