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Acta de conciliación - JANNETH ANDREA FLOREZ CARO 2023

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
Acta de conciliación - JANNETH ANDREA FLOREZ CARO 2023
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2023

PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 14/11/2018

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 14/11/2018

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1

REG-IN-CE-002 Página

1 de 3

Lugar de Archivo: Procuraduría

No. 134 Judicial II Administrativa Tiempo de Retención: 5 años

Disposición Final: Archivo Central

Procuraduría 134 Judicial II Administrativa

Dirección: Calle 16 No. 4-75/79 Pbx. 5878750 Ext: 13612

CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

PROCURADURÍA 134 JUDICIAL II PARA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS DE BOGOTA Radicación N.° E-2022-709491 del 30 de noviembre de 2022 (2022-219)

Convocante: JANNETH ANDREA FLOREZ CARO

Convocados: SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Medio de Control: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

En Bogotá D.C., 01 de febrero de 2023, siendo las 0 2:30 P.m., procede el Despacho de la Procuraduría 134 Judicial II para Asuntos Administrativos de Bogotá a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACION EXTRAJUDIC IAL de la referencia. La presente diligencia se hace siguiendo las disposiciones de la Procuraduría General de la Nación en materia de conciliaciones extrajudiciales. La audiencia se lleva a cabo con la utilización del correo electrónico institucional asignado a la Procuraduría 134 Judicial II y con conexión virtual a través la plataforma Teams. Previo al día de la rea lización de la audiencia se envió un

audiencia se lleva a cabo con la utilización del correo electrónico institucional asignado a la Procuraduría 134 Judicial II y con conexión virtual a través la plataforma Teams. Previo al día de la rea lización de la audiencia se envió un correo electrónico en el que se le informó a las partes que la audiencia se celebraría bajo la modalidad de no presencial, con indicación de las reglas para su desarrollo y se les solicitó a las partes suministrar el nú mero de celular y a la parte convocada que con antelación enviara vía correo la Certificación del Comité de Conciliación y los documentos que acrediten al apoderado, los cuales hacen parte del respectivo expediente. La Procuradora Judicial, con la colabora ción del sustanciador, extenderá la respectiva acta y constancia, documentos que serán firmados solo por ella; copia de estos documentos será n enviados al correo electrónico de los intervinientes en la audiencia. A través de videoconferencia en la plataforma Teams, participan de la diligencia: El doctor(a) JANNETH ANDREA FLOREZ CARO , identificado(a) con cedula de ciudadanía No. 52201174 y portador(a) de la Tarjeta Profesional N o. 278954 del Consejo Superior de la Judicatura, actuando en nombre propio como p arte convocante, reconocido como tal mediante auto No. 3 22 del 26 de diciembre del presente año. El doctor(a) CONSUELO VEGA MERCHAN, identi ficado(a) con la cédula de ciudadanía No. 63.305.358 y Tarjeta Profesional 43.627 del Consejo Superior de la Judicatu ra, en calidad de apoderado(a) de la convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES., de conformidad con el poder conferido por el doctor(a) Andr és

63.305.358 y Tarjeta Profesional 43.627 del Consejo Superior de la Judicatu ra, en calidad de apoderado(a) de la convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES., de conformidad con el poder conferido por el doctor(a) Andr és Mauricio Cervantes Díaz, quien actúa en calidad de jefe de la oficina jurídica de la superintendencia de sociedade s y en acatamiento de lo previsto en el capítulo I articulo 2 numeral 2.4 de la resolución No. 100 -000041 del 8 de enero de 2021, documentos aportados mediante correo electrónico. La procuradora le reconoce personería jurídica al apoderado(a) de la parte c onvocada en los términos del poder que aporta. Acto segu ido la Procuradora declara abierta la audiencia e instruye a la s partes sobre los objetivos, alc ances y límites de la conciliación extrajudicial en materia cont enciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. Igualmente, les indica a las partes que esta audiencia de conciliación se desarrolla de manera n o presencial, bajo el principio de la buena fe de los aquí intervinientes. Las pretensiones son: “PROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 14/11/2018

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 14/11/2018

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1

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Lugar de Archivo: Procuraduría

No. 134 Judicial II Administrativa Tiempo de Retención: 5 años

Disposición Final: Archivo Central

Procuraduría 134 Judicial II Administrativa

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Lugar de Archivo: Procuraduría

No. 134 Judicial II Administrativa Tiempo de Retención: 5 años

Disposición Final: Archivo Central

Procuraduría 134 Judicial II Administrativa

Dirección: Calle 16 No. 4-75/79 Pbx. 5878750 Ext: 13612

.” Según lo manifestado por el apoderado de la parte convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES la decisión tomada por el comité de conciliación de la entidad en relación con la solicitud incoada fue la siguiente: “

Lo anterior de conformidad con certificación que adjunto en (0 1) folio . El apoderado(a) de la parte CONVOCANTE escuchó la posición de la convocada y manifiesta en audiencia: “Atendiendo la po stura concili atoria presentada por la Entidad Convocada SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, acepto en su totalidad la fórmula que propone” . Cada uno de los apoderados(as) manifestaron que revisaron los datos y la s cifras contenidas en la certificación. La Proc uradoraPROCESO INTERVENCIÓN Fecha de Revisión 14/11/2018

SUBPROCESO CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Fecha de Aprobación 14/11/2018

FORMATO ACTA DE AUDIENCIA Versión 1

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Lugar de Archivo: Procuraduría

No. 134 Judicial II Administrativa Tiempo de Retención: 5 años

Disposición Final: Archivo Central

Procuraduría 134 Judicial II Administrativa

Dirección: Calle 16 No. 4-75/79 Pbx. 5878750 Ext: 13612

Tiempo de Retención: 5 años

Disposición Final: Archivo Central

Procuraduría 134 Judicial II Administrativa

Dirección: Calle 16 No. 4-75/79 Pbx. 5878750 Ext: 13612

Judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplimiento y reúne los siguientes requisitos: (i) el eventual m edio de control que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, Ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, Ley 446 de 1998). (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre conflictos de carácter particular y contenido patrimonial disponibles por la s partes (art. 59, Ley 23 de 1991, y 70, Ley 446 de 1998). (iii) Las partes se encuentran debidamente representadas y sus representantes tienen capacidad para conciliar. (iv) Obran en el expediente las pruebas que sustentan el acuerdo. (v) El acuerdo contenido en el acta no es violatorio de la ley y no resulta lesivo para el patrimonio público (art. 65 A, Ley 23 de 1.991 y art. 73, Ley 446 de 1998). En consecuencia, se dispondrá el envío de la presente acta, junto con los documentos pertinentes, a los juzga dos Administrativos de Bogotá para efectos de co ntrol de legalidad. Se advierte a los comparecientes que el Auto aprobatorio junto con la presente acta del acuerdo, prestarán mérito ejecutivo, y tendrán efecto de cosa juzgada, razón por la cual no son proc edentes nuevas peticiones conciliatorias por los mismos hechos ni demandas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo por las mismas

prestarán mérito ejecutivo, y tendrán efecto de cosa juzgada, razón por la cual no son proc edentes nuevas peticiones conciliatorias por los mismos hechos ni demandas ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo por las mismas causas (art. 73 Ley 446 de 1998 y 24 Ley 640 de 2001). En constancia de lo anterior, se firma el acta por

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