Acta de conciliación - JESÚS MARÍA GARCÍA PACHECO
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- Acta de conciliación - JESÚS MARÍA GARCÍA PACHECO
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
1 ' PROCESO INTERVENCI N SUBPROCESO CONCILIACI N EXTRAJUDICI! @ filu fi:gfiNTENDENCIA DE SOCIEDADES
FORMATO ACTA DE AUDIENCIA REGfiN-CE.002 f lllf Hf ll/1111111 j f fi 11111 Al contestar cite: 2016-01-3455 79 , I Fech,a:17/06/201615:37:14 CONCILIACION EXT Remrtente: 899999119PROCURADUR IA GEN ERAL O Folios: 1
E LA NACION
PROCURADURÍA 82 JUDICIAL PARA,
Convocante (s): Convocado (s):
Medio de Control: LABORAL Radicación N.º 98858 de 18/UJtiuH,
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
JESUS MARIA GARCIA PACHECO NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO DE CARÁCTER En Bogotá, hoy 14 DE JUNIO DE 2016 siendo las 2:00:00 PM, procede el despacho de la Procuraduría 82 Judicial I para Asuntos Administrativos a celebrar AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL de la referencia, Comparece a la diligencia el (la) doctor (a) DALIA iNES OLARTE MARTINEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 63555795 y con tarjeta profesional número 176207 del Consejo Superior de la Judicatura, quien presenta poder de sustitución otorgado por el (la) doctor (a) LIGIA STELLA RODRIGUEZ HERNANDEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y con tarjeta profesional número 72002 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante,
identificado (a) con cédula de ciudadanía número 46363556 y con tarjeta profesional número 72002 del Consejo Superior de la Judicatura, en calidad de apoderado (a) del (la) convocante, reconocido como tal mediante auto de 08/04/2016. Igualmente, comparece el (la) doctor (a) ESMERALDA FRANCO ORREGO identificado (a) con la C.C. número 24625907 y portador de la tarjeta profesional número 122089 del Consejo Superior de la Judicatura, en representación del convocado (a) JESUS MARIA GARCIA PACHECO, de conformidad con el poder otorgado por JESUS MARIA GARCIA PACHECO. El (la) Procurador (a) le reconoce personería al apoderado de la parte convocada y de la parte convocante en los términos indicados en el poder que aporta. Acto seguido el (la) Procurador(a) con fundamento en lo establecido en el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 en concordancia con lo señalado en el numeral 4 del artículo 44 del artículo 44 del Decreto 262 de 2000, declara abierta la audiencia e instruye a las partes sobre los objetivos, alcance y límites de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa como mecanismo alternativo para la solución de conflictos. En este estado de la diligencia se concede el uso de la palabra a las partes para que expongan sucintamente sus posiciones, en virtud de lo cual la parte convocante manifiesta: PRIMERA. Se concilie en los efectos contenidos y decididos en el Oficio con radicado No. 2015-01-451187, acto administrativo de fecha del 17/11/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a)
Oficio con radicado No. 2015-01-451187, acto administrativo de fecha del 17/11/2015. SEGUNDO. Que como consecuencia y a título de restablecimiento del derecho se cancele a favor del señor (a) JESUS MARIA GARCIA PACHECO la suma de SIETE MILLONES TREINTA y NUEVE MIL TREINTA Y TRES PESOS CON CINCO CENTAVOS (7,038,033.05) por la re liquidación de los conceptos de Prima de Actividad, Bonificación por Recreación, Horas Extras y Viáticos, incluido el porcentaje correspondiente a la Reserva Especial del Ahorro, por el periodo de tiempo señalado en la liquidación que se adjunta a la presente solicitud. Así mismo LA SUSCRITA SECRETARIA DEL COMITÉ DE CONCILIACIÓN Y DEFENSA JUDICIAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES AD HOC CERTIFICA QUE: El Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Superintendencia de Sociedades, en reunión celebrada el día 18 de marzo de 2016 (acta No. 062016) estudió el caso del señor(a) JESUS MARIA GARCIA PACHECO, identificado(a) con la cédula de ciudadanía número 9084418 y decidió de manera UNÁNIME CONCILIAR las pretensiones del convocante (Reserva Especial del Ahorro), en la cuantía de$ 7,038,033.05 pesos m/cte. La fórmula de pago sobre el presente asunto es bajo los siguientes parámetros: 1. Capital: Se reconoce en un 100% 2. Indexación: No habrá lugar a la indexación. 3. Pago: El pago se realizara dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que
