Acta de conciliación - HENRY EDGAR PERALTA BELTRAN Y OTROS 2023
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - HENRY EDGAR PERALTA BELTRAN Y OTROS 2023
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2023
FORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
Versión 3 Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
Procuraduría 134 Judicial II Administrativa de Bogotá
Dirección: Calle 16 No. 4-75/79 Pbx. 5878750 Ext: 13612
CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
PROCURADURÍA 134 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS DE BOGOTA Radicación E2023 – 313657 Interno (2023 – 110) Fecha de Radicación: 23 - 05 - 2023
Fecha de Reparto: 26 – 05 - 2023
Convocante(s): HENRY EDGAR PERALTA BELTRÁN; JULIAN ALFONSO
NIÑO BARÓN; ROMAN MARCELO REY TRUJILLO
Convocada(s): SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Medio de Control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
En Bogotá D.C , hoy 28 de junio de 2023, siendo las 03:00 p.m., procede el Despacho de la Procuraduría 1 34 Jud icial II para Asuntos Admin istrativos de Bogotá a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL de la referencia. La presente diligencia se hace siguiendo las d isposiciones de la Procuraduría General de la Nación en materia de conciliaciones extrajudiciales. La audiencia se realiza con la utilización del correo electrónico institucional asignado a la Procuraduría 134 Judicial II de Bogotá de forma no presencial y sincrónica de conformidad con las previsiones con tenidas en los ar tículos 4 parágrafo 1, 99,
a la Procuraduría 134 Judicial II de Bogotá de forma no presencial y sincrónica de conformidad con las previsiones con tenidas en los ar tículos 4 parágrafo 1, 99, 106-2 y 109 de la Ley 2220 de 2022, proferida por la señora Procuradora General de la Nación de la cual se hace grabación en el programa MICROSOFT TEAMS . Comparece a la diligencia el (la) abogado (a) GUSTAVO ERNESTO BERNAL FORERO, identificado con cédula de ciudadanía Nº 19.256.097 y portador de la T.P. Nº 70.351 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto No. 130 del 02 de junio de
2023. Igualmente, comparece el (la) doctor (a) NELSON ALBERTO QUINTERO BARBOSA identificado (a) con la C.C. No. 19455782 y portador de la tarjeta profesional No. 83422 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación de la convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES , de conformidad con poder de sustitución otorgado por ANDRES MAURICIO CERVANTES DIAZ , actuando en calidad de jefe de la oficina jurídica de la entidad, de acuerdo con lo establecido en el capítulo I, artículo 2° numeral 2.4 de la Resolución No. 100000041 de 2021 , documentos apor tados mediante correo electr ónico. La procuradora le reconoce personería jurídi ca al apoderado(a) de la parteFORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
Versión 3 Fecha 29/12/2022
procuradora le reconoce personería jurídi ca al apoderado(a) de la parteFORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
Versión 3 Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
Procuraduría 134 Judicial II Administrativa de Bogotá
Dirección: Calle 16 No. 4-75/79 Pbx. 5878750 Ext: 13612
convocada en los términos del poder que aporta conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley 2213 de 2 022. Acto seguido el (la) Procurador (a) con fundamento en l o establecido en el artículo 95 de la Ley 2220 de 2022 en concordancia con lo señalad o en el numeral 4 del artículo 44 del Decret o 262 de 2000, declara abierta la audi encia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límit es de la conciliac ión e xtrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo de resolución de conflictos. Igualmente, les indica a las partes que esta audiencia de conciliación se des arrolla de manera no presencial, bajo el principio de la buena f e de los aquí intervinientes. El apoderado de la parte convocante se ratifica en s us pretensiones que son: “II. PRETENSIONES EN RELACIÓN CON HENRY EDGAR PERALTA BELTRÁN PRIMERA. Se concilien los efectos contenidos y decididos dentro del Oficio con radicado 2023 -01-442017, acto administrativo de fecha 16 de mayo de 2023. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restab lecimiento del derecho se cancele a su favor la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO
radicado 2023 -01-442017, acto administrativo de fecha 16 de mayo de 2023. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restab lecimiento del derecho se cancele a su favor la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($3.928.487), por la reliquidación de los conceptos de PRIMA DE ACTIVIDAD, BONIFICACION POR RECREACION, VIÁTICOS Y LOS REAJ USTES DE LOS ANTERIORES CONCEPTOS, con la inclusión del
porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la certificación emitida por el Coordinador Grupo de Administración del Talento Humano de la Superintendencia de Sociedades, que se adjunta a la presente solicitud. EN RELACIÓN CON ROMAN MARCELO REY TRUJILLO PRIMERA. Se concilien los efectos contenidos y decididos dentro delFORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
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Oficio con radicado 2023 -01-442040, acto administrativo de fecha 16 de mayo de