Se reconoce en un 100% 2. Indexación: No habrá lugar a la indexación. 3. Pago: El pago se realizara dentro de los 60 días siguientes contados a partir de la solicitud de pago, posterior a que la conciliación haya sido avalada y radicada en la Entidad 4. Intereses: No habrá lugar al pago de los intereses dentro de los 60 días siguientes a la solicitud de pago. 5. Lugar de pago: Grupo de Tesorería de la Superintendencia de Sociedades Sede Bogotá. La presente certificación se expide con base en lo dispuesto en inciso 2 del artículo 18 del Decreto 1716 de 2009, y en el artículo 6 de la Constitución Política. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá a los 18 días del mes de marzo de 2016. Aporto certificación en 1 folio útil. Se le concede el uso de la palabra a la apoderada de la parte convocante quien manifiesta: Acepto la propuesta presentada por la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. El procurador judicial considera que el anterior acuerdo contiene obligaciones claras, expresas y exigibles, en cuanto al tiempo, modo y lugar de su cumplimiento (siendo claro en relación con el concepto conciliado, cuantía y fecha para el pago) y reúne los siguientes requisitos: (i) la eventual acción contenciosa que se ha podido llegar a presentar no ha caducado (art. 61, ley 23 de 1991, modificado por el art. 81, ley 446 de 1998); (ii) el acuerdo conciliatorio versa sobre acciones o derechos económicos disponibles por las partes (art. 59, ley 23 de 1991, y 70, ley 446 de 1998); (iii) las partes se encuentran debidamente
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final:
(art. 59, ley 23 de 1991, y 70, ley 446 de 1998); (iii) las partes se encuentran debidamente
Lugar de Archivo: Procuraduría Tiempo de Retención: Disposición Final: N. • Judicial Administrativa 5 años Archivo Central Verifique que esta es la versión correcta antes de utilizar el documentoPROCESO INT ERVENCI N Fecha de Revisión 24/08/2015
SUBPROCESO CONCILIACI N EXTRAJUDICIAL Fecha de A robación 24/0812015
FORMATO ACTA DE AUDIEN CIA Versión 4
REG•IN-CE-002 Página 2o e 2 representa das y sus represent antes ,tienen capaci dad para conci li ar; (iv) obran en el exped iente las prueb as necesarias que jus tific an el acuerdo, a saber : por SIE TE MI LLONES TREI NTA Y NUE VE MIL TREINT A Y TRE S PE SOS CON CIN CO CENT AVOS (7,03 8, 033.0 5) y; (v) en criterio de esta age ncia del Min isteri o Públi co, el acu erdo conten ido en el acta no es viola torio de la ley y no resu lta lesivo para el patri monio públ ico por las sigu ientes razones. (art. 65 A, ley 23 de 1. 991 y art. 73, ley 446 de 19 98) En con secu encia, se di spond rá el enví o de la prese nte acta, ju nto con los documen tos perti nen tes, al Ju zgado Ad mini strativo del Cir cu ito de Bog otá para efectos de contro l de legal idad , advi rtiendo a los com parecien tes que el auto aprobato rio del acu erdo har á trán sito a
documen tos perti nen tes, al Ju zgado Ad mini strativo del Cir cu ito de Bog otá para efectos de contro l de legal idad , advi rtiendo a los com parecien tes que el auto aprobato rio del acu erdo har á trán sito a cosa juz gada y presta rá mér ito ejecutivo, razón por la cual no son procedent es nuev as peticiones concili atorias por los mi smo s hechos ni deman das ant e la jur isd icci ón de lo Contenci oso Ad min istrativo por las mi smas causas (art. 73 ley 446 de 19 98 y 24 ley 640 de 2001 ). Se da por concluida la dilige ncia y en con stancia se firma el acta por qu ienes en ell a interv inier on, un a vez leída y apr obada siend o las 02 :30 (p .m.) \fiMfibH ,NO fi Profiurador 82 Jud icial I para Asunt os Admi nis trativos Lugar de Archivo: Procu radu ria Tiempo de Reten ción: N.º Jud icial Adminis trativa 5 años Di sposic ión Fina l: Archiv o Ce ntra l Verifique que esta es la versión correcta antes de uti lizar el documen to