2023. SEGUNDA. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a su favor la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS ($3.331.577), por la reliquidación de los conceptos de PRIMA DE ACTIVIDAD, BONIFICACION POR RECREACION, VIÁTICOS Y LOS REAJUSTES DE LOS ANTERIORES CONCEPTOS, con la inclusión del porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la ce rtificación emitida por el Coordinador Grupo de Administración del Talento Humano de la Superintendencia de Sociedades, que se adjunta a la presente solicitud. ” Acto seguido se concede el uso de la palabra al apoderado(a) de la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES , con el fin de que se sirva indicar la
Superintendencia de Sociedades, que se adjunta a la presente solicitud. ” Acto seguido se concede el uso de la palabra al apoderado(a) de la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES , con el fin de que se sirva indicar la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada: “
HENRY EDGAR PERALTA BELTRÁNFORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
Versión 3 Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
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Dirección: Calle 16 No. 4-75/79 Pbx. 5878750 Ext: 13612
JULIAN ALFONSO NIÑO BARÓN
ROMAN MARCELO REY TRUJILLOFORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
PROCESO: INTERVENCIÓN
Versión 3 Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
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Lo anterior de conformidad con certificaciones que adjunto en (0 3) folio s”. Se le concede el uso de la palabra al apoderado de la p arte convocante para que manifieste su posición frente a lo expuesto por la parte convocada: “Luego de analizar la propuesta conciliatoria de la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES se acepta en su totalidad lo planteado ” Cada uno de los apoderados(as) manifestaron que revisaron los datos y las cifras contenidas en la
analizar la propuesta conciliatoria de la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES se acepta en su totalidad lo planteado ” Cada uno de los apoderados(as) manifestaron que revisaron los datos y las cifras contenidas en la certificación. La Procurador(a) Judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplimiento1 (siendo claro en relación con el concepto conciliado, cuantía y fecha para el pago) y reúne los sigui entes requisitos : (i) el eventual medio de control que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (artículos 90 y 92 de la Ley 2220 de 2022 ), (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre sobre conflictos de carácter particular y derechos disponibles por las partes (art. 89 de la Ley 2220 de 2022), (iii) las partes se encuentran debidamente re presentadas y sus representantes tienen capacidad pa ra conciliar de conformidad con las atribuciones conferidas en los poderes que reposan en el expediente y que fueron incorporados en audiencia; (iv) obran en el expediente las pruebas necesarias que justifican el acuerdo y (v) en crit erio de esta agencia del Ministerio Público, el acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la Ley y no resulta lesivo para el patrimonio público. En consecuencia, se dispondrá el envío de la presente acta, junto con los documentos pertinen tes, a la C ontraloría General de la República para los fines del artículo 113 de la Ley 2220 de 2022 y al Juzgado Administrativo de Oralidad del Circuito Judicial de Bogotá D.C., para efectos de control de legalidad, advirtiendo a los c omparecientes que el auto aprobatorio
para los fines del artículo 113 de la Ley 2220 de 2022 y al Juzgado Administrativo de Oralidad del Circuito Judicial de Bogotá D.C., para efectos de control de legalidad, advirtiendo a los c omparecientes que el auto aprobatorio junto con la presente acta del acuerdo , prestarán mérito ejecutivo, y tendrán
1 Ver Fallo del CONSEJO DE ESTADO - SECCION TERCERA SUBSECCION C – C.P. Enrique Gil
Botero, Bogotá, D.C., 7 de marzo de (2011, Rad. N.° 05001-23-31-000-2010-00169-01(39948) “[…] En ese or den, la Ley procesal exige que el acto que presta mérito ejecutivo contenga una obligación clara, expresa y exigible, para que de ella pueda predicarse la calidad de título ejec utivo -art. 488 del Código de Procedimiento Civil -. En este sentido, ha dicho l a Sala, en reiteradas oportunidades, que “Si es clara debe ser evidente que en el título consta una obligación sin necesidad de acudir a otros medios para comprobarlo. Que sea expresa se refiere a su materialización en un documento en e l que se declara su existencia. Y exigible cuando no esté sujeta a término o condición ni existan actuaciones pendientes por realizar y por ende pedirse su cumplimiento en ese instante […]”.FORMATO: ACTA DE AUDIENCIA
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Versión 3 Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
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Fecha 29/12/2022 Código IN-F-17
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efecto de cosa juzgada 2, razón por la cual , no son procedentes nuevas peticiones conciliatorias por los mismos hechos , por l as mismas causas , ni demandas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Se deja constancia que el acta es suscrita en forma digital únicamente por la Procurador(a) Judicial, en tanto se trató de un a sesión no presencial realizada a través del mecanismo digital MICROSOFT TEAMS por l o que la gr abación en audio y video hace part e integrante de la presente acta se encuentra e n el link AUDIENCIA 28 DE JUNIO03.00 PM Radicación E - 2023 – 313657 Interno (2023 – 110) - 23 - 05 - 202320230628_150028-Grabación de la reunión.mp4 una vez culminada será remitida a los correos e lectrónicos sumin istrados por los apo derados de las partes en formato pdf, junto con la constancia.
2 Artículo 64 e inciso 9° del artículo 113 de la Ley 2220 de 2022.